REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, de El Tigre.
El Tigre, doce de agosto de dos mil dieciséis
206º y 157º

ASUNTO PRINCIPAL: BP12-M-2016-000031
ASUNTO: BP12-M-2016-000031


Visto el escrito de fecha 11 de agosto de 2016, contentivo de la Transacción Judicial celebrada en el presente juicio de COBRO DE BOLIVARES, seguido por el procedimiento por intimación, entre el ciudadano JESUS ANTONIO ALVARADO RENDON, abogado en ejercicio, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 75.862, actuando en su carácter de apoderado judicial de la sociedad mercantil W & F TRANSPORTE NACIONAL e INTERNACIONAL, C.A., inscrita por ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en fecha 15 de octubre de 2.010, bajo el N° 13 y Tomo 41-A, en su condición de parte demandante; y el ciudadano JOSE ASDRUBAL ROMERO DONALD, abogado en ejercicio, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro: 53.887, actuando en su carácter de apoderado judicial de la sociedad mercantil INPARK DRILLING FLUIDS, S.A., inscrita por ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, anotada bajo el número 40, Tomo 2-A, domiciliada en Anaco, Municipio Anaco del Estado Anzoátegui, este Tribunal de conformidad con lo dispuesto en el artículo 1713 y siguientes del Código Civil, en concordancia con lo preceptuado en el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil, por cuanto la transacción celebrada entre las partes en el referido escrito, no es contraria a derecho, la HOMOLOGA, en los mismos términos y condiciones expresadas, ordenándose en consecuencia proceder como en Sentencia pasada en Autoridad de cosa juzgada, conforme a lo dispuesto en el Artículo 255 del Código de Procedimiento Civil. Así se declara.

En virtud del pronunciamiento anterior, se da por terminado el presente juicio y se ordena el archivo del expediente.

Así se decide Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley. Cúmplase lo ordenado.

EL JUEZ TITULAR,

Dr. HENRY JOSE AGOBIAN VIETTRI
LA SECRETARIA ACCIDENTAL,

MIGUELINA PEREZ ROMERO