N° DE EXPEDIENTE: BP12-L-2015-000227
PARTE ACTORA: EMIGLEIDYS ONEIGLYS BETANCOURT FIGUERA
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: Abg. JORGE BARBOZA
PARTE DEMANDADA: LINDSAY S.A
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: Abg. AQUILES VILLARREAL
MOTIVO: DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES y ENFERMEDAD PROFESIONAL

DESISTIMIENTO DE LA AUDIENCIA PRELIMINAR en PROLONGACION
A las 9:30 a.m. del día de hábil de hoy, 18 de noviembre de 2015, siendo la oportunidad previamente fijada para la prolongación de la audiencia preliminar; en la demanda que COBRO DE DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES y ENFERMEDAD PROFESIONAL, que intentó la ciudadana EMIGLEIDYS ONEIGLYS BETANCOURT FIGUERA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-12.438.554; en contra de la demandada LINDSAY S.A.,
comparecen sus apoderados en ejercicio AQUILES E. VILLARREAL y YOLIMAR CARRASCO CASTILLO, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nº 60.383 y 84.406. Este tribunal deja constancia que no compareció ni por sí ni por medio de apoderado alguno, la parte actora; a pesar del llamado del Alguacil del Circuito en las puertas del tribunal a la hora fijada, es decir a las 9:30 a.m., por lo que, de conformidad con el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE LA PRESENTE DECISIÓN. El tribunal expide dos (2) ejemplares adicionales a la parte compareciente. Año 205 º y 156º
La Jueza Provisoria,


Abg. MARINES SULBARAN MILLAN

Por la demandada,
La Secretaria,


Abg. LISBETH DAMARYS MACHADO VALERA
En la misma fecha se dictó la sentencia en forma oral, se publicó a las 9:40 a.m. y se registró en el copiador respectivo. Conste. La Secretaria,




CSDTPyVV
MSM/LDMV/msm
BP12-L-2015-000227