Tribunal de Violencia contra la Mujer en Función de Juicio de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui- Barcelona
Barcelona, 9 de Agosto de 2016
206º y 157º

ASUNTO PRINCIPAL : BP01-S-2014-000358
ASUNTO : BP01-S-2014-000358

SENTENCIA DEFINITIVA
Juez Primero de Primera Instancia en Funciones de Juicio de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal con Competencia en Materia de Delitos de Violencia contra la Mujer del Estado Anzoátegui: Abogado JOHNNY RONDÓN MENESES.
SECRETARIO DE SALA: Abg. JONATHAN GONZALEZ.
EL FISCAL 16º DEL MINISTERIO PÚBLICO: Abg. TOMAS ARMAS.
VICTIMAS: Adolescente M. D C. G.C. (IDENTIDAD OMITIDA).
DEFENSA PRIVADA: CESAR AUGUSTO HERNANDEZ.
IMPUTADO: JUAN CARLOS SILVA URBANO; TITULAR DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD N° V-17.237.489; DE NACIONALIDAD VENEZOLANO; ESTADO CIVIL: SOLTERO; DE 31 AÑOS DE EDAD; PROFESIÓN U OFICIO: CHOFER; FECHA DE NACIMIENTO: 09/09/1983; LUGAR DE NACIMIENTO: UPATA, ESTADO BOLIVAR; HIJO DE LOS CIUDADANOS: CARLOS SILVA (V) Y JUANA URBADO (V); CON RESIDENCIA EN VIA NARICUAL SECTOR TABERA - ESTADO ANZOATEGUI; TELÉFONO: NO POSEE, por la comisión de los delitos de VIOLENCIA SEXUAL y VIOLENCIA PSICOLOGICA, previstos y sancionados en los artículos 43 en su tercer aparte y 39 respectivamente de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a Vivir una Vida Libre de Violencia, en contra de la Adolescente M. D C. G.C. (IDENTIDAD OMITIDA).


Corresponde a este Tribunal publicar el texto integro de la Sentencia Definitiva recaída en el presente Asunto, cuya parte dispositiva fue leída en Audiencia oral y totalmente a puerta cerrada realizada en fechas jueves 14 de Julio del 2016 en presencia de todas las partes intervinientes, conforme a lo dispuesto en el artículo 107 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, y fijada su publicación fuera del lapso al pronunciamiento de la dispositiva a tenor del contenido de la parte in fine del artículo 107 ejusdem, en los términos que se indican a continuación:
I
PUBLICIDAD EN EL DEBATE

Conforme a lo dispuesto en el artículo 8 numeral 7 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, el juicio debe ser público, salvo que a solicitud de la Mujer Víctima de Violencia el Tribunal decida que éste se celebre total o parcialmente a puerta cerrada, debiendo informársele previa y oportunamente a la mujer que puede hacer uso de ese derecho.

Este principio se encuentra desarrollado en similares términos en el artículo 109 de la Ley Orgánica Especial, cuando dispone textualmente: “…El debate será oral y público, pudiendo el juez o jueza decidir efectuarlo, total o parcialmente a puerta cerrada, previa solicitud de la víctima. El juez o la jueza deberá informar a la víctima de este derecho antes del inicio del acto…”.

Previo al inicio del debate la Representación Fiscal en representación de la víctima ejerció ese Derecho y el mismo manifestó a viva voz lo siguiente: “Si deseo que el juicio se haga totalmente a puerta cerrada”.

El Tribunal oído lo expuesto por la Vindicta Pública, ordenó que el Juicio se celebrara totalmente a puerta cerrada, conforme a lo dispuesto en el artículo 109 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia en concordancia con lo dispuesto en el artículo 8 numeral 7 ejusdem.

