REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Simón Bolívar, Diego Bautista Urbaneja, Juan Antonio Sotillo y Guanta de la Circunscripción del Edo. Anzoátegui
Barcelona, veintiséis de junio de dos mil quince
205º y 156º

ASUNTO: BP02-S-2015-000951

Por auto de fecha Veintidós (22) de Mayo 2015, se le da entrada a la presente solicitud.

Por auto de fecha Veintiséis (26) de Mayo de 2015, este Tribunal admitió la presente solicitud de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, presentada por la ciudadana BIANCA JOSEFINA BETANCOURT PACHECO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 13.367.807, asistida en este acto por el abogado en ejercicio Dr. JOSÉ VENTURA ROJAS TRÍAS, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 8.482, mediante la cual solicita a este Tribunal se sirva expedir la DECLARACIÓN DE ÚNICOS y UNIVERSALES HEREDEROS del de cujus, ANGEL ANTONIO COLÓN BETANCOURT, quien fue titular de la cédula de Identidad Nº V-24.948.938, falleció según consta de Acta de Defunción Nº 298, Folio 048, emanada por el Consejo Nacional Electoral, Comisión de Registro Civil y Electoral, Estado Anzoátegui, Municipio Simón Bolívar, cursantes al folio 12; a favor de BIANCA JOSEFINA BETANCOURT PACHECO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 13.367.807, en su condición de madre del de cujus. Anexa Acta de defunción, copia certificada de Acta de Nacimiento del de cujus, copias simples de las cédulas de la solicitante y del de cujus, (Folios 08, 09, 10 y 12).

Examinados los recaudos acompañados al escrito de solicitud como lo son: copia certificada de Acta de Nacimiento del de cujus, ANGEL ANTONIO COLÓN BETANCOURT, antes identificado, emanada por el consejo Nacional Electoral, Comisión de Registro Civil y Electoral, Oficina Nacional de Registro Civil, Parroquia Naricual; así como acta de defunción y copias de las cédulas de identidad de la señalada en el escrito de solicitud, y del de cujus, cursante a los folios (Folios 08, 09, 10 y 12).

Vistas así mismo las declaraciones rendidas por los ciudadanos ZULEIMA JOSEFINA RODRIGUEZ YAGUARACUTO y FELIX ANTONIO GARCIA RODRIGUEZ, titulares de las cédulas de identidad Nº V-11.900.251 y Nº V-24.232.275, respectivamente, venezolanos, la primera de profesión ama de casa, mayor de edad, con domicilio: Calle 17 de Febrero Jardines Del Valle Nº 6-A Viñedo, Municipio Simón Bolívar del Estado Anzoátegui, y el segundo Bachiller, mayor de edad, con domicilio: Viñedo, Calle 17 de Febrero, Sector Jardines del Valle, Municipio Simón Bolívar del Estado Anzoátegui, y declararon una vez prestado el juramento de Ley sin entrar en contradicciones, manifestando:

