Tribunal de Violencia contra la Mujer en Función de Juicio de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui- Barcelona
Barcelona, 10 de Junio de 2015
205º y 156º

ASUNTO PRINCIPAL : BP01-S-2011-002509
ASUNTO : BP01-S-2011-002509

AUTO DE SENTENCIA

Juez Primero de Primera Instancia en Funciones de Juicio de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal con Competencia en Materia de Delitos de Violencia contra la Mujer del Estado Anzoátegui: Abogado Johnny Rondón Meneses.
SECRETARIA DE SALA: Abgda. MILADIS HERNANDEZ.
FISCAL 24 DEL MINISTERIO PÚBLICO: ABOGADA. YAMARILIS YAGUARAMAY.
VICTIMA: ADRIANA CAROLINA TINEO RIVAS.
DEFENSA PÚBLICA: ABOGADA. LISBETH PERUGINI.
IMPUTADO: FRANCISCO XAVIER REQUENA GUTIERREZ; TITULAR DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD V-18.413.978; DE NACIONALIDAD: VENEZOLANO; ESTADO CIVIL: SOLTERO; DE 26 AÑOS DE EDAD; PROFESIÓN U OFICIO: ESTUDIANTE, FECHA DE NACIMIENTO: 13-04-1988; LUGAR DE NACIMIENTO: CARUPANO, ESTADO SUCRE; HIJO DE LOS CIUDADANOS: FRANCISCO REQUENA (V) Y MARISOL DE REQUENA (V); CON RESIDENCIA EN: Av. JORGE RODRIGUEZ, Urb. TERRAZAS DEL SOL, TORRE 7, APTO 24, PUERTO LA CRUZ, EDO. ANZOÁTEGUI; TELÉFONO: 0414-1945614.
DELITO: ACTO CARNAL CON VICTIMA ESPECIALMENTE VULNERABLE, tipificado en el artículo 44 Numeral 4 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a Vivir una Vida Libre de Violencia.


I
CONSIDERACIONES PREVIAS:

Este Tribunal antes de pasar a dictar sentencia debe hacer algunas consideraciones.
De la realización del juicio a puerta cerrada: Este Tribunal se constituyó a puertas cerrada a solicitud de la Representación Fiscal, amparado según lo dispuesto en la excepción del artículo 106 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, que establece: “(…) El Juez puede decidir realizar la Audiencia total o parcialmente a puerta cerrada (…)”, y siendo que la víctima ciudadana ADRIANA CAROLINA TINEO RIVAS, y según lo pautado en el artículo 316 en su numeral 1 del Código Procesal Penal en franca correspondencia con el articulo 106 de la Derogada Ley Orgánica de los derechos de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia; hoy día articulo 109, que dispone: “(…) El debate será oral y público, pudiendo el juez o jueza decidir efectuarlo total o parcialmente a puerta cerrada, previa solicitud de la victima (…)”. Ante esta realidad, luego del detenido estudio de los artículos en comentos considera este Tribunal que realizar el juicio a puertas abiertas será violentar lo dispuesto en las normas antes expuestas. Así se decide.
De la alteración del orden indicado de la recepción de la prueba: Ahora, por cuanto la víctima ADRIANA CAROLINA TINEO RIVAS, ha sido ofrecida por parte del Ministerio Público como testigo en el presente asunto y quien no asistió al acto de apertura a juicio se debe aplicar lo establecido en el artículo 338 del Código Orgánico Procesal Penal, por remisión de lo establecido en el artículo 64 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, que establece en su primer aparte que: antes de declarar, los o las testigos no podrán comunicarse entre si, ni con otras personas, ni ver, oír o ser informado de lo que ocurra en el debate (…).
Por lo cual se procedió a alterar el orden en que recibirá los medios probatorios, acordando que la declaración testimonial de la víctima, ADRIANA CAROLINA TINEO RIVAS, se evacuen en su oportunidad, y en ese sentido garantizarle a la víctima su derecho a presenciar todos los actos del juicio. Así se decide.

II
PARTE NARRATIVA

Los hechos de la acusación y su calificación.
Los hechos por los cuales fue acusado, el ciudadano FRANCISCO XAVIER REQUENA GUTIERREZ, VENEZOLANO, TITULAR DE LA CEDULA DE IDENTIDAD Nº V-18.413.978, antes identificado, quedaron comprendidos en el auto de apertura a juicio publicado en fecha 27-03-2012, por el Tribunal Segundo de Primera Instancia en Funciones de Control, Audiencias y Medidas del Circuito Judicial Penal con Competencia en Materia de Delitos de Violencia contra la Mujer del Anzoátegui – Barcelona, del siguiente modo:

“…resulta que el día de ayer 29/07/2011, en horas de la noche momento en que me encontraba en una fiesta en el conjunto residencial Pascal I, en compañía de unos amigos…me vieron demasiado tomada y me llevaron para el cuarto para que me durmiera, a eso de las 06;30 horas de la mañana de hoy cuando me levanto me percaté que no tenía ropa interior, y me dolía mucho y me ardía la vagina, cuando me reviso observo que estoy toda ensangrentada entre las piernas, busqué mi ropa interior y también estaba llena de sangre, al mirarme al espejo veo que tengo un golpe en el pómulo derecho, yo lo único que puedo recordar es que sentía como me metían los dedos dentro de la vagina en forma muy brusca. Igualmente el Ministerio Público ratificó su escrito de Archivo Fiscal respecto a la causa seguida al imputado Rey Sebastian Wallis Suniaga…”

Así pues, es por lo que el por lo que el Ministerio Público calificó los hechos como delito de ACTO CARNAL CON VICTIMA ESPECIALMENTE VULNERABLE, tipificado en el artículo 44 Numeral 4 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a Vivir una Vida Libre de Violencia; en perjuicio de la ciudadana ADRIANA CAROLINA TINEO RIVAS.

Declaración del acusado:
El acusado FRANCISCO XAVIER REQUENA GUTIERREZ, VENEZOLANO, TITULAR DE LA CEDULA DE IDENTIDAD Nº V-18.413.978, antes plenamente identificados, fue informado sobre el significado del juicio, asimismo se le impuso del precepto constitucional que le eximen de declarar en causa propia de reconocer culpabilidad contra sí mismo y contra sus parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad de su cónyuge si la tuviera o de su concubina, de conformidad con el numeral 5 del artículo 49 constitucional, se le informó que su declaración no es un medio de prueba para ser utilizado en su contra sino un medio para su defensa, que con ella puede desvirtuar si fuere el caso la acusación que le ha hecho el Ministerio Público, se le indicó e informó sobre los derechos procesales que le asisten, y sobre los hechos por los cuales el Ministerio Público lo acusa y se le explicó las circunstancias que para éste influyeron en la calificación jurídica, asimismo se le hizo lectura del precepto jurídico aplicable y se le preguntó si estaba dispuesto a declarar, a lo que el acusado de manera libre de todo juramento, sin coacción o apremio manifestó lo siguiente:
“ME ACOJO AL PRECEPTO CONSTITUCIONAL; No deseo declarar en este momento”.

Posteriormente en fecha 14 de Abril del 2015 manifestó: estábamos en una fiesta en casa de Estefanía con anterioridad se había quedado que íbamos a casa de Luis Alfredo, nos trasladamos hacia allá, compartimos un rato y luego le dije a Luis Alfredo, que me quería ir a dormir el me dijo que me podía acostar en el cuarto de su papá, y me quede dormido, al otro día me despertaron que había sucedido algo. Es Todo.
Relación de las pruebas recepcionadas en juicio oral:
En el debate oral y público de la presente causa se evacuaron las siguientes pruebas:
• Declaración testimonial de la ciudadana ADRIANA CAROLINA TINEO RIVAS, quien funge como victima en la presente causa, medio de prueba que fue admitido como se verifica del auto de apertura a juicio por haber sido considerada útil, necesaria y pertinente; cuya necesidad y pertinencia radica en el hecho que fue ésta testigo quien en su condición de víctima directa pudo con sus propios sentidos percibir las circunstancias de tiempo, modo y lugar, cómo se suscitaron los hechos a juzgarse.

• Declaración testimonial de la ciudadana CARLOS ENRIQUE DIAZ H, titular de la cédula de identidad Nº V-18.414.901; quien luego de ser interrogado sobre su identidad personal y circunstancias generales se le impuso del contenido de los artículos 242 del Código Penal Venezolano; 328 y 339 del Código Orgánico Procesal Penal. Medio de prueba que se recepcionó por ser admitido como se verifica del auto de apertura a juicio, por haber sido considerada útil, necesaria y pertinente; cuya necesidad y pertinencia radica en el hecho que el mismo en su condición de testigo presencial tiene conocimiento de las circunstancias de tiempo, modo y lugar, como se suscitaron los hechos a juzgarse.
• Declaración testimonial de la ciudadana LUIS ALFREDO GUERRA AGUILERA, titular de la cédula de identidad Nº V-18.591.228; quien luego de ser interrogado sobre su identidad personal y circunstancias generales se le impuso del contenido de los artículos 242 del Código Penal Venezolano; 328 y 339 del Código Orgánico Procesal Penal. Medio de prueba que se recepcionó por ser admitido como se verifica del auto de apertura a juicio, por haber sido considerada útil, necesaria y pertinente; cuya necesidad y pertinencia radica en el hecho que el mismo en su condición de testigo presencial tiene conocimiento de las circunstancias de tiempo, modo y lugar, como se suscitaron los hechos a juzgarse.
• Declaración testimonial de la ciudadana JUAN DAVID SOTO CARABALLO, titular de la cédula de identidad Nº V-19.189.815; quien luego de ser interrogado sobre su identidad personal y circunstancias generales se le impuso del contenido de los artículos 242 del Código Penal Venezolano; 328 y 339 del Código Orgánico Procesal Penal. Medio de prueba que se recepcionó por ser admitido como se verifica del auto de apertura a juicio, por haber sido considerada útil, necesaria y pertinente; cuya necesidad y pertinencia radica en el hecho que el mismo en su condición de testigo presencial tiene conocimiento de las circunstancias de tiempo, modo y lugar, como se suscitaron los hechos a juzgarse.
• Declaración testimonial de la ciudadana DIEGO ALEJANDRO VILLEGAS ROJAS, titular de la cédula de identidad Nº V-17.781.290; quien luego de ser interrogado sobre su identidad personal y circunstancias generales se le impuso del contenido de los artículos 242 del Código Penal Venezolano; 328 y 339 del Código Orgánico Procesal Penal. Medio de prueba que se recepcionó por ser admitido como se verifica del auto de apertura a juicio, por haber sido considerada útil, necesaria y pertinente; cuya necesidad y pertinencia radica en el hecho que el mismo en su condición de testigo presencial tiene conocimiento de las circunstancias de tiempo, modo y lugar, como se suscitaron los hechos a juzgarse.
• Declaración testimonial de la ciudadana ESTEFANIA CAROLINA RAMIREZ MAIZ, titular de la cédula de identidad Nº V-18.582.041; quien luego de ser interrogada sobre su identidad personal y circunstancias generales se le impuso del contenido de los artículos 242 del Código Penal Venezolano; 328 y 339 del Código Orgánico Procesal Penal. Medio de prueba que se recepcionó por ser admitido como se verifica del auto de apertura a juicio, por haber sido considerada útil, necesaria y pertinente; cuya necesidad y pertinencia radica en el hecho que la misma en su condición de testigo presencial tiene conocimiento de las circunstancias de tiempo, modo y lugar, como se suscitaron los hechos a juzgarse.

• Declaración del funcionario DANIEL ALCIDES GASCON MAURERA, adscrito al Cuerpo de Investigaciones, Científicas, Penales y Criminalísticas, previa juramentación de Ley e interrogado sobre su identidad personal y circunstancias generales para apreciar su informe, se le impuso del contenido de los artículos 242 y 245 del Código Penal. Medio de prueba que se recepcionó por ser admitido como se verifica del auto de apertura a juicio por haber sido considerada útil, necesaria y pertinente; cuya necesidad y pertinencia radica en que la referida funcionaria la Inspección Técnica al lugar del suceso.

• Declaración del funcionario ADOLFO CRISTIAN VELASQUEZ, adscrito al Cuerpo de Investigaciones, Científicas, Penales y Criminalísticas, previa juramentación de Ley e interrogado sobre su identidad personal y circunstancias generales para apreciar su informe, se le impuso del contenido de los artículos 242 y 245 del Código Penal. Medio de prueba que se recepcionó por ser admitido como se verifica del auto de apertura a juicio por haber sido considerada útil, necesaria y pertinente; cuya necesidad y pertinencia radica en que el referido funcionario realizó la Inspección Técnica al lugar del suceso.

• Declaración de la Dra. ZULY URRIBARRI, Titular de La Cédula de identidad Nº V- 5.109.332, Médico ginecólogo, previa juramentación de Ley e interrogado sobre su identidad personal y circunstancias generales para apreciar su informe, se le impuso del contenido de los artículos 242 del Código Penal. Medio de prueba que se recepcionó por ser admitido como se verifica del auto de apertura a juicio por haber sido considerado útil, necesaria y pertinente; cuya necesidad y pertinencia radica en que la referida médico realizó evaluación médico ginecológico practicado a la victima ciudadana ADRIANA CAROLINA TINEO RIVAS y quien determinó hematoma pequeño en el introito vaginal lado derecho, y desgarro himeneal y mucosa perineal ese momento no se encontré laceraciones en vaginal había flujos blanco no fétido y cuello uterino de aspecto sano.

• Declaración de la funcionaria ZENAIDA GALINDEZ, adscrita al Cuerpo de Investigaciones, Científicas, Penales y Criminalísticas, previa juramentación de Ley e interrogado sobre su identidad personal y circunstancias generales para apreciar su informe, se le impuso del contenido de los artículos 242 y 245 del Código Penal. Medio de prueba que se recepcionó por ser admitido como se verifica del auto de apertura a juicio por haber sido considerada útil, necesaria y pertinente; cuya necesidad y pertinencia radica en que la referida funcionaria realizó la Experticias de Barrido en busca de Apéndices Pilosos, y Determinación de Sustancias de Naturaleza Hematica y Seminal.

• Declaración del Dr. ARQUIMEDEZ FUENTES, Titular de La Cédula de identidad Nº V-4.186.286, Psiquiatra Forense, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, Sub Delegación Sucre, previa juramentación de Ley e interrogado sobre su identidad personal y circunstancias generales para apreciar su informe, se le impuso del contenido de los artículos 242 y 245 del Código Penal. Medio de prueba que se recepcionó por ser admitido como se verifica del auto de apertura a juicio por haber sido considerado útil, necesaria y pertinente; cuya necesidad y pertinencia radica en que el referido médico forense realizó el Psiquiátrico, practicado a la victima ciudadana ADRIANA CAROLINA TINEO RIVAS y quien determinó ruptura antigua de himen que presentaba la víctima.


• Declaración de la Funcionaria ISAURA ROJAS RODRIGUEZ, psicóloga adscrita al Equipo Interdisciplinario del Tribunal de Violencia Contra la Mujer de Barcelona, Estado Anzoátegui, previa juramentación de Ley e interrogada sobre su identidad personal y circunstancias generales para apreciar su informe, se le impuso del contenido de los artículos 242 y 245 del Código Penal. Medio de prueba que se recepcionó en aplicación al artículo 337 ultimo aparte del Código Orgánico Procesal Penal toda vez que fue admitido como se verifica del auto de apertura a juicio la declaración de la Lic. Isaura Rojas psicóloga adscrita al Equipo Interdisciplinario del Tribunal de Violencia Contra la Mujer de Barcelona, Estado Anzoátegui por haber sido considerado útil, necesaria y pertinente; cuya necesidad y pertinencia radica en que la referida psicóloga realizó evaluación a la victima, pudiendo determinar el grado de afectación que produjeron estos hechos en la victima.

Relación de medios de pruebas admitidas y no recepcionadas en juicio oral y privado.

• Declaración testimonial del funcionario JOSE MARQUEZ, adscrito al Cuerpo de Investigaciones, Científicas, Penales y Criminalísticas, medio de prueba que fue admitido como se verifica del auto de apertura a juicio por haber sido considerada útil, necesaria y pertinente; cuya necesidad y pertinencia radica en que el referido funcionario, fue quien conjuntamente con la funcionaria YOJAIRA SANCHEZ, realizó la EXPERTICIA TOXICOLOGICA IN VIVO.

• Declaración testimonial de la funcionaria YAJAIRA SANCHEZ, adscrita al Cuerpo de Investigaciones, Científicas, Penales y Criminalísticas, medio de prueba que fue admitido como se verifica del auto de apertura a juicio por haber sido considerada útil, necesaria y pertinente; cuya necesidad y pertinencia radica en que el referido funcionario, fue quien conjuntamente con el funcionario JOSE MARQUEZ, realizó la EXPERTICIA TOXICOLOGICA IN VIVO..

• Declaración testimonial del funcionario FERNANDO NORIEGA, adscrito al Cuerpo de Investigaciones, Científicas, Penales y Criminalísticas, medio de prueba que fue admitido como se verifica del auto de apertura a juicio por haber sido considerada útil, necesaria y pertinente; cuya necesidad y pertinencia radica en que el referido funcionario, fue quien conjuntamente con el funcionario MICHAEL RODRIGUEZ, realizó la experticia de reconocimiento legal y física.
• Declaración testimonial del funcionario MICHAEL RODRIGUEZ, adscrito al Cuerpo de Investigaciones, Científicas, Penales y Criminalísticas, medio de prueba que fue admitido como se verifica del auto de apertura a juicio por haber sido considerada útil, necesaria y pertinente; cuya necesidad y pertinencia radica en que el referido funcionario, fue quien conjuntamente con el funcionario FERNANDO NORIEGA, realizó la experticia de reconocimiento legal y física.

• Declaración testimonial del funcionario MARCOS LUIS GOMEZ, Medico Psiquiatra Forense adscrito al Cuerpo de Investigaciones, Científicas, Penales y Criminalísticas, medio de prueba que fue admitido como se verifica del auto de apertura a juicio por haber sido considerada útil, necesaria y pertinente; cuya necesidad y pertinencia radica en que el referido funcionario, fue quien deja constancia de que la victima se encontraba para el momento de ser evaluada con TRASTORNO MIXTOANSIOSO-DEPRESIVO.
• Declaración testimonial del funcionario JOHN ORTIGOZA, adscrito al Cuerpo de Investigaciones, Científicas, Penales y Criminalísticas, medio de prueba que fue admitido como se verifica del auto de apertura a juicio por haber sido considerada útil, necesaria y pertinente; cuya necesidad y pertinencia radica en que el referido funcionario, fue quien practico una de las primeras actuaciones.
• Declaración testimonial de la ciudadana ALEJANDRA MARIA ALVAREZ SERRANO, medio de prueba que fue admitido como se verifica del auto de apertura a juicio por haber sido considerada útil, necesaria y pertinente; cuya necesidad y pertinencia radica en que la referido testigo, estuvo en el lugar de los hechos.
• Declaración testimonial de la ciudadana YAMILETH ROMERO, Medico Psiquiatra medio de prueba que fue admitido como se verifica del auto de apertura a juicio por haber sido considerada útil, necesaria y pertinente; cuya necesidad y pertinencia radica en que el referido funcionario, fue quien deja constancia mediante su valuación que la victima se encontró con: IDX: TRASTORNO DE ESTRÉS POSTRAUMATICO.


Los antes indicados medios probatorios fueron admitidos en la audiencia preliminar como se verifica del auto de apertura a juicio, pero no fueron recepcionados en juicio oral, por cuanto la representante de la Fiscalía Vigésima Cuarta del Ministerio Público, abogada. YAMARILIS YAGUARAMAY, renunció a la recepción de los mismos. Así se decide.

Relación de medios de pruebas Documentales Evacuados mediante su lectura o exhibición.

1.- RECONOCIMIENTO MEDICO LEGAL, signado con el número: 140-07-934-11, de fecha 30 de Julio 2011, suscrito por la Dra. NELLY BUSTAMANTE, Medico Forense de la Sub-Delegación de Puerto la Cruz, medio de prueba que fue admitido como se verifica del auto de apertura a juicio por haber sido considerada útil, necesaria y pertinente; cuya necesidad y pertinencia radica en que; de la Up Supra mencionada prueba Documental se desprenden las Lesiones causadas a la Victima en su área genital.
2.-INFORME PSICOLOGICO, Suscrito por la Lic. ISAURA ROJAS, Psicóloga adscrita al Equipo Interdisciplinario de los Tribunales de Violencia Contra la Mujer de la Circunscripción Judicial de Barcelona Edo. Anzoátegui, medio de prueba que fue admitido como se verifica del auto de apertura a juicio por haber sido considerada útil, necesaria y pertinente; cuya necesidad y pertinencia radica en que del mencionado Informe se desprende el grado de afectación que produjeron los hechos en la victima.

3.-INSPECCIÓN TECNICA, Signada con el número: 1599 de fecha 30 de Julio de 2011, suscrita por los Funcionarios Agentes DANIEL GASCON y HECTOR VILLARROEL, adscrito a la Sub-Delegación de Puerto la Cruz, medio de prueba que fue admitido como se verifica del auto de apertura a juicio por haber sido considerada útil, necesaria y pertinente; cuya necesidad y pertinencia radica en que, de esta Actividad propia de la Fase Incipiente del Proceso penal se desprenden la Evidencias de Interés Criminalístico que fueron colectadas en el lugar del suceso; así como determinar el tipo del Lugar del suceso.

4.- PERITAJE PSIQUIATRICO FORENSE, Signado con el numero: 162-3172, de fecha 30 de Agosto del 2011, suscrito por el Experto Psiquiatra Forense Dr. ARQUIMEDES FUENTES Jefe del Departamento de Ciencias Forenses de Cumana Edo. Sucre, medio de prueba que fue admitido como se verifica del auto de apertura a juicio por haber sido considerada útil, necesaria y pertinente; cuya necesidad y pertinencia radica en que del mencionado Informe se desprende el grado de afectación que produjeron los hechos en la victima.
5.- EXPERTICIA HEMATOLOGICA y SEMINAL, signada con el numero: 9700-192-ALB-780-2011, de fecha 17 de Agosto del 2011, suscrito por la Experto ZENAIDA GALINDEZ MOLINA, medio de prueba que fue admitido como se verifica del auto de apertura a juicio por haber sido considerada útil, necesaria y pertinente; cuya necesidad y pertinencia radica en que de la mencionada Experticia realizada a evidencias colectadas en el lugar del suceso se desprende la presencia de sustancias de naturaleza hematica.

6.- EXPERTICIA DE RECONOCIMIENTO TECNICO LEGAL, Signado con el numero: 411, de fecha 30 de Julio del 2011, suscrita por el Funcionario Agente HECTOR VILLARROEL adscrito al Cuerpo de Investigaciones, Científicas, Penales y Criminalísticas Sub-Delegación Puerto la Cruz, medio de prueba que fue admitido como se verifica del auto de apertura a juicio por haber sido considerada útil, necesaria y pertinente; cuya necesidad y pertinencia radica en que del mismo se desprende las características que conforman las evidencias colectadas en el lugar del suceso.

7.-INFORME GINECOLOGICO, de fecha 03 de Agosto del 2011, suscrito por la Dra. ZULI URRIBARRI, titular de la Cedula de Identidad V-5.109.332, quien evalúo a la victima, medio de prueba que fue admitido como se verifica del auto de apertura a juicio por haber sido considerada útil, necesaria y pertinente; cuya necesidad y pertinencia radica en que mediante su informe la mencionada profesional deja constancia de cómo se encontraba el área genital de la Victima para el momento de ser evaluada.

8.- INFORME MEDICO PSIQUIATRICO, de fecha 13 de Septiembre del 2011, suscrito por la Dra. YAMILET ROMERO, quien evalúo a la victima, medio de prueba que fue admitido como se verifica del auto de apertura a juicio por haber sido considerada útil, necesaria y pertinente; cuya necesidad y pertinencia radica en que mediante su informe la mencionada profesional deja constancia que la victima para el momento de su evaluación mantenía sintomatología asociada a TRANSTORNO DE ESTRÉS POST TRAUMATICO.

9.- EXPERTICIA TOXICOLOGICA IN VIVO, Signada con el número: 9700-162-T-0885-11, de fecha 12 de Agosto 2011, suscrita por los Expertos Técnico I JOSE MARQUEZ y LA Bionalista Experto Profesional I YOJAIRA SANCHEZ, adscrito al Laboratorio de Toxicología Forense del Cuerpo de Investigaciones, Científicas, Penales y Criminalísticas Sub-Delegación Sucre, medio de prueba que fue admitido como se verifica del auto de apertura a juicio por haber sido considerada útil, necesaria y pertinente; cuya necesidad y pertinencia radica en que mediante su resulta de las muestras indubitadas de orina y sangre tomadas a la victima; se obtuvo la presencia de alcohol y cocaína en ambas muestras.
10.- EXPERTICIA DE RECONOCIMIENTO LEGAL y FISICA (Barrido en busca de Apéndices pilosos), signada con el numero: 9700-192-DCA-779, de fecha 04 de Agosto del 2011, suscrita por los Funcionarios AGENTES FERNANDO NORIEGA y MICHAEL RODRIGUEZ, adscrito al División Física Comparativa del Cuerpo de Investigaciones, Científicas, Penales y Criminalísticas Sub-Delegación Puerto la Cruz, medio de prueba que fue admitido como se verifica del auto de apertura a juicio por haber sido considerada útil, necesaria y pertinente; cuya necesidad y pertinencia radica en que los mismo dejan constancia de cómo se encontraban las evidencias.

11. PERITAJE PSIQUIATRICO FORENSE, de fecha 07 de Octubre del 2011, suscrito por la Dra. MARIA ELENA BERROETA, Experto Profesional I, adscrita a la Coordinación Nacional de Ciencias Forenses del Cuerpo de Investigaciones, Científicas, Penales y Criminalísticas, medio de prueba que fue admitido como se verifica del auto de apertura a juicio por haber sido considerada útil, necesaria y pertinente; cuya necesidad y pertinencia radica en que del mismo se desprende la presencia de un trastornó mixto ansioso-depresivo en la victima.

