REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui.
El Tigre, quince de octubre de dos mil quince
205º y 156º
ASUNTO PRINCIPAL: BP12-L-2014-000177
ASUNTO: BP12-L-2014-000177
PARTE ACTORA: ciudadano: DORKYS FLORES, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula Nº V-12.677.448.
PARTES DEMANDADA: Entidad de trabajo SUPERMERCADO UNICASA, C.A.-
REPRESENTACIÓN JUDICIAL PARTE DEMANDADA: Abogado en ejercicio JHUAN MEDINA, inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nº 36.193
MOTIVO: ACCIDENTE DE TRABAJO O ENFERMEDADES OCUPACIONALES.
ACTA DE JUICIO.
En horas de despacho del día miércoles catorce (14) de octubre de 2015, siendo las 09:00 am., estando en la Sala de Audiencias de los Tribunales Laborales de esta Circunscripción Judicial No. 02. Se dió inicio al acto, a los fines de celebrar la instalación de la Audiencia Oral de Juicio, presidido por la ciudadana Juez Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Abogada LISBETH HARRIS GARCIA, con la presencia de la ciudadana Secretaria Accidental Abogada MARY CORDOVA MEDINA, así como de la Alguacil de este Circuito Laboral, ciudadana OLGENIA ORTIZ. Posteriormente la Ciudadana Juez ordenó a la Secretaria informar el motivo de la presente Audiencia y dejar constancia de la presencia de las partes. Seguidamente la Secretaria dio cuenta a la Ciudadana Juez del objeto de la Audiencia, y dejó constancia que NO se encontraba presente en la Sala de Audiencias de los Tribunales Laborales, la parte actora ciudadana: DORKYS FLORES, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula Nº V-12.677.448, ni por si ni a través de apoderado judicial alguno. Asimismo, se dejó constancia de la comparecencia de la parte demandada entidad de trabajo SUPERMERCADO UNICASA, C.A., a través de su apoderado judicial Abogado en ejercicio JHUAN MEDINA, inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nº 36.193. Inmediatamente, la Juez informó que la audiencia oral de juicio, sería reproducida de manera audiovisual, conforme al artículo 162 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Seguidamente, se declaró formalmente instalada la audiencia oral de juicio. En este sentido, y vista la incomparecencia de la parte demandante a la audiencia oral de juicio, este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, de conformidad con la Sentencia N° 1184, de fecha 22 de septiembre de 2009, emanada de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara EL DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO. Todo conforme a lo establecido en el artículo 151 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. A partir del día hábil siguiente a la publicación de la resolución, se inicia el lapso de apelación de CINCO (5) DÍAS HÁBILES SIGUIENTES. Se deja constancia que en la audiencia de juicio se ha dado cumplimiento a los Principios Generales del Proceso como son la Oralidad, Publicidad, Inmediación, Concentración y Contradicción, previstos en los Artículos 2, 3 y 4 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. El Tribunal se retiró exhortando a la parte demandada a comparecer por ante la Sala de Despacho del Tribunal, a los fines de suscribir la presente acta. Se dió por concluida la presente Audiencia de Juicio. Cúmplase.-
LA JUEZ PROVISORIA

ABG. LISBETH HARRIS GARCIA
LA SECRETARIA
ABG. MARY CORDOVA MEDINA