REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Nor-Oriental.
Barcelona, veinticinco de abril de dos mil dieciséis
206º y 157º
ASUNTO: BP02-N-2016-000051
Vista la presente demanda y revisados todos los recaudos, se ADMITE la misma cuanto ha lugar en derecho. Se acuerda de conformidad con el artículo 99 de la Ley de Estatuto de la Función Pública, emplazar a la ciudadana: ALCALDESA DEL MUNICIPIO JOSE GREGORIO MONAGAS DEL ESTADO ANZOÁTEGUI, a los fines de que comparezca ante este Tribunal, a dar contestación a la demanda intentada por la ciudadana: CARMEN YOLANDA GARCIA MEDINA, titular de la Cedula de Identidad No. V.- 8.485.173, asistida jurídicamente por la Abogado MARIA CORINA CASTRO CASTRO, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 173.052, mediante el cual solicita la nulidad del Acto Administrativo de Destitución Resolución Nº DAMM-133-12-2015, de fecha 15 de Diciembre de 2015, dentro de los quince (15) días de despacho siguientes, contados a partir de que conste en autos la resulta de la citación aquí dispuesta. Igualmente, se ordena solicitar a través de su persona el expediente administrativo relacionado con la presente causa, para que lo envíe dentro de los dos (2) días de despacho siguientes a su emplazamiento. Compúlsense por Secretaría copias certificadas del libelo de la demanda de sus anexos y del Auto de admisión, a los fines del emplazamiento y la notificación respectiva.
La Juez,
Dra. Mirna Mas y Rubí Spósito.
La Secretaria,
Abg. Josmire Carolina Zurita.
fys,.
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