Los antes indicados medios probatorios fueron admitidos en la audiencia preliminar como se verifica del auto de apertura a juicio, y fueron evacuados en juicio oral, mediante su lectura o exhibición.

PARTE DE LA MOTIVA

1.- Determinación precisa y circunstanciada de los hechos que el Tribunal estima acreditado:

El Sentenciador valorando las pruebas practicadas en el debate, según la sana crítica, observando las reglas de la lógica, los conocimientos científicos y las máximas de experiencias, declara que quedó demostrado que la víctima, adolescente de catorce (14) años de edad, cuyo nombre se omite por razones de ley; fue objeto del delito de ACTO CARNAL CON VICTIMA ESPECIALMENTE VULNERABLE, tipificado en el artículo 44 Numeral 4 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a Vivir una Vida Libre de Violencia, por cuanto el acusado FRANCISCO XAVIER REQUENA GUTIERREZ,, titular de la cedula de identidad Nº 22.868.175, la agarro por la mano le tapo la boca y la metió hacia una construcción se encontraba en el fondo de su casa; cuando esta se encontraba saliendo del baño fue interceptada por este ciudadano quien en el patio de esa casa, pegándola de una pared bajándole la falda y la bluma procediendo a violentarla sexualmente con su miembro viril por el área vaginal.

Igualmente se demostró que la víctima, adolescente de trece (13) años de edad cuyos datos se omiten por razones de ley, fue objeto del delito de ACTO CARNAL CON VICTIMA ESPECIALMENTE VULNERABLE, tipificado en el artículo 44 Numeral 4 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a Vivir una Vida Libre de Violencia; en virtud que el ciudadano acusado, FRANCISCO XAVIER REQUENA GUTIERREZ,, una vez materializado el hecho punible en perjuicio de la adolescente; esta ha presentado a palabra verbalizada por la Psicóloga María José Vilela: “se evidencia nerviosismo en sus movimientos y en su hablar, también era notable una dificultad para mantener la continuidad de sus relatos y a su vez su contacto visual, manifestó estar alterada con lo sucedido, durante el proceso evaluativo se logra observar en la adolescente indicadores en el plano emocional con altos niveles de ansiedad, rasgo depresivos, poco fortalecimiento interior para enfrentar las diversas dificultades que se le han presentado a raíz del evento denunciado y estabilidad, inseguridad para continuar con su vida con normalidad y realizarse con su entorno como social, casi siempre esta tensa, y nerviosa hasta el punto de no querer seguir viviendo se encuentra bastante irritada lo que surgiere un comportamiento explosivo y violento por no saber manera la situación el que se encuentra actualmente, esto ha generado en ella una reacción de aislamiento afectado de esta manera su área social la cual se esta caracterizando por la presencia de u temor constante hacia el rechazo del entorno familiar y etáreo.

2. VALORACIÓN DE LA PRUEBA:
2.1. Etapa previa a las valoraciones de las pruebas.

En el presente caso antes de la valoración de las pruebas, se analizaron datos recabados por el Juzgador directamente durante el Juicio Oral y Privado, obtenidos de las declaraciones que realizaron bajo juramento he impuestos de los artículos 228 y 328 ambos del Código Orgánico Procesal Penal, los expertos y testigos, que ofreció el Ministerio Público, en su escrito acusatorio, e igualmente se tomó en consideración la opinión emitida por la adolescente que se individualiza como víctima en el presente asunto, cuyo nombre se omite por razones de ley, siendo tales medios probatorios especificados en la relación de las pruebas practicadas en Juicio Oral de esta Sentencia.

2.2. ETAPA DE VALORACIONES DE LAS PRUEBAS.

Una vez que se obtienen los datos, recabados por este Juzgador directamente durante el Juicio Oral y Privado, se realizan valoraciones de las mismas a tono con lo establecido en el artículo 80 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, que establece: “(…) Las partes pueden promover todas las pruebas conducentes al mejor esclarecimiento de los hechos, las cuales serán valoradas según la sana critica, observando las reglas de la lógica, los conocimientos científicos y las máximas de experiencias” y con perspectiva de Género y descartando el método simplista del proceso de juzgamiento que nos inculcara el positivismo. Se pasa a la valoración de las pruebas. Para facilitar la discusión del resultado de la valoración se realiza una triangulación consistente en determinar ciertas intercesiones o coincidencias a partir de las distintas declaraciones de expertos y testigos sobre el mismo hecho que se juzga y pueda apreciarse por el acusado, la víctima, los Abogados Defensores y el Fiscal del Ministerio Público, el grado de utilidad o aptitud de la prueba para satisfacer el convencimiento del Juez. Lo que optimiza el resultado de la valoración.

Para arribar a estas determinaciones el Tribunal tiene el deber de expresar en su decisión la forma en que se ha formado su convicción y tomando en consideración que las pruebas deben ser valoradas como un todo y no de manera aislada se hace de la siguiente forma:

Quedo demostrado con la declaración del ciudadano CARLOS ENRIQUE DIAZ H, que la víctima, ciudadana ADRIANA CAROLINA TINEO RIVAS fue objeto del delito de ACTO CARNAL CON VICTIMA ESPECIALMENTE VULNERABLE, en el lugar de los hechos, toda vez que el citado testigo referencial, conforme a las disposiciones de ley indicó:
… Era una fiesta en zona de Venecia en un apartamento era un cumpleaños de Estefanía Ramírez, tuvimos compartiendo un rato para celebrar su cumpleaños, cantamos cumpleaños, luego que cantamos fuimos a pascal, para seguir la celebración ahí (SIC) escuchamos música comimos, tomamos, cantamos cumpleaños otra vez del otro muchacho que estaba ahí (SIC), Diego, no recuerdo la hora hubo una situación que me incomodó un poco que fue que el señor Francisco Requena, me paso por detrás como rozándome la espalda, y ahí yo le reclame le dije me lo vas a recostar, y el no volteo eso quedo hasta ahí, me sentí incomodo aproveche que se iba un grupo de la casa y le pedí la cola para evitar que pasara algo mayor. Es Todo…

Asimismo el citado testigo, a preguntas realizadas por las partes y éste Tribunal, señaló:

SE LE CONCEDE EL DERECHO DE PALABRA AL REPRESENTANTE FISCAL PARA QUE FORMULE PREGUNTAS Primera: ¿Ciudadano Carlos Díaz, usted en su declaración dijo que salio con un grupo de la casa, podría ser mas explicito en relación, de que casa y a donde iban? Respuesta: Del apartamento de Alfredo, que fue a donde fuimos. Otra: ¿Con motivo a que? Respuesta: A celebrar el cumpleaños, terminar el cumpleaños y a celebrar el cumpleaños de Diego que después de las 12 comenzaba el de Diego que era el día siguiente. Otra: ¿Quines se encontraban en esa casa y que hora llegaron? Respuesta: La hora no recuerdo, como las 12 estaba Juan David, era el único que estaba en el apartamento. Otra: ¿Quienes se encontraban en esa celebración? Respuesta: Estefanía, Adriana, Louis (SIC) Alfredo, Osllireth, Geraldine, Francisco, Diego, había un vecino de Estefanía no recuerdo su nombre, luego que llegamos llego Rey, no recuerdo mas. Otra: ¿estaban tomando? Respuesta: Si. Otra: ¿Que tomaban? Respuesta: Cacique. Otra: ¿Todos tomaban cacique? Respuesta: Si. Otra: ¿Observó en algún momento, ingerir bebida alcohólicas a Adriana Tineo? Respuesta: Si. Otra: ¿Que estaba tomando? Respuesta: Una bebida que estaba preparando, no se si cuba libre la preparaba y no se quien era. Otra: ¿La preparaba ella misma? Respuesta: No. Otra: ¿Usted estaba tomando bebidas alcohólica? Respuesta: Si, pero no eso. Otra: ¿explique lo del hecho ocurrido ese día? Respuesta: Hubo un memento en esa reunión que Adriana estaba, como practicando algo que ella iba a decirle a un profesor, pero no terminaba de decirle (SIC) porque se sentía que como que no le salía, no hablaba bien no se entendía lo que decía. Otra: ¿Porque no le salía? Respuesta: Se veía, no se si eran los tragos, no se que tenia que no le salía lo que iba a decir, no termino(SIC) de decir las cosas, Juan David la llevo cargada la cuarto, para que se acostara y yo escuche un golpe, me llamo la atención y fui a ver que había pasado, cuando venia de regreso del cuarto me dijo que se había dado un golpe Adriana se habían caído, cuando entre al cuarto estaba Adriana acostada, con la mano en la cabeza y me imagine que se había dado un golpe en la frente, y ella misma me dijo que me saliera del cuarto. Otra: ¿Como te enteraste de lo que ocurrió posteriormente, que fue abusada sexualmente? Respuesta: yo me entere dos días después. Otra: ¿porque dos días después? Respuesta: no vi lo que paso, el abuso en si no se lo que paso. Otra: ¿podría indicar quien fue la persona que te aviso de ese hecho? Respuesta: no se si fue Geraldine o Osllireth, me dijo que se habían llevado para la P.T.J., porque habían violado a Adriana. Otra: ¿se había llevado a quien? Respuesta: a todos los que estaban en el apartamento y aparte unos muchachos que llegaron después que yo me fui llegaron varias. Otra: ¿a que hora se fue del lugar del hecho? Respuesta: como a las 5 de la mañana. Otra: ¿quienes quedaron en la fiesta? Respuesta: Diego Francisco, Osllireth, Luis Alfredo, Rey, Geraldine, Juan David, Richard. Otra: ¿Quien es Richard? Respuesta: Un amigo de Carúpano. Otra: ¿Que vinculo tiene con Adriana de donde se conocen? Respuesta: del liceo, ella estudió dos años más que yo, pero siempre nos veíamos. Otra: ¿es decir, según lo que usted esta indicando cuando salio de la fiesta todo estaba normal, usted se retira y llegaron otras personas? Respuesta: Si. Otra: ¿Eran hombre o mujeres? Respuesta: Entres mujeres y hombres. Otra: ¿Tienen conocimiento si ella tomaba con frecuencia o ingería sustancia estupefaciente? Respuesta: No tengo conocimiento de que consumía estupefacientes y nunca la había visto ebria. Otra: ¿Durante la permanencia en ese apartamento usted escucho un golpe y subió la vio lesionada? Respuesta: Le vi un golpe. Otra: ¿ Usted observo alguna persona subir en la habitación? Respuesta: Gerladine y Osllireth. Otra: ¿Y otras personas? Respuesta: No vi. Otra: ¿Podrías indicar cual era la conducta de Francisco Requena, que hacia el en la fiesta? Respuesta: Normal disfrutando de la fiesta. Otra: ¿También ingería alcohol? Respuesta: Si. Otra: ¿No viste a nadie, que se dirigió a la habitación no vistes a nadie? Respuesta: No. Otra: ¿Esa fue la última vez que viste a Adriana Tineo, luego de ese evento? Respuesta: Si. Otra: ¿De esa persona que estaba en esa celebración de donde los conoce? Respuesta: De Carúpano, del liceo, los que frecuentábamos nos veíamos. Otra: ¿De aquí? Respuesta: No de la universidad no, nos encontrábamos y compartíamos. Otra: ¿Y siempre consumían alcohol? Respuesta: No. Otra: ¿De donde conoce a Francisco? Respuesta: de Carúpano. Otra: ¿alguna vez haba (SIC) compartido con él? Respuesta: Lo había visto pero no compartir de hablar con el. Otra: ¿Que fue lo que te comunicaron lo que ocurrió ese día, que fue lo que te comento de Gerealdine? Respuesta: Que la había violado, que lo llevaron a la P.T.J.. Otra: ¿Que la había violado; quien? Respuesta: No se. Otra: ¿No te dijeron detalles? Respuesta: Me dijeron que ella había salido de la casa de Luis Alfredo, se despertó y se fue hacia la casa de Geraldine no se. Otra: ¿Donde queda la casa de Geraldine? Respuesta: En pascal, cerca, le pidió que la ayudara y la llevo a la P.T.J. no recuerdo bien las palabras. Cesaron las preguntas. ACTO SEGUIDO SE LE CONCEDE EL DERECHO DE PALABRA A LA DEFENSA A LOS FINES DE QUE FORMULE PREGUNTAS: Primera: ¿Mencionó usted que se encontraba en un grupo de amigos celebrando es cierto? Respuesta: Si. Otra: ¿Con quien llega a casa de Estefanía? Respuesta: Con un amigo que me dejo ahí(SIC). Otra: ¿Se quedo su amigo con usted? Respuesta: No. Otra: ¿Recuerda usted la hora aproximada que llego a la casa de Estefanía? Respuesta: No recuerdo. Otra: ¿Quienes estaban en casa de Estefanía? Respuesta: Diego, Osllireth, Geraldine, Adriana, Francisco, mas nadie cuando llegue. Otra: ¿Ese grupo que acaba de mencionar se trasladó de igual manera a casa de Luis Alfredo? Respuesta: De ahí nos trasladamos toditos los que estábamos en casa de Estefanía. Otra: ¿La bebida alcohólica que consumieron la consumieron desde la casa de Estefanía? Respuesta: Habían unas bebidas ahí, no se si eran todas, cuando llegamos creo que habían otras. Otra: ¿Recuerda usted el tipo de bebida que consumían en casa de Estefanía? Respuesta: Cacique. Otra: ¿Alguien en especial servia los tragos? Respuesta: No, hubo un momento como que pasaban unas rondas era Juan David, pero los vasos lo servia cualquiera el que quisiera. Otra: ¿Dice esas rondas la servia Juan David, la servia de la botella? Respuesta: Si. Otra: ¿Todos tomaron de esa ronda? Respuesta: No se si todos, la mayoría. Otra: ¿Con que frecuencia pasaban esa ronda? Respuesta: Dos veces. Otra: ¿Puedes mencionar las personas que estaban presente a quienes se le veía cara de ebriedad? Respuesta: A ninguna, a Adriana se le veía como que estaba ebria, era la impresión que daba. Otra: ¿Solo Adriana mostraba ese aspecto? Respuesta: Si. Otra: ¿Desde que momento pudiste observar ese aspecto en Adriana? Respuesta: Cuando estaba diciendo lo de profesor. Otra: ¿Eso fue en casa de Estefanía a casa de Luis Alfredo? Respuesta: En casa de Luis Alfredo. Otra: ¿Cuando llegas a casa de Luis estaban otras personas, quines estaban ahí, a quines se encontraban? Respuesta: Juan David. Otra: ¿Solo Juan David? Respuesta: Si. Otra: ¿Que hacia Juan David. Respuesta: Escuchando música. Otra: ¿Estabas consumiendo bebida alcohólicas? Respuesta: Creo que si. Otra: ¿Y Luis Alfredo donde estaba? Respuesta: Luis Alfredo estaba en casa de Estefanía. Otra: ¿Juan david vive con Luis Alfredo? Respuesta: No se. Otra: ¿No sabes donde vive? Respuesta: No se. Otra: ¿El apartamento de Luis Alfredo es pequeño? Respuesta: De tres habitaciones. Otra: ¿En que lugar estaba en el lugar de la fiesta? Respuesta: En la sala. Otra: 8 ó 9 personas. (SIC) Otra: ¿Entre mujeres y hombres? Respuesta: Si. Otra: ¿Había mas mujeres, que hombres o equitativo? Respuesta: Equitativo. Otra: ¿Pudiste observar, cuando Juan David llevo a Adriana al cuarto? Respuesta: si observe cuando la cargo para llevarla, pero no vi cuando la levo(SIC) al cuarto. Otra: ¿solo fue Juan David con ella al cuarto? Respuesta: Si, al primer momento si, Geraldine y Oslliireth fueron detrás de ellos. Otra: ¿Ogire y Geraldine, puedes decirlos fue muy rápido? Respuesta: Si. Otra: ¿permanecieron en esa habitación? Respuesta: Si, cuando fui al cuarto se encontraban ellas tres. Otra: ¿A que fuiste a la habitación? Respuesta: A cerciorarme que le había pasado. Otra: ¿Porque? Respuesta: Escuche un golpe. Otra: ¿Cunado(SIC) llegaste a la habitación a quienes vistes? Respuesta: A Geraldine y Adriana, Ogire. Otra: ¿Que vistes? Respuesta: Adriana estaba acostaba boca arriba, con la mano en la frente como que se había dado un golpe, y Ogires y Grealdine estaban con ella. Otra: ¿Que hacían ellas? Respuesta: acompañando a Adriana. Otra: ¿estaban paradas? Respuesta: Estaban sentadas. Otra: ¿En la misma cama? Respuesta: Creo que si. Otra: ¿Juan David al retornar d el (SIC) cuarto a la sala hizo algún comentario? Respuesta: Si. Otra: ¿Que dijo Juan David? Respuesta: Que se había caído. Otra: ¿Eso fue antes ir a la habitación o después? Respuesta: Lo encontré en el camino. Otra: ¿Ese cometario te lo hizo a ti o al grupo? Respuesta: A mi porque me lo dijo en la camino (SIC). Otra: ¿Es decir tu ibas y el venia? Respuesta: Si. Otra: ¿Del cuarto donde se encontraba Adriana a al sala que distancia hay? Respuesta: Cuatro cinco metros. Otra: ¿Hay visibilidad? Respuesta: De la sala se ve la puerta del cuarto Otra: ¿Donde estaba ubicada la cama donde estaba Adriana de ese cuarto? Respuesta: Al fondo de la pared. Otra: ¿Con visibilidad de a puerta? Respuesta: Si, es un cuarto pequeño. Otra: ¿Cuando Juan David te comento que se había caído quienes se había caído? Respuesta: Él con Adriana. Otra: ¿A Juan David lo observaste normal, con cierta ebriedad? Respuesta: No recuerdo, estábamos tomando pero no recuerdo en que estado. Otra: ¿Adriana que estatura tiene? Respuesta: Es flaca y baja. Otra: ¿Y Juan David? Respuesta: Gordo y estatura media alta. Otra: ¿Consideras tu que el cuerpo de Juan David es acorde para levantar Adriana? Respuesta: Si. Otra: ¿Cuantas botellas de cacique habían? Respuesta: No recuerdo. Otra: ¿En algún memento observaste alguna circunstancia en particular Adriana y cualquiera de los presentes? Respuesta: Algo relevante, no vi nada. Otra: ¿Tú dice que decides abandonar la fiesta entorno a una situación en particular con Francisco por un roce, Francisco estaba en alguna tipo de actitud? Respuesta: Yo lo vi normal en cuestión de celebrar, pero conmigo había una situación que no me gustaba. Otra: ¿El roce fue por espacio físico, estaban todos? Respuesta: Estábamos pendiente de la computadora, y había bastante espacio para el pasar tranquilo. Otra: ¿Cuando te vas del lugar queda todo los demás presente? Respuesta: Yo me fui aprovechando la cola Richard y Estefanía, había otra persona no recuerdo. Otra: ¿Los demás quedaba (SIC) ahí y hasta ese momento tu no tuviste conocimiento de lo que ocurrió con Adriana? Respuesta: No tuve conocimiento. Otra: ¿Tienes tu conocimiento en algún memento o posterior, de amistad de que alguno de ellos consumiera estupefaciente decir drogas? Respuesta: No. ACTO SEGUIDO EL CIUDADANO JUEZ VA HA REALIZAR PREGUNTAS: Primera: ¿Usted consumen algún fármaco dependiente (SIC), marihuana, cocaína? Respuesta: No. Otra: ¿Además de alcohol observar que esa fiesta estaba consumiendo fármaco dependiente? Respuesta: No. Otra: ¿De ese grupo de compañeros o amigas que compartían esa fiesta consideras tu que había algunos que pudieran tener desviaciones sexual o parafilias? Respuesta :No se. Otra: ¿De ese grupo de compañera habrán alguna que son homesxuales o lesbianas? Respuesta: No tengo conocimiento. Otra: ¿Explícale un poco más al Tribunal, porque te molesto tanto el roce que acusado Francisco Requena, motivo por el cual, fue el motivo que tú te retiraste de la fiesta? Respuesta: Me molesto tanto fue lo ultimo que me causo incomodidad antes de eso en casa de Estefanía estamos conversando de fotógrafa (SIC) que él le gusta y me hablaba como me agarraba el brazo, no me gustaba y me apartaba, me incomodo esa situación pero cuando paso eso el roce de él, no me gusto no me aguante y no quise quedarme ahí y que pasara otra cosa yo que yo iba a echar a perder la fiesta. Otra: ¿Que tipo de fotografía estaban observando? Respuesta: No estamos observando solo o hablando. Otra: ¿Piensas tú que cuando la actitud, el acusado se envidió (SIC) tu espacio intimo? Respuesta: Si. Otra: ¿Que si dentro de su sexualidad las cosas que le gusta como persona la considera como común? Respuesta: Si. Otra: ¿Que tiempo tienes conociendo a Francisco Requena? Respuesta: No se que tiempo se que es de la época del liceo, será como diez años. Otra: ¿Haría usted lo mismo, con otra persona de su mismo sexo, lo que realce (SIC) Francisco Requena? Respuesta: No. Otra: ¿Considera fuera de lo común ese acto realizado por el acusado? Respuesta: Si. Otra: ¿Considera usted que se acto pidiera activar sexualmente a una persona? Respuesta: No se para que lo hizo. Otra: ¿Cuando se retira de casa de Luis Alfredo, la ciudadana victima, Adriana Tineo, usted logro observar si aun se encontraba esa habitación? Respuesta: No vi. Otra: ¿Mientras usted estuvo compartiendo en esa fiesta quienes más tuvieron acceso? Respuesta: El acceso lo tenían todos, Pero (SIC) no se quines más. Otra: ¿Usted llevo a observar si Francisco Requena entro (SIC) en esa habitación? Respuesta: No se. Cesaron las preguntas

De allí que este Juzgador estima como factor concluyente para determinar que efectivamente la víctima ciudadana ADRIANA CAROLINA TINEO RIVAS fue objeto del delito de ACTO CARNAL CON VICTIMA ESPECIALMENTE VULNERABLE, la citada declaración del ciudadano CARLOS ENRIQUE DIAZ H, en su condición de testigo referencial, toda vez que el mismo señaló haber tenido conocimiento de los hechos en virtud del señalamiento que le hiciere su amiga Geraldine, quien le manifestó que su otra compañera ADRIANA CAROLINA TINEO había sido recientemente abusada en el lugar donde s encontraban compartiendo; asimismo observo que la conducta de la victima en la reunión no era normal.

