REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, cuatro de agosto de dos mil dieciséis
206º y 157º
ASUNTO: BH02-X-2016-000034
De conformidad con el artículo 25 del Código de Procedimiento Civil, se abre el presente Cuaderno de Medidas, el cual estará formando parte del expediente BP02-F-2015-000193, contentivo de Divorcio, intentado por el ciudadano Efrén Méndez Luna en contra de la ciudadana Yolanda Josefina Marín. Y vista la medida de prohibición de enajenar y gravar solicitada por la ciudadana Yolanda Josefina Marín, asistida por el abogado Juan Bautista Rondón, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 145.519, actuando en su carácter parte demandada, mediante escrito de fecha 01 de agosto de 2016, el Tribunal a los fines de proveer observa; que el documento de propiedad del inmueble consignado en la presente causa se encuentra debidamente notariada por ante la Notaria Pública Tercera de Puerto La Cruz, mas no registrada en la Oficina Inmobiliaria de Registro Público del Municipio donde se encuentra enclavado el bien inmueble, lo cual implica la falta de publicidad Registral, en tal sentido, este Tribunal, en virtud de lo señalado anteriormente niega el decreto de la medida solicitada en la presente causa.-
El Juez Provisorio

Abg. Jesús Salvador Gutiérrez
La Secretaria,

Abg. Violeta Guerra Y.