II
ENUNCIACION DE LOS HECHOS Y CIRCUNSTANCIAS QUE HAN SIDO OBJETO DEL JUICIO

Celebrada la audiencia del Juicio Oral y Reservada, durante los días 20-01-2016 (inicio), 27-01-2016 (continuación), 03-02-2016 (Continuación), 10-02-2016 (Continuación), 17-02-2016 (Continuación), 24-02-2016 (Continuación), 01-03-2016 (Continuación), 08-03-2016 (Continuación), 15-03-2016 (continuación), 29-03-2016 (Continuación), 05-04-2016 (Continuación), 12-04-2016 (Continuación), 18-04-2016 (Continuación), 25-04-2016 (Continuación), 02-05-2016 (Continuación), 09-05-2016 (Continuación), 17-05-2016 (Continuación), 31-05-2016 (Continuación), 06-06-2016 (Continuación), 15-06-2016 (Continuación), 17-06-2016 (Continuación), 22-06-2016 (Continuación), 28-06-2016 (Continuación), 06-07-2016 (Continuación), 13-07-2016 (Continuación), y 14-07-2016 (continuación y cierre), el hecho objeto del debate tal como lo expuso el Abg. TOMAS ELOY ARMAS Fiscal 16° del Ministerio Público del Estado Anzoátegui, fue el siguiente: “…esta representación fiscal trae a la oralidad el escrito de acusación presentado en fecha 29/03/2015 en contra del ciudadano Juan Carlos Silva urbano, titular de la cedula de identidad17237489, en razón de los hechos denunciados por ante el CICPC Barcelona en fecha 30 de enero del año 2014, hechos estos denunciados por la adolescente M. G. C (identidad omitida) quien se encuentra identificada por las reservas de ley, y quien señalo al hoy acusado como la persona quien había abusado de ella sexualmente en contra de su voluntad y en reiteradas oportunidades, por lo que esta representación fiscal se aboca al conocimiento de estos hechos por encontrarse de guardia y ser notificado por ese cuerpo policial, sobre la denuncia interpuesta por la adolescente, siendo el caso que este ciudadano fue aprehendido y además de constar en actas de investigación policial mediante la cual los funcionarios dejan constancia de las circunstancias de tiempo modo y lugar en que se materializo la ordené aprecian solicitada por esta fiscalía, además de la inspección técnica policial del sitio del suceso como los resultados de la medicatura forense y de la apreciaciones en cuanto al resultado de evaluación psicológica e integral de la victima del presente caso, en este sentido ciudadano juez esta representación promovió en su debida oportunidad procesal a los expertos y funcionarios actuante en razón del resultado de sus conclusiones periciales ante la posibilidad de la celebración de un eventual juicio, como en efecto nos encontramos en fase de inicio, esto con la finalidad de que el testimonio de estos funcionarios a si como de los testigos promovidos y con valoración de la declaración de la victima pues sean escuchados y valorados por todos en esta fase de manera especial a quien le corresponde decidir como juez de este tribunal de juicio y una ves escuchados a estos funcionarios y testigos esta representación fiscal ratificara su solicitud en cuanto al pronunciamiento jurídico ya realizado, asimismo solicito copia de la presente acta. Es todo…”.
El anterior hecho lo calificó el Fiscal del Ministerio Público como de VIOLENCIA SEXUAL y VIOLENCIA PSICOLOGICA, previstos y sancionados en los artículos 43 en su tercer aparte y 39 respectivamente de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a Vivir una Vida Libre de Violencia, en contra de la Adolescente M. D C. G.C. (IDENTIDAD OMITIDA).
III
CIRCUNSTANCIAS OBJETO DEL DEBATE.