Aunado a ello, con la declaración del ciudadano LUIS ALFREDO GUERRA AGUILERA, titular de la cedula de identidad Nº V-18.591.228, de 27 años, profesión u oficio: ESTUADIANTE DE INGENERIA INDUSTRIAL, quedó demostrado que la víctima ciudadana ADRIANA CAROLINA TINEO fue objeto del delito de ACTO CARNAL CON VICTIMA ESPECIALMENTE VULNERABLE, por cuanto el mismo expresó:
“…todo empezó el día viernes 29 de julio cumplía años una amiga Estefanía Rodríguez, ella nos invitó a todo a su casa, Francisco fue a mi casa a buscar un dinero, y me pregunto que iba hacer ese día y le dije que iba a casa de Estefanía y luego íbamos a cantar cumpleaños a Diego en mi casa, el me dijo que me iba a escribir si iba con nosotros y después fue con nosotros luego me llamo Juan David Soto y me dijo que estaba haciendo que se (SIC) le íbamos a hacer algo a Diego que estaba de cumpleaños, yo le dije que iba a casa de Estefanía que estaba de cumpleaños y le dije que si iba a ir pero me dijo que no y se apareció en mica (SIC) casa como a las 7 de la noche, le dije para ir nuevamente y e (SIC) dijo que no y el se ofreció a darme la cola, Geraldine Oliveros , Adriana Tineo y fuimos a buscar a su casa a Francisco, y nos fuimos para casa de Estefanía el me dijo que si se podía quedar en mi casa, yo le dijo (SIC) que no había problemas le di la llave y se quedo en mi casa, subimos a casa de Estefanía estuvimos compartiendo con ella y su familia en casa de Estefanía estaba su mama, su papa, estaba Adriana Tineo, Francisco Requena, Geraldine Oliveros, mi persona estaba Richard, estaba Peter, estaba Osgire Murat, llego a casa de Estefanía como a las 10 de la noche, le cantamos cumpleaños a Estefanía y a eso como alas 12 de noche nos fuimos todos a mi casa, todos los que estaban en casa de Estefanía efectuando a su familia, luego que llegamos a la casa empezamos a compartir yo tenia unos pasapalos preparados y me puse a cocinarlos, pase bastante tiempo metido en la cocina, cuando estábamos ahí empezamos a compartir a hablar, Adriana a cierto hora 2 de la mañana, estaba ya pasada de tragos, y empezó a hora (SIC) chistes y los problemas que tenia con un profesor y todos riéndonos y en eso como estaba toda pasada de trago diciendo (SIC) acostarla y Juan David Soto la acompaño acompañado (SIC) de todas las muchachos(SIC), no se identificar pero estaban casi todas las muchachas de los hombres no se pero si se Juan David, y después todos estábamos en la sala, como a las 3 de la mañana termine de hacer los pasapalos y me senté en la computadoras SIC) de la sala, con Juan David Soto, de ahí pase cierto tiempo camine, al pasillo, todos estamos reunidos en la sala, a eso de la 4 de la mañana cuanto (SIC) y media llego un grupo de amigas, donde estaba Marilexis Martínez, Maribel Martínez y en ese grupo estaba la hermana mayor de Francisco Requena Mari Francis Requena ellas llegaron con el hermano de Juan David Soto, Mauricio Soto, mas o menos a esa hora se fue Estefanía, Richard, Carlos Díaz, y Peter, ellos estuvieron un rato ahí, recuerdo que la hermana de Francisco me pregunto por él, le dije que no se quizás había bajado, estaba en el cuarto le dije que no sabia donde estaba, Rey Sebastián Wallis, llego a eso de la 1 de la mañana, también estaba compartiendo con nosotros, como a las 5 de la mañana se fueron Mari Francis Requena y Mauricio Soto, se quedaron el resto de la muchachas que llegaron con ellos, con ellos también llegaron dos amigas de Mari Francis no recuerdo su nombre y Carlos Agustín, luego nos quedamos ahí seguimos cometiendo a eso de la 6 de la mañana, Rey Sebastián salio con una cobija del cuarto y le dije que iba hacer con eso y me dijo que la iba a poner en la ventana porque estaba entrando el sol y le dije que no porque esa sabana no era para eso, el la regreso al cuarto, y seguimos ahí compartiendo como esos de la 7 de la mañana, yo estaba recuerdo que estaba sentado en la computadora con Juan, Diego y Osgire, todos estábamos en la sala, salio Adriana Tineo del cuarto la vi que salio a la sala y abrió la puerta del apartamento y salio yo le vi la cara iba como molesta, se fue y a eso de 15 media (SIC) hora se levanto Geraldine Oliveros que estaba dormida en mi cuarto y nos pidió mi y a Osgire que la seguiremos (SIC) que ella tenia que decirnos algo, nos metió en ele (SIC) cuarto donde estaba Adriana, cuando entre y vi la cama me volví como loco porque había manchas de sangre en toda la cama, la muchacha (SIC) empezaron a aguantar (SIC) porque salir (SIC), a buscar a rey porque el entro a ese cuarto a buscar la sabana, en eso Geraldine y Osgire me agarraron y me pidieron que me quedara tranquilo, y cuando veo para el piso estaba un blue Jeans con una corra (SIC) rojas (SIC) y unas converse rojas al lado del pantalón, zapatos converse, me acorde e identifique que el pantalón era de Francisco Requena lo identifique por la correa y los zapatos, salí del cuarto y me (SIC) apague la música y me pare en la puerta del apartamento y todos me preguntaron porque había apagado la música y les dije, que Estefanía había llamado a Geraldine, diciéndole que habían violado a Adriana en el cuarto, en esos todas la muchachas se pusieron a llorar todos entramos como en desesperación y me acorde del pantalón en ese momento y me dirijo al cuarto y empecé a buscar a Francisco en la casa y lo conseguí en el cuarto de mi papa y mi mama que es la habitación principal, lo desperté y me dijo que pasaba y yo le dije que se levantara de ahí que habían violado a Adriana yo estaba muy Molesto porque es ese cuarto era de mi mama y el sabe que se respeta y cunado (SIC) le quite la (SIC) estaba mojada y pensé que se había hecho pipi, cuando se levanto estaba en bóxer en ropa interior, le dije que saliera del cuarto y recuerdo que Geraldine Oliveros estaba cerca de mi en ese momento y le dije que me pasar (SIC) un short y se lo di a Francisco para que se lo pusiera todos salimos a la sala y empezamos a discutir entre todos y empezamos a preguntar que Babia (SIC) pasado y quien había hecho eso, como no hubo respuesta decidimos llamar a la policía entre todos, llamamos a la policía en eso que la policía llamamos me dice Francisco que la mama de el querían (SIC) hablar conmigo por teléfono yo hable con la señora Marisol, nos dijo que nos quedarnos (SIC) tranquilo, me dijo que teníamos que llamar a la policía y le dije que ya lo habíamos hecho, me dijo que si habíamos llamados a mi mama y le dije que no que ya lo iba hacer en eso corte la llamada y llame a mi mama y le explique lo que había pasado en so (SIC) llego un policía, le explicamos lo que había pasado nos tomo los datos a todos y en eso que el policía estaba en la casa llego la hermana de Francisco Requena otra vez con una actitud autoritaria y bastante descontrolada que lo que estaba haciendo era descontrolarnos mas el policía la saco de la casa porque su actitud no (SIC) y el policía nos dijo que para hacer la denuncia tenia que ir Adriana a la PTJTA(SIC), a poner la denuncia el policía se fue y empezamos a llamar a Adriana, para que volviera a la casa ella no quería ir pero insistimos y volvió a la casa en estoy (SIC) entro Mary Francis otra vez con la misma actitud ofendiendo a Adriana que ya estaba en la casa diciendo que era una loca yo me levante y le dije que se fuera de la casa, Adriana decidió ir la PTJTA (SIC), nos (SIC) quería ir la convencimos, se fue con Osgire, y Estefanía, que regreso a la casa a eso de la 8 de la mañana cunado (SIC) se entero de lo que le había pasado a Adriana, después que ella se fue a la PTJTA (SIC), Marilexis, Maribiel y las amigas decidieron irse porque estaban muy asustada y no sabían que iba a pasar, y cunado (SIC) se iban Marilexis decidió acompañarme porque cuando ellas decidieron irse Juan David se levanto que tenia que hacer unas diligencia pero cunado (SIC) llegara la PTJTA (SIC), si tenia que ir a la PTJTA (SIC), el llegaba rápido, le dije que el que se iba de la casa se iba bajo su responsabilidad porque acordamos que todos nos teníamos que quedar ahí, Rey también me dijo lo mismo que si llegaba la PTJTA (SIC), el venia no había ningún problema, se fueron y se quedo conmigo Diego, Marilexis, Geraldine Oliveros y Francisco Requena, en eso volvió entrar la hermana de Francisco toda descontrolada diciendo para irse Francisco se levanto empezó a buscar sus cosas y entro un vecino un amigo de el no se que era, y empezó en forma autoritaria la hermana de Francisco entro al cuarto donde sucedió las cosas y al cuarto de mi mama y mi papa, moviendo las camas y colchones, buscando la cartera de Francisco porque supuestamente se había perdido el señor que estaba ahí, no se quien era el señor empezó a limpiar las manilas (SIC) con trapos, yo le decía Mari Francis si estaba conciente con lo que estaba haciendo después de eso salieron de la casa junto con Francisco, se quedo conmigo Marilexis Diego y Geraldine, yo me puse a llorar me desespere me puse a llorar me llamo Osgire, de la PTJTA (SIC), que ya venían de la PTJTA a mi casa a buscarnos, nos pregunte (SIC) que si todos estamos ahí y e dije que no y corte el teléfono y empecé a llamar a los que se habían ido, llame Juan David y me respondió que ya iba para mi casa, llame a Rey Wally y me callo (SIC) la contestadota y llamo Francisco Requena, y el dije (SIC) y me pregunto que había pasado y le dije que la PTJTA (SIC), venia camino a mi casa, llego la PTJTA A (SIC) mi casa entraron al cuarto donde habían pasado los hechos recogieron todas la sabanas cobijas de ahí me preguntaron que mas había pasado y entraron al cuarto de mi papa y mi mama, entraron la baño de la habitación y el lavamanos estaba manchado como agua de sangre, los PTJTA (SIC), le tomaron fotos y de ahí todos nos fuimos con los PTJTA (SIC), lo que estábamos ahí, cuando estábamos saliendo llego Juan David, en su carro, unos de los funcionario me pidió que lo llevara a casa de Francisco, entramos hasta el estacionamiento, cunado (SIC) llegamos al estacionamiento el venia bajando, estábamos en el estacionamiento no se si venia bajando estaba con Mari Francis Requena, y de ahí nos fuimos con la PTJTA (SIC), nos fuimos Francisco y yo en la camioneta de la PTJTA (SIC), con Osgire y Marilexis, y Juan David siguiéndonos en su carro, llegamos a la PTJTA (SIC), adra (SIC) la declaraciones pasamos todo el día ahí, y di las declaraciones y quedo Francisco y Rey Walli detenido. Es Todo.…” (resaltado propio).

Igualmente, el citado testigo, a preguntas realizadas por las partes y éste Tribunal, señaló:

“…SE LE CONCEDE EL DERECHO DE PALABRA AL REPRESENTANTE FISCAL PARA QUE FORMULE PREGUNTAS: Primera: ¿ podría especificar al Tribunal las características que observó en la habitación en la cual se encontraba descansando la ciudadana Adriana Tineo? Respuesta: la primera vista cuando entre a ala (SIC) habitación vi manchones de sangre, en toda la cama, o en gran parte de la cama, en la dos almohadas habían marcas de dos manos como que habían puesto las dos manos en la almohada, luego vi en le (SIC) piso un pantalón blue jeans, con una correa rojas, unos zapatos rojos que recuerdo habérselo visto a Francisco Requena la noche de la fiesta. Otra: ¿en algún momento durante la celebración noto (SIC) la ausencia de Francisco Requena? Respuesta: si la note cuando la hermana de Francisco me pregunto por él, en ese momento la note. Otra: ¿podría indicar al Tribunal, las características, que observó en la habitación en la cual encontró durmiendo al ciudadano Francisco Requena? Respuesta: entre a la habitación Francisco estaba dormido, cuando lo desperté y agarre la sabana la sabana estaba mojada, fue lo único fuera de lo común que encontré en ese momento. Otra: ¿indique al Tribunal cuales fueron los objetos que incautaron los funcionarios policiales al momento de realzar la inspección en su residencia? Respuesta: se llagaron dos fundas de almohadas, un forro de cama, y una cobija de color canela. Otra: ¿podría indicar la Tribunal que vestimenta aportaba (SIC) Francisco Requena para el memento que usted entra en la habitación principal que menciona? Respuesta: tenia una franela negra o azul oscura no recuerdo pero si se que era oscura y estaba en ropa interior en bóxer. Otra: ¿puede indicar al Tribunal las características de la ropa interior que tenia ¿ Respuesta: no recuerda exactamente ahorita el color. Otra: ¿puede indicar al tribunal si el ciudadano Francisco se encontraba en estado de ebriedad en la celebración? Respuesta: si estaba un poco ebrio pero no así borracho creo que ningunos solo Adriana que no estaba acostumbrada a tomar. Otra: ¿puede indicar la tribunal las características que observo al entrar, al baño indicado en la habitación principal?, Respuesta: en el lavamanos había como sangre, como cuando uno se lava las manos agua de sangre seca. Otra: ¿encontró alguna pertenencias del ciudadano Francisco Requena en la habitación principal donde lo enconito dormido? Respuesta: ese día no encontré nasa (SIC) pero el otro día mí papá limpiando la habitación encontró la cartera de francisco, escondida detrás de la mesita de noche que esta en el cuanto principal de mi papa y mi mama. Otra: ¿indica la Tribunal si al lugar de los hechos ingreso alguna persona, distinta de los invitados de la celebración? Respuesta: entro Mari Francis Requena, el funcionario de Policía y el vecino de francisco que no se como se llama. Otra: ¿indique en el Tribunal al momento de la inspección ocular realzada (SIC) por los funcionarios policiales se tomaron fotografías en el lugar de los hechos? Respuesta: si recuerdo que se tomaran fotografías en el baño principal Y en el piso del cuarto donde pasaron las cosas. Otra: ¿En algún momento la ciudadana Adriana Tineo le manifestó a usted lo que había ocurrido a su residencias? Respuesta: cuando ella regreso a la casa empezamos a preguntar si ella recordaba algo, nos dijo que no solo que cuando se levanto se dio cuenta que estaba sin ropa interior tenia un vestido y no tenia ropa interior en la aparte (SIC) de abajo cuando se despertó, y ella dice que estaba toda dolorida y vio as (SIC) manchas de sangre y pensó que le habían hecho algo y por eso se fue. Otra: ¿indique al Tribunal la dirección exacta de su residencia en al cual sucedió el hecho? Respuesta: Anzoátegui, Puerto al Cruz, Av. intercomunal sector el Maguey Residencias Pascal I, edificio 6, piso 1, apartamento 3. Otra: ¿señor Guerra, diga usted, a que hora se retiraron de su residencia los ciudadanos Francisco Requena y las personas que lo acompañaban? Respuesta: con exactitud no se la hora, pudo haber sido de 8, 8 y 30 de la mañana. Otra: ¿tiene usted conocimiento de que algunos de los presente sea consumidor de sustancia estupefacientes y psicotrópica? Respuesta: no, yo creo que los conocía a todos y compartíamos, en casa de Juan David, y en casa de Francisco y nunca conocí a alguno como consumidor. Otra: ¿indique al Tribunal según a lo que dispone de testigo si ha sido victima de amenaza por el tiempo que a (SIC) durado la investigación? Respuesta: el años pasado estaba en Carúpano en un Instituto se llama, Politécnico Territorial de Paria, Luís Mariano Rivera, como estaba de vacaciones en ese tiempo, me decidí a montar un puesto de vender nestea y alquilar teléfono en el Instituto cuyo instituto trabaja la mama de Francisco la Señora Marisol, cuando la señora me vio (SIC) me quedaba viendo con una mirada como sorprendida y a la vez intimidándome que recuerdo unos de los estudiante de se Instituto estaba cerca de mi y le pregunto que el pasaba, ella se fue y al otro día llego donde yo estaba y paro su carro cerca y como estaba solo se acerco, y me dijo que así iba a quedar como u (SIC) huevon yo le dije la evadí y le dije de que estaba hablando, se dio la espalda y se fue, cuando regreso a buscar su carro ya estaban varias personas cerca de mi y le dije profesora prefiero ser un huevon y no un enfermo como su hijo y se lo dije porque estaba molesto, me dijo que yo era un drogadicto y yo le dije que y(SIC) me drogaba con su hijo, bajo mi rabia, ahí empezó a decirme drogadicto y le dije que le buscara ayuda su hijo y mas nada, ella se retito del lugar y yo me dije a la director (SIC) del Instituto a poner la queja como tenía el permiso de trabajo y el Director quedo en llamarle la atención, después de ese día ella no se metió mas conmigo.. Cesaron las preguntas. ACTO SEGUIDO LA DEFENSA VA HA RELIZAR PREGUNTAS: Primera: ¿puede indicarnos usted que tiempo que lleva conociendo al grupo d amigo que menciono se encontraba con usted en el cumpleaños de Estefanía y diego? Respuesta: a Francisco Requena lo conozco desde la secundaria en liceo estudio conmigo, en la universidad entramos tuvimos la casualidad de entrara (SIC) a la misma universidad andábamos juntos era mi amiga (SIC) se podía decir, a Diego lo conozco del Liceo en la universidad llegamos hacer nuevos amigos, a Osgire, la conozco también del liceo y en al (SIC) universidad llagamos a tener una amistad mas solidad y yemas (SIC) hacer novios hasta ahorita somos novios de hace tiempo, Geraldine Oliveros también la conozco del liceo y de la universidad se fortaleció la amistad, Adriana Tineo, la conocí en la universidad y era una amistad una amiga también, Juan David Soto, lo conocía desde Carúpano, y aquí igual se fortaleció la amistad Rey Wallis, lo conocí fue aquí en el Puerto, compartí mucho con él, se puede decir era una amistad también, Carlos Díaz, también lo conocí aquí en el Puerto y compartí poco con el pero siento que es una gran persona, Estefanía Ramírez, la conocí aquí en el Puerto y también es una gran amiga, Marilexis Martínez y Maribiel Martínez, también la conocí aquí en la universidad,. Otra: ¿según esa discreción lo podría definir de amigo o conocido? Respuesta: de amigos porque compartimos bastante en muchas oportunidades, en que tiempo éramos amigos después que pasó eso hubo alejamiento, seguidos en contacto pero no es lo mismo de antes. Otra: ¿ con quienes del grupo mantienes contacto posterior al hecho, y con quines no y porque ¿ Respuesta: con todos mantengo la amistad y el contacto a excepción de Francisco Requena, y Rey Sebastián Walli, el porque de no tener contacto con ellos después justo que depuse (SIC) que ellos quedan detenidos su familias de ambos, se dieron a al tarea de decir de que nosotros los habíamos acusados y que estamos actuando mal, al dejarlos a ellos tenidos aparte de so(SIC) la cantidad de cosas que dijeron. Otra: ¿eso se lo dijeron a su persona directamente o por referencia de otra gente? Respuesta: directa o indirectamente, familiares de Francisco allegados a mi mamá le decían y le pedían a mi mamá que me dijeran que yo declarara la verdad con un tono como que yo estaba mintiendo que yo lo estaba acusando y lo que mi mamá le alegaba siempre era, que siempre dije la verdad y lo que vi. Otra: ¿se considera en los actuales momento enemigo de Francisco ¿ Respuesta: de verdad enemigo no porque para mi la palabra enemigo es muy fuerte, para mi enemigo es deséale algo malo y no lo taro (SIC), simplemente eso. Otra: ¿cuando se refiere ahorita tengo enemistad a que se refiere? Respuesta: que no lo trato nos (SIC) hablamos no tenemos contacto. Otra: ¿en esa celebración tuvo usted conocimiento de haberse consumidos bebidas alcohólica o sustancias estupefaciente, antes o después? Respuesta: de bebidas alcohólica si tengo conocimiento había una cava en ala (SIC) sala, con hielo y habían algunas botellas y refresco en la mesa del comedor de mi casa, y de sustancias como droga si se refieres a eso no, como dije anteriormente los conocí a todos y podría dar fe que ninguna consumir por los menos lo que yo veía o daban a demostrar. Otra: ¿durante el trato de amistad con ese grupo tiene usted conocimiento de que celebraban tenía conductas inapropiadas? Respuesta: yo creo que todos en lo que estábamos éramos normales, ninguno tenia conducta fuera de lo normal. Otra: ¿Qué bebidas específicamente tomaron esa noche? Respuesta: recuerdo que estábamos bebiendo ron, con refresco. Otra: ¿que ron? Respuesta: creo que carta roja y Juan Soto a veces repartía, a cada cierto tiempo repartía, santa Teresa, un trago en vasito seco y Osgire creo que estaba bebiendo sangría, todos nos pasamos el vaso, no había distinción de color. Otra: ¿Adriana tomaba de la misma bebida que tomaban todo? Respuesta: si. Otra: ¿ocurrió algo o pudo ver el momento en que Juan David la llevo acostarla? Respuesta: solo se que la llevo al cuarto. Otra: ¿que si donde estaba en ese momento? Respuesta: me pared (SIC) en la cocina que en pasillo que da a la sala y vi que el la cargo. Otra: ¿la llevo solo o acompañado a la habitación? Respuesta: la llevo acompañado con las muchachas, Osgire, Estefanía y Geraldine. Otra: ¿se quedaron con ella en la habitación o se quedaron? Respuesta: recuerdo que Juan David regreso, creo que las muchachos se quedaron un momento con Adriana. Otra: ¿un momento corto o largo? Respuesta: no se decirle si corto o largo, como le dije estaba en la cocina, Otra: ¿quien es Peter? Respuesta: es un amigo de Estefanía que vive es su residencia tiene una banda es productor. Otra: ¿llevaba mucho tiempo conociendo a Peter? Respuesta: llevaba mucho tiempo compartiendo con él pero no lo conocía de años como los demás. Otra: ¿donde los conociste? Respuesta: en casa de Estefanía en un cumpleaños de ella. Otra:? Con quien quedo Juan David en tu casa cuando todo se fueron al cumpleaños de Estefanía? Respuesta: solo. otra: ¿ porque no quiso ir, que quedo haciendo?. Respuesta: escuchando musica. Otra: ¿acostumbras a dejar a u asa a personas solas, en tu casa? respuesta: si son amigos si, en otra oportunidad los había hechos; si hasta Francisco se había quedado. Otra: ¿al momento que se enteran de lo ocurrido precisamente con Adriana, que diligencia manifestó David manifestó que tenia que hacer? Respuesta: que tenia que hacer una diligencia la (SIC) papá, y como dije se fue y regreso sin necesidad de irlo a buscar. Otra: ¿menciono usted que la sabana de la cama donde se encontraba Francisco estaba mojada? Respuesta: al principio pensé que era pipi, porque cuando la toque la toque solo una pedaso (SIC), en la noche cunado (SIC) regresamos de la PTJTA (SIC), cuando regreso mi papa de Carúpano, la sabana estaba empapada como de agua. Otra: ¿tenía eso un olor o color característicos? Respuesta: no. Otra: ¿cuando usted se refiere a que la cama en la cual descanso Adriana Tineo a su juicio esa sangre era suficiente era poco mucho: Respuesta: era como cuando te macha de sangre y te limpias de la sabana, no era un charco de sangre. Otra: ¿esas sabanas tenían rastro o manchones de manos desplazadas? Respuesta: si, se veía de manos marcas, se veía que era como manos en la sabanas. Otra: ¿aparte de la cama que otro lugar de es habitación que objeto se encontraba con sangre? Respuesta: la sabana de la cama, las dos fundas, en el piso había dos manchitas que el CICPC, le tomo foto, también. Otra: ¿quien y de que forma habitan la cartera de Francisco en la habitación? Respuesta: estaba exactamente detrás de la ¿mese (SIC) de noche. Otra: ¿quien la encontró? Respuesta: mi papá, Gabriel Guerra. Otra: ¿Estaban condiciones normales? Respuesta: por fuera si, mi mamá se la entregó a la mamá de Requena la señora Marisol. Otra: ¿Cuando usted se refiere al momento en que regreso Adriana junto a la demás muchas (SIC) del CICPC., usted menciono que empezaos (SIC) hacerle preguntas, quienes se encontraba ahí? Respuesta: ella regreso de su casa a mi casa, y le empezamos a preguntar de que se acordaba si había visto lago ella decía que en ese momento no se acordaba, ella decía que no se acordaba de nada, en el pasillos estaban, Estefanía Rodríguez, Marilexis Martínez, Osgire Mura, y recuerdo que estamos en el piso casi llorando todos y ella estaba llorando también, los de los muchachos estaban en la sala y escucharon o tuvieron que haber escuchando porque no estábamos secreteando e ye l (SIC) pasillo queda cerca de la sala: ¿ ella Adriana en algún momento menciono a alguna persona o algún sitio? Respuesta: que recuerde no. Otra: ¿su persona en algún momento ha consumido sustancia psicotrópica? Respuesta: no. Otra: ¿puede usted describimos su residencia? Respuesta: es una sala, comedor, con sala recibo pegada algo parecido a esto largo, un poco mas largo que esto, tuene (SIC) un pasillito, luego de ese pasillito tiene un espacio, que da con el baño de la visita, luego viene el cuarto mío, justo la (SIC) frente esta la (SIC) cuarto principal y en el medio de esas dos puertas esta la puerta donde ocurrió esas cosas, Otra: ¿la habitación donde ocurre los hechos con respectos a los demás sitios de tu casa, permite visibilidad desde que otro lugar? Respuesta: tendría que ponerme un lugar estratégico porque de la sala no se ve. Otra: ¿Qué personas de quien las que estaban ahí presente se ausentaron del salón donde se estaba realizando la celebración? Respuesta: que recuerdo ninguno. Otra: todo en todo momento permanecieron el sala? Respuesta: Todos excepto yo que estaba en todo momento la cocina. Otra: ¿solo tu estabas a la cocina? Respuesta: cualquiera entraba en la cocina, y yo salía echaba broma y me metía. Otra: ¿Cuando realizan celebraciones en tu casa usualmente no tiene control, de lo que ocurre en ella? Respuesta: en realidad ese día el control, lo había, porque nadie se volvía loco de tirarse, porque de esperar de que paso ese día nunca me lo espere, porque había confianza porque no esperaba que pasaba (SIC), no haba (SIC) descontrol, de mi casa. otra: en el tiempo en que llevas conociendo a Adriana Tineo era normal el estado de ebriedad en que ella se encontraba? Respuesta: como le dije antes con Adriana era una amiga de compartir un rato, de ir la cine pero de beber con ella creo que lo hice una o dos veces, no puedo decir si era normal o anormal que llegara ese estado de ebriedad. Otra: ¿la otras chicas que se encontraban en la celebración, Osgire, Marlexi, Maribiel, son amigas de Adriana a amigas tuyas, la conociste por Adriana o son amigas tuyas o que tan amigas son? Respuesta: De Marilexis y Maribiel no habia mucha amistad se conocían pero entre Osgire, Gereladine y Estefaniua si era amigas de Adriana. Otra: ¿aparte del hecho ocurrido con Adriana Tineo ocurrió algo más, algo fuera de lo común? Respuesta: yo pienso que no. ACTO SEGUIDO EL JUEZ VA HA REALIZAR PREGUNTAS: Primera: ¿Diga usted si le había dado permiso al acusado para que este durmiera en el cuarto de su padres? Respuesta: No le di permiso, tampoco sabia que el estaba ahí, Otra: ¿alguien observo cuando el ciudadano acusado entro al cuarto de sus padres? Respuesta: no. otra: ¿a que hora se fue Juan David y porque su fue? Respuesta: se fue como a las de las 8 , 8 y 30 casi 10 minutos antes de irse Francisco y se va porque Maribiel Martínez, porque las muchachas dicen que se van porque estaban asustadas el enseguida de que se va a hacer unas diligencias y se fue con as (SIC) muchachas. Otra: ¿a que hora se fue y porque se fue Carlos Enrique Díaz? Respuesta: Él de verdad porque se fue no recuerdo creo que se fue con Estefanía, Richard y Peter. Otra: ¿ a que hora se fue? Respuesta: cuatro, cuatro y media de la mañana aproximado, no estoy seguro otra: ¿una vez que Rey Walli, se retira y que no contestaba sus llamadas, donde es ubicado Rey Wallii y es detenido? Respuesta: el funcionario en el CIPCP , me dijo que lo lleve a casa de Rey Wallis y yo lo llevo a la residencia y lo llevo a casa de su mamá y estaba ahí y los funcionario le dijeron que lo acompañaran y accedió. Otra: ¿ y se fue le preguntaste porque se había ido, a casa de la mamá? Respuesta: y me dijo que la mamá lo había invitado almorzar y el se fue de una vez y su teléfono lo tenia sin batería por eso no respondió a llamada, Otra: ¿quien mas entro a la habitación de sus padres antes que usted encontrara al acusado durmiendo en esa habitación? Respuesta: que yo recuerde mas nadie, yo pregunte donde estaba Francisco y nadie sabia y conmigo estaba cuando entro era Geraldine, recuerdo porque fue a ella le dije que me agarrara el short. Otra: ¿en que momento es que usted observa restos de sangre en el baño de la habitación principal, donde encontraba (SIC)? Respuesta: eso lo conseguí cuando llegi (SIC) el CICPC, y me dijo donde mas y le dije que el cuanto(SIC) y ellos entraron al baño y vi antes no lo había visto. Otra: ¿puede dar detalles? Respuesta: es como cuando tiene sucias de sangre pero en lavamanos y quedan restos de agua de sangre seca, se veía resto de agua de sangre que ya se había secado. Otra: ¿Dentro de grupo que se encontraba compartiendo conoce alguno que tenga desviación sexual o parafilias, como lesbianismos u otras? Respuesta: Ninguna todos somos heterosexual desde el punto de vista que yo veo. Otra: ¿cuando usted observo resto de sangre en las almohadas y hacia referencia de manos marcadas se puede inferir que eran manos derecha e izquierda? Respuesta: yo creo que eran las dos manos, en la almohada que estaba en la izquierda se veía el pulgar y en la almohada que estaba en al derecha se veía el pulgar se vía como que eran las dos manos. Cesaron las preguntas. (resaltado propio).

