REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SÉPTIMO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SIMÓN BOLÍVAR, DIEGO BAUTISTA URBANEJA, JUAN ANTONIO SOTILLO Y GUANTA.
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SÉPTIMO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SIMÓN BOLÍVAR, DIEGO BAUTISTA URBANEJA,
JUAN ANTONIO SOTILLO Y GUANTA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN
JUDICIAL DEL ESTADO ANZOÁTEGUI.-
Puerto La Cruz, veintitrés (23) de octubre del año dos mil quince (2015).-
205° y 156°
Vista la diligencia de fecha 21-10-2015, suscrita por la ciudadana YOSELIN DE LA CRUZ RODRÍGUEZ CARRILLO, con el carácter acreditado en autos, asistida por el abogado PEDRO CAMPOS CASTILLO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 82.335, mediante la cual solicitó hacer la corrección en cuanto al número de cédula de la ciudadana YRENE DEL VALLE RODRÍGUEZ CARRILLO, asimismo, se le expidan dos (02) juegos de copias certificadas de toda la solicitud, en consecuencia, este Tribunal por cuanto de la revisión efectuada a las actas que conforman el presente expediente se evidencia que se incurrió en un error material en lo que respecta al número de cédula de la ciudadana Yrene del Valle Rodríguez Carrillo, es por lo que ordena hacer la corrección antes señalada, en el sentido que donde dice: “titular de la cédula de identidad Nº V-12.674.243”, se debe tener como: “titular de la cédula de identidad Nº V-12.574.243”, por lo que el presente auto se tendrá como complemento del Decreto dictado por este Juzgado en fecha 15-10-2015. Igualmente, acuerda expedir por secretaría las copias certificadas solicitadas de conformidad con lo establecido en el artículo 111 y siguiente del Código de Procedimiento Civil. Y ASÍ SE DECIDE.-
LA JUEZ TEMPORAL,
MARIELA DEL VALLE NARVÁEZ SANTIL
LA SECRETARIA,
ADA MAITA MATUTE
En la misma fecha de hoy, se insta a la solicitante a consignar copias fotostáticas, a los fines antes señalados. Conste.- LA SECRETARIA,
ADA MAITA MATUTE
MNS/ec
Asunto BP02-S-2015-001540