REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Simón Bolívar, Diego Bautista Urbaneja, Juan Antonio Sotillo y Guanta de la Circunscripción del Edo. Anzoátegui
Barcelona, cinco de marzo de dos mil quince
204º y 156º

ASUNTO: BP02-S-2014-000211

SENTENCIA INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA


Visto el anterior Desistimiento, suscrito por la parte solicitante, en el presente asunto de SEPARACION DE CUERPOS, incoado por los ciudadanos ELSY PEDRIQUE Y PEDRO PEDRIQUE, el Tribunal administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA dicho Desistimiento en los términos y condiciones en que fue suscrito por ellos de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del código de procedimiento Civil, en consecuencia, se da por terminado el presente juicio y se ordena el archivo del expediente.- Cúmplase lo ordenado.-
EL JUEZ

Dr. JOSE JESUS RAMIREZ GARCIA.-

El Secretario,


Abg. OSWALDO JOSE FERNANDEZ
En esta misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto que antecede. Conste.-
El Secretario.-