Así las cosas, considera este juzgador que quedó demostrado el delito de ACTO CARNAL CON VICTIMA ESPECIALMENTE VULNERABLE, motivado al señalamiento del testigo ciudadano LUIS ALFREDO GUERRA AGUILERA quien refirió de acuerdo a las circunstancias de modo, tiempo y lugar que la ciudadana individualizada como víctima en relación a las primeras actuaciones; dentro de las que se destacan el Reconocimiento Medico Legal y el estado emocional, que fueron producto de la actitud desplegada por el acusado, el cual abuso sexual de la ciudadana.

JUAN DAVID SOTO CARABALLO, titular de la cedula de identidad Nº V-19.189.815, de 25 años de edad, de Profesión u oficio: ABOGADO, Oficio; COMERCIANTE el cual expone:
“…antes teníamos amistad a raíz de esto ya no, quien expone: nosotros habíamos planeado una fiesta sorpresa a nuestro amigo Diego Villegas, en el apartamento de Luís Alfredo, ahí hicimos fiesta sorpresa compramos bebidas licor, pasapalos hicieron ahí, escuchamos música, estaban presente vamos (SIC) o menos los que me acuerdo Luis Alfredo, Osgire, Rey, Gerandine, mi persona, Carlitos Díaz, y en le transcurso de la noche como a las 4 de la mañana Marilexi Martínez, la fiesta normal en la mañana cuando amaneció estábamos tomados, salio Luís Alfredo, a dar la noticia que el cuarto había pasado algo extraño, Adriana salio del cuarto y se fue, al hablar con Osgire y Geraldine, fue cuando nosotros Luís dice vamos asomarnos lo que sucedió en el cuarto nosotros nos (SIC) quisimos asomarnos y salio Francisco e (SIC) camiseta y bóxer, junto al cuarto estaba unos zapatos converse que los muchachos dijeron que eran de Francisco, vale la pena decir que toda la noche estaba Francisco estaba en la fiesta pero toda la noche no lo vi, no se si estaba acostado como la fiesta era en la sala, ahí fue cuando Luís Alfredo dijo que paso digan quien fue para dejar esto aquí (SIC), para nosotros mismo arreglar esto (SIC)problema y luego ahí como nadie dijo nada procedimos a llamar a los Cuerpo policiales, ahí nos fuimos para la PTJTA (SIC), y ahí nos hicieron las pruebas necesarias nos desnudaron todo eso. Es Todo…” (resaltado propio).

Igualmente, el citado testigo, a preguntas realizadas por las partes y éste Tribunal, señaló:

SE LE CONCEDE EL DERECHO DE PALABRA AL REPRESENTANTE FISCAL PARA QUE FORMULE PREGUNTAS: : Primera: ¿ podría indicar al tribunal, que tipo de bebidas alcohólica ingerida (SIC) por el grupo presente en la celebración de cumpleaños que refiere? Respuesta: Si mal lo (SIC) recuerda era ron, algunos lo tomaban secos otros ligados, caique (SIC), carta roja, en el transcurso de la noche Adrianita, estaba tomada y decidimos acostarla y yo la lleve con las muchachas acostarlas las muchachas (SIC) me dijeron y yo la lleve acostar. Otra: ¿usted llegó junto con el resto de grupo que llego la fiesta que refirió? Respuesta: No yo llegue primera (SIC), como no tengo confianza con Estefanía yo me quise quedar en casa de Luis Alfredo escuchando música esperándolos ahí. Otra: ¿usted observo a la señora Adriana en estado de ebriedad en la celebración que refriere? Respuesta: Si ella estaba más o menos tomada. Otra: ¿fue usted quien decidió ir a acostar a la ciudadana Tineo o fue alguien que decidió? Respuesta: Las muchachas me dijeron las muchachas Osgire, Estefanía, y yo la lleve acostar. Otra: ¿por espacio de cuanto tiempo noto (SIC) la ausencia del ciudadano Francisco Requena, en la celebración que refiere? Respuesta: Se ausento (SIC) toda la noche lo vi fue amenciendo (SIC) que lo despertaron y ahí fue que lo vi en bóxer y franela. Otra: ¿diga usted si conoce donde provenía Francisco Requena en el momento que lo a avista? Respuesta: El salio del cuarto lo fueron a despertar del cuarto principal, Luis Alfredo lo saco de ahí. Otra: ¿diga usted que diligencia práctico el cuerpo policial? Respuesta: Al llegar allá, nos tomamos (SIC) la declaraciones, nos quitaron la ropa, nos tuvieron todo el tiempo nos revisaron las partes nos revisaron las uñas, nos mandaron a quitan (SIC) la ropa todo eso. Otra: ¿diga usted si visualizó el espacio al cual manifestó a ver llevado en brazo a la Ciudadana Adriana Tineo? Respuesta: Si yo la lleve un (SIC) cuarto en pasillo a la derecha, Osgire y Geraldine se quedo ahí como ella estaba mareada. Otra: ¿volvió a ingresar a la habitación en la cual dejo a la ciudadana Adriana Tineo? Respuesta: No yo no entre más ahi, ella se quedo acostada. Otra: ¿Que persona le informa que había ocurrido un hecho? Respuesta: Luis Alfredo amenciendo (SIC) estaba claro no se la hora. Otra: ¿que personas se encontraban al momento en que el ciudadano Luis Alfredo le manifiesta que había ocurrido un hecho? Respuesta: Luís Alfredo, Rey, la mayoría de las personas, anteriormente se había ido Carlos Díaz ellos tuvieron poco tiempo. Otra: ¿recuerda usted la hora en la cual llevo al ciudadano (SIC) Adriana Tineo a la habitación? Respuesta: La hora exactamente no recuerdo pero no fue tan tarde, como nos quedamos hasta amanecer. Otra: ¿en que parte de la residencia durante la celebración? Respuesta: En la computadora, cambiando música, me paraba agarrar pasapalos a garrar un trago, pero la mayoría cambiando música. Otra: ¿desde el lugar donde se encierra la computadora usted lograba visualizar el lugar donde estaban las habitaciones? Respuesta: No me daba alcance a las habitaciones. Otra: ¿recuerda usted la vestimenta que tenía el ciudadano Francisco Requena? Respuesta: Era un blue jeans la camisa no pero el color de los zapatos si porque resalto eran rojos marcas converse. Otra: ¿usted vio a la ciudadana Adriana salir del lugar en el cual la llevo en brazo la vio salir del cuarto? Respuesta: No la vi ya en la sala, fue cuando Luis Alfredo y después ella salio hablar de lo que había pasado. Cesaron las preguntas. ACTO SEGUIDO LA DEFENSA VA HA RELIZAR PREGUNTAS: Primera: ¿cuando usted se refiere a que había planeado quienes son? Respuesta: Osgire Alfredo. Otra: ¿Que planearon con respecto a esa celebración? Respuesta: Una fiesta normal. Otra: ¿Que incluye una fiesta normal? Respuesta: Ron, bebidas alcohólica, música, pasapalos que las muchachas hicieron. Otra: ¿Puede mencionar quienes elaboraron los pasapalos? Respuesta: Colaboraron todos, fue Osgire, Geraldine, pero nosotros colaboramos, pero ellas más que todo los hacían. Otra: ¿Tiene usted conocimiento que en la celebración que parte de consumieron si usaron sustancia estupefaciente? Respuesta: No, que yo sepa no, ni persona ni ninguno de mis amigos, algunos a (SIC) fumaban pero cigarrillos. Otra: ¿puede mencionar a este tribunal que persona del grupo cigarrillo (SIC)? Respuesta: LUIS ALFREDO, FRANCISCO, REY, mas no recuerdo. Otra: ¿Tiene usted conocimiento si dentro del grupo, que se encontraba en la celebración hay personas que consuman droga? Respuesta: No. Otra: ¿A consumida (SIC) en algún momento sustancia estupefaciente? Respuesta: No en ningún momento en mi vida, ron si. Otra: ¿En que momento decide usted llevar a Adriana Tineo a la habitación? Respuesta: Como dije en el transcurso de la noche la hora de verdad no se. Otra: ¿Por que razón la llevan a la habitación? Respuesta: Porque la veían un poco tomada. Otra: ¿Un poco tomado (SIC)? Respuesta: Si mareada. Otra: ¿Puede describirnos la definición realizada por su persona que significa tomada mareada? Respuesta: Que estaba tomada mas no inconsciente, ella tenia el ojo abierto no estaba desmallada. Otra: ¿que les menciona Adriana cuando usted decide tomarla aun cuando no estaba inconciente y llevarla a la habitación? Respuesta: A mi me dijo fue las muchachas (SIC), que no podía caminar que la llevaran al cuarto. Otra: ¿Mantenía conciencia mas no podía caminar? Respuesta: Ella veía, sabia que yo la lleve, ella estaba mareada no podía caminar. Otra: ¿Paso algún hecho en particular al llevar a la habitación? Respuesta: Cuando la lleve nos tropezamos y se dio un golpe en la cabeza. Otra: ¿En que parte específicamente se golpe (SIC) en la cabeza o con que se golpeo? Respuesta: Con la pared. Otra: ¿De que pared de la habitación o de que? Respuesta: De la habitación. Otra: ¿Quienes presenciaron ese golpe de Adriana? Respuesta: Las muchachas Carlitos Díaz, la mayoría de la personas, ese fue entre el pasillos (SIC) y el cuarto. Otra ¿Cuando se refieres a las muchachas a que se refiere? Respuesta: Osgire, Estefanía. Otra: ¿Presenciaron? Respuesta: Creo que si. Otra: ¿estaban esas personas al momento del golpe? Respuesta: Si ellas me dijeron para llevarla al cuarto. Otra: ¿Adriana simplemente se golpe o se mantenía en sus brazos? Respuesta: Ella no se callo completamente nos tropezamos. Otra: ¿Quines (SIC) quedaron junto a Adriana en la habitación? Respuesta: Geraldine y Osgire, ellas fueron la que notificaron para llevarla. Otra: ¿Recuerda usted el tiempo aproximado que permanecieron Osgire y Geraldine? Respuesta: No recuerdo la acosté y sali no estaba pendiente de eso. Otra: ¿Menciono (SIC) usted que la primera persona que hizo acto de presencia la residencia Luis Alfredo, porque se encontraba usted solo en esa residencia? Respuesta: Porque ellos estaba en la fiesta de Estefanía y yo les dije que los esperaba acá (SIC) y luís Alfredo, me dijo vamos a llevar las cosas porque yo tengo carro, eso fue rápido fue la familia de Estefanía era un cumpleaños. Otra: ¿Vive usted en la misma residencia de Luis Alfredo? Respuesta: No. Otra: ¿Quien le permite la entrada a la residencia? Respuesta: Luis Alfredo el dueño. Otra: ¿Que hizo su persona durante el tiempo que no estuvo presente el grupo de personas? Respuesta: me conecte en facebook, escuche música. Otra: ¿Consumió durante ese tiempo bebidas alcohólicas? Respuesta: creo que no. Otra: ¿Recuerda usted si Adriana Tineo, al llegar la residencia de Luis Alfredo, estaba ya tomada? Respuesta: No que yo sepa era una reunión familiar no había tomado, ninguno tomados (SIC). Otra: ¿Menciono usted que dirigió junto al grupo al CICPC, que hicieron ahí? Respuesta: Nos fuimos para C.I.C.P.C, nos tomaron la declaración nos mandaron a quitar la ropa, nos revisaron las uñas. Otra: ¿Significa que usted fue objeto de evaluaciones científica y corporal? Respuesta: Nos revisaron, si nos desnudaron. Otra: ¿recuerda usted si la habitación principal de la residencia de Luis Alfredo Guerra se encontraba con la puerta abierta o cerrada? Respuesta: No recuerdo, no se. Otra: ¿entro, usted en algún momento en esa habitación principal? Respuesta: No. Otra: ¿En que momento de la celebración Francisco Requena se ausenta de la misma? Respuesta: Como a la una de la mañana fue bastante tiempo yo no lo vi cuando el se retiro. Otra: ¿Tiene usted conocimiento cuando Francisco Requena, sale del salón donde se encontraba celebrando? Respuesta: Luis Alfredo él le pidió un cuarto para acostar (SIC) y yo no lo vi. Otra: ¿Eso lo escucho a una persona o se lo dijeron? Respuesta: Luís Alfredo me lo dijo. Otra ¿Que le dijo Luis Alfredo que si Francisco Requena estaba en la habitación principal? Respuesta: Si el me dijo que se quería acostar pero no se si en la habitación principal. Otra: ¿Obtuvo usted conocimiento de las condiciones en la cuales se encontraba habitación donde descansaba Adriana Tineo? Respuesta: Luis Alfredo nos dijo no pasen para allá cuando ocurrió eso y cerró la puerta. Otra: ¿Concurre todos de manera inmediata al C.I.C.P.C, luego de obtener conocimiento de los que paso con Adriana? Respuesta: Si incluso vino un policía. Otra: ¿Incluso su persona? Respuesta: Si yo salí y cuando venia la patrulla yo me fue (SIC) con ellos. Otra: ¿Ocurrió durante la celebración un hecho particular o específico a que su criterio pueda definirse fuera de lo normal? Respuesta: No. Otra: ¿En cuantas oportunidades fue usted llamado por el cuerpo policial? Respuesta: Una sola vez a declarar y después nos llamo dos veces la fiscalia. Cesaron las preguntas. ACTO SEGUIDO EL JUEZ VA HA REALIZAR PREGUNTAS: Primera: ¿logro usted observar cuando Geraldine y Osgire, salen de la habitación dejando a Adriana descansando o por el contrario logro usted observar cunado (SIC) esta se reintegran al grupo? Respuesta: No yo las deje ahí, pero yo no me di cuenta cunad (SIC) ellas salieron de ahí. Otra: ¿Volvieron Geraldine y Osgire a reintegrarse al grupo esa noche? Respuesta: Si. Otra: ¿A que hora logra usted observar cuando Geraldine y Osgire, logran integrarse al grupo? Respuesta: No se a los pocos minutos ellas no tuvieron tanto ellas salieron al bochinche. Otra: ¿Cuanto tiempo considera usted que Geraldine y Osgire, estuvieron en la habitación acompañado a Adriana? Respuesta: 5 a diez minutos dogo (SIC) yo de verdad nos (SIC) se, yo las vi estuvimos tomando. Otra: ¿cuando usted se lleva a la habitación a la victima en compañía de Osgire y Geraldine recuerda usted si aun se encontraba el acusado en el grupo compartiendo? Respuesta: No ya el se había acostado, yo no lo había visto ya (SIC). Otra: ¿Quienes mas (SIC) se retiraron del grupo a descansar ya sea como lo hizo Adriana Tineo o como lo hizo el acusado Francisco Requena? Respuesta: Mas nadie ahi todos nos quedamos bailando comiendo escuchando música. Otra: ¿después que tiene conocimiento de lo que sucedió además de Luis Alfredo quien entra e la habitación donde estaba Adriana? Respuesta: ahí nosotros vimos pero no pasamos estaba Osgire y la negra pero no pasamos y dijimos que pasó y dijeron cierra ahí, ellos llamaron a la policía y fue cuando nos llevaron. Otra: ¿Si Luis Alfredo, evita contamina (SIC) el sitio del suceso evitando que entre en la habitación y sin embargo deja la puerta abierta para que observen lo que allí pudo haber ocurrido que observe (SIC) usted desde al puerta? Respuesta: Ahí note yo que desde el colchón, había manchas rojas de sangre, y como todo nosotros notamos estaban unos zapatos rojos converse que eran de Francisco. Otra: ¿El ciudadano Luis Alfredo Guerra, de que forma le informa a usted que el ciudadano acusado Francisco Requena, se retiro a descansar? Respuesta: Hablando, como preguntando donde esta Francisco, él nos dijo, nos pidió un cuarto y se fue acostar. Otra: ¿El ciudadano Luis Alfredo Guerra, puntualizo de alguna manera en cual cuarto se retiró a descansar Francisco Requena? Respuesta: El no nos notifico nos dijo así se retito (SIC) al cuarto el debe saber, el le dijo agarra un cuarto. Otra: ¿ El ciudadano Luis Alfredo Guerra, en algún momento se retiro del grupo con el fin de verificar quines se encontraban los demás espacio de la casa, si usted logro visualizar? Respuesta: No, retirado en gran tiempo como tal, como era su casa el echaba un ojo pero no se retiraba un tiempo largo no, se mantenía comiendo, tomando. Otra: ¿Una vez que tiene conocimiento de lo que había ocurrido, y una vez que es despertado el ciudadano Francisco Requena, quines se retiran del celebración, quines optan por decir yo me voy? Respuesta: Que yo recuerde creo que nadie, llegaron los policías y los policías a los del C.I.C.P.C, porque no les competían (SIC) y esperamos, y paso mucho tiempo y yo dije yo me voy y justamente cunado (SIC) yo voy saliendo llega y nos dijeron para declarar. Otra: ¿Tiene usted conocimiento si al momento de llegar la C.I.C.P.C, y realizarse el cacheo de rutina se colecto alguna evidencia de interés criminalistico? Respuesta: No tengo conocimiento en la tarde cuando llego, la tarde nos dijeron firmen, a ninguno de nosotros nos dijeron para dejar ninguna prenda de nosotros. Otra: ¿Se realizo, la colección de faneras a cada uno de lo que se encontraban presente? Respuesta: No solo nos dijeron nuestras (SIC) las uñas, no nos la picaron. Otra: ¿Tuvo usted conocimiento el momento en el cual el C.I.C.P.C se traslado al lugar de los hechos, si usted tuvo conocimiento fue al C.I.C.P.C, en que momento? Respuesta: Yo estoy saliendo por mucho tiempo, ellos vienen entrando, la policía es que llaman al C.I.C.P.C. Otra: ¿Que hicieron los funcionarios del C.I.C.P.C, que observaron, donde entraron, en la residencia? Respuesta: Del apartamento como tal no se decirle ya yo estaba abajo, unos se montaron con ellos y otros en mi carro, pero arriba en el apartamento no se decirle. Otra: ¿Que tiempo se encontraron en el apartamento si usted estaba abajo? Respuesta: Diez 15 minutos. Cesaron las preguntas. (resaltado propio).

En ese sentido, considera este juzgador que quedó demostrado que el haber manifestado categóricamente su enemistad manifiesta por parte del ciudadano JUAN DAVID SOTO CARABALLO, al igual que el ciudadano LUIS ALFREDO GUERRA AGUILERA, deja claro el malestar entre ese grupo que compartía ese día y no; una retaliación por parte de los testigos. Por otra parte con esta declaración queda demostrado que las ciudadanas Geraldine y Osllireth, acompañaron a la victima tan solo unos minutos e inmediatamente regresan al grupo que compartían en la sala, no optaron por desaparecerse del grupo.

VÍCTIMA: ADRIANA CAROLINA TINEO RIVAS a quien se le pregunta si posee algún grado de parentesco de consanguinidad o afinidad con el acusado así como amistad o enemistad manifiesta respondiendo la misma que: Si lo conozco pero no tenemos amistad. Se le pide se identifique y manifiesta llamarse ADRIANA CAROLINA TINEO RIVAS, titular de la cedula de identidad Nº V-29.733.603, de 29 años, profesión u oficio: estudiante. Quien expone:
“…fue el 29/07/2012, fui invitada a la fiestas (SIC) de mi amiga Estefania Ramírez esa fiesta fue en Venecia y en ese momento yo estaba residenciada en pascal y tenia problemas en una materia maquetas y no quería asistir a la fiesta porque tenia la calase (SIC) y solucione y decidí asistir con Geraldine quien estaba en mío (SIC) casa se cambio y nos fuimos paso Juan David que estaba con diego y fuimos a casa de Luis Alfredo que era dónde se iba a realizar la segunda fiesta la de Estefania y la de diego y Luis Alfredo bajo (SIC) por que la música en su casa no funcionaba tenia un defecto y había hablado con francisco Requena y el quedo en prestarle la música fuimos a donde Francisco a buscar un cable en eso el bajo (SIC) entrego el cable y le pidió la cola a Juan David para ir a donde Estefania que también estaba invitado subió a cambiarse y bajo al carro Juan David nos llevo a la casa de Estefania en Venecia y allí nos bajamos todos Juan David, Yeraldine, Francisco y yo estaba su papa su mamá y Estefania y nosotros y empezamos a tomar cuba libre con santa teresa tomamos unos tragos y nos tomamos fotos todos en un momento Carlos Díaz, tenia una cámara profesional y nos tomamos las fotos, el discutió con francisco por la cámara no se por que y luego paso llegaron otros invitados se hicieron las doce cantamos cumpleaños y nos fuimos a la otra fiesta sorpresa de diego y Estefania que era en casa de Luis Alfredo habían varios carros yo me fui en el carro de Richard y a Estefania la llevo su papa a la residencia de Luis Alfredo al llegar a la residencia de Luis Alfredo alguien bajo y hablo con Richard porque faltaban unas bebidas y como el sabia donde vendían a esa hora fuimos con el a Boyacá a comprar la bebida recuerdo todo el trayecto desde la casa de Luis Alfredo hasta la licorería y Richard y yo fuimos compañeros de colegio y empezamos a conversar de nuestras amistades de los que se habían casado y eso fue el trayecto hasta la casa de Luis Alfredo allí nos recibió Carlos Díaz subimos todos en la cocina estaba Orilesh y otras realizando los pasapalos y en la computadora había alguien había una mesa de pasapalo en ese momento pusieron una salsa casino my (SIC) francisco me dijo para bailar y bailamos me dijo al oído bailas muy rico me quite y me retire de allí y alguien salio de la cocina con mi baso (SIC) me lo dio y de allí Salí di una vuelta puse el baso (SIC) en el piso fui al baño y de allí no recuerdo mas hasta cuando desperté, cuando desperté el día siguiente estaba en posición fetal y me dolía abajo y cuando me comencé a tocar no tenia la bluma y en l (SIC) cama del lado derecho estaba mi bluma estaban unos jeans, una correa roja y estaba todo alborotado comencé a gritar y a llorara en eso agarre mi bluma era una bluma blanca y tenia un punto rojo me la coloque y me dolía mucho y Salí y había música y gente todavía estaba apenada Salí sin decir nada y me fui caminando porque mi casa estaba cerca de alli cuando Salí del cuarto había un grupo en la computadora tire la puerta estaba molesta baje el vigilante me abrió la puerta, llegue a mi casa me cambie por una ropa ancha y estaba cono (SIC) dormida y mi hermana me llama y le dije que estaba dormida luego me llama de nuevo y salgo del cuarto pero antes de llamar mi hermana, llame a Estefania y le pregunte que por que me había dejado dormir en unas casa ajena sabiendo como era yo y me dijo yo me fui temprano y te acostamos porque estabas muy rascada y le dije Estefania pero porque me dejaste y le comente y le reclame y le dije me duele mucho abajo y tengo sangre y Estefania me decía no me digas eso si allí estaba Orilesh y empezó a llorar y yo lloraba y le decía me tocaron y ella lloraba por el otro lado y en eso le mande un mensaje a mi hermana para que me llamara, cuando me llamo le dije que tenia que contarle algo que por favor no le contara a mi mamá y me dijo que paso que paso cuéntame y le cuento ayer cumplió año Estefania y fuimos a la fiesta y me quede en casa de Luis Alfredo y cuando desperté no tenia mi bluma, y que me dolía mucho y estaba sangrando, ella empezó a gritar y me dijo que fuera de nuevo al apartamento de Luis Alfredo y que le quitara los teléfonos a todo el mundo, por que ella pensaba que me habían desnudado para tomarme foto y que no fuera sola, que fuera con la policía y ella llamo a Estefania y ya Estefania le había comunicado a Geraldine y a Orilesh y Geraldine me regreso la llamada llorando y me pedían que regresara al apartamento pero que ellas habían llamado a la policía pero que tenia denunciar (SIC) regrese a la casa de Luis Alfredo y estaba Francisco, la hermana, el novio y otras personas que no recuerdo y cuando entre ellos estaban alterados gritaban y cuando pase decían llego arrianita (SIC) y me dijo Marileixi y hasta tiene un golpe en la cara y yo no lo había visto, ella fue la que me notifico, me senté en el mueble y Orilesh se me acerco y me dijo no hables con nadie luego me llevaron al pasillo que quedaba al lado del cuarto donde amanecí y estaba todo alborotado y llego la policía tomaron las evidencia y me dijeron que tenia que ir al Cicpc a poner la denuncia y baje con Orilesh y fuimos a denunciar…”

Igualmente, la victima, a preguntas realizadas por las partes y éste Tribunal, señaló:

