REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Sexto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los
Municipios Simon Bolívar, Diego Bautista Urbaneja, Juan Antonio Sotillo
y Guanta de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Guanta, 22 de Julio de 2015
205º y 156º
ASUNTO: BP02-S-2015-001202
Visto el auto de fecha 15 de Julio de 2015, mediante el cual este Tribunal da entrada a la presente Solicitud de DECLARACION DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, presentada por la Ciudadana VIVIAN MARCANO DE HERNANDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-2.800.799, e insta a la parte solicitante a consignar las Actas que acompañan la referida solicitud debidamente certificadas, en un lapso de Cinco (05) días de Despacho siguientes, a los fines de la admisión o no de la misma; y visto asimismo que a la presente fecha la parte interesada no han dado cumplimiento a lo ordenado, habiendo transcurrido más tiempo del lapso indicado, este Tribunal Sexto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Simon Bolívar, Diego Bautista Urbaneja, Juan Antonio Sotillo y Guanta de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la Solicitud de DECLARACION DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, presentada por la Ciudadana VIVIAN MARCANO DE HERNANDEZ, ya identificada.- Así se Decide.-Cúmplase.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Sexto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medida de los Municipios Simon Bolívar, Diego Bautista Urbaneja, Juan Antonio Sotillo y Guanta de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui. En Guanta, a los Veintidós (22) días del mes de Julio del año Dos Mil Quince (2015). Años 205° de la Independencia y 156° de la Federación.
LA JUEZ TEMPORAL,
Abog. SANDRA ROJAS MORENO
EL SECRETARIO,
Abog. JESUS RAFAEL PINTO
En la misma fecha de hoy, siendo las 10:00 a.m., se publico la anterior decisión.- Conste,
EL SECRETARIO,
SRM/rcr
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