En fecha 20 de Enero de 2016 se dio inicio al presente debate oral y reservado, en la causa seguida al ciudadano JUAN CARLOS SILVA URBANO; por la comisión de los delitos de VIOLENCIA SEXUAL y VIOLENCIA PSICOLOGICA, previstos y sancionados en los artículos 43 en su tercer aparte y 39 respectivamente de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a Vivir una Vida Libre de Violencia, en contra de la Adolescente M. D C. G.C. (IDENTIDAD OMITIDA), constituyéndose el Tribunal de Juicio del Circuito Judicial Penal con Competencia en Delitos de Violencia Contra la Mujer del Estado Anzoátegui, procede a dar inicio al juicio oral. Ahora bien, Verificada la presencia de las partes, el Juez Profesional advirtió a los presentes sobre la importancia y significado del acto, indicando las normas que han de cumplirse durante el desarrollo del mismo. Asimismo de conformidad con lo establecido en el artículo 109 de la Ley Especial referido a la Publicidad del acto; el ciudadano Juez le pregunta a la Vindicta Pública en Representación de la Victima si desea que el acto se realice a puertas abiertas o cerradas, manifestando el mismo: SOLICITO QUE SE HAGA A PUERTA CERRADA Y DE FORMA PRIVADA.
EL CIUDADANO JUEZ DECLARA EXPRESAMENTE ABIERTO EL DEBATE ORAL Y PRIVADO. Seguidamente el ciudadano Juez le informa al acusado JUAN CARLOS SILVA URBANO; sobre el derecho que tiene antes de aperturar este debate de admitir los hechos sin coacción alguna tal como lo provee el segundo aparte del artículo 375 de Código Orgánico Procesal Penal, no sin antes imponerlo del precepto constitucional que lo exime de declarar, siendo que el ciudadano acusado manifestó no admitir los hechos. Es todo.”
El Tribunal le concede la palabra a los fines de la apertura de ley a la Representante del Ministerio Público, Dr. TOMAS ELOY ARMAS, quien expuso: “su discurso de apertura…
Seguidamente el Tribunal le concede la palabra al Defensor de Confianza Abg. CESAR AUGUSTO HERNANDEZ, quienes emiten su discurso de apertura.
El ciudadano Juez le informa al acusado: JUAN CARLOS SILVA URBANO, sobre el derecho que tiene antes de la apertura de este debate de ADMITIR LOS HECHOS sin coacción alguna, previa imposición del artículo 49 numeral 5 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, tal como lo prevé el segundo aparte del artículo 375 de Código Orgánico Procesal Penal.
Acto seguido el Tribunal toma la palabra y procede a imponer al Acusado JUAN CARLOS SILVA URBANO; de los hechos objeto de este proceso y en los que se fundamenta la acusación fiscal; tal y como lo consagra el articulo 330 del Código Orgánico Procesal Penal, así como el articulo 49 numeral 5 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, a los fines de que manifieste el acusado si desea rendir declaración en este acto. Seguidamente se procede a tomar los datos del acusado JUAN CARLOS SILVA URBANO; TITULAR DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD N° V-17.237.489; DE NACIONALIDAD VENEZOLANO; ESTADO CIVIL: SOLTERO; DE 31 AÑOS DE EDAD; PROFESIÓN U OFICIO: CHOFER; FECHA DE NACIMIENTO: 09/09/1983; LUGAR DE NACIMIENTO: UPATA, ESTADO BOLIVAR; HIJO DE LOS CIUDADANOS: CARLOS SILVA (V) Y JUANA URBADO (V); CON RESIDENCIA EN VIA NARICUAL SECTOR TABERA - ESTADO ANZOATEGUI; TELÉFONO: NO POSEE. Manifestando el acusado que: “lo que no entiendo es como yo la viole en esa fecha cuando ella estaba con su mama y vino fue el 5 o 6, es mas nosotros nos extrañamos por que no había llegado, ella no se quería ir mi mama la obligo para que pasara 31con su madre, supuestamente su mama la había corrido de su cas por que no tenia paradero, como la señora es religiosa, a ella no le gustaba lo que estaba haciendo su hija, ella llego llorando a casa de mi mama diciendo qué su mama la corrió de su casa y otras cosa, mi mama la acogió y ella era novia de mi hermano, siempre nos tratábamos bien si iba a rumbear podía dormir en asa de mi esposa, su violación yo si estaba libre y si fuimos a la fiesta de mi tío en sierra maestra, de hay dos días después fuimos a araguita a un concierto, luego de esos días normal si ella yo la viole esos días por que no inmediatamente fue a denunciar vino a denunciar en enero y eso por que la corrimos de la casa no quería decir lo que había pasado mi hermano no quería estar ya con ella y ella le dijo esta me las iba apagar y tu hermano se va pudrir