REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Simón Bolívar, Diego Bautista Urbaneja, Juan Antonio Sotillo y Guanta de la Circunscripción del Edo. Anzoátegui
Barcelona, cinco de junio de dos mil quince
205º y 156º

ASUNTO: BP02-V-2014-000789
Por cuanto por error involuntario al momento de consignar boleta de intimación por la alguacil de este Tribunal en fecha 14-05-2015, así como, la boleta de notificación de la secretaria, en virtud que se colocó una dirección que no corresponde al domicilio de la parte demandada; en consecuencia, este Tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 206 del Código de Procedimiento Civil, ordena la reposición de la causa al estado de nueva citación personal y como consecuencia de lo antes expuesto, se dejan sin efecto las actuaciones realizadas por la alguacil y la secretaria en el presente asunto.- Cúmplase.
LA JUEZ PROVISORIA,

ABG. HAIDEE ROMERO FLORES(FDO)
LA SECRETARIA,

ABG. ROSLEY BARRIOS FLORES(FDO)
NOTA: En esta misma fecha de hoy, se le dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede.- Conste.-
LA SECRETARIA,
ABG. ROSLEY BARRIOS FLORES.(FDO)

HRF/rosley*.-