REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, veintidós de junio de dos mil quince
205º y 156º
ASUNTO: BP02-L-2015-000036
PARTE ACTORA: DARLINZ YANALIZ SEQUERA VIZCAYA, titular de la Cédula de Identidad Nº 12.526.207.
APODERADO DE LA PARTE ACTORA: El abogado ALFREDO ALVARADO, inscrito en el I.P.S.A. bajo el Nro. 132.106.
PARTE DEMANDADA: CAFETIN PORTUMANIA 7080 C.A
REPRESENTANTE LEGAL: SIDONIO FIGUERA, titular de la Cédula de Identidad Nº 13.767.246.
APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA: El abogado GUSTAVO ENRIQUE PEREZ, inscrito en el I.P.S.A. bajo el No. 84.720.
MOTIVO: ACCIDENTE LABORAL.
SENTENCIA
Hoy, veintidós (22) de junio del 2015, siendo las nueve y treinta (09:30 a.m.) de la mañana, día y hora fijado para que tenga lugar la prolongación de la Audiencia Preliminar, por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES, se deja expresa constancia que la parte actora no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar. Por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. Se deja constancia de la presencia de la parte demandada, a través de su apoderado judicial, abogado GUSTAVO PEREZ, I.P.S.A, Nº 84.720, según poder que riela a los autos. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 156 ° y 205°.
El Juez
Abg. Angel Parra Gutiérrez
Apoderado judicial de la parte demandada.
El Secretario
Abg. Javier Aguache
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado siendo las 10:00 a.m. Conste.
El Secretario
Abg. Javier Aguache.
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