SE LE CONCEDE EL DERECHO DE PALABRA AL REPRESENTANTE FISCAL PARA QUE FORMULE PREGUNTAS: PRIMERA PREGUNTA: puede indicar al Tribunal que logro observar al momento en el que se despierta Respondió: cuando me desperté estaba del lado derecho mi bluma y estaba unos Jean una correa roja y unos conver`s (SIC) rojos y estaba el bolso de Geraldine que allí estaba mi teléfono el cual saque junto a las llaves de mi casa Otra: en que condiciones se encontraba la habitación en la que amaneció durmiendo Respondió: estaba todo alborotado, yo amanecí del lado de la pared en posición fetal y las sabanas tenia sangre estaba la bluma a mi lado derecho y la ropa que mencioné. Otra: usted recuerda el hecho acontecido en su perjuicio Respondió: no lo único que recuerdo es unos dedos que me tocaban abajo en la vagina y recuerdo que le daba con la mano como para quitar algo a alguien Otra: que ropa portaba para el momento Respondió: yo tenia un vestido de flores pequeñas y una bluma blanca Otra: puede indicar para el Tribunal que cantidad de bebida alcohólica había injerido Respondió: recuerdo que en casa de Estefania me sirvieron un trago, yo no soy de beber yo soy de las que pasa toda la noche con el mismo trago y en casa de Luis Alfredo me ofrecieron otro trago, es decir, fueron dos tragos yo nunca bebo para rascarme Otra: puede indicar al tribunal si se sentía en estado de ebriedad suficiente para el momento en el que termino de bailar Respondió: no, yo termine de bailar y me senté, tenia el trago lo puse en el piso y dije cuando se acabe voy a la (SIC) baño pero no para nada, no estaba ebria Otra: puede indicar para el tribunal que personas observo en el lugar luego de que se despierta y decide salir de allí Respondió: en la habitación sola y cuando salí estaban cantando vallenato y cuando salí estaba muy molesta y solo vi a Luis Alfredo y le voltie la mirada estaban varias personas en la computadora Otra: diga usted si anteriormente había estado en el lugar de residencia del Luis Alfredo Respondió: si había ido pero en plan de fiesta no, siempre salíamos de la universidad en grupo y preparábamos shawarmas y los juegos de la vinotinto que los veíamos en su casa Otra: diga si tiene conocimiento que los presentes en el lugar hayan sido consumidores de sustancias estupefaciente o psicotrópicas Respondió: no, no tengo conocimiento Otra: puede indicar al Tribunal que personas se encontraban en el lugar de lo hechos para el momento en el que regresa Respondió: Maribel Marileixi, Orilesh, Luis Alfredo rey francisco otras personas que no conozco de nombre Otra: puede indicar al Tribunal que personal les prestaron apoyo una vez que usted comunico lo que ocurrió Respondió: Luis Alfredo, Estefania Geraldine, diego Orilesh me ayudaron y que además me comunicaron las muchachas pusieron a los varones a que se quitaran la ropa para ver quienes tenían manchas y no me dejaron solas Otra: cuales fueron las primeras diligencias de los funcionarios Respondió: Estefania, Yeraldine y yo llegamos al cicpc y el funcionario me llevo a una oficina sola y llego la ginecóloga forense la cual me dijo que había sido victima de violación y fue cuando entre mas en crisis y luego los funcionarios fueron a buscar a la otra parte de los que estaban en la fiesta recuerdo que llamaron a la policía Orilesh antes de yo regresar al apartamento de Luis Alfredo y ellos fueron al apartamento era polisotillo ellos revisaron todo y me dijeron que tenia que poner la denuncia Otra: recuerda las evidencias Respondió: las sabanas la ropa que había mi vestido la pataleta que estaba llena de sangre Otra: tiene conocimiento a quines pertenecian las prendas de vestir Respondió: a Francisco Requena Otra: podría indicar al tribunal con ocasión del hecho ocurrido en su contra que especialistas medico la han atendido Respondió: empezando el caso fui a un psicólogo, la ginecólogo del cicpc, luego una ginecóloga, luego un otorrino porque dijeron que era consumidora y me vio un psiquiatra forense en cumana y otro en caracas y la psicóloga del tribunal también me atendió Otra: puede indicar al tribunal si los hechos que narra le han alterado emocionalmente Respondió: no lo he olvidado pero trato de no pasar la pagina pero es algo que no voy a olvidar no es fácil Otra: puede indicar al tribunal que síntomas le permiten afirmar que se encuentra afectada emocionalmente a consecuencia del hecho Respondió: debilidad inseguridad miedo cada vez que me invitan a un lugar pienso que me va a pasar lo mismo no creo en amistad y prefiero estar en mi casa me da miedo Otra: desde que ocurrió el hecho que relata a presentado algún tipo de dificultad para conciliar el sueño Respondió: si siempre y converso conmigo misma y me digo que si me paso eso es por algo y trato de superarlo y le doy gracias a dios por estar viva Otra: los especialistas que menciono (SIC) le recetaron algún medicamento Respondió: si para dormir y no me quiero volver adicta a eso trato de hacerlo por mi sola Otra: podría indicar al tribunal si consumió sustancias estupefacientes o psicotrópicas en fecha 30/07/2011 Respondió: no nunca he consumido ninguna sustancia Otra: podría indicar al tribunal quienes de los presentes en la celebración fueron sometidos a evaluación por los funcionarios policiales Respondió: de los varones Diego, Requena, Juan David, Rey, Luis Alfredo Otra: puede indicar al tribunal si observo al regresar al lugar de los hechos que alguno de los presentes se haya cambiado la vestimenta que portaba Respondió: recuerdo en el momento hay una parte donde estaba esperando a Orilesh y vi a rey con una camisa verde y después me venia a la memoria pero no recuerdo si se había cambiado Otra: puede decir si le tomaron muestra para examen toxicológico Respondió: si Otra: alguna de las otras personas le tomaron muestra para la evaluación toxicológica Respondió: si a Francisco Otra: recuerda usted quien la llevo a la habitación donde usted se despertó Respondió: no lo recuerdo solo se lo que relatan las muchachas que yo estaba rascada y que me puse a bailar y cuentan que Juan David me cargo y me acostó y que Orilesh estaba en la habitación. Otra: Alguna persona intento disuadirla para que no formulara la denuncia. Respondió: No comenzando el caso me mandaron mensajes por el Factbook (SIC) y por teléfono pero yo lo cerré. Otra: Además de los funcionarios policiales que personas observaron las condiciones en las que se encontraba la habitación en la cual usted amaneció durmiendo. Respondió: Aparte de las personas de la fiesta, la hermana de Requena y el novio que son las personas adicionales que estaban cuando regrese al apartamento. Otra: La habitación que refiere se encontraba a la vista de los que se encontraban en la sala. Respondió: Cuando iban al baño tenían que verla porque esta al frente desde la sala no se ve. Otra: Puede indicar al tribunal que lesiones externas tenia. Respondió: Recibí un golpe en el ojo los morados en las piernas tenia marcas en la espalda golpes en la vagina y la cara hinchada. Otra: Recuerda usted si para el momento en que los funcionarios policiales se apersonan, se encontraban todas las instalaciones de la residencia en el mismo estado en el que se encontraban cuando usted salio de allí. Respondió: Cuando regrese la cama estaba mas alborotada y no recuerdo si estaban los zapatos todavía allí. Otra: Tiene usted conocimiento si alguien mas, además de su persona se encontraba durmiendo por estar en estado de ebriedad. Respondió: En el momento que me desperté no, luego que estábamos todos alarmados nos enteramos que Francisco estaba durmiendo en el cuarto de al lado, en la habitación principal del apartamento. Otra: Tiene usted conocimiento que sustancia estupefaciente fue encontrada por los expertos al examen toxicológico. Respondió: Cocaína. Otra: Tiene conocimiento de que manera se consume la sustancia estupefaciente cocaína. Respondió: Si se inhala y es por eso que cuando salen los resultados le dije a mi mamá que me hiciera todas las pruebas para darles a saber a los que me señalaban y el psicólogo me dijo que se inhalaba y que solo con la apariencia se sabía. Otra: Los funcionarios policiales que se apersonaron colectaron los vasos. Respondió: No se. Otra: Podría indicar al tribunal los tragos que consumió quien se los suministro. Respondió: En casa de Estefania estaban todos en la mesa era como una ronda y cuando llegue a la casa de Luis Alfredo el trago me lo dio el yo lo coloque en la mesa cuando fui a bailar con Requena al terminar de bailar lo tome y me fui a sentar Otra: La ley especial estable la forma en la cual ocurre la violencia sexual indica la vía oral, vaginal y anal podría indicar de que manera por que vía fue violentada sexualmente. Respondió: Vaginal. Otra: Podría indicar al Tribunal si recibió algún tipo de medicamentos recetados por las especialistas ginecólogo que la atendieron. Respondió: En el momento que estaba en el cicpc mi hermana llamo al ginecólogo de la familia y ella índico que tomar a postinor y un gatorade. Otra: Que conocimiento tiene de que se haya preservado el lugar de los hechos hasta el momento en que llegaron los funcionarios. Respondió: Cuando yo estaba en mi casa no sabia nada de lo que ocurrió en casa de Luis Alfredo pero cuando colgué la llamada de Estefania esta llamo y alerto a todos y me cuentan que la hermana de Requena llego limpiando las cerradura de las puertas y a una sabana le echaron agua y ellos me estaban llamando arrianita (SIC) vente. Otra: Puede indicar al tribunal quien es la primera persona a quien le comunica lo ocurrido Respondió: A Estefania Ramírez luego de hablar con ella llame a mi hermana, llame a Estefania para preguntarle lo que había pasado y le reclame que por que me había dejado ir a la habitación con un hombre y ella me dijo que no que no me había ido a ninguna habitación sino que ellos me acostaron porque estaba rascaita. Otra: Usted después de los hechos siguió con sus labores habituales y su ritmo de vida habitual. Respondió: No yo me fui a Carúpano con mi familia. Otra: Puede indicar cuando se reintegro a sus labores estudiantiles en la universidad de oriente. Respondió: No, no continúe allí porque todos me señalaban. Otra: Puede indicar en que año se encontraba. Respondió: En el 7 mo. Semestre de arquitectura. Otra: En la ley de victimas testigos y demás sujetos procesales dispone que en caso de que las partes intervinientes como su persona en las causa donde hayan sido victima de amenaza deben notificarles al ministerio Publio, usted durante o desde que comenzó la investigación ha sido victima de amenaza señalamiento por parte de las personas que parecen en el expediente. Respondió: No solo al inicio me mandaron un mensaje por el Factbook (SIC) y allí esta que dice surianita si eres una borracha te gusta beber porque acusad a dos inocentes. CESARON LAS PREGUNTAS. ACTO SEGUIDO SE LE CONCEDE EL DERECHO DE PALABRA A LA DEFENSA A LOS FINES DE QUE FORMULE PREGUNTAS: PRIMERA PREGUNTA: recuerda usted la hora aproximada en la cual llega a la casa de Luis Alfredo Respondió: ya pasaban las doce porque le habíamos cantado cumpleaños a Estefania Otra: con quien llegas a casa de Luis Alfredo Respondió: en el carro de Richard. Otra: al momento de llegar al apartamento de Luis Alfredo como era su condición Respondió: normal como siempre Otra: había usted consumido bebidas alcohólicas para el momento Respondió: el trago que me bebí en casa de Estefania Otra: que tiempo duraron en casa de Estefania Respondió: fue cono desde las 8 hasta las 12 Otra: quien le menciona a usted o de que manera se entera que la llevaron a acostar Respondió: en el momento que yo le reclame a Estefania que porque me dejo ir a un cuarto con un hombre si sabe como soy yo y ella me dijo no te acostamos porque estaba borrachita Otra: que bebida consumieron Respondió: carta roja Otra: porque Estefania le dijo borrachita Respondió: porque empecé a bailar reguetón me monte en una silla y ellos nunca me habían visto con esa actitud Otra: recuerda o le mencionaron desde que momento comenzó a adoptar la actitud incoherente Respondió: no recuerdo lo único que recuerdo es que estaba sentada en el mueble puse el baso (SIC) en el suelo y dije cuando se acabé voy a al baño Otra: que hizo al momento de poner el vaso en el suelo Respondió: puse el vaso en el suelo me moví hacia las muchachas y luego no recuerdo Otra: que hizo antes de sentarse Respondió: baile salsa casino con Francisco Otra: cuando bailo con francisco tenia el caso (SIC) Respondió: no lo puse en la mesa Otra: al momento de despertar observo que no tenia ropa interior que mas observo Respondió: los zapatos convers (SIC) la bluma al lado los Jeans y el bolso de Yeraldine Otra: tenia ropa Respondió: si tenia el vestido levantado Otra: el vestido tenia mancha de alguna sustancia Respondió: no recuerdo Otra: la ropa interior Respondió: si vi mancha de sangre Otra: pudo observar las características de la cama Respondió: la cama las dos almohadas Otra: habían manchas de sangre en la cama Respondió: en las almohadas habían chispas de sangre Otra: supo quien la llevo a la habitación Respondió: me cargo Juan David y estaba Geraldine y Estefania y Orilesh que se quedo conmigo Otra: eso lo recuerda o se lo dijeron Respondió: me lo dijeron cuando empecé a reclamar Otra: hablo usted posteriormente con las personas que las llevo a acostarse Respondió: si y me dijeron que me cargaron porque estaba rascada Otra: mencionó usted que la persona que permanecía en la habitación fue Orilesh Respondió: si Otra: y dijo que Orilesh le dijo que no hablara con nadi porque Respondió: ella me dijo eso para que solo hablara con la policía en ese momento yo me senté en el mueble y paso Francisco y dijo pobrecita arrianita (SIC) por lo que le (SIC) hicieron y fue ciando (SIC) ella me dijo Otra: las manchas eran escasas pocas o regulares Respondió: en mi bluma eran varias en las almohadas habían gotas, en el lavamanos del cuarto principal había sangre en el piso habían gotas Otra: tu observaste el baño principal Respondió: si. Otra: Pudiste ver a Francisco en boxer. Respondió: No ellas me comentaron que el amaneció en boxer y creo que Luis Alfredo le dio un pantalón para que saliera del cuarto. Otra: Luego de las denuncias mencionaste que te hicieron unos exámenes donde. Respondió: El psiquiatra forense en cumana el toxicológico en el core 5 el otra de sangre en el cicpc cumana, el medico psiquiatra forense en caracas también. Otra: El toxicológico donde te lo practicaron Respondió: En el core y en el cicpc cumana. Otra: Una vez realizado los exámenes tuviste conocimientos de los resultados. Respondió: Si no recuerdo si el del core o el del cicpc porque mi mamá fue que me dijo adri saliste positivo. Otra: Ambos te salieron positivos. Respondió: No se. Otra: En la celebración en la casa de Luis Alfredo hubo algún hecho en particular que llamara tu atención Respondió: No Otra: De las personas que se encontraban en la celebración tu sola tuviste esa reacción anormal. Respondió: No se creó que la única Otra: Pudiste enterarte de quien fue la primera persona que entra a la habitación después del hecho Respondió: Después que le comento a Estefania ella le dice a Geraldine y entra Luis Alfredo y Orilesh al cuarto y es lo que hace que Luis Alfredo levante a Francisco Otra: Dices que tenias lesiones externas puedes mencionarnos a que le atribuyes esas lesiones Respondió: No se tenia un puño en el ojo tenia moretones en la espalda en la vagina tenia golpes y moretones en las rodillas Otra: Cuando te hicieron referencia de la caída con Juan David nadie te mencionó si te lesionaste Respondió: Nadie hizo referencia solo que me caí Otra: Actualmente no has concurrido o no haces vida publica Respondió: Con miedo no como antes cuando mis amigas me invitan estoy pendiente y me siento como la protectora Otra: Alguna vez consumiste sustancias estupefacientes y psicotrópicas Respondió: No Otra: Alguien del grupo Respondió: No se Otra: Actualmente tienes trato comunicación con el grupo Respondió: Si no como antes porque trabajan Otra: Del hecho en si que es lo que viene a tu memoria Respondió: Muchas cosas cuando desperté cuando grite las manos en la vagina cuando quitaba con las manos Otra: Eso fue despertando o estas en un sueño Respondió: Si es como cuando quieres despertar pero no puede por la pesadez Otra: Es decir no estabas conciente Respondió: No CESARON LAS PREGUNTAS. ACTO SEGUIDO TOMA LA PALABRA EL JUEZ A LOS FINES DE FORMULAR PREGUNTAS: haces mención a una sabana que estaba mojada tienes conocimiento en que cuarto o en que cama se encontraba Respondió: en el cuarto principal Otra: pudiéramos clasificar la formas como quedan impregnadas las manchas de sustancias de naturaleza hematica de varias formas. 1 por salpicadura, otra por escurrimiento y pudiéramos señalar otras que es por marcas de algún objeto o partes del cuerpo humano y algunos autores refieren algunas marcas de almacenamiento o cuando se empoza algo, partiendo de allí puede recordar tu en el lugar donde te despertaste de que forma quedaron impregnadas y donde Respondió: salpicadas o por gotas en la almohada eso fue al momento de desperté y luego vi las gotas de la sabanas y luego mi bluma Otra: de que forma se impregnaron las marcas de sangre en el baño Respondió: estaban en el lavamanos las manos marcadas en sangre Otra: señalaste que habían marcas de sangre en el piso en la habitación principal o en la que amaneciste Respondió: en la puerta o entrada de donde desperté Otra: tu señalas que solamente puedes recordar la introducción de los dedos de las manos pudieras tu señalar partiendo de lo que recuerdas que el abuso en perjuicio de tu persona ocurrió solo con los dedos de la mano o pudieras pensar que fue también con el miembro de un hombre Respondió: para que mi bluma tuviera sangre imagino que también con el miembro CESARON LAS PREGUNTAS. (Resaltado propio).


De allí que este Juzgador estima como factor concluyente para determinar que efectivamente la víctima ciudadana ADRIANA CAROLINA TINEO RIVAS fue objeto del delito de ACTO CARNAL CON VICTIMA ESPECIALMENTE VULNERABLE, toda vez que fue privada de su capacidad para discernir mediante el suministro de la sustancia psicotrópica de la denominada cocaína, manteniendo un contacto sexual no deseado a través de la penetración por vía vaginal mediante la introducción dedos y manos que causaron heridas, las cuales se desprenden que fueron de tipo abrasivo y que además confirma el dicho de sus otros compañeros que, quien se encontraba dormido en la habitación principal en boxer era el ciudadano FRANCISCO REQUENA. Asimismo señalo la victima que pudo observar una sustancia de color pardo rojizo presuntamente de naturaleza hematica, en el lava manos del baño donde dormía el hoy sentenciado; de lo que infiere este decisor que su declaración es totalmente conteste con lo señalado por el testimonio del ciudadano LUIS ALFREDO GUERRA AGUILERA. Y finalmente concluye este juzgador que de lo poco que recuerda la victima s decir el vago recuerdo de dedos que se introducían de manera violenta en su vagina es totalmente congruente con los señalamientos realizado por los médicos que la atendieron en razón del delito.

ESTEFANIA CAROLINA RAMIREZ MAIZ, titular de la cedula de identidad Nº V-18.582.041, de 27 años, con profesión u oficio: Estudiante el cual expone:
“…era el día de mi cumpleaños estábamos en mi casa un grupo reunido por eso mismo ahí estuvimos bebimos, comimos eso fue un lapso como de siete a doce y media de la noche, nos fuimos todo el grupo a pascal, hicimos lo mismo que estábamos haciendo en mi casa bebiendo comiendo, y eso fue como hasta las cinco, cinco y media que yo me fui para mi casa, al otro día aproximadamente como a las 8 de la mañana me llama Adriana, para decirme lo que había pasado, yo estaba en mi casa durmiendo de ahí me fui a Pascal nos quedamos de encontrarnos allá y estaban lo muchacho (SIC) ella llego a lo (SIC) 10 minutos, conversamos con ella, para hacer la denuncia, creo que llego la policía, llegó (SIC) unos familiares de Requena, de ahí para resumir nos fuimos para el C.IC.P.C, a colocar la denuncia. Es todo. …”(Resaltado propio).

Igualmente, la citada testigo, a preguntas realizadas por las partes y éste Tribunal, señaló:

