REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Nor-Oriental.
Barcelona, dieciséis de marzo de dos mil quince
204º y 156º
ASUNTO: BP02-N-2012-000709
Siendo la oportunidad legal para pronunciarse sobre el escrito de pruebas presentado por la abogada Briseida Carolina Maita, en su carácter de apoderada judicial del ciudadano Denis Rafernand Gamez Rodríguez, parte demandante en la presente causa, el Tribunal, lo hace de la siguiente manera:
Primero: De las pruebas Documentales, contenidas en los Particulares Primero, Segundo, Tercero, Cuarto y Quinto del escrito, el Tribunal las ADMITE cuanto ha lugar en derecho, salvo su apreciación en la definitiva.
Segundo: De las Testimoniales, el Tribunal Admite cuando ha lugar en derecho, salvo su apreciación en la definitiva, los testigos identificados en los Particulares: QUINTO, OCTAVO y NOVENO. En consecuencia, se ordena comisionar al Juzgado Primero del Municipio Simón Bolívar de esta Circunscripción Judicial a fin de que evacue la testimonial de los ciudadanos FREDERICK DIAZ, MEL FRANCIS GAMEZ RODRIGUEZ y MARIA LOURDES GONZALEZ, Líbrese Comisión.
La Juez
Dra. Mirna Mas y Rubi Spòsito El Secretario,
Abog. Javier Arias León
S.V.
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