REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Nor-Oriental.
Barcelona, quince de octubre de dos mil quince
205º y 156º

ASUNTO: BP02-N-2012-000318

Vista la diligencia suscrita por la abogada LUISA MACUARE, inscrita en el IPSA bajo el Nº 82.490, en su carácter de apoderada judicial de la ciudadana MILAGROS QUIJADA FLORES (parte demandante), mediante la cual solicita se ordene la ejecución forzosa de la sentencia dictada por este Juzgado Superior en fecha 18 de Junio de 2015, en virtud de que el INSTITUTO VENEZOLANO DE LOS SEGUROS SOCIALES, no ha cumplido con lo ordenado en la misma, este Juzgado decreta la ejecución forzosa. En consecuencia ordena comisionar suficientemente al Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Simón Bolívar, Diego Bautista Urbaneja, Juan Antonio Sotillo y Guanta de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, a los fines de que practique la ejecución forzosa de dicha sentencia. A tales efectos, remítasele anexo copia certificada de la decisión y del presente auto. Cúmplase lo ordenado.

La Juez,

Dra. Mirna Mas y Rubí Spósito.
La Secretaria acc.,

Abog. Josmire Carolina Zurita.

s.v.