REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, veintinueve de junio de dos mil quince
205º y 156º

ASUNTO: BP02-F-2014-000114

En el día de hoy, 29 de Junio de 2015, siendo las Once de la mañana (11:00a.m.), hora y fecha fijada por el Tribunal para que tenga lugar el Primer (1) Acto Conciliatorio en el presente juicio, se anunció dicho acto a las puertas del Tribunal bajo las formalidades de Ley, por el Alguacil del mismo, se deja constancia que no compareció, la parte demandada, ciudadana YANICE DEL VALLE DIAZ TORRES, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Número 8.399.943, ni el demandante ciudadano JORGE LUIS GOLINDANO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Número 9.892.162, asimismo se deja constancia de la no comparecencia de la ciudadana Fiscal del Ministerio Público, por lo que de conformidad con lo establecido en el Artículo 758 del Código de Procedimiento Civil, declara EXTINGUIDO el presente procedimiento. Así se decide en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley.
El Juez Provisorio

Abg. JOAQUIN JOSE BELLO FIGUERA
La Secretaria

Abg. MARIEUGELYS GARCIA CAPELLA