REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, veintitrés de octubre de dos mil quince
205º y 156º

ASUNTO: BP02-L-2014-000597
SENTENCIA

PARTE ACTORA: JAVIER ANTONIO ROMERO, titular de la Cedula de Identidad Nro. 21.231.981. No compareció.
ABOGADA ASISTENTE DE LA PARTE ACTORA: MARYORI DE LIRA, abogada en ejercicio, inscrita en el Inpreabogado Nº 91.859
PARTE DEMANDADA: FINCA LA BARBAREÑA (FUNDO LOS NIETOS).
APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA: No se presentó
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES.


Hoy, veintitrés (23) de octubre del 2015, siendo las nueve (09:00 a.m.) de la mañana, día y hora fijado para que tenga lugar la apertura de la Audiencia Preliminar, por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES, se deja expresa constancia de que tanto la parte actora como la parte demandada no comparecieron a la realización de la Audiencia Preliminar. Por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 156 ° y 205°.
El Juez
Abg. Angel Parra Gutiérrez
La Secretaria
Abg. Yirali Quijada Carrasco.

En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado siendo las 09:35 a.m. Conste.
La Secretaria
Abg. Yirali Quijada Carrasco.