REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal de Mediación y Sustanciación de Niños, Niñas y Adolescentes del Estado Anzoátegui - Barcelona
Barcelona, trece de mayo de dos mil quince
205º y 156º

ASUNTO: BP02-V-2013-000842
SENTENCIA INTERLOCUTORIA

CAUSA: COLOCACION EN ENTIDAD DE ATENCION

INSTITUCION Y/O ABOGADO: Consejo de Protección del Niño, Niña y Adolescente de la Alcaldía del Municipio Sucre del Estado Miranda.-

JOVEN ADULTA: Se Omite de Conformidad con el artículos 49 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y 65 de la ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente).

MOTIVO: MEDIDA DE EGRESO

Vista la diligencia de fecha 08/05/2015, presentada por la abogado ANA DIAZ inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 201.400, en su carácter de abogada del Equipo Multidisciplinario de la Unidad de de Protección Integral UPI “Pajaro Guarandol” y verificado su contenido, en consecuencia este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Sede Barcelona ACUERDA PRIMERO: Se levanta la medida de protección de Colocación en Entidad de Atención, dictada en beneficio de la joven Se Omite de Conformidad con el artículos 49 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y 65 de la ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente)quien se encuentran en la Unidad de de Protección Integral UPI “Pájaro Guarandol”, ubicada en la ciudad de Barcelona, del Estado Anzoátegui en virtud de haber alcanzado la mayoridad según se evidencia en copia del acta de Nacimiento que riela en el Folio Doscientos Cuarenta y Nueve del presente expediente y en consecuencia se DECRETA MEDIDA DE EGRESO, de la Institución antes señalada, a la joven adulta Se Omite de Conformidad con el artículos 49 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y 65 de la ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente). SEGUNDO: se acuerda oficiar lo conducente a la Directora de la Unidad de de Protección Integral UPI “Pajaro Guarandol”, a los fines de dar cumplimiento a lo acordado en la presente sentencia. Líbrese Oficio Respectivo. Cúmplase.-
Publíquese, regístrese, déjese copia certificada.-
Dada, firmada y sellada en la sala de audiencia del Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui, a los Trece (13) días del mes de Mayo de 2015. Año 204º de la Independencia y 156º de la Federacion.-
LA JUEZ PROVISORIO.
Abg. AMERICA FERMIN.

LA SECRETARIA

Abg. JULIMAR LUCIANI
En la misma fecha del auto anterior se le dio cumplimiento a todo lo ordenado en el.-
LA SECRETARIA
Abg. JULIMAR LUCIANI
AF/lac