ACTO SEGUIDO TOMA LA PALABRA LA REPRESENTANTE FISCAL A LOS FINES QUE FORMULE PREGUNTAS: PRIMERA PREGUNTA: ¿ puede indicar el lugar y fecha de los hechos que mencionas? El 29 de julio de 2011, en residencia Pascal, piso uno no se, el numero del apartamento. Otra: ¿igualmente menciona en su declaración que se menciona en su casa, donde queda su casa y quines se encontraban en su casa? Yo vivo avenida Nueva Esparta, Residencia Venecia, edificio papagayo piso 4 apartamento 44, nos encontramos Osllireth, Geraldine, Luis Alfredo Guerra, Richard, Carlos, Peter, Diego y yo. Otra: ¿encontrándose en el interior de su residencia, que clase de reunión tenias, que hicieron de ahí, mencionaste en tu entrevista que hicieron? (SIC) tomar, hablar, ahí esta mi papa y mama y teníamos que estar temprano, nos fuimos a Pascal porque uno de lo (SIC) muchos estaba de cumpleaños, Diego estaba de cumpleaños. Otra: ¿Ese mismo día? El otro día, Otra: ¿que tipo de bebida ingerio (SIC), mientras estaban en su casa? Ron con coca-cola. Otra: ¿a que hora Aproximadamente decidieron, se trasladaron a la zona de pascal y quienes se trasladan? Aproximadamente como a los doce y media, nos trasladamos Diego Richard, Luis Carlos, Oslliren, Geraldine, Pitter. Otra: ¿una vez que llegan al conjunto residencia Pascal quienes se encontraban en el apartamento al cual hacen referencia? No me acuerdo, no se si estaba solo, ahora que me pregunta Osllireth estaba allá, arreglando la torta, no recuerdo, Otra: ¿quien es le (SIC) propietario del apartamento de pascal? Luis Alfredo Guerra. Otra: ¿una vez que usted llega al referido inmuebles, en compañía de sus amigos que ya mencionó como fue llevada la celebración, siguieron tomando, quienes estaban, que comían? Llegamos inmediatamente empezamos a tomar a servirnos lo que estaba ahí, el ron, preoperamos unos pasa palo (SIC) s, la música es un apartamento pequeño, era algo que estaba dentro de lo normal, es decir bailamos, unos bebieron mas de la cuenta, otras bailaban, cantamos cumpleaños, Otro: ¿Eso era lo único que había ahí de bebida alcohólica ron? Si todos estábamos tomando. Otra: ¿Cuantas personas aproximadamente se encontraba (SIC) en ese inmueble? Aproximadamente como 12 persona algo así, después llegaron mas, eso fue ya avanzada la noche, Otra: ¿en compañía de quien llego la referida Adriana Tineo? Ella estaba en mi casa, allá no se con quien llegó. Otra: ¿podrías indicar en compañía de quien, hizo acto de presencia el ciudadano Francisco Requena, según la declaración que usted rindió el 05 de agosto de 2011, ante la fiscalia 24? Creo que con la hermana algo so (SIC), en realidad no se, creo recordar que la hermana lo (SIC) llevo con el novio. Otra: ¿recuerda usted para el momento del hecho objeto de este proceso penal, la vestimenta que aportaba el ciudadano Francisco Requena? No recuerdo, Otra: ¿Podría indicar usted a este Tribunal cual fue la conducta de la ciudadana Adriana Tineo durante la celebración? Fue una conducta normal en ella, ningunos vimos, ninguna conducta anormal, siempre activa, siempre alegre. Otra: ¿la ciudadana Adriana Tineo consumió alguna bebida alcohólica? Si. Otra: ¿ durante esa celebración que se llevaba acabo en a su cumpleaños llegó usted observar algún tipo de conducta, no acorde a la situación, alguna conducta extraña, fuera del grupo de amigos, entre la ciudadana Adriana y el ciudadano Francisco? No. Otra: ¿con alguna otra persona que se encontraba en la fiesta? No. Otra: ¿ en su declaración usted hace referencia a que después llegaron mas personas, podría indicar usted la hora y la identificación de las mismas? la hora no la recuerdo, de los tres que me acuerda que llegaron que mas conocía, fueron Juan David, Marilexi, el otro no recuerdo el nombre le dicen, gusano, y también llegó Rey pero no se si llegó solo o con esa gente, Otra: ¿ con ocasión a la pregunta anterior usted manifiesta que llegaron otras personas esa personas se encontraba (SIC) bajo el efecto del alcohol, o se veían visible el vaso de alcohol? La única que se que venia ya tomada era Marilexi, porque ella venia de la discoteca los demás no recuerdo, no se si venían de otro lugar o venían directamente ahí. Otra: ¿durante su permanencia en ese inmueble en Pascal y se llevaba acabo la celebración de su cumpleaños, durante su permanencia ahí, se presento alguna situación incomoda, irregular? Fue una celebración agradable, lo único que ocurrió fuera de lo norma (SIC) Adriana tomo bastante y se monto en una de las mesas y empezó a gritar, ella le había quedado una materia en eso días y ella se monto en la silla diciéndole al profesor gritando que la raspo eso fue lo que paso, Otra: ¿ vista la conducta que usted manifiesta exteriorizo la ciudadana Adriana Tineo, alguno de los allí presente en la celebración le prestaron o le colaboraron en virtud de lo que usted mociona (SIC) se encontraba en estado de ebriedad? Creo que fue Carlos, que le dijo que dejara de tomar creo que fue el, despides (SIC) de ese momento la llevaron al cuarto, de los hombre (SIC) no se quien la acompaña de las mujeres fue Oslliret, de los hombres no se. Otra: ¿a que hora decide usted abandonar el inmueble? eso sería como las cinco y media, no era de día todavía. Otra: ¿con quien se marcha de la residencia? Con Richard y Petter. Otra: ¿quienes quedaban aun en la celebración siendo las 6 de la mañana según, lo que usted manifiesta? Luis Alfredo el dueño del apartamento, Rey, Requena Oslliret, Geraldine, Diego, Marilexi, Juan David, la hermana de Marilexis, no recuerdo el nombre, Carlos, el otro muchacho gusano, Requena estaba dormido y Adriana estaba dormida, nosotros fuimos los primeros en irnos. Otra: ¿alguna de las personas que estaban ahí, tiene conocimiento se consumen sustancia Estupefaciente y psicotrópicas? No tengo conocimiento. Otra: ¿como se entera usted, del hecho de violencia vivida (SIC) por la ciudadana Adriana Tineo, como usted conocimiento (SIC) de eso? Ella me llamó, aproximadamente como a las 8 y 30 de la mañana, estaba llorando y me decía que le había pasado, yo estaba en mi casa yo de ahí me fui a Pascal , ella estaba en su casa me había llamado de sus casa y yo le dije que se fuera para Pascal, así fue que me enteré. Otra: ¿que fue lo que ella te contó específicamente? Cuando ella me llamó, estaba llorando y lo que me decía era que le habían echo yo estaba dormida y le preguntaba que estas hablando y ella lloraba y lloraba, en realidad no entendía de que esta hablando y me dijo que tenia la pantaleta llena de sangre estaba llena de sangre yo le preguntaba que te paso y me decía no se, y ella no podía creer, porque todos éramos amigos y no podía creer lo que le estaba pasando, yo pensé que era mentira que era echándome broma pero igual me preocupe y fui hasta pascal, . Otra: ¿con ocasión a lo que acabas de mencionar, ella indica que le manifiesta Adriana Tineo, que se trasladé hasta Pascal, donde se encintra (SIC) Adriana Tineo, para el momento que la llamo y porque la indicio que se fuera a Pascal? En su casa. Otra: donde es su casa? Chimana Grande, ahí mismo en el sector Pascal. Otra: ¿porque le dice que le dice que se traslade al lugar de la celebración, (SIC)? Fue lo primero que se me ocurrió era lo mas (SIC) cerca y me podía trasladar hasta allá, Otra: ¿a que hora aproximadamente llegan a la fiesta y quienes se encontraba para el momento? Por la hora que me llamo fue como a las 8, yo digo que como las 9 no recuerdo bien. Otra: ¿quienes se encontraron? Los mismos que se quedaron y creo que mas (SIC) gente. Otra: ¿quienes eran? Creí que dos eran amigas de Marilexi, del resto eran los mismo (SIC) cuando yo me fui. Otra: P (SIC) quien era Rey Walli era nuestro taxista, que conocíamos de Carúpano. Otra: ¿y el se encontraba en la fiesta? Si. Otra: ¿Que edad tenía ese ciudadano? No se. Otra: ¿aproximadamente? Como 36, 37. Otra: ¿quien notifico al organismos de lo que había pasado en ese inmueble? Cuando yo llegue, no se quien llamo, se que habían llegado pero no se, creo que fue Luis Alfredo. Otra: ¿Durante la celebración llegó a observa (SIC) al ciudadano Francisco Requena, en estado de ebriedad? Si. Otra: ¿desde cuando conoce al ciudadano Francisco Requena y de donde? De Carúpano, yo lo conocía de vista en Carúpano y empecé a tratarlo cuando llegué para acá como en el 2006, otra: ¿como fue ese trato? Bien, Otra: ¿manifestaste que llegaste a la fiesta, ingresaste nuevamente inmueble, llegaste a ver alguna prenda intima manchada de sangre tal como ella te lo mencionó? Si ella me la mostró. Otra: ¿observó algún tipo de lesión físico? Externa si visible no. Otra: ¿una vez que llega el organismo aprehensor al inmueble pascal que es de Luis Alfredo Guerra, cual fue la actuación de los organismos policiales? Ellos cuando llegaron no hicieron mucho, llegaron preguntaron que había pasado nosotros Oslliret y yo mas que todo éramos las que nos sentamos, somos mas apegado (SIC) a Adriana y Luis Alfredo, le dijimos lo que paso y ellos nos aconsejaron y nos dijeron que tenia que poner la denuncia y nos aconsejaron y que nos quedáramos ahí, y que fuéramos aponer la denuncia y los demás se quedaron ahí, pero no paso. Otra: ¿no encontraron evidencia? Vieron la sangre, pero no podían decir lo que había pasado, que fuéramos a poner la denuncia. Otra: ¿quienes se encontraba en el apartamento en el momento que se encontraba con Adriana? Yo llegue sola, ella llego sola, nos encontramos ahí, estaba Luis Alfredo, Oslliret Geraldine, Diego, Marilexis, la hermana de Marilexis y las dos o una amiga mas de ella, Carlos, Rey, Requena, Juan David, , Otra: ¿ según de lo que desprende de tu entrevista, si las dos únicas personas que estaban bajo el efecto del alcohol era la ciudadana Adriana Tineo y Requena? Para nada yo también., estaba pasada bastante de trago y me quería ir, aproveche a irme con los muchachos. . Cesaron las preguntas. ACTO SEGUIDO SE LE CONCEDE EL DERECHO DE PALABRA A LA DEFENSA A LOS FINES DE QUE FORMULE PREGUNTAS: PRIMERA PREGUNTA: ¿ hablo usted que la celebración de ese día de lo hechos (SIC) se inicio en su casa, para el momento de encontrase el grupo q (SIC) menciono (SIC) en su casa que nivel de alcohol, se llegó a tomar ahí, era normal, las personas estaban en un estado normal? Si. Otra: ¿Adriana se encontraba en su casa? Si,. Otra: ¿Requena s (SIC) encontraba en su casa? Si, Otra: ¿por que no lo mocionó (SIC)? Se me paso. Otra: ¿cuando y por que deciden trasladar a su casa a residencia Pascal? Tipo 12 doce y media estaban mis papas y nos dijeron que era tarde y como los muchachos había (SIC) adornado, porque era el cumpleaños de Diego. Otra; ¿cuando usted dice los muchachos había (SIC) adornado a que se refiere? Osllireth y Geraldine. Otra: ¿usted menciono que ingerir como bebidas alcohólicas ron, que tipo de ron? Recuerdo una botella, no se si todas era esa pero (SIC) gran reserva. Otra: ¿que cantidad? No se decir. Otra: ¿a su criterio para mantener en un estado normal o se pasaba los limites? Yo creo que era normal para el grupo de persona, cuando llego Juan David el llevo dos botella más de la que ya teníamos. Otra: ¿todo el grupo en su totalidad consumía bebidas alcohólicas? si. Otra: ¿quienes servían los tragos? No, no había nadie en particular. Otra: ¿dentro de la celebración refirió usted en su declaración, que considero algo fuera de los común a Adriana Tineo, subirse en la mesa y decir que el profesor la raspo la materia, que la llevo a usted a definir como anormal? Porque no se, el hecho que se haya montado en una mesa a gritar, además estaba tomado (SIC) y eso influyo. Otra: ¿Todos estaban tomando, pero era por encima la actitud de Adriana a lo que respecta al (SIC) nivel, estaba por encima de la demás persona? Si por eso lo (SIC) muchachos la decidieron acostarla (SIC). Otra: ¿quien toma la decisión de acostarla? No se. Otra: ¿logras observas (SIC) o escuchar el momento en el cual deciden acostar a Adriana Tineo? Si vi a Osllireth y Geraldine, como que la llevan. Otra: ¿que hizo Adriana en ese momento? Ella no se quería acostar, pero para nosotros era lo mas lógico que se fuera acostar. Otra: ¿usted hizo mención en su declaración que el ciudadano Francisco Requena estaba dormido pudo observar dormido al ciudadano Franciso Requena? No me lo dijeron. Otra: ¿quien se los dijo? No recuerdo creo que fue Osllireth o Geraldine, son mis amigas mas cerca. Otra: ¿usted manifiesta de igual manera era un grupo de amigos? No, no todos. Otra: ¿por que razones? Por decir chisme y a raíz de eso. Otra: ¿usted menciono (SIC) que retorna, luego de irse a su casa en horas de mañana, a pascal, que observo? Yo llame a Geraldine (SIC), para constarle(SIC) y ella me imagino que llamo a todo (SIC), ya no había música estaban sentados en el piso Luis estaban en el baño llorando. Otra: ¿que hizo usted? Me metí con ellos en el baño. Otra: ¿que baño? no en el baño del cuarto si no en el de la visita. Otra: ¿hizo referencia de un cuarto que revisó el organismo llegó a ver ese cuarto? Si. Otra: ¿que observó en ese cuarto? La sangre, el cuarto desorganizado, los zapatos de Requena, uno solo, la camisa no recuerdo bien. Otra: ¿cuando usted vio eso estaba el organismo policial? Lo vi ante. Otra: ¿Cuando se refiere, puede mencionar en que momento? Cuando llegué en la mañana. Otra: ¿de que manera vio a la sangre en el cuarto, como estaba a (SIC) sangre? En gotas. Otra: ¿esa sangre estaba en un solo lugar o expandida en todo le cuarto? En un lugar y la almohada, y el cubrecama tenia sangre. Otra: ¿mencionó usted que logró ver la ropa interior de Adriana Tineo, donde la vio? En el apartamento. Otra: ¿Adriana la portaba? La llevan en la mano. Otra: ¿que observo (SIC) en al (SIC) ropa? sangre. Otra: ¿de que manera? Como cuando una se limpia con una ropa y bajo. Otra: ¿aparte de la ropa interior Adriana a le mostró algo de su cuerpo? No. Otra: ¿que actitud tenía la ciudadana Adriana para ese momento? Estaba bastante alterad (SIC). Otra: ¿supo usted a donde se fue a dormir el ciudadano Requena? En el apartamento en la habitación del lado de donde dormía Adriana. Otra: ¿fue antes o después que Adriana se fuera a dormir? No recuerda (SIC) quien de los dos se durmió primero. Otra: ¿esa habitación que quedaba al lado de Adriana, logró verla cuando el estaba durmiendo o posteriormente? No entre como estaba al lado y vi la cama como que alguien estaba dormido. Otra: ¿como supo usted que era la habitación donde durmió Requena? Me dijeron. Otra: ¿Quien ele (SIC) dijo? En la noche no recuerdo quien me dijo. Otra: ¿se enteró usted las razones por la cuáles se fue a dormir Requena? Porque estaba borracho. Otra: ¿Pudo observar que estaba borracho? Si. Otra: ¿a que punto? Bastante. Otra: ¿al momento de trasladar el cuerpo policial fueron llevados a rendir entrevista antes el organismo policial? Yo me entere que fueron a buscarlos en la patrulla y no estaban todos no se quienes se vinieron el patrulla yo estaba en el C.I.C.P.C, con Adriana y Osllireth, estábamos las tres. Otra: Otra: ¿recuerda que menciono para el momento de la denuncia de los hechos? Ella decía que no se recordaba de nada. Otra: ¿fue usted objeto de alguna prueba científica, en el organismo policial? Creo que no nada mas nos tomaron el testimonio a ella, si le tomaron prueba. Otra: ¿al momento de llegar su persona a pascal ya estaba el organismo en pascal o llego después? Llegó después. Otra: ¿recuerda la vestimenta que portaba Adriana, ese día de los hechos? Un vestidito. Otra: ¿para usted en su criterio la actitud de Adriana Tineo, era propia de una persona bajo el efecto del Alcohol o estima era más allá del estado ebrio? Efecto del alcohol. Otra: ¿usted menciono que prácticamente todos eran amigos, normalmente compartían ese tipo de eventos? Todo ese grupo así como esta muy poco. Otra: ¿Era un grupo nuevo? No nuevo todos nos conocíamos, siempre estaban 5 persona. Otra: ¿quienes conformaban ese grupo cerrado? Geraldine Luis Alfredo, yo Adriana, Adriana mas que todo conmigo y Requena eran los más unido, Diego no tanto. Otra: ¿ había ocurrido algo fuera de lo cotidiano? No. Otra: ¿durante la celebración de la (SIC) hechos o posterior ha tenido conocimiento han consumido sustancias estupefaciente o han estado cercano algunos? no. Otra: ¿Adriana Tineo, hasta el momento que llegaron acostarlo (SIC) dentro de lo que era su estado de ebriedad estaba conciente en su conducta o no estaba conciente? yo creo que no, para que lo muchachos fueran acostarla no estaba tan lucida. Otra: ¿y Requena no lo vio cuando se fue acostar?. No Otra: ¿Que la lleva a señalar que el ciudadano Requena estaba ebrio? Me dijeron. Otra: ¿usted o lo vio? Yo lo vi pero no lo vi tan así. Otra: ¿en el tiempo que usted viene tratando y compartiendo con el grupo los muchachos del grupo cerrado y el grupo abierto a tenido conocimiento de que alguien en particular haya tenido una conducta sexual dentro de lo normal? Lo que teníamos, sospecha de que Francisco podría tener otra inclinación, sospecha. Otra: ¿de que se trata esa inclinación? Que era gay. Otra: ¿porque lo llego a pesara? Por su manera de ser. Otra: ¿Que manera de ser? Por que era amanerado. Cesaron las preguntas. ACTO SEGUIDO TOMA LA PALABRA EL JUEZ A LOS FINES DE FORMULAR PREGUNTAS. PREGUNTA: ¿a preguntas formuladas por la fiscalía e incluso por la defensa usted manifestó que retorna a (SIC) los hechos, llego una comisión manifestándoles que tenia que poner una denuncia y no podían recolectar (SIC) evidencia, ese organismo que coadyuvar (SIC), estamos hablamos de funcionarios del Estado o funcionarios del C.I.C.P.C? No estoy segura creo que era le C.I.C.P.C, no estaban uniformados. Otra: ¿estos funcionarios son lo que indican que pongan la denuncia? Nos fuimos la tres. Otra: ¿Quien llamó a los funcionarios? No se quien los llamo. Otra: ¿usted mantiene comunicación o contacto con los cidadanos, Osllireth Murad, Geraldine Olivero, Marilexis Martínez, Maribel Martínez? Con Osllireth, Geraldine si son mis amigas, Marilexi no, somos conocidas, Maribel la hermanos no. Otra: ¿donde pueden ser ubicadas? En pascal: otra: ¿puede indicar la dirección exacta? Residencias pascal piso 6, apartamento no se que numero es son cuatro apartamentos creo que es el 2, es el piso segundo. Otra: ¿si se ubica en la escalera? Subiendo la escalera a mano derecha. Otra: ¿Geraldine? Ahí mismo ellas dos viven ahí. Otra: ¿de su narrativa usted encino (SIC) a un ciudadano Piter, si es el mismo ciudadano que se le conoce como Pedro Rodríguez? Si. Otra: ¿mantiene contacto con Pedro, Miguel Rodríguez? Si. Otra: ¿tiene conocimiento donde puede ser ubicado? El esta en Miami. Otra: ¿conoce algún ciudadano Richard Pereira? Si. Otra: ¿mantiene contacto? Si. Puede decir donde puede ser ubicado? No, tengo tiempo que no hablo con él. Otra: ¿como mantiene contacto con él? por mensaje. Otra: ¿tiene el número de teléfono? 0412-8610769. Otra: ¿en que parte de Venezuela se encuentra Richard Pereira? Aquí mismo en el Puerto. Otra: ¿Usted manifiesta que en su declaración menciono las mismas personas que menciono y añadió que se encontraban dos muchachas puede reconocer las muchachas? No las conocía. Otra: ¿tiene conocimiento si al retornar al lugar de los hechos se encontraba alguna hermana del ciudadano Francico? Ella llego después, ella llegó no se si cuando estaban los policías. Otra: ¿cual fue la actitud? muy agresiva? Otra: ¿Porque? Se lo quería llevar, porque tenia a Requena ahí metió recuerdo si estaban los policías porque los policías le dijeron que no poda (SIC) salir nadie más que todo con ella estaba discutiendo con Osllireth fue feo. Otra: ¿logró usted observa si la hermana del hoy acusado llego a ingresar a las habitaciones de apartamento? El cuarto donde estaba Adriana, agarró algo pero no se decir que (SIC). Otra: ¿a la habitación del lado logro ingresar? No se. Otra: ¿pudo tener conocimiento por si mismo (SIC) o por terceras personas, de cual era el estado de la habitación donde presuntamente había dormido Francisco Requena? Como que hubiese dormido lago (SIC) normal, así alborotada yo la había (SIC) de afuera yo no entre yo me meti donde estaba Adriana. Otra: ¿posterior a los hechos tuvo conocimiento si se recogió (SIC) alguna evidencia donde durmió Francisco Requena? No se. Otra; ¿a preguntas de la defensa técnica usted manifestó que Adriana, estaba bajo los efectos del alcohol, Adriana Tineo, tomo mas que los que estaban presente o realmente no tomo para estar en ese estado? Yo creo que si tomo para estar en ese estado, todo estábamos tomando para estar como estábamos, no creo que haya sido un vasito. Otra: ¿a preguntas de la defensa técnica usted indicó que llevó a ver los zapatos de Francisco en la habitación donde dormía Adriana podía dar características color? Era unos converse el color no recuerdo. Cesaron las preguntas. (Resaltado propio).

ZULY URRIBARRI, Titular de La Cédula de identidad Nº V-5.109.332, de Profesión u Oficio Medico ginecólogo, Con 22 años de servicio, a quien se le pregunta si tiene algún parentescos de afinidad con el acusado, el cual manifiesta que no, quien procede a exponer:
“….esta paciente la vi y no se quien es, nunca mas volvió, no se si revise la citología no recuerdo, según lo que dice el informe es una paciente de 25 años, posterior a traumatismo vaginal por violación según refiere la paciente y su madre sufrida el día 30-07-2011, eso es lo que puede aportar lo que me dijo la paciente no puedo asegurar, lo que vi fue un hematoma pequeño introito vaginal lado derecho, y desgarro himeneal y mucosa perineal ese momento no encontré laceraciones en vaginal (SIC) había flujos blanco no fétido y cuello uterino de aspecto sano, se toma muestra para citología concluyo como lesiones tipo hematoma y excoriaciones en introito vaginal compatible con penetración forzada, ya ni recuerdo lo que vi, en penetración forzada no es necesario que sea una violación puede ser un acto sexual violento consentido por eso no dice violación. Es todo. …”

Igualmente, el citado testigo, a preguntas realizadas por las partes y éste Tribunal, señaló:

Acto seguido el tribunal le concede la palabra al ciudadano fiscal del ministerio público a los fines de que realice las preguntas correspondientes: ¿podría indicar al tribunal según su conocimiento que es el introito vaginal? La puerta de entrada de la vagina, el anillo donde comienza la entrada de la vagina o el canal vaginal. Otra: ¿según sus conocimiento que aspecto caracteriza un desgarro himeneal? El himen es una mucosa, o excedente de la mucosa vaginal que cierra parcial la entrada vaginal y la condición normal, podría describirse un desgarro como la presencia de una solución de continuidad o una herida que en muchos casaos (SIC) ni siquiera es sangrante. Otra: ¿podría indicar que es un hematoma? La coloración bio-láser que puede aparecer en piel o mucosa posterior a traumatismo. Otra: ¿son iguales el hematoma en el área vaginal que los producido en otra partes del cuerpo? Un hematoma se produce posterior a traumatismo por ser diferente la contextura de piel y mucosa puede o no cambiar de color en forma diferente en piel o mucosa. Otra: ¿puede indicar al Tribunal que son excoriaciones? Son lesiones de tipo abrasivo como raspadura que puede sufrir el área afectada. Otra: ¿podría que metidos (SIC) utiliza para evaluar en consulta ginecológica? La infección macro y microscópica, con la ayuda de un colopocopio (SIC), además de de ecosonograma, expeculocopia y la toma de muestra de las diferentes secreciones que puedan haber. Otra: ¿podría definir traumatismo vaginal? Pudre ser cualquier lesiones excoriaciones desgarro, hematoma perforación o herida que comprometa mucosa y o tejidos mas profundos. Cesaron las preguntas. ACTO SEGUIDO SE LE CONCEDE EL DERECHO DE PALABRA A LA DEFENSA A LOS FINES DE QUE FORMULE PREGUNTAS: PRIMERA PREGUNTA: ¿ conforme a lesiones descrita en el informe suscrito por su persona puede usted decirnos las posibles el tipo de lesiones, las posibles causa que las puede ocasionar? Podría estar dado por una relación sexual no consensuada o por una relación consensuada donde haya uso de “juguetes sexuales” una relación cuerpo a cuerpo donde haya habido mucha intensidad. Otra: ¿es posible que el tipo de lesiones descrita por su persona haya podido ser producido por el frote o introducciones de los dedos en el área vaginal? Si es de la propia persona, seria causante de placer no se si llegarías a lacerarse o no, tal vez si es otra persona podría ocurrir. Otra: ¿usted menciono a preguntas realizada por la defensa en respuesta anterior dentro de la cosas (SIC), posible esta el usos de juguete (SIC) que considera usted un objeto sexual, produce excoriaciones o hematomas? Porque la conducta sexual de cada quien es muy propia podría no ocurrir nada a un usando unos elementos de juegos, todo depende de la intensidad. Otra: ¿la excoriación y hematomas observado por su persona puede generar abundante sangriamiento? Depende del desgarre de las excoriaciones. Otra: ¿en el caso específico esas lesiones puede generar sangriamiento u otro tipo de fluidez? Yo vi en esta paciente tres o cuatro días del acto de violación no vi, si vi sangriamiento, de hecho no lo describí en ninguna parte. Otra: ¿dentro de sus conocimientos y dentro de la ciencia médica como describiera usted el tipo de lesiones, leves de mayor gravedad? Son de leve moderada lo que note esta descrio aquí. OTRA: ¿Es posible que el tipo de lesión pueda resistirse por una persona en condiciones normales bien sea un acto sexual forzado o consensuada por la persona? Según lo que vi aquí, para lo que concluir dice que es compatible con una relación sexual si había droga no se, ese de poder resistirse no se tiene explicación si bajo el efecto del alcohol que resistencia podría haber, en condiciones normales puede resistir y se ve los hematomas, porque se niega a mi no refieren si estaba tomada o drogada no recuerdo mas precisión de esto no puedo dar. ACTO SEGUIDO TOMA LA PALABRA EL JUEZ A LOS FINES DE FORMULAR PREGUNTAS. PREGUNTA: ¿usted hizo referencia a lesiones de tipo abrasivo, según sus conocimiento(SIC) que la Relaciones (SIC) unguales, están dentro del tipo a abrasivas(SIC)? Si están. Otra: ¿hay mas (SIC) posibilidad ese tipo de lesiones puedan ser causadas por un hombre que halla sido (SIC) por un miembro viril? Las excoriaciones si puede ser por un uñas, por un objeto, por el miembro viril no, las celebraciones (SIC) si. Cesaron las preguntas. (Resaltado propio).


Se toma como factor concluyente para determinar que efectivamente la ciudadana ADRIANA CAROLINA TINEO fue agredida sexualmente, toda vez que el experto forense señaló mediante el Reconocimiento medico que las heridas producidas fueron de tipo abrasivo, aunado al señalamiento de la Medico Ginecóloga ZULY URRIBARRI que la víctima presentó heridas que pudieron ser ungueales.

Ahora bien, no queda dudas para este Juzgador una vez escuchada la declaración de la testigo ESTEFANIA CAROLINA RAMIREZ MAIZ quien manifestó que la conducta del ciudadano condenado era “amanerada o era gay” y adminiculada con la declaración del ciudadano CARLOS ENRIQUE DIAZ H, la declaración de Medico Ginecóloga ZULY URRIBARRI y aplicando las reglas de la lógica, las máximas de experiencia que la conducta desplegada por el sentenciado es propia de una persona con desviación sexual, por cuanto el abuso sexual se cometió utilizando sus manos y dedos, en otro caso cualquier abusador sexual lo hubiera realizado con su pene y sin necesidad de dañar la vagina de la victima de forma descomedida.

