REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Oriental
Barcelona, 23 de noviembre de dos mil quince
205º y 156º
ASUNTO: BP02-U-2012-000053
Visto el contenido del Juicio Ejecutivo interpuesto por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (U.R.D.D) Civil, en fecha 22-02-2012, por los abogados, CARMEN VICTORIA PEREZ, JOSE JESUS SIFONTES, y LUISA GISELA LANDINO SALAS, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-8.286.260, V-8.967.889 y V-3.751.319, respectivamente, e inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nros. 82.486, 43.709 y 13.410 actuando en sus carácter de Representantes Legales de la República Bolivariana de Venezuela, adscritos al SENIAT Región Insular, contra la Sociedad Mercantil DISCO SKY BLUE, C.A, debidamente inscrita por ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, en fecha 28-11-2002, bajo el Nº 47, Tomo 39-A, e inscrita en el Registro de Información Fiscal bajo el Nº J-30971207-1, domiciliada en la Calle Principal de La Galería, Local Sky Blue, Juangriego, Municipio Marcano, del Estado Nueva Esparta, y los Responsables Solidarios ciudadanos: FRANCISCO GASCA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 3.548.084 y HALASZ ZOLTAN ISTVAN, húngaro, mayor de edad titular del pasaporte Nº PN706561.
Por auto de fecha 24-02-2012 se le dio entrada al presente juicio ejecutivo interpuesto por los abogados CARMEN VICTORIA PEREZ, JOSE JESUS SIFONTES, y LUISA GISELA LANDINO SALAS, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-8.286.260, V-8.967.889 y V-3.751.319, respectivamente, e inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nros. 82.486, 43.709 y 13.410, funcionarios adscritos a la Gerencia Regional de Tributos Internos de la Región Insular, actuando en sus carácter de sustitutos de la ciudadana Procuradora General de la República Bolivariana de Venezuela y por ende Representante Legal de la República Bolivariana de Venezuela, contra la contribuyente sociedad mercantil DISCO SKY BLUE, C.A (Folio 46)
En fecha 28-02-2012, se admitió el presente juicio ejecutivo. (folio 47).
De conformidad con el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley numero 1434, del Código Orgánico Tributario, publicado en Gaceta Oficial N° 6.152, de fecha 18 de Noviembre de 2014, entrando en vigencia el 18 de Febrero de 2015, el cual confiere la competencia para el Cobro Ejecutivo a la Administración Tributaria, y de la ejecución de los fallos a través de ese procedimiento administrativo conforme al articulo 346 del prenombrado Código y que en concordancia con el criterio de la Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia a través de la decisión Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia a través de la decisión numero 00543 de fecha 14 de mayo de 2015, que estable lo siguiente:
“…corresponde a la Administración Tributaria iniciar, impulsar y resolver todas las incidencias del cobro ejecutivo; contrario a lo estatuido sobre ese particular los artículos 289 y 290 del Código Orgánico Tributario de 2001, donde el Fisco Nacional iniciaba el juicio ejecutivo mediante escrito ante el tribunal contencioso tributario competente por lo tanto, esta sala advierte la imposibilidad de los jueces Contenciosos Tributarios de conocer los juicios ejecutivos, en virtud de haber perdido sobrevenidamente la jurisdicción para tramitarlos. Así se establece.” (Destacado de la Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia).
En consecuencia, este Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Oriental, en nombre de la Republica y por autoridad de la Ley, declara la FALTA DE JURISDICCION en la presente causa, y ORDENA remitir el expediente a la Gerencia Regional de Tributos Internos de la Región Insular del SENIAT. A los fines de su ejecución.
Líbrese oficio, acta y remítase el expediente a la Gerencia Regional de Tributos Internos de la Región Insular del SENIAT.
Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Oriental a los veintitrés días (23) días del mes de Noviembre de dos mil quince (2015)
EL JUEZ,
FRANK A. FERMIN V.
LA SECRETARIA,
YARABIS POTICHE.
Nota: En esta misma fecha (23/11/2015) siendo las 11:30 a.m., se dictó y publicó la anterior decisión previa las formalidades de Ley. Conste.
LA SECRETARIA.
YARABIS POTICHE.
FAFV/YP/gi
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