REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR
DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SIMÓN BOLÍVAR, DIEGO BAUTISTA URBANEJA,
JUAN ANTONIO SOTILLO Y GUANTA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ANZOÁTEGUI

PARTE SOLICITANTE
Verónica Alejandra Muñoz Marval, venezolana, mayor de edad, civilmente hábil, de este domicilio, y titular de la cédula de identidad N° V-23.998.871 -.

ABOGADO ASISTENTE:
Yanitza Josefina Mercado, venezolana mayor de edad, e Inscrita en el inpreabogado bajo el Nº 124.845.-

MOTIVO DE LA SOLICITUD:
RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO.

PARTE NARRATIVA

Se inicia el presente procedimiento por Rectificación de Partida de Nacimiento, mediante escrito de demanda y recaudos presentados en fecha 10 de Julio de 2.015, presentado por la ciudadana Verónica Alejandra Muñoz Marval, venezolana, mayor de edad, civilmente hábil, de este domicilio, y titular de la cédula de identidad N° V-23.998.871, debidamente asistida por la abogada en ejercicio Yanitza Josefina Mercado, venezolana mayor de edad, e Inscrita en el inpreabogado bajo el Nº 124.845.-

En fecha 14 de Julio de 2.015, se dictó auto mediante el cual se ordenó darle entrada dicha solicitud
En fecha 23 de Julio de 2015 se dicto auto admitiéndose dicha solicitud.

De la revisión de las actas que conforman el presente expediente, se observa en los anexos marcados “A” copia certificada fotostática del Acta de Nacimiento expedida por la Oficina del Registro Civil y Electoral del Municipio Juan Antonio Sotillo del Estado Anzoátegui; marcada en “B” Acta de matrimonio original de los ciudadanos Jesús Antonio Muñoz Fiallo y Zuraima del Valle Marval Mendoza, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nº V-9.211.507 y V-8.306.459, quienes son padres de la solicitante; y Marcada en “C” Acta de nacimiento del ciudadano Jesús Antonio Muñoz Fiallo, ya identificado.-

El error material involuntario alegado consiste en la partida de nacimiento del solicitante, identificada con el N° 542, Folio 277, Tomo I, la cual fue levantada por ante el Registro Civil del Municipio Juan Antonio Sotillo, en fecha 06/04/1.994, en el cual señala que el ciudadano Jesús Antonio Muñoz Fiallo, antes identificado es natural de San Cristóbal, Estado Táchira, siendo lo correcto Municipio Tariba, Distrito Cárdenas, Estado Táchira.

DECISIÓN

Probado como ha sido lo alegado, que no amerita la tramitación de un juicio ordinario de Rectificación de Partida, este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Simon Bolívar, Diego Bautista Urbaneja, Juan Antonio Sotillo y Guanta de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Declara Rectificada la Partida de Nacimiento en los términos como lo ordena el Tribunal, en Consecuencia ordena en forma Sumaria, al Registrador Civil del Municipio Juan Antonio Sotillo, Estado Anzoátegui y al Registrador Principal del Estado Anzoátegui, estampar la debida nota marginal en la partida de nacimiento de la Ciudadana Verónica Alejandra Muñoz Marval, anteriormente identificado, en la que señala que el ciudadano Jesús Antonio Muñoz Fiallo, antes identificado es natural de San Cristóbal, Estado Táchira, siendo lo correcto Municipio Tariba, Distrito Cárdenas, Estado Táchira.- Así se decide.
Expídase por Secretaria las copias Certificadas correspondientes, a los fines de que sean remitidas junto con Oficio al Registrador Civil del Municipio Juan Antonio Sotillo, Estado Anzoátegui y al Registro Principal del Anzoátegui.
Para dar cumplimiento a lo establecido en el Artículo 502 del Código Civil Vigente y así se decide.-
Regístrese, Publíquese y Déjese copia certificada de la presente decisión en los archivos de este Juzgado, conforme a lo dispuesto en el Artículo 248 Ejusdem.-
Dado, Firmado y sellado en la sala de Despacho del Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Simon Bolívar, Diego Bautista Urbaneja, Juan Antonio Sotillo y Guanta de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui. En Lechería a los Veintiocho (28) días del mes de Julio del año Dos Mil Quince (2.015).- Años 205º de la Independencia y 156º de la Federación.-
El Juez Provisorio

Abg. Javier Alexander Arias León
La Secretaria

Abg. Magbis Mago de Martínez

Nota: En esta misma fecha, siendo las 11:30 a. m. se dictó y público la anterior Sentencia, previa, las formalidades de Ley.- Conste
La Secretaria
BP02-S-2015-001349
FR








REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL DEL ESTADO ANZOÁTEGUI
JUZGADO TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS, SIMON BOLÍVAR, DIEGO BAUTISTA URBANEJA, JUAN ANTONIO SOTILLO Y GUANTA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ANZOÁTEGUI

Lechería, 28 de Julio de 2.015
205º y 156º

Oficio Nº 4.789-15
Ciudadano (a):
Registrador Civil y Electoral de la Parroquia Pozuelos del Municipio Juan Antonio Sotillo del Estado Anzoátegui.
Su Despacho.

