REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO PEDRO MARÍA FREITES DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ANZOÁTEGUI.
Cantaura, 14 de Julio de 2015.-
205º Y 156º.
SOLICITANTE: YSMELDA MARÍA MARTÍNEZ SIFONTES, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-8.491.131, domiciliada en la ciudad de Cantaura, Municipio Bolivariano General Pedro María Freites del Estado Anzoátegui.
ABOGADO ASISTENTE: OLY MENESES, venezolana, mayor de edad, inscrita en el Inpreabogado bajo el No.52.657; y de éste mismo domicilio.
MOTIVO: DECLARACIÓN DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS.
SENTENCIA DEFINITIVA
Vista la anterior solicitud de declaración de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, presentada por la ciudadana: YSMELDA MARÍA MARTÍNEZ SIFONTES, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-8.491.131, domiciliada en la ciudad de Cantaura, Municipio Bolivariano General Pedro María Freites del Estado Anzoátegui, actuando en su propio nombre y representación, asistida en este acto por la ciudadana Abogada en ejercicio OLY MENESES, venezolana, mayor de edad, inscrita en el Inpreabogado bajo el No.52.657; y de éste mismo domicilio, mediante la cual manifiesta que, EUMELIA ANTONIA SIFONTES DE MARTÍNEZ, en su condición de CÓNYUGE, y ella, YSMELDA MARÍA MARTÍNEZ SIFONTES y los ciudadanos FLORENCIO ANTONIO MARTÍNEZ SIFONTES, MANUEL JOSÉ MARTÍNEZ JIMÉNEZ, MARÍA FELICIANA MARTÍNEZ SIFONTES, SANTIAGO JOSÉ MARTÍNEZ SIFONTES, ANAIDA MAGDALENA MARTÍNEZ DE BELLO, CARLOS ANDRÉS MARTÍNEZ SIFONTES, MARÍA FELICIANA MARTÍNEZ SIFONTES Y BERENICE DEL CARMEN MARTÍNEZ SIFONTES; en su condición de HIJOS, son los ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del extinto JOSÉ MANUEL MARTÍNEZ, quien en vida era venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-1.176.732, y quien falleció ab-intestato en fecha veinticinco (25) de Abril del año dos mil quince, en la Parroquia Santa Rosa del Municipio Bolivariano General Pedro María Freites del Estado Anzoátegui, según Acta de Defunción expedida por el organismo correspondiente.
Vistas igualmente las declaraciones rendidas por los ciudadanos: MAIRA JOSEFINA CORDERO VALLEJO, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad Nº V-14.187.445, domiciliada en la Población de Santa Rosa, Parroquia Santa Rosa del Municipio Bolivariano General Pedro María Freites del Estado Anzoátegui, y DIOSELINA MEJÍAS PÉREZ, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad Nº V-3.854.571, domiciliada en la Población de Santa Rosa, Parroquia Santa Rosa del Municipio Bolivariano General Pedro María Freites del Estado Anzoátegui, quienes depusieron respecto al interrogatorio que le fue formulado. Dichas testimoniales se aprecian en todo su valor probatorio, puesto que los testigos afirman de manera conteste la existencia de la relación hereditaria alegada por la solicitante y en consecuencia, se concluye la veracidad de los hechos alegados.
Dichas testimoniales se adminiculan a las copias certificadas del acta de Defunción del De Cujus, supra señalado, asentada por ante la Oficina del Registro Civil y Electoral, Municipio Diego Bautista Urbaneja del Estado Anzoátegui, que se valoran favorablemente, púes merecen fe pública por tener carácter de auténticas y no han sido objeto de tacha de falsedad, igualmente se anexa Constancia de Convivencia emitida por la Alcaldía del Municipio Pedro Maria Freites Oficina de Registro Civil Cantaura por lo que demuestran el vínculo existente entre el ciudadano: JOSÉ MANUEL MARTÍNEZ y los ciudadanos: EUMELIA ANTONIA SIFONTES DE MARTÍNEZ, en su condición de CÓNYUGE, e YSMELDA MARÍA MARTÍNEZ SIFONTES, FLORENCIO ANTONIO MARTÍNEZ SIFONTES, MANUEL JOSÉ MARTÍNEZ JIMÉNEZ, MARÍA FELICIANA MARTÍNEZ SIFONTES, SANTIAGO JOSÉ MARTÍNEZ SIFONTES, ANAIDA MAGDALENA MARTÍNEZ DE BELLO, CARLOS ANDRÉS MARTÍNEZ SIFONTES, MARÍA FELICIANA MARTÍNEZ SIFONTES Y BERENICE DEL CARMEN MARTÍNEZ SIFONTES, en su condición de HIJOS.
Por todo lo antes expuesto y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Pedro María Freites de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, declara a los ciudadanos: EUMELIA ANTONIA SIFONTES DE MARTÍNEZ; venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro.2.744.772, domiciliada en la Parroquia Santa Rosa del Municipio Bolivariano General Pedro María Freites del Estado Anzoátegui, en su condición de CÓNYUGE, y los ciudadanos YSMELDA MARÍA MARTÍNEZ SIFONTES, FLORENCIO ANTONIO MARTÍNEZ SIFONTES, MANUEL JOSÉ MARTÍNEZ JIMÉNEZ, MARÍA FELICIANA MARTÍNEZ SIFONTES, SANTIAGO JOSÉ MARTÍNEZ SIFONTES, ANAIDA MAGDALENA MARTÍNEZ DE BELLO, CARLOS ANDRÉS MARTÍNEZ SIFONTES, MARÍA FELICIANA MARTÍNEZ SIFONTES Y BERENICE DEL CARMEN MARTÍNEZ SIFONTES, todos venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nro.8.491.131, 6.924.925, 8.497.675, 9.821.983,11.001.128, 10.998.845, 12.504.342, 9.821.983 y 13.604.374 respectivamente, en su condición de HIJOS, COMO ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del hoy causante JOSÉ MANUEL MARTÍNEZ, quien en vida era venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-1.176.732, y quien falleció ab-intestato en fecha veinticinco (25) de Abril del año dos mil quince, en la Parroquia Santa Rosa del Municipio Bolivariano General Pedro María Freites del Estado Anzoátegui, y así se declara.
Devuélvanse los originales a la parte interesada, previa certificación por Secretaría.
Publíquese, regístrese y expídanse copias certificadas del presente fallo.
DADA, FIRMADA y SELLADA, en la Sala de Despacho del Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Pedro María Freites de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, a los catorce (14) días del mes de Julio del año dos mil quince (2.015). Años 205º de la Independencia y 156º de la Federación.

LA JUEZ,

ABOG. ROSARIO ORTEGA BRONT
EL SECRETARIO TEMPORAL.

ABOG. JOSÉ GREGORIO ARAY
Seguidamente, en esta misma fecha se devuelven, constante de ______________
( ) folios útiles, las presentes actuaciones en original con sus resultas a la solicitante, ciudadana YSMELDA MARÍA MARTÍNEZ SIFONTES, cuyo documento quedó asentado en el Libro de Solicitudes llevado por éste Tribunal durante el año 2015, Número 228-2015. Conste
EL SECRETARIO TEMPORAL.

ABOG. JOSÉ GREGORIO ARAY.


ROB/JGA/MAD