REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Simón Bolívar, Diego Bautista Urbaneja, Juan Antonio Sotillo y Guanta de la Circunscripción del Edo. Anzoátegui
Barcelona, veintiocho de mayo de dos mil quince
205º y 156º

ASUNTO: BP02-V-2010-000110

SENTENCIA

Vista la anterior demanda por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO, presentada por el ciudadano JAVIER ANTONIO SALDIVIA BLANCO, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad Nº 8.244.292 actuando en representación del ciudadano JOSE SALDIVIA BLANCO, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad Nº 8.240.579 debidamente asistido por la Abg. CAROLINA ROJAS TORRES, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 48.651, en contra de la Sociedad Mercantil TRANSPORTE LACUSTRES, C.A (TRANSLATECA).-.-

EL TRIBUNAL OBSERVA:

De las actas que conforman el expediente se verifica la total inactividad de las partes en el presente procedimiento, por cuanto hasta la presente fecha, han transcurrido mas de un (01) año, sin que hayan cumplido con la obligación de impulsar el procedimiento, en consecuencia, resulta forzoso para este Juzgador, declarar la pérdida de interés, y por ende, terminado el procedimiento.-

DECISIÓN

Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Simón Bolívar, Diego Bautista Urbaneja, Juan Antonio Sotillo y Guanta de la Circunscripción del estado. Anzoátegui, administrando justicia en nombre de la Republica y por autoridad de la ley, declara:

PRIMERO: La PÉRDIDA DEL INTERÉS por parte de los interesados, en la demanda por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO, presentada por el ciudadano JAVIER ANTONIO SALDIVIA BLANCO, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad Nº 8.244.292 actuando en representación del ciudadano JOSE SALDIVIA BLANCO, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad Nº 8.240.579 debidamente asistido por la Abg. CAROLINA ROJAS TORRES, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 48.651, en contra de la Sociedad Mercantil TRANSPORTE LACUSTRES, C.A (TRANSLATECA).-

SEGUNDO: TERMINADO EL PROCEDIMENTO.-

TERCERO: SE ORDENA REMITIR EL PRESENTE ASUNTO AL ARCHIVO JUDICIAL.

Publíquese y regístrese. Déjese copia.-


El Juez,



Abg. José Jesús Ramírez García


El Secretario,



Abg. Oswaldo José Fernández Sierra.


En esta misma fecha, siendo las 11:14 AM., se dictó y público la anterior sentencia. Conste.





JJG/cmbp.