REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Nor-Oriental.
Barcelona, doce de marzo de dos mil quince
204º y 156º

ASUNTO: BP02-N-2014-000209.

Siendo la oportunidad legal para pronunciarse sobre el escrito de prueba presentado por la abogada Yelitza Ricardi, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 120.582, en su condición de apoderada judicial del Instituto Autónomo de Policía del Estado Anzoátegui, el Tribunal, ADMITE cuanto ha lugar en derecho, salvo su apreciación en la definitiva.

La Jueza,
El Secretario,

Dra. Mirna Mas Y Rubí Spósito
Abg. Javier Arias León.


r.m.