REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Nor-Oriental.
Barcelona, trece de abril de dos mil dieciséis
205º y 157º
ASUNTO: BP02-N-2015-000184
Visto el escrito de pruebas presentado en fecha 11 de Abril de 2.016, por el abogado JOSE RAMON ALVAREZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 71.522, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, ciudadano MARIO RAMON CANACHE AVILE; el Tribunal, a los fines de pronunciarse sobre el mismo, previamente observa:
De actas se evidencia que en fecha 16 de Marzo de 2.016, se efectuó la Audiencia Preliminar en la presente causa, solicitando las partes que la misma se abriera a pruebas, razón por la cual, los cinco (5) días de promoción de pruebas fueron los siguientes: 17, 18, 28, 29 y 30 de Marzo de 2.016; y siendo que el presente escrito fue presentado en fecha 11 de Abril de 2.016, es por lo que el mismo resulta EXTEMPORANEO POR TARDÍO, debiendo agregarse a los autos, sin que surta efectos de ley, como en efecto. Así se agregan.-
La Juez,
Dra. Mirna Mas Y Rubí Spósito
La Secretaria,
Abg. Josmire Carolina Zurita
s.v.
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