en la cárcel y la señora aquí presente dijo que también me iba a pudrir en la cárcel que me iba a tragar mis palabras, el día que fue a buscar su ropa que fue con sus papa la señora me dijo que me iba a denuncia y yo le dije que fuere por que el que no la debe no la teme, yo soy una persona que paso 24 días trabajando, yo me bajo de una gandola y me monto en un autobús a trabajar, a mi nunca me han visto en bochinche por hay, hay una fecha en enero que dice que por hay yo estaba era en punta de mata, yo no se como la viole ese día si estaba trabajando y acosándola para que no terminen sus estudios si ya termino, y acosándola también, de testigo esta la parte donde vive la señora que todo el mundo me conoce desde pequeño y por donde yo vivo, yo no estoy bravo con nadie si la señora me quiere seguir denunciando que lo haga yo no le hice nada, así como los hijos cometen errores mas que nada por como son ahorita la juventud. Para finalizar las perdono a las dos por que sino las perdono a ellas como dios me perdonara a mi con las cosas que hago diarias si todos cometemos errores. ES TODO”.
ACTO SEGUIDO SE ACUERDA LA RECEPCIÓN DE LAS PRUEBAS OFERTADAS, dando cumplimiento a lo consagrado en el artículo 336 del Código Orgánico Procesal Penal. Se le solicita al Ciudadano Alguacil, sea traído a la Sala: expertos y testigos Manifestando el Alguacil que no se encuentra presente. Seguidamente el Tribunal cede la palabra al representante Fiscal a los fines de que exponga en relación a testigos y Expertos: Ciudadano Juez el Ministerio Público solicita se cite a los testigos y expertos, por lo que solicito se convoque a una nueva oportunidad, y a quien me comprometo a coadyuvar a la convocatoria del mismo y por cuanto no se encuentra presente órganos prueba solicito que se suspenda el presente debate, para realizar las citaciones correspondientes. Es todo”. Seguidamente la Defensa Confianza manifiesta estar de acuerdo con la solicitud fiscal, y se fije otra oportunidad. Es todo”. Ahora bien una vez escuchado lo manifestado por la representante Fiscal y el Defensor de Confianza en este acto de no prescindir de los testigos y expertos, es por lo que se estima necesario la SUSPENSIÓN del juicio; y e n virtud a lo consagrado en el artículo 318, numeral 2, 319 y 340 del Código Orgánico Procesal Penal, instando al Fiscal del Ministerio Público, a fin de hacer comparecer a los testigos y experto al Juicio Oral y Público, se convoca a las partes presentes para el día: MIERCOLES 27 DE ENERO DE 2016, A LAS 10:15 DE LA MAÑANA.
En fecha MIERCOLES 27 DE ENERO DE 2016 se constituyó el Tribunal de Juicio del Circuito Judicial Penal con Competencia en Delitos de Violencia Contra la Mujer del Estado Anzoátegui como Tribunal Unipersonal, DECLARANDO EXPRESAMENTE ABIERTO EL DEBATE ORAL Y RESERVADO. ACTO SEGUIDO, SE DECLARA EXPRESAMENTE ABIERTO EL DEBATE ORAL Y RESERVADO ACORDANDO LA RECEPCIÓN DE LAS PRUEBAS OFERTADAS, dando cumplimiento a lo consagrado en el artículo 336 del Código Orgánico Procesal Penal. Asimismo se deja constancia que en la sala contigua no se encuentran presentes órganos de prueba. Verificada la presencia de las partes, el Juez Profesional advirtió a los presentes sobre la importancia y significado del acto, indicando las normas que han de cumplirse durante el desarrollo del mismo. Asimismo se hizo una breve reseña de lo acontecido en las audiencias de fecha 12/05/2015 fecha en la cual se dio inicio al debate. ACTO SEGUIDO EL TRIBUNAL TOMA LA PALABRA Y EXPONE: de conformidad con el articulo 338 en su encabezamiento del Código Orgánico Procesal Penal, se procede a alterar el orden de la pruebas. SE PROCEDE DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 341 DEL CODIGO ORAGNICO PROCESAL PENAL, SE PROCEDE HACER LA LECTURA DE LAS PRUEBAS DOCUMENTALES, OFERTADAS POR LA REPRESENTACION FISCAL EN LA CUAL SE HACE LA CORRESPONDIENTE LECTURA: SE DA LECTURA INTEGRA A LA DOCUMENTAL DEL ACTA DE ENTREVISTA DE LAS VICTIMAS EN CALIDAD DE PRUEBA ANTICIPADA. SEGUIDAMENTE SE LE CONCEDE EL DERECHO DE PALABRA AL REPRESENTANTE FISCAL A LOS FINES DE QUE MANIFIESTE SI TIENE ALGUNA OBJESION U OBSERVACION: manifestando que no, tiene objeción alguna. ACTO SEGUIDO SE LE CONCEDE EL DERECHO DE PALABRA A LAS DEFENSAS A LOS FINES DE QUE MANIFIESTE SI TIENE ALGUNA OBJESION U OBSERVACION: manifestando que no tiene objeción.