REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, diecisiete de noviembre de dos mil quince
205º y 156º
ASUNTO: BP02-L-2015-000225
SENTENCIA
PARTE ACTORA: OSWALDO CELESTINO FLORES JIMENEZ y OSWALDO DE JESUS CASTILLO, titulares de las Cedulas de Identidad Nros. 8.265.042 y 8.256.582 respectivamente. Ausente.
APODERADO DE LA PARTE ACTORA: LUZ MARY MARIN y RAQUEL URBANO, abogadas en ejercicio, inscritas en el Inpreabogado Nros. 81.202 y 109.199 respectivamente. Ausentes
PARTE DEMANDADA: INVERSIONES ARDA C.A.
APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA: La abogada ZOILA ROJAS PEREZ, inscrita en el I.PS.A, bajo el Nº 106.427. Presente.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES.
Hoy, diecisiete (17) de noviembre del 2015, siendo las diez (10:00 a.m.) de la mañana, día y hora fijado para que tenga lugar la apertura de la Audiencia Preliminar, por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES, se deja expresa constancia que la parte actora no comparecieron a la realización de la Audiencia Preliminar. Por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. Se deja constancia de la presencia de la parte demandada, a través de su apoderada judicial, según poder que riela a los autos, la abogada ZOILA ROJAS PEREZ, inscrita en el I.PS.A, bajo el Nº 106.427. Presente. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 156 ° y 205°.
El Juez
Abg. Angel Parra Gutiérrez
La apoderada judicial de la demandada
La Secretaria
Abg. Yirali Quijada Carrasco
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado siendo las 10:30 a.m. Conste.
La Secretaria
Abg. Yirali Quijada Carrasco.
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