REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, dieciséis de marzo de dos mil quince
204º y 156º
ASUNTO: BP02-V-2014-001216
Vista la diligencia que antecede, de fecha 12 de Marzo del 2.015, suscrita por la abogada en ejercicio CARLA SOLORZANO, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 75.797, actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte demandante, mediante el cual desiste del presente procedimiento y solicita la devolución de lo documentos originales, previa certificación en autos; este Tribunal HOMOLOGA dicho DESISTIMIENTO en la misma forma, términos y condiciones expresadas por la parte actora en dicha diligencia; ordenándose proceder como en Sentencia pasada, en Autoridad de cosa juzgada, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil; asimismo ordena el desglose para su devolución de los documento originales cursantes a los folios Nos 18 al 21, ambos inclusive, previa certificación en autos, de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil. Se da por terminado el presente juicio y se ordena el archivo del Expediente. Cúmplase.
El Juez Temporal,
Alfredo José Peña Ramos
La Secretaria,
Judith Milena Moreno Sabino
En esta misma fecha no se hizo el desglose de los documentos originales, por falta de fotostatos. Conste.-
La secretaria.,
AP/mm.-
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