REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL NOVENO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SIMÓN BOLÍVAR, DIEGO BAUTISTA URBANEJA, JUAN ANTONIO SOTILLO Y GUANTA.

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL NOVENO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SIMON BOLÍVAR, DIEGO BAUTISTA URBANEJA, JUAN ANTONIO SOTILLO Y GUANTA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ANZOÁTEGUI.-
Puerto la Cruz: 24 de noviembre de 2015
204° y 155°
Visto el Escrito que antecede, presentado en fecha 11 de noviembre del año en curso por el ciudadano FREDDY MILANO REYNA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 132.520, en un folio útil y anexo en tres (03) folios útiles, mediante el cual consigna poder otorgado por la ciudadana IRENE MARGARITA FUENTES VASQUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-4.904.491, este Tribunal lo agrega a los autos para que surta los efectos legales que de él dimanan.
Visto asimismo, el DESISTIMIENTO DE LA SOLUCITUD contenido en el aludido Escrito, este Tribunal de conformidad con lo dispuesto en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, le imparte su HOMOLOGACIÓN en todas y cada una de sus partes. En consecuencia, este Tribunal da por terminada la presente solicitud de DECLARACION DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, presentada por la ciudadana IRENE MARGARITA FUENTES VASQUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-4.904.491, en su carácter de hija de los De Cujus CRUZ DEL CARMEN VASQUEZ de FUENTES y VICTOR FUENTES GUADELLY, actuando en nombre propio y en representación de sus hermanos VICTOR RAFAEL FUENTES VASQUEZ, NELSON JOSE FUENTES VASQUEZ, YOVANNI RAFAEL FUENTES VASQUEZ, SAIDA RUBI FUENTES VASQUEZ y SAIDA DEL VALLE FUENTES de YANEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nro. V-8.224.327, V-8.224.227, V-5.488.543, V-5.483.726 y V-5.483.725, debidamente asistida por el Abogado FREDDY MILANO REYNA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 132.520. A tal efecto se ordena el desglose y sustitución previa certificación en autos de los originales que rielan a los folios cuatro al doce, cumplido lo cual se dará Archivo de las actuaciones que conforman el presente expediente. Cúmplase
EL JUEZ PROV.,

Dr. José Nichols González
LA SECRETARIA,

Abg. Ghilda Jiménez Mijares

JANG/mgc