REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, de El Tigre.
El Tigre, ocho de mayo de dos mil quince
205º y 156º

ASUNTO PRINCIPAL: BP12-V-2013-000631
ASUNTO: BP12-R-2015-000054


Vista la diligencia presentada en fecha 04 de mayo de 2015, por la ciudadana SOFIA PAREDES, abogada en ejercicio e inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 33.095, actuando en su carácter de apoderada judicial del ciudadano JOSE ANTONIO COSSIO, de nacionalidad cubano-americano, mayor de edad, titular del pasaporte americano Nº 431784258, parte demandante en el presente juicio de NULIDAD DE CONTRATO DE COMPRA-VENTA, que tiene incoado en contra de los ciudadanos CHARIF HASSOUN y CHADI HASSOUN, de nacionalidad Siria, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nros. E-83.574.002 y E-83.574.063, mediante el cual desiste de la apelación interpuesta contra la sentencia dictada por este Juzgado en fecha 20 de abril de 2.015, este Tribunal, por cuanto observa que la parte demandada no ejercido recurso alguno en contra de la precitada decisión dentro del lapso legal correspondiente y que quien desiste de la aludida actuación es la propia apelante, HOMOLOGA dicho DESISTIMIENTO en la misma forma, términos y condiciones expresadas, ello por vía aplicación de analógica de lo dispuesto en los Artículo 263 y 265 del Código de Procedimiento Civil.
En virtud de la homologación anterior y de la decisión recaída en el presente juicio en fecha 20 de abril de 2.015 se da por terminado el presente juicio, ordenándose el Archivo del Expediente.
EL JUEZ TITULAR.

Dr. HENRY JOSE AGOBIAN VIETTRI
LA SECRETARIA.

LAURA PARDO DE VELASQUEZ


HJAV/