REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Nor-Oriental.
Barcelona, veinticinco de mayo de dos mil quince
205º y 156º
ASUNTO: BP02-N-2015-000158
Vista la demanda que inmediatamente precede y revisados todos los recaudos, se ADMITE la misma cuanto ha lugar en derecho. Se acuerda de conformidad con el artículo 99 de la Ley de Estatuto de la Función Pública, emplazar al ciudadano Alcalde del Municipio Juan Antonio Sotillo del Estado Anzoátegui, a los fines de que comparezca por ante este Tribunal, a dar contestación a la demanda intentada por el ciudadano Luis José Oliveros Oliveros, titular de la Cedula de Identidad No. 6.809.675, dentro de los quince (15) días de despacho siguientes, contados a partir de que conste en autos las resultas de la citación aquí dispuesta. Notifíquese de dicha admisión al ciudadano Sindico Procurador del mismo Municipio, Igualmente, se ordena solicitar a través de su persona el expediente administrativo relacionado con la presente causa, para que lo envíe dentro de los dos (2) días de despacho siguientes a su notificación. Compúlsense por Secretaría copias certificadas del libelo de la demanda y sus anexos, a los fines del emplazamiento y la notificación respectivos.
La Juez,
Dra. Mirna Mas y Rubí Spósito.
El Secretario Acc.,
Abog. Carlos Velásquez.
S.V.
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