REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Mediación y Sustanciación de Niños, Niñas y Adolescentes del Estado Anzoátegui - Barcelona
Barcelona, doce de mayo de dos mil quince
205º y 156º
ASUNTO: BP02-V-2008-000429
Sentencia Interlocutoria.
Solicitantes: Abgs. NAILETT BARROSO, LUIS GERARDO ROSAS y JOSE MANUEL SANCHEZ, actuando en su carácter de Consejeros de Protección del Niño y del Adolescente del Municipio Juan Antonio Sotillo del Estado Anzoátegui.
Joven: Se Omite de Conformidad con el artículos 49 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y 65 de la ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente)
Motivo: COLOCACIÓN FAMILIAR EN ENTIDAD DE ATENCION
Revisada la presente demanda con motivo de la COLOCACION EN ENTIDAD DE ATENCION, presentada por los ciudadanos NAILETT BARROSO, LUIS GERARDO ROSAS y JOSE MANUEL SANCHEZ, actuando en su carácter de Consejeros de Protección del Niño y del Adolescente del Municipio Juan Antonio Sotillo del Estado Anzoátegui, a favor de la joven Se Omite de Conformidad con el artículos 49 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y 65 de la ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente), y por cuanto se evidencia de la copia de la Partida de Nacimiento de la joven Se Omite de Conformidad con el artículos 49 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y 65 de la ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente), cursante al folio sesenta y ocho (68) del presente expediente que la mismo nació el Diecisiete (17) de Septiembre de 1996; lo que significa que la adolescente alcanzo la mayoría de edad. Es por ello que este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Sede Barcelona ACUERDA PRIMERO: DECRETAR MEDIDA DE EGRESO, de la joven Se Omite de Conformidad con el artículos 49 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y 65 de la ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente), de la Entidad de Atención, Unidad de Protección Integral de Adolescentes Femeninas “Pájaro Guarandol” IDENNA Anzoátegui, ubicada en la ciudad de Barcelona, del Estado Anzoátegui. SEGUNDO: se ordena oficiar a la Directora de la Entidad de Atención, antes señalada, a los fines de informarle del contenido de la medida acordada en la presente sentencia. Líbrese Oficio Respectivo Cúmplase.-
LA JUEZ PROVISORIO.
Abg. FARAH MELISSA AZOCAR
LA SECRETARIA
Abg. SONIA ALFARO
FMA/Jesús Maita.-
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