REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Nor-Oriental.
Barcelona, cinco de octubre de dos mil quince
205º y 156º
ASUNTO: BP02-N-2014-000052
Visto el cómputo realizado de los días de despacho transcurridos para el lapso de promoción de pruebas y visto el escrito de pruebas presentado en fecha 17 de Septiembre de 2015, por el abogado Carlos Enrique Guaicara, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 42.416, en su carácter de Apoderado Judicial del ciudadano José Antonio Guaicara Arriojas, parte actora; el Tribunal, la declara extemporánea por tardía.
La Juez,
La Secretaria Acc,
Dra. Mirna Mas Y Rubí Spósito
Abog. Josmire Carolina Zurita
M.S.