REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal de Mediación y Sustanciación de Niños, Niñas y Adolescentes del Estado Anzoátegui - Barcelona
Barcelona, cinco de junio de dos mil quince
205º y 156º

ASUNTO: BP02-J-2015-000733
SENTENCIA DEFINITIVA.

MOTIVO: AUTORIZACION PARA TRÁMITE DE PASAPORTE Y VISA AMERICANA,

SOLICITANTE FELICIDAD DEL VALLE JIMENEZ DE WATAY, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-4.624.859, domiciliada Urbanización Las Palmas, Municipio Guanta Estado Anzoátegui.

ABOGADO ASISTENTE Fiscal Décimo Tercero del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui Abogada LORYANA DECENA

NIÑA NIÑO Y/O ADOLESCENTE: Se Omite de Conformidad con el artículos 49 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y 65 de la ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente)

DERECHO PROTEGIDO: DERECHO A LA IDENTIDAD.

Vista la Solicitud de AUTORIZACION PARA TRÁMITE DE PASAPORTE Y VISA AMERICANA, presentada por la ciudadana Fiscal Décimo Tercero del Ministerio Publico de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui Abogada LORYANA DECENA RAMIREZ, a requerimiento de la ciudadana FELICIDAD DEL VALLE JIMENEZ DE WATAY, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-4.624.859, domiciliada Urbanización Las Palmas, Municipio Guanta Estado Anzoátegui, a favor de mi nieta ,la niña Se Omite de Conformidad con el artículos 49 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y 65 de la ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente) , quien esta a su cargo bajo Medida de Colocación Familiar de fecha 11-10-2012, hijo de los ciudadanos EDUARDO JOSE JIMENEZ Y CARMEN TERESA DIAZ GUEVARA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nro V- 11.902.368 y V- 12.411.395. Se constituye el despacho del Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, sede Barcelona, con la anuencia de esta Juzgadora Abg. AMERICA FERMIN, junto a las partes intervinientes en el presente asunto. Concluida la evacuación de las pruebas, y la revisión de las documentales, esta Juzgadora Abg. AMERICA FERMÍN, Juez Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de esta Circunscripción Judicial, de conformidad con lo establecido en el artículo 8 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, el cual es de Obligatorio Cumplimiento en la toma de todas las decisiones concernientes a los Niños, Niñas y Adolescentes, y el derecho a obtener documentos públicos de identidad, (artículo 22), en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, acuerda: PRIMERO: Declarar con lugar la Solicitud de AUTORIZACION PARA TRÁMITE DE PASAPORTE Y VISA AMERICANA, presentada por la ciudadana Fiscal Décimo Tercero del Ministerio Publico de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui Abogada LORYANA DECENA RAMIREZ, a requerimiento de la ciudadana FELICIDAD DEL VALLE JIMENEZ DE WATAY, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-4.624.859, domiciliada Urbanización Las Palmas, Municipio Guanta Estado Anzoátegui, a favor de mi nieta ,la niña, Se Omite de Conformidad con el artículos 49 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y 65 de la ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente) quien esta a su cargo bajo Medida de Colocación Familiar de fecha 11-10-2012, hijo de los ciudadanos EDUARDO JOSE JIMENEZ Y CARMEN TERESA DIAZ GUEVARA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nro V- 11.902.368 y V- 12.411.395 SEGUNDO: SE AUTORIZA SUFICIENTEMENTE a la ciudadana FELICIDAD DEL VALLE JIMENEZ DE WATAY, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-4.624.859, domiciliada Urbanización Las Palmas, Municipio Guanta Estado Anzoátegui, a los fines de que realice los tramites pertinentes para la TRAMITACION DE PASAPORTE Y VISA AMERICANA,de su nieta ,la niña Se Omite de Conformidad con el artículos 49 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y 65 de la ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente) ,por ante la Oficina de Servicios Autónomo de Identificación, Migración y Extranjería (SAIME) Y por ante la Embajada Americana. Expídase por Secretaría, copia certificada de la presente decisión y entréguese a la parte interesada, a los fines Legales consiguientes. Así mismo, se ordena la devolución de los documentos originales consignados en el escrito de la solicitud, dejándose copia en su lugar previa confrontación por Secretaria. ASI SE DECIDE, se leyó y estando conformes firman.- Cúmplase.
Regístrese y publíquese
Dada, Firmada y sellada en la Sala de Audiencia del Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, sede Barcelona. Barcelona, a los cinco (05) días del mes de junio de 2015. Años 205° de la Independencia y 156° de la Federación
LA JUEZA PROVISORIA.

ABG.. AMERICA FERMIN.



LA SECRETARIA ACC.
ABOG. CLARA ASTUDILLO