REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui.
El Tigre, trece de octubre de dos mil quince
205º y 156º
ASUNTO PRINCIPAL: BP12-L-2014-000095
ASUNTO: BP12-L-2014-000095
ACTA DE AUDIENCIA PRELIMINAR PRIMIGENIA

N° DE EXPEDIENTE: BP12-L-2014-00095
PARTE ACTORA: JOSE LUIS GAMBOA HERNANDEZ
ABOGADO APODERADO DE LA PARTE ACTORA: Abg. JOSE LUIS GAMBOA HERNANDEZ Y FREDDY VALOR
PARTE DEMANDADA: MATADERO INDUSTRIAL CANTAURA C.A. (MATINCA) FRIGORIFICO INDUSTRIAL CANTAURA
APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA: Abg. MARCOS MAESTRE
MOTIVO: COBRODE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS.

En el día de hoy trece (13) de octubre de dos mil quince (2015), siendo las diez de la mañana (10:00 a.m), fecha y hora fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, referente a la causa seguida bajo el expediente No. BP12- L-2014-00095, que por motivo de COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS, intentada por el ciudadano: JOSE LUIS GAMBOA HERNANDEZ contra la entidad de trabajo: MATADERO INDUSTRIAL CANTAURA C.A. (MATINCA) Y FRIGORIFICO INDUSTRIAL CANTAURA correspondiéndole conocer la causa a este tribunal por distribución sistemática llevada a cabo en este circuito laboral para la instalaciones de audiencia preliminares, es por lo que el juez en este acto se aboca al conocimiento de la presente causa; Seguidamente se anunció dicho acto en este Tribunal por el ciudadano Alguacil ; se deja constancia que únicamente se encuentra presente la representación Judicial de las demandadas MATADERO INDUSTRIAL CANTAURA C.A. (MATINCA) Y FRIGORIFICO INDUSTRIAL CANTAURA, el abogado MARCOS GABRIEL MAESTRE GUADA, con Inpreabogado 41.188, conforme se evidencia de los poderes otorgados por ante por ante la notaria publica de Anaco del Estado Anzoátegui, de fecha 01 de junio de 2015, anotado bajo el Nº 03 Tomo 69, de los libros de autenticaciones llevados por esa notaria y el otorgado por ante por ante la notaria publica de Anaco del Estado Anzoátegui, de fecha 27 de enero de 2014, anotado bajo el Nº 17 Tomo 06, de los libros de autenticaciones llevados por esa notaria los cuales se agregan a los autos en copia fotostática luego de su confrontación con el original y por el Municipio Bolivariano General Pedro María Freites del Estado Anzoátegui los abogados OMAR SALAZAR Y CESAR SERRANO MAESTRE, con Inoreabogados Nros. 3.452 y 32.489, respectivamente, y que el Ciudadano JOSE RAFAEL GAMBOA HERNANDEZ conforme se evidencia de los poderes otorgados por ante por ante el Registro Público del Municipio Municipio Bolivariano General Pedro María Freites del Estado Anzoátegui Cantaura, de fecha 19 de junio de 2014, anotado bajo el Nº 15 Tomo 15, de los libros de autenticaciones llevados por ese Registro con Función Notarial compareció ni por si ni por medio de apoderado alguno a la Instalación de la audiencia preliminar, a pesar del llamado del Alguacil del Circuito en las puertas del tribunal a la hora fijada, es decir a las 10:00 a.m., por lo que, de conformidad con el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE LA PRESENTE DECISIÓN. El tribunal expide dos (02) ejemplares adicionales para la parte compareciente. Siendo las 10:25 a.m. se declara terminado el acto. Es todo, terminó se leyó y conformes firman. Años 205 º de la Independencia y 156º de la Federación.
EL JUEZ,


Abg. JOSÉ TADEO HERRERA S.
LA SECRETARIA.

Abg. LISBETH MACHADO VALERA.



LA PARTE DEMANDADA
LA SECRETARIA;

ABG. LISBETH MACHADO VALERA
En esta misma fecha se dio cumplimiento con lo ordenado, siendo las 10:25 a.m, conste.
N° DE EXPEDIENTE: BP12-L-2014-00095