ISAURA NAARAI ROJAS RODRIGUEZ, Titular de La Cédula de identidad Nº V- 16.073.960, 30 años, con profesión u oficio: psicólogo, del Equipo Interdisciplinario de este Circuito, desde el año 2010, a quien se le pregunta si tiene algún parentescos de afinidad con el acusado, el cual manifiesta que no, quien procede a exponer:
“….la evaluación realizada la (SIC) ciudadana Adriana Tineo, inicio en el mes de agosto del año 2011, a la misma a se le realizaron a nivel evaluativo tres sesiones siendo aplicado a la misma la entrevista clínica como la prueba psicológica requerida para dicho caso, entre la pruebas psicológica tenemos la figura humana de Karen Mashober (SIC), la prueba de completacion (SIC) de frases incompletas, y el tes (SIC) bajo a lluvia, la conducta de la ciudadana bajo el proceso evaluativo se caracterizó por exteriorizar orientación en espacio tiempo y persona, mostró juicio a nivel de la realidad, manifestando una tensión y una concentración dentro de lo esperado, no obstante es de significancia resaltar que la misma mostró reacciones emocionales de forma reiterativas en cada una de las sesiones, siendo resaltante el llanto incontrolable, miedo, y lato (SIC) niveles de ansiedad, entro los criterios representativo reflejados en la prueba psicológica en su comportamiento de reacciones depresivo, miedo a presentar un daño a su integridad física, sentimiento de vergüenza y culpa, reexperimentacion (SIC) aislamiento como tendencia paranoicas, vivencia en la reexperimentacion (SIC) de sensaciones de dolor, somatizaciones, reexperimentacion (SIC) en pensamiento dados por recuerdos del hecho denunciados, generando cambio en su estado de animo y escaso autoestimación, en relación la (SIC) delito la conducta de la misma, se caracterizo (SIC) por su relato según lo mencionado un relato congruente en, lo que podía recordar, especificando de forma espontánea , la sensaciones, las personas, y los pensamientos vividos, fue enfática en mencionar los cambios que dicho hecho mencionado han afectos (SIC) su estado emocional, debido a ello se puede concluir que la presente victima evidencio la una sintemologia (SIC) o rasgos ansiedad, en donde las áreas a nivel conductual emocional, se encuentran alteradas, de forma significativa ¡induciendo de esta manera la presencia de indicadores que se asocia en la vivencia traumáticas en el área social. Es todo. …”
Igualmente, el citado testigo, a preguntas realizadas por las partes y éste Tribunal, señaló:

ACTO SEGUIDO TOMA LA PALABRA LA REPRESENTANTE FISCAL A LOS FINES QUE FORMULE PREGUNTAS: PRIMERA PREGUNTA: ¿podría indicar la Tribunal de donde proviene los test aplicado para evaluar a la victima? La batería, la prueba psicológica son estados exteriorizados que se ejecutan a nivel mundial, mediante aportes científicos, de profesionales de salud mental, quienes intenta (SIC) cuantificar de forma científica el comportamiento humano, diversos países, como Estado Unidos, Argentina México han aportados avances en la ciencia de la psicología mandante estas pruebas. Otra: ¿podría indicar al Tribunal que indicadores le permitieron concluir unos diagnósticos de stress (SIC) postraumático? Los indicadores en este diagnostico están determinados por la presencia de un tipo de trastorno de ansiedad, caracterizados por criterios a nivel reexperimentacion (SIC) de recuerdo asociados al hecho que generan cambios significativos en su comportamiento, cambios en sus hábitos alimenticio, cambios en sus hábitos de sueños, presentando pesadilla recurrente reexperimentacion (SIC) asociadas al hecho, como recuerdo intrusos de los vivido, a s (SIC) vez indicadores hacia alto niveles de angustia, siendo exteriorizadas mediante reacciones fisiológica, sudoración, taquicardias, de escasos control para la misma, también es importante los rasgos depresivos los Ciales (SIC) genero (SIC) en la misma cambios en sus sistema anímico, disminución en el apetito, sobre todo constante ideas paranoica en el temor de sufrir un daños físico. Otra: ¿podría indicar si los tes (SIC) por usted aplicados le permite identificar que una victima este fingiendo? Los test psicológico brinda a los especialistas de Salud mental en este caso psicólogico a encontrar rasgos, criterios que son comparados con la entrevista clínica, para logra identificar cualquier tipo de relato mecánico, improvisión de u (SIC) hecho denunciado, mediante estas dos herramienta el Psicólogo puede constatar, el daño psicológico real en una victima, Otra: ¿ podría indicar la (SIC) tribunal que indicador le permitió realizar el hallazgo de la victima que denominó sentimiento de culpa? A nivel de la entrevista el relato cuando indicó su decisión de asistir a la fiesta y de evitar cualquier tipo de comportamiento para llegar a ser victima y a nivel emocional con la pruebas se evidencio el sentimiento de culpa y vergüenza, la culpa es lo anímico en ese tipo de delito se asocia con la descalificación personal, lo que genera en ella una movilización emocional dada por llanto, por descalificaciones por auto etiquetas personales generando un patrón ella a nivel emocional, Otra: ¿ podría indicar la tribunal cual fue el tratamiento y las recomendaciones a la consultantes Adriana Tineo? el equipo no placa (SIC) tratamiento sin embargo después de la evaluación se dan a recomendaciones, sin embargo se recomendó una evaluación psiquiatra para profundizar los criterios, psicológicos diagnostico, también se le sugirió atención psicológico para a largo plazo ir superando esta trauma psicológico. Otra: ¿Podría indicar según su experiencia cuando un paciente supera el trauma? la superación de depende de la personalidad de la victima, cada victima es diferente a evidenciar un trauma, depende de ella de estar en continua atención psicológica e atención psiquiatrica, se dan casos según el tipo de vulnerabilidad en victima hay victima que logran en seis meses en un año (SIC) para identificar lo criterios diagnósticos para continuar con su proyecto de vida, una variable resaltante en la superación de este tipo de vida es el tipo de sufrimiento vivido, como el apoyo familiar que pueda presentar la victima (SIC) Cesaron las preguntas. ACTO SEGUIDO SE LE CONCEDE EL DERECHO DE PALABRA A LA DEFENSA A LOS FINES DE QUE FORMULE PREGUNTAS: PRIMERA PREGUNTA: ¿ puede uste explicarnos específicamente e (SIC) el presente informe cual fue si labor dentro del mismo? Evaluar, al momento de solicitud el juez también o una orientación lo que el proceso judicial. Otra: ¿el informe psicológico esta suscrita por su persona? Si. Otra: ¿reconoce su contenido y firma? Si. Otra: ¿el proceso de evaluación se origina conforma a cuales pautas o técnicas? Las técnica en ese tipo fueron dados por la comisión Nacional de Justicia de Genero en lo que son protocolo, el que Equipo de área Metropolitana nos dan las instrucciones al Equipo de cada Estado, donde existe un formato, para ejecución del informe integral como psicológico. Otra: ¿normalmente el Equipo Interdisciplinario opera a los efectos de evaluación (SIC) una victima? No solamente es evaluar el Equipo cuando el juez requiera un tipo de orientación el Equipo actúa. Otra: ¿En el caso especifico que le fue solicitado por el juez? No recuerdo bien, si solicito (SIC) la evaluación del caso. Otra: ¿a su criterio considera usted importante o apropiado que en lo hechos de este tipo proceda evaluación de igual forma, para la persona que esta siendo juzgado? En este caso se solicito solamente evaluación de la victima, hay otros casos que si se hace a los imputados en este caso no. Otra: ¿considera usted que el informe practicado, se debe tener como es de considerase una prueba de certeza o de probabilidad? Las pruebas son de certeza, hacia la sintomatología. Otra: ¿ los rasgos descritos en el contenido, del presente informe, entre alteraciones emocionales situación traumática, aislamiento, permiten a la victima un comportamiento disociado a la actividades cotidianas y la incorporación o iteración con otras personas? La victima no presentó disociación ni trastorno disociativos de la conciencia, presento orientación, en tiempo, lugar y en el espacio, reconocimiento de su entorno y sus actividad de su estado emocional. Otra: ¿es posible que una victima afectado por un hecho de este tipo, tenga, momentos de esparcimiento y recreación? Depende de la victima, una victima al sufrir un hecho traumático a los dos meses ella puede interactuar en este caso ella preguntada si ella podía superar el hecho y se le indico seguir adelante con su vida. Otra: ¿ en su apreciación y su criterio a la ciencia que domina, la incorporación habitual cotidiana actividades de una victima de este tipo de delito ocurre aproximadamente de que tiempo? Depende de la victima, hay victima q lo hace al mes, otra a los tres mese otras al hecho, a los dos semanas, la victima no quiere enfrentar el hecho, el tiempo va depender de la victima, este tipo de diagnostico, depende mucho del criterio de la victima para continuar. Otra: ¿a pregunta realizad por el Ministerio Público, entorno a lo manifestado, en relación al sentimiento de vergüenza y culpa, refirió usted y lo capte dos momento dos escenarios, usted indicio cuando la fiscalía que en la entrevista la culpa iba dirigida al hecho de asistir a la fiesta y de cualquier tipo de comportamiento de llegar hacer victima, en su segundo momento refiere que a prueba la culpa en el aspecto anímico iba asociado a lo emocional , llanto, para haber a revelado al hecho de que la victima o mejor dicho la victima dentro del test o la evaluación realzada expreso antes usted de alguna u otra manera el no haber podido evitar o dar un comportamiento?¿ el comportamiento no esta dirigido al hecho, si no al punto de la bebida de haber soltado el vaso, de que ella estaba tomando, otra es la culpa o la vergueta (SIC) que estaba con personas conocidas y el hecho de despertarse y encontrarse de esa forma le genero (SIC) culpa, el comportamiento es mas (SIC) que todo hacia el hecho de haber evitado del vaso de la bebida ella dijo que su bebida fue alteado (SIC) que ella no tiene antecedentes de bebidas alcohólicas y como el hecho que estaba con compañeros de confianza, ella sentía mucha vergüenza porque eran muchas personas conocidas que sabían del tema eso en lo emocional la alteró mas (SIC). ACTO SEGUIDO TOMA LA PALABRA EL JUEZ A LOS FINES DE FORMULAR PREGUNTAS. SE DEJA CONSTANCIA QUE EL TRIBUNAL NO VA HA REALIZAR PREGUNTAS.

ARQUIMIDES JOSE FUENTES GOMEZ, Titular de La Cédula de identidad Nº V- 4.186.286, de Profesión u Oficio Psiquiatra Forense del C.I.C.P.C, Con 24 años de servicio, a quien se le pregunta si tiene algún parentescos de afinidad con el acusado, el cual manifiesta que no, quien procede a exponer:
“….la experticia esta fechada el 30-11-11, fue realizada la ciudadana Adriana con 25 años de edad, para el momento de la realización de la experticia, los motivos de la experticia psiquiátrica, motivado a un abuso sexual por parte de unos amigos como lo refiere ella, se concluye que tiene una reacción depresiva realizada con su experticia actual, y se hace recomendaciones sobre apoyo psicológica antes la situación. Es todo.…”
Igualmente, el citado testigo, a preguntas realizadas por las partes y éste Tribunal, señaló:
ACTO SEGUIDO TOMA LA PALABRA LA REPRESENTANTE FISCAL A LOS FINES QUE FORMULE PREGUNTAS: PRIMERA PREGUNTA: ¿ según su informe hace referencia a que la victima en esa oportunidad de la consulta, tienen una depresión (SIC) depresiva, podría explicar según su conocimiento científico, que es un reacción depresiva? En este caso la reacción depresivo en sinónimo de una depresión reactiva, es la causa efecto, esta realizada con un hecho traumático, el cual ha sido violentado la seguridad de esta persona, en las cuales ella había expuesta la causa, los motivo de la violación. Otra: ¿que signo puede indicar esa depresión al cual hace referencia? Ese tiene tres componente un componente conductual es la manea (SIC) de comportarse, esta expresado la tendencia al llanto, un pensamiento negativo, donde ella manifiesta que se encuentra confundida se siente burlada y alteración un componente somático que no esta descrito acá puede expresa (SIC) en otras personas, pero son tres componente, tenemos dos aquí expresado, Otra: ¿ según su apreciación como medicina especialmente de la psiquiatría, podría usted de una manera indicar, que síntomas que manifestación podría expresar una Persona que haya sido abusada sexualmente? Ya lo he explicado anteriormente con el componente del pensamiento, proyecciones negativas hacia el futuro, alteración en el comportamiento en este caso tendencia al llanto tener inseguridad en la relaciones interpersonales. Cesaron las preguntas. ACTO SEGUIDO SE LE CONCEDE EL DERECHO DE PALABRA A LA DEFENSA A LOS FINES DE QUE FORMULE PREGUNTAS: PRIMERA PREGUNTA: ¿cuales fueron las causas de esa depresión? Ella habla de una abuso sexual, de que este (SIC) comportamiento con unos amigos y se presento este problema. Otra: ¿conforme a la descripción del examen mental que usted realiza de la técnica empleada, examen mental, psiquiátrico, ahí arroja el examen es posible, que una persona abusada sexual de manera inmediata pueda concurrir a eventos social? Concurrir si, el no concurrir es aislamiento, el aislamiento no puede ser físico, si no emocional, una persona puede concurrir física (SIC), las persona puede seguir una vida normal pero no esta dentro de esto. Otra: ¿las pruebas practicadas a la paciente en el ámbito de la psiquiatría son pruebas totalamente (SIC) confiables? Del punto de vista medico so (SIC) confiable, el psiquiatra tiene tres técnicas las cuales se basa la psiquiatra para la alteración de un momento determinado, son pruebas confiables, son bien estructuradas para uno tener confiabilidad. Cesaron las preguntas. ACTO SEGUIDO TOMA LA PALABRA EL JUEZ A LOS FINES DE FORMULAR PREGUNTAS. PREGUNTA: ¿La evaluación realizada su persona puede llegar a determinar que existe una persona que cometió un hecho punible, en ese sentido obviamente no individualaza ese sujeto? No, el hecho de quien fue no corresponde lo que yo puede interpretar que hay un hecho traumático, y de que esa manifestación depresiva es realizada con ese hecho un acto de confiabilidad de lo se esta siendo, puede haber un margen de no confiabilidad pero la mayoría es confiable. ACTO SEGUIDO EL JYEZ (SIC) TOMA LA PALABRA y expone: con fundamento al ultimo aparate del articulo 337 del COPP, se solicita al experto la Interpretación de la medico psiquiatra YAMILETH ROMERRO(SIC) acto seguido el EXPERTO: ARQUIMIDES JOSE FUENTES GOMEZ, seguidamente expone: este es otro diagnostico es Sinónimo del anterior , es de reacción depresiva, le faltaría a este traumática le falta algo, se le podía agregar como un adjetivo, podría ser alteración del estado de animo, con alteración de la conducta o con alteración del estado físico a veces se incluye los tres en el cuando del caso de vargas hubo un trauma, había muchas personas quedaron divagando perdidos, confusos seria una alteración conductual después de un evento nos (SIC) traumático . ACTO SEGUIDO TOMA LA PALABRA LA REPRESENTANTE FISCAL A LOS FINES QUE FORMULE PREGUNTAS: PRIMERA PREGUNTA: ¿Usted como experto me podría que es un estado depresivo? Es una alteración del estado de animo no es una disminución del estado de animo, la alteración puede ser de la lado positivo, que seria las manías, o hacia el polo negativo que seria la depresiones, es una alteración del estado de animo hacia el polo de animo. Que son las manías? Es una exaltación del estado de ánimo, es un aumento del estado de ánimo hacia el polo negativo o positivo. Otra: ¿en su intervención hace referencia según el informe, a un trastorno de estrés pos (SIC) traumático? El estrés tiene q (SIC) ve (SIC) con una manifestación somática, donde hay generalmente donde la persona anda nerviosa anda tenso, hay un pensamiento hacia lo negativo. Cesaron las preguntas.


GALINDEZ MOLINA ZENAIDA Titular de La Cédula de identidad Nº V- 16.054.362, de 36 años, con profesión u oficio: laboratorio departamento criminalístico Anzoátegui como jefa de la misma, Con 12 años de servicio, a quien se le pregunta si tiene algún parentescos de afinidad con el acusado, el cual manifiesta que no, quien procede a exponer:
“….tengo en mis manos una experticia numero 780 donde me mandan a determinar grupo sanguíneo (o puede ser biológico) así también como sustancias seminal, vamos con la primera evidencia, la cual consiste en una sabana tipo kuin (SIC) color azul presentada consideciones (SIC) de adherencia en su superficie, de presunta naturaleza hematica, se presento (SIC) a realizar los análisis correspondiente a la investigación de sangre se hizo una prueba con castel meyer (SIC) dando como resultado positivo luego se pasa al (SIC) con el reactivo dando resultado positivo luego utilizamos el kit (SIC) de especie va para (SIC) si la sangre es humana, dando como resultado positivo luego pasamos al método absorción y elución para determinar su grupo sanguíneo el método de determinación consiste en tomar una muestra con gasa y solución salina y luego se coloca a secar de un día a otro. Posteriormente colocamos tres muestra de fibra las colocamos en tubos de ensaño identificados con letras a y b se le coloca su suero se tapa con papel parafina y se deja en la nevera por tres días el siguiente paso se hace su respectivo lavado luego se le coloca una gota de sangre en la letra a y una gota de sangre en el tubo b. pasa para la -------- (SIC) por 10 minutos y posteriormente se lee en una lámpara. Dando como resultado que la muestra que se tomo en la sabana es de grupo sanguíneo A pasamos al segundo procedimiento para la sustancia seminal en la misma evidencia donde se procedió con el método de orientación que es la lámpara de woud (SIC) dando como resultado negativo luego procedimos antigueno (SIC) prostático especifico dando como resultado negativo, en conclusiones con la evidencia enumerada con el numero 1 era sabana presentaba sangre humana grupo sanguíneo a y no presentaba sustancia seminal. Evidencia numero 2 consistía en una funda de colores varios igualmente estaba en mal estado y presentaba tenues. Se tomo muestra para efectuar prueba de sangre y semen se realizaron los mismos pasos el mismo procedimiento donde se dio como resultado que la evidencia era (SIC) funda había sangre y era humana. Mas no se pudo determinar grupo sanguíneo ya que la muestra era muy exigua para la determinación de sustancia seminal la misma se realizo (SIC) dando como resultado que la sustancia no presencia sustancia seminal, la evidencia numero 3 que consistía en una funda color veis (SIC) la misma estaba en regular estado signos evidentes de suciedad y tenues manchas de aspecto para rojito de naturaleza hematica la misma SE TOMO LAS MUESTRAS PARA EL (SIC) análisis de determinación de sangre y sustancia seminal dando como resultado que presentaba sangre era humana mas (SIC) no se determino (SIC) grupo sanguíneo por lo exiguo de la misma y en la investigación seminal dio como resultado la misma no presenta, evidencia numero 4 que era una franela de color verde la misma se procedió de investigación de sangre y semen dando en ambos análisis negativos. Evidencia numero 5 que consistía en un pantalón tipo jeans color azul el mismo se le hizo la investigación correspondiente de sangre y semen y dando como resultado de ambos análisis negativos. Numero 6 que consistía en una (SIC) pantalón corto color blanco se procedió a realizar los exámenes de sangre y semen los cuales arrojando a resultado negativo en ambos. Evidencia numero 7 un boxer azul talla M que se encontraba en regular estado se procedió a realizar los exámenes para verificar tipo de sangre y (SIC) seminal, dando en ambos resultados como negativo, evidencia numero 8 consistía en una franela color azul talla l (SIC) se encontraba en regular estado se procedió a realizar los exámenes necesarios dando como resultado de las mismas negativos. Evidencia numero 9 identificado como pantalón jeans marca Levis color azul en regular uso y conservación se procedió analizar los exámenes correspondiente de análisis de sangre y seminal en ambos resultado dio negativo. Evidencia numero 10 que consistía en una correa de color rojo, en regular estado de uso y conservación se realizo los exámenes correspondientes de análisis de sangre y investigación de semen se realizo su respectivo maceador (SIC) que dio como resultado negativo. Evidencia numero 11 que consistía en un boxer color azul talla g se encontraba en regular estado uso y conservación se realizo los análisis correspondientes de sangre y sustancia seminal dando como resultado en ambos análisis negativos evidencia numero 12 que consistía en par de zapatos marca convér (SIC) color rojos, se realizo los exámenes correspondientes de sangre y sustancia seminal ambos análisis dieron negativos. Evidencia numero 13 que consistía en un vestido se encontraba el mal estado de uso y conservación de suciedad y mancha y aspecto rojizas, la misma se procedió a realizar los exámenes de sangre dando como resultado positivo en la prueba de orientación en el aparato (SIC) castel meye (SIC). Dando positivo en en (SIC) Meister (SIC) dando positivo de investigación de especio arrojando que es sangre humana, y la determinación de grupo sanguíneo tipo a en el segundo análisis que es la investigación seminal dio como resultado negativo. Mas (SIC) no presenta sustancia seminal, la evidencia numero 14 que consiste en un blumer de color blanco presentaba mal estado signo evidencia suciedad en su área genital la misma se procedió en realizar investigación de sangre dando como resultado positivo asi mismo como su grupo sanguíneo de grupo a la misma se puede decir que era sangre de grupo sanguíneo tipo a. para los análisis de la investigación seminal de la misma evidencia dio resultad (SIC) negativo. La muestra que presentaba el blumer de color blanco se consumió en la totalidad de la experticia. Es todo. …”

Igualmente, el citado testigo, a preguntas realizadas por las partes y éste Tribunal, señaló:
ACTO SEGUIDO TOMA LA PALABRA LA REPRESENTANTE FISCAL A LOS FINES QUE FORMULE PREGUNTAS: PRIMERA PREGUNTA: las evidencias de la que usted acaba de destacar fueron remitidas al laboratorio biológico por otros del área criminalística . yo no se si las evidencias que yo procese le hicieron otro tipo de experticia si física no de barrido otra: puede indicar al tribunal que se entiende de mecanismo de contacto, respuesta: mecanismo de formación de contacto es cuando existe una evidencia que tiene un tipo d (SIC) contacto con la evidencia. Otra: podría indicar en que consiste el castel meyer (SIC). Consiste en un reactivo que se ulitiza (SIC) como primer paso de orientación para comprobar si dicha sustancia es sangre. Se toma con una Gaza luego se le coloca 1 o dos gotas (SIC) dando como una reacción de color fucsia otra: cual de los métodos realizados por usted constituye método de certeza para la determinación de sangre tomaría de reactivo de teichmany (SIC) asi como el kit de determinación de especie que nos muestra si es sangre humana o no, y para la investigación de certeza para la investigación el Pca que es el especifico. Una vez realizadas las evidencias a que departamento son evidencias. Luego realizados los análisis las mismas son embaladas y enviadas al departamento solicitadas en este caso al sub delegación de puerto la cruz otra: los métodos utilizados para realizar la experticia quien los escoge: los métodos utilizados para ambos análisis son escogidos por la coordinación policial de caracas. Otra: que características define a una evidencia de mal estado: puede ser cuando digo en estado de suciedad que no se encuentran en uso adecuado de la misma. otra: Que características define a una evidencia de regular estado: que la evidencia todavía puede ser utilizada no se encuentra muy dañada. Otra: puede indicar al tribunal como se realiza el enmasedaro (SIC) de una muestra. Se toma una pequeña gasa luego se le coloca una gotas de solución salina y la misma se le pasa a la evidencia para que absorba se coloca en un acetato para ponerse a secar en un día luego se realiza los métodos su análisis. Es todo. ACTO SEGUIDO SE LE CONCEDE EL DERECHO DE PALABRA A LA DEFENSA A LOS FINES DE QUE FORMULE PREGUNTAS: PRIMERA PREGUNTA: ¿ cual es el objetivo o fin realizada por su persona. Respuesta: realización tuvo la finalidad de determinar sustancia hematica y sustancia seminal. Otra: refirió usted que el hecho de ser exigua a la muestra impedía la determinación de tipo sanguíneo me puede explicar: cuando me refiero que fue exigua para determinar su grupo sanguíneo consiste en que se tienen que tomar diferente muestras una se toma para la prueba de determinación una para la prueba de orientación y la prueba de certeza y por ultimo se tomo la prueba para la determinación de semen, otra: tienen los tipos de superficie de ser analizadas alguna incidencia de obtención de los resultados de este tipo de experticia. Si nos referimos a la experticia que yo realice no hubo ningún tipo. Que haya cambiado el resultado. No hubo impedimento Otra: en este tipo de experticia no es necesario describir las características de tamaño y forma : en algunas ocasiones si en esta experticia, mecanismo de formación que es por contacto que fue lo que pude apreciar, otra: el termino de mecanismo de contacto puede ser ampliado de una manera mas coloquial de su persona de sus efectos de ilustrar a esta defensa que no quedo muy claro que cuando fue respondido: cuando yo me refiero que hay un mecanismo de contacto es cuando dicha evidencia tiene relación con la victima o victimario hay un roce un contacto. Donde si hubo el contacto como tal y hay es donde que da la impregnación y la diferencia cuando es por salpicacion hay ya (SIC) no hay contacto, otra: esa sustancia a examinar cuando tiene ese mecanismo de formación por contacto poseen unas características específicas, que podrían determinarse manchas o impregnaciones respuesta: si otra: las muestra o evidencia a analizar llegan con su cadena de custodia: si ACTO SEGUIDO TOMA LA PALABRA EL JUEZ A LOS FINES DE FORMULAR PREGUNTAS. No realizara preguntas.

Se toma como factor concluyente para determinar que efectivamente la ciudadana individualizada como victima fue agredida sexualmente, toda vez que el experto forense Psiquiatra, así como la psicóloga del Equipo Interdisciplinario señalaron su estado Psíquico que la víctima presentó fue producto del hecho vivido.

Asimismo la experto quien realiza los estudio en búsqueda de sustancias de naturaleza hematica como seminal, concluyo que efectivamente se encontró sangre humana tipo “A”. Y como dato importante no encontró sustancias de naturaleza seminal; lo que afirma la tesis de este decisor.

