REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Nor-Oriental.
Barcelona, cinco de marzo de dos mil quince
204º y 156º

ASUNTO: BP02-N-2012-000070

Siendo la oportunidad legal para pronunciarse con relación a la admisión del escrito de promoción de pruebas presentado por abogado Alexis Liendo, en su carácter de apoderado del Instituto Nacional de Estadística (INE), parte demandada, el Tribunal lo hace de la siguiente manera:
Primero: De las pruebas Documentales contenidas en el Capítulo II del escrito de promoción de pruebas, el Tribunal las ADMITE cuanto ha lugar en derecho, salvo su apreciación en la definitiva.
Segundo: En cuanto a la Prueba Testimonial, contenida en el Capítulo III, se ordena comisionar suficientemente al Juzgado del Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Simón Bolívar, Diego Bautista Urbaneja, Juan Antonio Sotillo y Guanta de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, a los fines de evacuar los testimoniales de los ciudadanos Luis Fuentes, Hindira Hidalgo, Omar Decan y Levys González, identificados en el escrito de promoción. Líbrese la respectiva Comisión.

La Juez,


Dra. Mirna Mas Y Rubí Spósito
El Secretario,



Abog. Javier Arias León.
S.V.