REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, de El Tigre.
El Tigre, veinticinco de marzo de dos mil quince
204º y 156º

ASUNTO PRINCIPAL: BP12-V-2014-000466
ASUNTO: BP12-V-2014-000466


Visto el escrito presentado en fecha 23 de marzo de 2015, presentado por la ciudadana MARIA JOSÉ AMAIZ SUBERO, abogada en ejercicio e inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 103.832, actuando en su carácter de apoderada judicial del ciudadano DOUGLAS DAVID ESPINOZA MARCELLA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nº V-6.825.904, y domiciliado en la ciudad de Anaco, Municipio Anaco del Estado Anzoátegui, parte demandante en el presente juicio de PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA, que tiene incoado en contra de la empresa INVERSIONES ANACO, C.A, (INACA), inscrita en el Registro de Comercio llevado anteriormente por el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, bajo el Nº 149, folios 51 al 54, Tomo A-11, en fecha 11 de diciembre de 1.970, mediante el cual desiste del Procedimiento en la presente causa, la cual fue admitida por este Juzgado en fecha 08 de octubre del 2014, este Tribunal HOMOLOGA dicho DESISTIMIENTO en la misma forma, términos y condiciones por él expresado en su escrito; ello de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 265 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con lo preceptuado por el artículo 263 ejusdem.- Se da por terminado el presente juicio y se ordena el Archivo del Expediente.
EL JUEZ TITULAR.

Dr. HENRY JOSE AGOBIAN VIETTRI
LA SECRETARIA.

LAURA PARDO DE VELASQUEZ