REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL OCTAVO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SIMÓN BOLÍVAR, DIEGO BAUTISTA URBANEJA, JUAN ANTONIO SOTILLO Y GUANTA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ANZOÁTEGUI
Puerto La Cruz: 29 de julio de 2015
205° y 156°
Vista el acta que corre inserta a los folios 100 y 101, de fecha 02 de julio de 2015, del presente expediente, en la cual la parte demandante a través de su apoderada judicial ciudadana Irene Isabel Andara, venezolana, abogada en ejercicio, inscrita en el Inpre-abogado bajo el Nro 32.453 y la parte demandada ciudadano JOSÉ LUIS ANDRADE VARGAS,venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 8.333.737, asistido de la abogada Lirio Virginia Aguilarte, inscrita en el Inpreabogado con el Nº 113.640, quien a su vez actúa como apoderado del ciudadano HECTOR RAMON CRUCES,venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 5.579.714, deciden poner fin al presente juicio de COBRO DE BOLÍVARES –VÍA EJECUTIVA- por medio de una TRANSACCIÓN y siendo la voluntad de ambas partes de terminar el proceso pendiente mediante la transacción celebrada en fecha 02/07/2015, en el presente juicio y conforme a las previsiones contenidas en los artículos 255, 256 del Código de Procedimiento Civil, en razón de que el mismo no es contraria a derecho, y versa sobre derechos disponibles, este Tribunal le imparte su HOMOLOGACIÓN, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, de conformidad con el Articulo 256 del Código de Procedimiento Civil.- Y así se decide.- Años 205º de la Independencia y 156º de la Federación.- Puerto La Cruz, veintinueve(29) de julio del año dos mil quince (2015). Cúmplase.-
La Juez
Abg. Gloria Silva Alexis
La Secretaria Acc.
Abg. Yanett Hurtado M.
Exp. N° BP02-V-2015-000547
jq.-
|