REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN, EJECUCIÓN Y RÉGIMEN TRANSITORIO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Mediación y Sustanciación de Niños, Niñas y Adolescentes del Estado Anzoátegui - Barcelona
Barcelona, veintitrés de octubre de dos mil quince
205º y 156º
ASUNTO: BP02-J-2010-000064
SENTENCIA INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA
MOTIVO: Disposición de Bienes
PARTE: CARMEN MAGDALENA JIMENEZ DE CASTILLO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nros. V-8.372.214, respectivamente.
JOVEN ADULTA: PAOLA KATHERIN CASTILLO JIMENEZ, de veintidós (22) años de edad, respectivamente.
La suscrita Jueza Provisoria Abg. AMERICA FERMIN GONZALEZ, del Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del circuito Judicial de Protección del Niño, Niña y Adolescente, se aboca al conocimiento de la causa y Revisadas las actas procesales que conforman el presente expediente, y por cuanto se evidencia de los originales de la partida de nacimiento de la jóven PAOLA KATHERIN CASTILLO JIMENEZ, cursante al folio cuatro (04) y cinco (05), del presente expediente que la misma nació el días veintinueve de Julio de mil novecientos noventa y tres (29/07/1993); lo que significa que la mencionada jóvenes alcanzaron la mayoría de edad, en fecha 29/07/2011, y en la actualidad cuenta con veintidós (22) años de edad; Por todo ello, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en uso de sus atribuciones legales y en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en los artículos 02 en concordancia con el articulo 177 y el articulo 383 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente, en uso de sus atribuciones legales, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLAR EXTINGUDA la Disposición de Bienes, propuesta a favor de la joven ciudadana PAOLA KATHERIN CASTILLO JIMENEZ, ya plenamente identificada. Igualmente por cuanto no existen mas actuaciones que hacer en la presente causa, en consecuencia se ORDENA la devolución de todos y cada uno de los documentos originales consignados en el presente expediente, dejando copia en su lugar, previa certificación por secretaría, así como el cierre del presente expediente, así como su remisión al archivo judicial de este Estado. Y ASI SE DECIDE. Cúmplase.
LA JUEZ
DRA. AMERICA FERMIN
EL SECRETARIO ACC
ABOG. JAVIER ABREU
En la misma fecha del auto anterior se le dio cumplimiento a todo lo ordenado en el.
EL SECRETARIO ACC
ABOG. JAVIER ABREU
AF/PNML