Me dirijo a usted muy respetuosamente, en la oportunidad de informarle que este Tribunal en fecha 28/07/2.015, dictó sentencia en el expediente signado con la letra y números BP02-S-2015-0001349, con motivo de la Solicitud de Rectificación de Partida de Nacimiento presentada por la ciudadana VERONICA ALEJANDRA MUÑOZ MARVAL, venezolana, mayor de edad, civilmente hábil, de este domicilio, y titular de la cédula de identidad N° V-23.998.871. Debidamente asistida por la abogada en ejercicio YANITZA JOSEFINA MERCADO, venezolana mayor de edad, e Inscrita en el inpreabogado bajo el Nº 124.845, declarándose Rectificada la Partida de Nacimiento de la ciudadana VERONICA ALEJANDRA MUÑOZ MARVAL, antes identificada con el N° 542, Folio 277, Tomo I, la cual fue levantada por ante el Registro Civil del Municipio Juan Antonio Sotillo, en fecha 06/04/1.994, en el cual señala que el ciudadano Jesús Antonio Muñoz Fiallo, antes identificado es natural de San Cristóbal, Estado Táchira, siendo lo correcto Municipio Tariba, Distrito Cárdenas, Estado Táchira.-

Información que se le hace a los fines que ordene estampar la nota marginal, sin alterar el acta original. Asimismo, le remito anexo al presente oficio copia certificada de la sentencia proferida por este Tribunal cuyo contenido y texto se explican por si solo.

Dios y Federación


Abg. Javier Alexander Arias León
Juez provisorio del Juzgado Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios, Simon Bolívar, Diego Bautista Urbaneja, Juan Antonio Sotillo y Guanta de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui

BP02-S-2015-001349
FR



REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL DEL ESTADO A NZOÁTEGUI
JUZGADO TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS, SIMON BOLÍVAR, DIEGO BAUTISTA URBANEJA, JUAN ANTONIO SOTILLO Y GUANTA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ANZOÁTEGUI

Lechería, 28 de Julio de 2.015
205º y 156º


Oficio Nº 4.790-15
Ciudadano (a):
Registrador Principal del Estado Anzoátegui.
Su Despacho.


Me dirijo a usted muy respetuosamente, en la oportunidad de informarle que este Tribunal en fecha 28/07/2.015, dictó sentencia en el expediente signado con la letra y números BP02-S-2015-0001349, con motivo de la Solicitud de Rectificación de Partida de Nacimiento presentada por la ciudadana VERONICA ALEJANDRA MUÑOZ MARVAL, venezolana, mayor de edad, civilmente hábil, de este domicilio, y titular de la cédula de identidad N° V-23.998.871. Debidamente asistida por la abogada en ejercicio YANITZA JOSEFINA MERCADO, venezolana mayor de edad, e Inscrita en el inpreabogado bajo el Nº 124.845, declarándose Rectificada la Partida de Nacimiento de la ciudadana VERÓNICA ALEJANDRA MUÑOZ MARVAL, antes identificada, con el N° 542, Folio 277, Tomo I, la cual fue levantada por ante el Registro Civil del Municipio Juan Antonio Sotillo, en fecha 06/04/1.994, en el cual señala que el ciudadano Jesús Antonio Muñoz Fiallo, antes identificado es natural de San Cristóbal, Estado Táchira, siendo lo correcto Municipio Tariba, Distrito Cárdenas, Estado Táchira.-

Información que se le hace a los fines de que ordene estampar la nota marginal, sin alterar el acta original. Asimismo, le remito anexo al presente oficio copia certificada de la sentencia proferida por este Tribunal cuyo contenido y texto se explican por si solo.

Dios y Federación


Abg. Javier Alexander Arias León
Juez provisorio del Juzgado Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios, Simon Bolívar, Diego Bautista Urbaneja, Juan Antonio Sotillo y Guanta de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui

BP02-S-2015-001349
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