REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal de Mediación y Sustanciación de Niños, Niñas y Adolescentes del Estado Anzoátegui - Barcelona
Barcelona, seis de abril de dos mil dieciséis
205º y 157º

ASUNTO: BP02-V-2015-001168
Sentencia interlocutoria con fuerza de definitiva
MOTIVO: EJECUCION DE OBLIGACION DE MANUTENCION.
PARTE DEMANDANTE: AMARILIS JOSEFINA OSORIO MACHADO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-8.294.405, asistida por la Abogado LOS ANGELES CAGUANA, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 113.537.-
PARTE DEMANDADA: CARLOS ANDRES RODRIGUEZ MACHADO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-8.277.317

ADOLESCENTES: Se Omite de Conformidad con el artículos 49 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y 65 de la ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente)
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Visto que en la oportunidad para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en Fase de Ejecución, con ocasión a la Demanda de EJECUCION DE OBLIGACION DE MANUTENCION, presentada por la ciudadana AMARILIS JOSEFINA OSORIO MACHADO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-8.294.405, asistida por la Abogado LOS ANGELES CAGUANA, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 113.537, actuando en representación de los derechos e intereses de sus hijos, los adolescentes Se Omite de Conformidad con el artículos 49 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y 65 de la ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente), contra el ciudadano CARLOS ANDRES RODRIGUEZ MACHADO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-8.277.317. Anunciado el acto a las puertas del Tribunal del Circuito Judicial de Protección, por el alguacil el ciudadana, Orlando Rodríguez, habiéndose constatado la no presencia de la ciudadana AMARILIS JOSEFINA OSORIO MACHADO, anteriormente identificado, y la no comparecencia de la parte demandada CARLOS ANDRES RODRIGUEZ MACHADO, y así mismo se deja constancia de la no presencia de la Fiscal Décimo Quinto del Ministerio Publico. Se constituye el despacho del Tribunal Tercero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, sede Barcelona, con la jueza SULEIMA PÉREZ. Seguidamente en virtud de la incomparecencia de la parte demandante a la celebración de la audiencia preliminar en fase de Ejecución sin que se justificara su inasistencia, esta Jueza Tercero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de esta Circunscripción Judicial en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad que le confiere la Ley, y a tenor de lo establecido en el artículo 477 de la Ley especial, DECLARA: PRIMERO: DESISTIDO el PROCEDIMIENTO, de EJECUCION DE OBLIGACION DE MANUTENCION, presentada por la ciudadana AMARILIS JOSEFINA OSORIO MACHADO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-8.294.405, asistida por la Abogado LOS ANGELES CAGUANA, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 113.537, actuando en representación de los derechos e intereses de sus hijos, los adolescentes Se Omite de Conformidad con el artículos 49 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y 65 de la ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente) contra el ciudadano CARLOS ANDRES RODRIGUEZ MACHADO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-8.277.317, y TERMINADO éste mediante Decisión Oral reducida a un Acta, la cual debe ser publicada en este mismo día. SEGUNDO: EXTINGUIDA LA INSTANCIA, en atención a la normativa que regula la materia, se les hace saber a las partes que transcurrido un mes, podrán intentar nuevamente su solicitud. TERCERO: Devuélvase originales a las partes, dejando en su lugar copias certificadas en su lugar.
Publíquese, regístrese, déjese, copia certificada en el Tribunal como lo ordena el Artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Audiencias del Tribunal Tercero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Barcelona, a los seis (06) días del mes de Abril del año dos mil Dieciséis (2016).
La Jueza Provisorio

Abog. Suleima Perez Gracia

El Secretario Acc

Abog. Javier Abreu

En la misma fecha se dicto y publico la anterior sentencia.-

El Secretario Acc

Abog. Javier Abreu