La primera de los testigos, respondió a los particulares. AL PRIMERO: .- Si, lo conocí efectivamente de trato, de vista y de comunicación, durante muchos años.- AL SEGUNDO:-Si se y me consta que la señora Bianca Betancourt y el señor Isael colon son los padres legítimos de Ángel Antonio Colon.- AL TERCERO: Si se y me consta que de esa unión concubinaria procrearon dos hijos, el difunto Ángel Colon Betancourt y José colon Betancourt, de 18 y 19 años de edad respectivamente.- AL CUARTO: Si se y me consta que fue arrollado por un vehiculo de carga pesada en la avenida Raúl Leoni, el cual iba a alta velocidad y sin frenar lo impacto, el 21 de enero del presente año 2015. Y fue llevado al hospital Razetti de Barcelona, donde después de 18 días falleció. Como consecuencias de politraumatismos.- AL QUINTO: si se y me consta que Isael colon fallecido el 21 de septiembre del año 2013.- AL SEXTO: si se y me consta que Bianca Betancourt es la única heredera universal de su hijo Ángel colon Betancourt.- AL SEPTIMO: si se y me consta que Ángel colon era un hijo muy apegado a ella, cariñoso y un excelente estudiante, siempre permanecía con ella.- AL OCTAVO: si se y me consta que Ángel colon era un estudiante muy eficaz y eficiente, y que prestaba servicios como trabajador ejecutivo en la Compañía Ceos Automatización, C.A.- AL NOVENO: como dije anteriormente, por conocer de vista, trato y comunicación doy fe de que es hijo legitimo de Bianca Betancourt pacheco y de Isael Colón.- AL DÉCIMO: por que yo los conocí por muchos años de vista, trato y comunicación tanto al hijo como a su mama Bianca Betancourt. Doy fe de eso, por cuanto tengo dieciséis (16) años viviendo en ese sector y conocí al difunto y sus familiares. El segundo de los testigos respondió: AL PRIMERO: Si, lo conocí suficientemente hace varios años de vista trato y comunicación.- AL SEGUNDO: si se y me consta, que son los padres legítimos de Ángel Antonio Colon Betancourt.- AL TERCERO: si, se y me consta del concubinato de esa pareja y que tuvieron esos dos hijos.- AL CUARTO: si se y me consta del accidente del ciudadano Ángel Antonio Colon Betancourt el 21 de Enero del Corriente año 2015, en la Avenida Raúl Leoni de Barcelona, el cual fue arrollado por un Camión de carga pesada que sin frenar brutalmente lo impactó, hecho de tránsito, causándole Edema Cerebral con enclavamiento y Politraumatismo.-AL QUINTO: si se y me consta, que su padre Isael Antonio Colon, Falleció el Día 21 de Septiembre del Año 2013, en la Calle Principal del Barrio el Razetti de Barcelona.- AL SEXTO: si, se y me consta, que mediante el fallecimiento de sus padres Isael Antonio Colon, la única heredera universal seria su madre Bianca Josefina Betancourt Pacheco.-AL SEPTIMO: si se y me consta, que el difunto Ángel Antonio Colon Betancourt era un excelente hijo, un extraordinario estudiante, un buen trabajador, y amoroso con su madre.- AL OCTAVO: si se y me consta, de que era un estudiante excelente de la universidad, José Antonio Anzoátegui Politécnica Territorial, y prestaba sus servicios como asistente Ejecutivo en la compañía Ceos Automatización. C.A., en Barcelona.- AL NOVENO: declaro que conocí, suficientemente a Ángel Antonio Colon Betancourt, fui su vecino, compañero de clases, y sé que era una persona de Bien, un buen muchacho Amoroso, Respetuoso y Cariñoso con su Madre.- AL DECIMO: Declaro de esta forma ante este Tribunal ya que todo vi y en persona presencie todo, con mis propios ojos, ya que soy vecino de esa familia Colon Betancourt en el Barrio el Viñedo de Barcelona.


En consecuencia, este Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Simón Bolívar, Diego Bautista Urbaneja, Juan Antonio Sotillo y Guanta de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, procediendo de conformidad con lo dispuesto en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, mientras no haya oposición en contrario y dejando a salvo los derechos que puedan corresponder a terceros, declara bastantes y suficientes dichas actuaciones para asegurarle a la ciudadana BIANCA JOSEFINA BETANCOURT PACHECO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 13.367.807, en su condición de madre del de cujus, SUS DERECHOS COMO UNICA Y UNIVERSAL HEREDERA del difunto, ciudadano ANGEL ANTONIO COLÓN BETANCOURT, quien fue titular de la cédula de Identidad Nº V-24.948.938, falleció según consta de Acta de Defunción Nº 298, Folio 048, emanada por el Consejo Nacional Electoral, Comisión de Registro Civil y Electoral, Municipio Bolívar, Estado Anzoátegui, cursante al folio 12.
LA JUEZA PROVISORIA,

ABG. HAIDEÉ ROMERO FLORES(FDO)
LA SECRETARIA,

ABG. ROSLEY BARRIOS FLORES(FDO)
En esta misma fecha, siendo las 08:59 a.m, se dictó y publicó el anterior Decreto, previa las formalidades de Ley. Conste.
LA SECRETARIA,

ABG. ROSLEY BARRIOS FLORES (FDO)