REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Nor-Oriental.
Barcelona, veintiseis de octubre de dos mil quince
205º y 156º
ASUNTO: BP02-N-2015-000237
Vista la demanda que inmediatamente precede y revisados todos los recaudos, se ADMITE la misma cuanto ha lugar en derecho. Se acuerda de conformidad con el artículo 99 de la Ley de Estatuto de la Función Pública, emplazar al ciudadano Director - Presidente del Instituto Autónomo Policía del Estado Anzoátegui, a los fines de que comparezca ante este Tribunal, a dar contestación a la demanda intentada por el ciudadano JOSE GREGORIO DOMINGUEZ BAEZ, titular de la Cedula de Identidad Nº 18.927.743, asistido por la Abogada Sobeida Velásquez, inscrita en el IPSA bajo el Nº 160.786, dentro de los quince (15) días de despacho siguientes, contados a partir de que conste en autos las resultas de la citación aquí dispuesta y solicitar a través de su persona el expediente administrativo relacionado con la presente causa, para que lo envíe dentro de los dos (2) días de despacho siguientes a su emplazamiento. Compúlsese por Secretaría copia certificada del libelo de la demanda y sus anexos, a los fines del emplazamiento respectivo.
La Juez,
Dra. Mirna Mas y Rubí Spósito.
La Secretaria acc.,
Abog. Josmire Carolina Zurita.
s.v.
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