DIEGO ALEJANDRO VILLEGAS ROJAS, titular de la cedula de identidad Nº V- 17.781.290, De 27 años, profesión u oficio: CONTADOR PUBLICO. Quien expone:
“…el día 29 de julio de 2011, estamos en una fiesta cumplió Estefanía Ramírez y el día siguiente cumplía yo el día 30, Estefanía estaba como 15 personas, estuvimos tomando luego en la noche fuimos a casa de LUIS ALFREFO GUERA, ahí estuvimos festejando y en horas de la mañana nos reunimos a todos lo que estaban ahí, Luis Alfredo que Adriana la violaron algo así y luego el escándalo y nos quedamos ahí unas personas no me acuerdo cuantas y luego llego el C.I.C.P.C, y fuimos a declarar lo que estuvimos presente creo que todos. Es Todo…”

Igualmente, el citado testigo, a preguntas realizadas por las partes y éste Tribunal, señaló:

SE LE CONCEDE EL DERECHO DE PALABRA AL REPRESENTANTE FISCAL PARA QUE FORMULE PREGUNTAS: PRIMERA PREGUNTA: ¿ según su relato podría indicar si observó a la ciudadana Adriana Tineo en la fiesta que refiera bajo los efectos del alcohol? Respuesta: Si estaba tomada pero sin formar un escándalo. Otra: ¿Tiene usted conocimiento si la ciudadana Adriana permaneció junto con la totalidad de los invitados? Respuesta: Si mal lo recuerdo, se fue a dormir no tengo no puede decir hora pero fue antes que muchos. Otra: ¿Tiene usted conocimiento con mayor detalle del hecho que le participó Luis Alfredo? Respuesta: Básicamente nos dice esa noticia el impacto el escándalo, violaron una amiga no sabíamos nada las muchachas llorando, fue muy conmocionado de los hechos en si no tengo conocimiento, y del hecho trate de no saber lo menos posible, fuimos a la para la P.T.J.T.A, fuimos a la fiscalia, fue impactante. Otra: ¿Tiene conocimiento de que algunos de los presente en la celebración fue consumidor de sustancia estupefaciente? Respuesta: No. Cesaron las preguntas. ACTO SEGUIDO LA DEFENSA VA HA RELIZAR PREGUNTAS: Primera: Primera: ¿cuando usted refieres que la ciudadana Adriana Tineo estaba tomada a debido a que se refiere? Respuesta: Se fue a dormir primero que todo porque se sentía mal. Otra: ¿logro usted observar Adriana en esa noche? Respuesta: Si claro pero nunca logre obtener observación porque eran 15 personas. Otra: ¿Recuerda usted esas 15 personas a las cuales hace mención? Respuesta: No todos. Otra: ¿Podría mencionarlas? Respuesta: Luis Guerra, orllireth , Estafania Ramirez, , Geraldine Oliver, Maribel y Marilexi Martines, Richard Pereira, Rey Wally, hay mucha mas gente Alejandra no recuerdo su apellido, Francisco Requena. Otra: ¿De esas 15 persona recuerda usted haber observado algunas personas con efecto del alcohol más de lo normal, o bien con cualquier otra característica no común? Respuesta: De verdad no, común no. Otra: ¿Consumieron bebidas alcohólicas esa noche? Respuesta: Si. Otra: ¿recuerda que consumieron? Respuesta: Si mal lo recuerdo era cuba libre no estoy seguro. Otra: ¿Ha consumida sustancia estupefaciente? Respuesta: Jamás. Otra: ¿Supo usted durante la celebración de un hecho en particular que haya ocurrido esa noche que llamara su atención? Respuesta: Supe en la mañana siguiente que nos reunieron nos dijeron la noticia. Otra: ¿Refiero usted que recuerda que Adriana se fue a dormir antes que mucho porque motivos? Respuesta: Supongo que se sentía mal. Otra: ¿Supones a o afirmas? Respuesta: Supongo. Otra: ¿Ves a Adriana al memento q su fue a fue a dormir? Respuesta: No lo vi supe que se fue a dormir. Otra: ¿Por medio de quien o si por medio de su persona que Adriana se fue a dormir? Respuesta: De verdad no recuerdo. Otra: ¿Solo Adriana fue a dormir o hubo otra persona? Respuesta: En la mañana supe que estaba Francisco durmiendo no se si otra persona no tengo conocimiento de potras persona. Otra: ¿Menciono usted que todas las personas que se encontraba fueron dirigidas al C.I.C.P.C? Respuesta: Creo que todas por lo menos el grupo mas cercano. Otra: ¿Fue usted? Respuesta: si. Otra: ¿Que ocurrió en el C.I.C.P.C? Respuesta: Fueron llamando uno por uno y pasamos la medico forense que no hicimos unos exámenes recuerdo que fui uno de lo últimos de que hice la declaración. Otra: ¿Que tipo de examen se le practicaron a su persona? Respuesta: Muestra en el pene. Otra: ¿Algún otro examen a parte de ese? Respuesta: No. Otro: ¿Ha mantenido usted contacto trato o comunicación con ese grupo a que hace relación al día 29 y 30? Respuesta: Con algunos no como antes por el hecho me fui de esta ciudadana y este tema prefería no tocarlo, me causa malestar. Otra: ¿Con que persona posterior al hecho sigue teniendo comunicación su persona? Respuesta: Luis Alfredo Estefanía, Juan David. Otra: ¿Hablaron luego de los hechos a cerca del tema? Respuesta: Sobre toda a la semana inmediata porque estábamos todos conmocionados. Otra: ¿Que hablaron al respecto? Respuesta: La situación en la fiscalia, preguntaron que va a pasar, después de eso momento inmediato el tema no tuve contacto con ellos. Otra: ¿A parte del tema de la fiscalia se ahondo mas del hecho en o la responsabilidad de una persona? Respuesta: Yo de verdad no, prefería mantenerme al margen, se escuchaban cosa, pero en concreto no sabia, sabia lo macro detalle no. Otra: ¿Luego de enterarse de la noticia lo pone en conocimiento Luis Alfredo Guerra pudo ver Adriana? Respuesta: Me la cruce en le C.I.C.P.C, no se si la vi en Carúpano se que en el C.I.C.PC la vi. Otra: Le logro decir algo Adriana? Respuesta: Lo que le paso en el C.I.C.P.C, que la violaron y de verdad del hecho en si, no porque eso fue el peor de mi vida no quería hablar de eso vine porque es la Ley pero no porque quería hablar de eso. Otra: ¿Quien le pedio que viniera? Respuesta: La fiscalia. Cesaron las preguntas. ACTO SEGUIDO EL JUEZ VA HA REALIZAR PREGUNTAS: Primera: ¿Usted logro o ver o logro observar o recuerdo el momento en la cual ciudadano Francisco Requena, se retira de la reunión a irse a descansar? Respuesta: De verdad que de un momento note que estaba ausente y en la mañana lo vi pero de que se iba a costarse no se. Otra: ¿Logro usted observar la habitación de donde salio el ciudadano Francisco Requena? Respuesta: No, creo que estaba durmiendo en el cuarto del papá de Luis Alfredo y de hecho Luis Alfredo nos dijo que podíamos pasar. Otra: ¿Que fue lo que le dijo el ciudadano Luis Guerra al momento de informa lo que había pasado? Respuesta: Que había pasado algo malo, que habían violado a Adriana, que nadie saliera de ahí, que lo confiesen si alguien fue, se le da la oportunidad de que se entregue, la conmoción, la gritadera hasta que llego el C.IC.P.C, las muchachas llorando. Otra: ¿Porque el señor Luis Guerra dijo que violaron a Adriana? Respuesta: Será que le dijeron no se como llegó la información será las muchachas que se lo dijeron, Orllireth. Otra: ¿Señalo Luís Guerra donde se cometió el hecho? Señalar no. Otra: ¿Indico? No se si fue ese día se que me entere que fue en el cuarto de el, no en el cuarto principal, no tengo claro si dijo aquí fue, todos nos quedamos que llegara el C.I.C.P.C. Otra: ¿Alguno de los que estaban presente fueron un poco más temerarios que usted y si lograron ir al cuarto? Respuesta: Eso de verdad no se lo puedo decir Luis Alfredo que es le dueño de la casa si pudo ver, pero otra persona no se. Cesaron las preguntas.

Así nos encontramos que la declaración del ciudadano DIEGO ALEJANDRO VILLEGAS ROJAS en una declaración totalmente conteste con los demás testigos, llevó al convencimiento pleno al tribunal en relación a como sucedieron los hechos. Y ASI SE DECIDE.

Ahora bien en relación a las siguientes testimoniales de:
GASCON MAURERA DANIEL ALCIDES, titular de la cedula de identidad Nº 13.815.105, profesión u oficio: Funcionario del C.I.C.P.C con 10 años de servicio. A quien se le pregunta si reconoce el contenido y firma manifestando la misma que si y Quien expone:
“…estamos los jefes de guardia, yo era jefe de guardia y en hora de la mañana llego una joven a formula (SIC) la denuncia porque había sido abusada sexualmente, procedió (SIC) a recibir la misma posterior a ello, y con su compañía nos trasladamos a lugar del hecho, con la finalidad de realizar la diligencia (SIC) del caso, una ves (SIC) en el inmueble fuimos recibido por uno de lo chico (SIC) que se identificó como dueño de la casa y les expusimos el motivo de nuestra presencia y de otros jóvenes que estaban amanecidos de (SIC) una fiesta, logramos a (SIC) la identificación de ellos, de todos los presente, procedió el funcionario Héctor Villarroel, en practicar la inspección técnica del inmueble, logrando colectar como itere (SIC) criminalistico, una sabana, y dos fundas de almohada la cual estaban impregnada de una sustancia (SIC) de color pardo rojizo de presunta naturaleza hematica, posterior a ello proseguimos en trasladar a todos los presente que estaban en el inmueble, hasta la sede de nuestro de despacho con la finalidad lograr la determinación de los hechos y recibir entrevistas a las demás Persia(SIC) que ahí se encontraban, una vez en la sede de nuestro despacho, dividimos a los masculinos de la (SIC) femenino, los separamos colocando en oficina distintas y se proseguio (SIC) mandar a quitar la ropa interior a los mismo, posterior a esta fueron de (SIC) interrogados se determino (SIC) que los responsables del hechos era (SIC) los ciudadanos Rey Sebastián Walli y Francisco Xavier Requena Gutiérrez, a estos sujetos se le colecto (SIC) la vestimenta que tenia para ese momento para ser enviado al laboratorio correspondiente a las experticias de rigor, cabe mencionar que se determino (SIC) que sujeto fueron los responsables, porque testimonios expresados por los demás persona presente en la fiesta, y que la ropa que refieren encontrase en la habitación donde pernoto (SIC) la victima, le correspondía a uno de estos sujetos, posterior a esto se le informa al Ministerio Público. Es todo…”

Igualmente, el citado testigo, a preguntas realizadas por las partes y éste Tribunal, señaló:

SE LE CONCEDE EL DERECHO DE PALABRA AL REPRESENTANTE FISCAL PARA QUE FORMULE PREGUNTAS: PRIMERA PREGUNTA: ¿ podría indicar al tribunal si tomo fotografías en el lugar de los hechos al realizar la inspección distinguida con el numero 159 de fecha 30 de julio de 2011? Respuesta: no recuerdo esa respuesta tla (SIC) puede responder el técnico yo soy el investigador. Otra; ¿podría indicar al Tribunal, si recuerda la evidencia incautadas en el hecho? Respuesta: inicialmente se colecto (SIC) dentro del inmueble las sabanas de una cama y las fundas, por cuantos esta presenta manchas de supuesta sangre, posterior a la aprensión (SIC) de los sujeto (SIC) dentro del despacho se le colectaron a los investigados sus prendas de vestir. Otra: ¿podría indicar al Tribunal si colectaron algunos de los envases y bebidas que se encontraba en el lugar? Respuesta: No recuerdo si se practico seria el técnico, no recuerdo, Otra: ¿Podría indicar al Tribunal, que razones motivaron que su persona como investigador junto al técnico que le acompaña hayan ordenado practicar la detención de varios de los presente en el lugar finalmente practicar la detención de los ciudadanos Rey Wally y Francisco Requena? Respuesta: por testimonio de ellos mismos ya que fueron declarados por separados la únicas personas que se fueron acostar y los únicos que estaban sin parejas, el dueño de la casa, andaba con su novia, otros chicos andaban con sus novios todo tenia sus novias, se mantuvieron tomando dentro de la casa, la victima estaba ebria y fue acostada en uno de los cuarto lo demás que en la casa perdieron de vista a estos dos sujeta y la victima cuando se ve lo que paso llama la novia a del dueño de la casa y le comento lo (SIC) ocurrió y este va ala (SIC) cuarto donde durmió la chica y este consiguió la ropa de uno de los autores del hecho, ellos mismo en sus declaración se encargaron de responsabilizar que eran autores material del hecho.. Cesaron las preguntas. ACTO SEGUIDO SE LE CONCEDE EL DERECHO DE PALABRA A LA DEFENSA A LOS FINES DE QUE FORMULE PREGUNTAS: PRIMERA PREGUNTA: ¿específicamente dentro de la investigación cual fu (SIC) su labor como funcionario? Respuesta: practiqué el acta de aprehensión de los responsables del hecho y tome la entrevista del dueño del inmueble, Otra: ¿menciono usted inicialmente que se traslado junto al funcionario Héctor Villael (SIC), puede señal (SIC) el lugar, la dirección? Respuesta: fue pascal, Urbanización Pascal la dirección exacta no se creo, era el piso, uno, Otra: ¿que hizo usted específicamente al momento al llegar al lugar? Respuesta: al llegar al sito toque las puerta le dijimos a la persona que estaban, el motivo de nuestra presencia, los investigue, hable con el dueño hicimos la inspección de inmueble se coleto (SIC) la evidencia necesario (SIC) y a todos lo (SIC) presente les informe que tenían que ir al despacho para continuar con la investigación. Otra: ¿puede resumir su actuación en tres funcione, investigación, inspección y colección de evidencia ¿ Respuesta: se podría definir así: mando (SIC) la fase de investigación y el acta. Otra: ¿Visto sus funciones podría usted mencionar la condición en la cual se encuentra que observo (SIC) en el lugar de los hechos? Respuesta: Toda la casa estaba en desorden, porque había una fiesta pero los detalle (SIC) del sitio lo deja plasmada en acta de inspección técnica que realizo el funcionario. Otra: ¿durante la fase de investigación tubo usted otra investigación en el presente caso? Respuesta: si una vez que se presentaron las personas que se trasladaron, proseguimos mandarle a quitar la (SIC) interior de maneras (SIC) separadas a cada uno de los ciudadanos que se trasladaron de dicha morada. Otra: ¿se le realizo, acta de entrevista al ciudadano Francisco Requena y Rey Wally? Respuesta: se interrogo de manera informal, no le toma acta de entrevista por cuanto figuran como investigado en el presente legado (SIC) y no estoy facultado para realizar el acta de entrevista. Otra: ¿ en que momento los ciudadano Francisco Requena y Rey Wally figuran como señalados? Respuesta: por los testimonio aportados por los demás presente en el inmueble, ellos mismo se encargaron de responsabilizarlos, ya que fueron los únicos que salieron de la escena posterior, de que la victima se encontraba bajo el efecto del alcohol, cabe mencionar que para ese entonces el dueño del inmueble posterior a tener conocimiento del hecho verifica la habitación donde pernoto(SIC) la victima y localiza las prendas de vestir de uno de estos sujeto la cual fue referida por la denunciante y victima al momento de formular la respectiva denuncia , recuerdo que se trataba de unos zapatos de color rojo una correa de tela de color rojo y un jeans, otra: ¿ visto que use (SIC) acaba de mencionar que tiene una experiencia de 10 (SIC) en el C.I.C.P.C, la pregunta es normal, que dentro de una labor de investigación un funcionario policial se determine como presunto culpable por una presunta entrevista, que se refiere cuando solo se llevan a unos sujetos que no están como aprehendidos a efecto de investigarlos? Respuesta: Me acojo a lo dicho por el Juez. Otra: ¿fueron los demás ciudadanos objeto de alguna prueba en relación a la investigación a parte de que fue su entrevista? Respuesta: Todos los masculinos fueron interrogados al igual que la femeninas y todos ellos se encargaron de responsabilizar a los culpable además que existía evidencia que así lo señalaba, Otra: ¿que si aparte de la actas de entrevista de esa personas, fueron objeto de prueba de investigación? respuesta: no. Otra: ¿le tomo su persona la denuncia la victima? Respuesta: no Toda denuncia tiene firma de responsabilidad y esa no es firma de mi responsabilidad. Cesaron las preguntas. ACTO SEGUIDO TOMA LA PALABRA EL JUEZ A LOS FINES DE FORMULAR PREGUNTAS: ¿ a mencionado usted una vez (SIC) tenido conocimiento de la presta (SIC) comisión de un hecho punible se traslada al sitio del suceso en compañía de otros funcionario actuante, puede explicar a al tribunal de forma general, la función que correspondía a casa (SIC) uno de los funcionario? Respuesta: Yo me traslade en compañía de Héctor y de la victima, mi función como investigador, practicar la primera diligencia urgente y necesaria con el propósito de esclarecer le hecho que nos ocupa, el técnico era encargado de hacer la inspección de lugar y la colección y embalaje y etiquetacion (SIC) de la evidencia y con sus respectiva cadena de custodia, otra: ¿ estuvo presente con el funcionario de técnica, como es el abordaje en le (SIC) sitio del suceso? Respuesta: llegamos tocamos la puerta, sale un muchacho le explicamos era un sitio cerrado, el abordaje era tosí (SIC), por cuanto testimonio de la victima no era un lugar que pusiera en peligro nuestra seguridad. Otra: ¿indique al tribunal si logro usted observar el trabajo realizado por su compañero, en relación a la fijación de (SIC) colección, rotulado o etiquetados (SIC) de las evidencias de interés criminalistico? Respuesta: NO mientras yo me encargaba la diligencia de investigación, el se encontraba en su diligencia. Otra: ¿podría mencionar si logro observar la evidencia de interés criminal (SIC) colectada en el lugar? Respuesta: si la sabana y las fundas estaban impregnada de presunta sangre. CESARON LAS PREGUNTAS.

VELASQUEZ ADOLFO CRISTIAN, titular de la cedula de identidad Nº V-20.764.222, profesión u oficio: experto Técnico adscrito al Cuerpo de Investigaciones, Científicas, Penales y Criminalísticas, con 3 años de servicio. Su declaración se realiza en atención al último aparte del artículo 337 de la norma adjetiva penal; convocado como experto sustituto por HECTOR VILLARROEL. Quien expone:
“…partiendo desde la salida de comisión mi compañero se dirige a la dirección Av. Intercomunal conjunto Residencial Pascal I, edificio 6, piso, 1 apartamento 1-3, Puerto la Cruz Estado Anzoátegui, una vez en esa dirección se logra observar un sitio cerrado, el cual corresponde a un edificio de 6 niveles, el mismo se encuentra laborado a base de bloque de cemento frisado, revestida con pintura de color amarillo y vinotinto, teniendo el mismo como medio de acceso, una puerta elaborada en metal de color bronce con un sistema de seguridad a base llave de cerradura y llaves, continuando con dicha inspección logra observar un pasillo el cual esta elaborado con cerámica de color beis (SIC), apreciando del lado derecho con vista al observador un ascensor el cual lo traslado al primer piso, una vez en ducha (SIC) área logra observar una puerta de madera con un sistema de seguridad a base de cerraduras y llaves, la cual al transponer observa un espacio que funge como sala con muebles acorde al lugar el mismo se encuentra revestido con pintura de color beis y vinotinto y piso de cerámica de color marrón, asimismo se observa un pasillo en el cual se aprecia tres puertas de madera con sus respectivas sistema de seguridad a base de cerraduras y llaves, al transponer las dos primeras las misma funge como habitaciones con paredes revestida de color vinotinto y con piso de cerámica de color marrón logrando recolecta (SIC) en una de ellas una sabana de tipo matrimonial y dos fundas para almohadas de una de color amarilla y una con amarillo con estampados, de igualmente deja constancia que dicha evidencia se encuentra impregnada de una sustancia de color pardo rojizo de presunta naturaleza hematica, la puerta faltante se trata de un baño con sus debidas piezas sanitarias. Es todo. …”

Debe dejar claro el Tribunal que nos encontramos; que en parte no son conteste con los señalamiento de los testigos presenciales; al contrario no convencieron al tribunal en relación a como fue realizado la fijación, colectado, embalaje, etiquetado, trasportado y almacenado de las evidencias de interés criminalístico; máxime cuando de la declaración de los ciudadanos LUIS ALFREDO GUERRA AGUILERA y la victima ciudadana ADRIANA CAROLINA TIINEO, se desprende que en la habitación donde dormía el ciudadano FRANCISCO REQUENA, exactamente en el lava manos del baño de esa habitación lograron observar y que además manifestaron que fueron fijadas fotográficamente por los funcionarios actuantes; sustancias de color pardo rojizo presuntamente de naturaleza hematica. Por lo que infiere que la conducta desplegada por estos Funcionarios, podría estar subsumida en la presunta comisión de delitos de orden publico. Y ASI SE DECIDE.

Finalmente este decisor adminiculando todas y cada una de las Pruebas Documentales que fueron debidamente admitidas y evacuadas a través de su lectura o exhibición; le da todo el valor probatorio a las mismas con las cuales se infiere la responsabilidad del hoy sentenciado. Y ASI SE DECIDE.
En consecuencia, a lo anteriormente señalado se probó la comisión del delito de ACTO CARNAL CON VICTIMA ESPECIALMENTE VULNERABLE, tipificado en el artículo 44 Numeral 4 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a Vivir una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana ADRIANA CAROLINA TINEO RIVAS.

Ahora bien, una vez analizada la declaración dado por el ciudadano FRANCISCO XAVIER REQUENA GUTIERREZ, quien solo señaló: “…: estábamos en una fiesta en casa de Estefanía con anterioridad se había quedado que íbamos a casa de Luis Alfredo, nos trasladamos hacia allá, compartimos un rato y luego le dije a Luis Alfredo, que me quería ir a dormir el me dijo que me podía acostar en el cuarto de su papá, y me quede dormido, al otro día me despertaron que había sucedido algo. Es todo.”. A criterio de este decidor, fue derribada su presunción de inocencia por parte del Ministerio Público, con los medios probatorios ofrecidos y recepcionados como fue fundamentado en este capitulo de la sentencia.

En virtud de los razonamientos anteriormente esgrimidos, este juzgador, estima que debe mantenerse la medida privativa judicial de libertad que pesa en contra del acusado y se designa como sitio de reclusión el Centro Penitenciario Agroproductivo de Barcelona Edo. Anzoátegui. No condenándose en costa por la gratuidad de la justicia. Y ASI SE DECIDE.

De la Penalidad.

Para la aplicación de la pena en contra del referido acusado FRANCISCO XAVIER REQUENA GUTIERREZ, se toma en consideración lo previsto en el artículo 37 del Código Penal Venezolano Vigente, es decir, se debe sumar la pena mínima y la pena máxima para partir del término medio. En este sentido el delito de ACTO CARNAL CON VICTIMA ESPECIALMENTE VULNERABLE, tipificado en el artículo 44 Numeral 4 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a Vivir una Vida Libre de Violencia cometidos en perjuicio de la Ciudadana ADRIANA CAROLINA TINEO RIVAS, este Tribunal pasa a realizar el cómputo de la pena aplicable en el presente caso: El delito de ACTO CARNAL CON VICTIMA ESPECIALMENTE VULNERABLE, prevé una pena corporal de quince (15) a veinte (20) años de prisión, siendo el término medio de Diecisiete (17) años y Seis (6) meses de Prisión. En consecuencia se parte del término Medio de la pena; Diecisiete (17) años y Seis (6) meses de Prisión. Siendo la pena total aplicable de DIECISIETE (17) AÑOS Y SEIS (6) MESES DE PRISIÓN.

PARTE DISPOSITIVA

PRIMERO: Declara CULPABLE al ciudadano FRANCISCO XAVIER REQUENA GUTIERREZ; TITULAR DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD V-18.413.978; DE NACIONALIDAD: VENEZOLANO; ESTADO CIVIL: SOLTERO; DE 26 AÑOS DE EDAD; PROFESIÓN U OFICIO: ESTUDIANTE, FECHA DE NACIMIENTO: 13-04-1988; LUGAR DE NACIMIENTO: CARUPANO, ESTADO SUCRE; HIJO DE LOS CIUDADANOS: FRANCISCO REQUENA (V) Y MARISOL DE REQUENA (V); CON RESIDENCIA EN: Av. JORGE RODRIGUEZ, Urb. TERRAZAS DEL SOL, TORRE 7, APTO 24, PUERTO LA CRUZ, EDO. ANZOÁTEGUI; TELÉFONO: 0414-1945614, por la comisión del delito de ACTO CARNAL CON VICTIMA ESPECIALMENTE VULNERABLE, tipificado en el artículo 44 Numeral 4 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a Vivir una Vida Libre de Violencia en contra de la ciudadana ADRIANA CAROLINA TINEO RIVAS.
SEGUNDO: Se le condena a cumplir la pena de DIECISIETE AÑOS (17) AÑOS Y SEIS (06) MESES DE PRISION.
TERCERO: En virtud de lo anteriormente expuesto se ordena la detención desde esta misma sala de Audiencia del ciudadano FRANCISCO XAVIER REQUENA GUTIERREZ.
CUARTO: Se designa como sitio de reclusión el Centro Penitenciario Agroproductivo de Barcelona Edo. Anzoátegui.
QUINTO: Condena al ciudadano FRANCISCO XAVIER REQUENA GUTIERREZ, plenamente identificado en autos, a sufrir la pena accesoria a que se contrae el artículo 69, numeral 2 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, como lo es la inhabilitación política mientras dure la pena.
SEXTO: De conformidad con lo establecido en el artículo 70 en concordancia con el artículo 20 numerales 1 y 6, ambos de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, deberá participar obligatoriamente en los programas a implementar de orientación y atención correspondientes, dirigido a modificar su conducta violenta; por el lapso de cinco (05) años, una vez diseñado por el Instituto Nacional de la Mujer conjuntamente con el Ministerio con Competencia en Materia de Interior y Justicia y el Tribunal Supremo de Justicia y cualquier otro organismo público o privado que considere pertinente el Juez de Ejecución.
SEPTIMO: Se exime del pago de las costas procesales al ciudadano FRANCISCO XAVIER REQUENA GUTIERREZ, contempladas en el artículo 254 del Código Orgánico Procesal Penal por remisión de lo establecido en el artículo 67 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en virtud de la gratuidad de la justicia establecido en el artículo 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
OCTAVO: Se ordena Oficiar a la Fiscalía Superior del Estado Anzoátegui a los fines de dar inicio a la Investigación en contra de los funcionarios integrantes de la Comisión encargados de realizar la Inspección Técnica y las primeras diligencias urgentes y necesarias, es decir, los funcionarios AGENTE DANIEL GASCON y AGENTE HECTOR VILLARROEL, funcionarios actuantes en la causa Nº K-11-0083-00503, nomenclatura del Cuerpo de Investigaciones, Científicas, Penales y Criminalísticas, Sub- Delegación Puerto la Cruz del Estado Anzoátegui.
.Dada, firmada y sellada en el Tribunal Primero de Juicio del Circuito Judicial con Competencia en Delitos de violencia Contra la Mujer de Barcelona, Estado Anzoátegui.
En Barcelona, a los diez (10) días del mes de Junio del año dos mil quince (2015). Años 204° de la Independencia y 156° de la Federación.

JUEZ PRIMERO DE JUICIO VCM
Abg. JOHNNY RONDÓN MENESES.
SECRETARIA DE SALA
Abgada. MILADIS HERNANDEZ.