REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Nor-Oriental.
Barcelona, diez de junio de dos mil quince
205º y 156º
ASUNTO: BP02-N-2015-000164
Vista la demanda que inmediatamente precede y revisados todos los recaudos, se ADMITE la misma cuanto ha lugar en derecho. Se acuerda de conformidad con el artículo 99 de la Ley de Estatuto de la Función Pública, emplazar al ciudadano: DIRECTOR-PRESIDENTE DEL INSTITUTO AUTÓNOMO DE POLICÍA DEL ESTADO ANZOÁTEGUI, a los fines de que comparezca ante este Tribunal, a dar contestación a la demanda intentada por el ciudadano: OSCAR RENIER QUINTERO MARTINEZ, titular de la Cédula de Identidad No. V.- 12.577.765, asistido jurídicamente por el Abogado Reimundo Mejias la Rosa, inscrito en el IPSA bajo el No. 116.029, dentro de los quince (15) días de despacho siguientes, contados a partir de que conste en autos las resultas de la citación aquí dispuesta. Asimismo, se ordena solicitar a través de su persona el expediente administrativo relacionado con la presente causa, para que lo envíe dentro de los dos (2) días de despacho siguientes a su emplazamiento.
La Juez,

Dra. Mirna Mas y Rubí Spósito.
La Secretaria,

Abog. Josmire Carolina Zurita.

H.R.M.