REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, quince de octubre de dos mil quince
205º y 156º

ASUNTO: BP02-L-2015-000169
Visto la diligencia que antecede, suscrita por la abogado en ejercicio MARIBEL A. FERNANDEZ GONSALEZ , venezolana, mayor de edad, titular de al cedula de identidad No.5.223.833, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No.81.103, asistiendo a los ciudadanos ALEXANDER DELGADO, ANGEL DELGADO, MARIO DIAZ, JOSE RUIZ Y RONNY FIGUERA, titulares de las cedulas de identidad Nros. V-18.131.150, V-17.686.079, V-15.051.409, V-14.660.462 y V-15.249.232, respectivamente, mediante la cual desisten del presente procedimiento por Cobro de Prestaciones Sociales que interpusieren, en contra de la sociedad mercantil entidad de trabajo ALIMENTOS SUPER- S C.A, verificada como ha sido los extremos de ley y por cuanto el presente desistimiento no vulnera derechos irrenunciables de los ex trabajadores, ni normas de orden publico, es por lo que este Juzgado Cuarto de Primera Instancia del Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley Homologa el desistimiento hecho por losl reclamantes de conformidad con lo establecido en el artículo 263 y 264 del Código de Procedimiento Civil, por aplicación analógica del artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, otorgándose carácter de Cosa Juzgada . Así se decide.
Por lo que se da por terminado el presente procedimiento, ordenándose su archivo judicial. Así se decide.
REGISTRESE, PUBLIQUESE Y DEJESE COPIA CERTIFICADA DE LA PRESENTE RESOLUCIÓN. Conste.
El Juez,


Abg. Juan Bautista Martínez Lara
La Secretaria,


Abg. Yirali Quijada
Seguidamente y en esta fecha, siendo las 01:30, p.m., se publico la anterior Resolución. Conste:


La Secretaria,


JBML/YQ.-