REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Nor-Oriental.
Barcelona, once de noviembre de dos mil quince
205º y 156º
ASUNTO: BE01-X-2010-000023
DEMANDANTE: CESAR ROLANDO MANRIQUE SANCHEZ, titular de la cedula de identidad Nº 5.659.129.
DEMANDADOS: VICTOR SEGUNDO ARIAS DAGER y ESTHER MARIA REGGETTI DE ARIAS, titulares de la cedulas de identidad Nros. V-3.717.603 y V-4.351.119 respectivamente.
MOTIVO: ESTIMACION DE HONORARIOS PROFESIONALES.
Vistas las resultas de la comisión emanadas del Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Simón Bolívar, Diego Bautista Urbaneja, Juan Antonio Sotillo y Guanta de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, mediante la cual se puede evidenciar que cursa en los folios Nros. 241 y 242, escrito de fecha 20-10-15 suscrito por el abogado Raúl Meza Castro, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 75.534, en su carácter de apoderado judicial de los ciudadanos VICTOR SEGUNDO ARIAS DAGER y ESTHER MARIA REGGETTI de ARIAS, parte demandada en la presente causa, mediante el cual consigna cheque Nº 70544226, contra el Banco Mercantil, identificado con la cuenta Nº 0105-0046-00-1046551329, por la cantidad de CUARENTA Y CINCO MIL BOLIVARES (Bs. 45.000,00), a favor del ciudadano CESAR ROLANDO MANRIQUE SANCHEZ, a los fines de dar cumplimento a lo ordenado en la sentencia proferida por este Juzgado Superior en fecha 22 de junio de 2015. Asimismo, se evidencia en el folio Nº 243, escrito de fecha 21-10-15 presentado por el ciudadano CESAR ROLANDO MANRIQUE SANCHEZ, parte demandante en la presente causa, mediante el cual manifiesta haber recibido el cheque señalado anteriormente; en consecuencia, este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso-Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Nor-Oriental, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
Primero: Se HOMOLOGA la presente causa, por no ser contraria a derecho, otorgándosele carácter de Sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, de conformidad con lo establecido en el artículo 255 del Código de Procedimiento Civil.
Segundo: Se da por terminada la demanda de Estimación de Honorarios Profesionales que incoara el ciudadano CESAR ROLANDO MANRIQUE SANCHEZ, ya identificado, contra los ciudadanos VICTOR SEGUNDO ARIAS DAGER y ESTHER MARIA REGGETTI de ARIAS.
Tercero: Se ordena la remisión del presente expediente al Archivo Judicial. Déjese copia certificada. Expediente signado con el Nº BE01-X-2010-000023.
La Juez,
Dra. Mirna Mas y Rubí Spósito. La Secretaria acc.,
Abog. Josmire Carolina Zurita.
S.V.
|