“ SEGUIDAMENTE EL TRIBUNAL CEDE LA PALABRA AL REPRESENTANTE FISCAL A LOS FINES DE QUE EXPONGA EN RELACIÓN A TESTIGOS Y EXPERTOS: Ciudadano Juez el Ministerio Público solicita se cite a los testigos y expertos, por lo que solicito se convoque a una nueva oportunidad, y a quien me comprometo a coadyuvar a la convocatoria del mismo y por cuanto no se encuentra presente órganos prueba solicito que se suspenda el presente debate, para realizar las citaciones correspondientes. Es todo”. Seguidamente la Defensa Confianza manifiesta estar de acuerdo con la solicitud fiscal, y se fije otra oportunidad. Es todo”. Ahora bien una vez escuchado lo manifestado por la representante Fiscal y el Defensor de Confianza en este acto de no prescindir de los testigos y expertos, es por lo que se estima necesario la SUSPENSIÓN del juicio; y e n virtud a lo consagrado en el artículo 318, numeral 2, 319 y 340 del Código Orgánico Procesal Penal, instando al Fiscal del Ministerio Público, a fin de hacer comparecer a los testigos y experto al Juicio Oral y Público, se convoca a las partes presentes para el día: MIERCOLES 03 DE FEBRERO DE 2016 A LAS 09:15 DE LA MAÑANA.
En fecha MIERCOLES 03 DE FEBRERO DE 2016 Visto que se encontraba pautado el acto de CONTINUACION DE JUICIO ORAL Y RESERVADO en la presente causa, siendo que desde horas de la mañana SE PRESENTO FALLA EN EL SERVICIO DE ENERGIA ELECTRICA, SIENDO DESALOJADO LOS USUARIOS DE LA SEDE DE ESTE TRIBUNAL POR MANTENER LA SEGURIDAD, restableciéndose el servicio SIENDO LAS 04:35 HORAS DE LA TARDE, aunado a ello este Tribunal se encontraba constituido en CONTINUACION DE JUICIO EN EL ASUNTO DISTINGUIDO CON EL ALFA NUMERICO BP01-S-2013-002379; es por lo que este Tribunal Primero de de Juicio con Competencia en Delitos de Violencia Contra la Mujer acuerda diferir el referido acto para el día MIERCOLES 10 DE FEBRERO DE 2016 A LAS 11:15 DE LA MAÑANA.
En fecha MIERCOLES 10 DE FEBRERO DE 2016, Se constituyo el Tribunal de Juicio del Circuito Judicial Penal con Competencia en Delitos de Violencia Contra la Mujer del Estado Anzoátegui, DECLARANDO EXPRESAMENTE ABIERTO EL DEBATE ORAL Y RESERVADO. ACTO SEGUIDO, SE DECLARA EXPRESAMENTE ABIERTO EL DEBATE ORAL Y RESERVADO ACORDANDO LA RECEPCIÓN DE LAS PRUEBAS OFERTADAS, dando cumplimiento a lo consagrado en el artículo 336 del Código Orgánico Procesal Penal. Asimismo se deja constancia que en la sala contigua se encuentra presente LA VICTIMA como órganos de prueba. Verificada la presencia de las partes, el Juez Profesional advirtió a los presentes sobre la importancia y significado del acto, indicando las normas que han de cumplirse durante el desarrollo del mismo. Asimismo se hizo una breve reseña de lo acontecido en las audiencias de fecha 20/01/2016 fecha en la cual se dio inicio al debate. ACTO SEGUIDO ESTE TRIBUNAL DECLARA ABIERTO LA RECEPCIÓN DE LAS PRUEBAS OFERTADAS, dando cumplimiento a lo consagrado en el artículo 336 del Código Orgánico Procesal Penal. Se le solicita al Ciudadano Alguacil, sea traído a la Sala a la TESTIGO MIGDALIS DEL CARMEN GARCIA CASIQUE. El ciudadano juez le toma el juramento de ley y le lee el artículo 242 del Código Penal y manifestó, ser: TESTIGO: MIGDALIS DEL CARMEN GARCIA CASIQUE, titular de la cedula de identidad Nº V-26.256.515, cedula de identidad N° V-26.256.515. Soltera, fecha de nacimiento 11/12/1996, edad. 18 años de edad, De Profesión u oficio. Bachiller en Ciencias, acto seguido el tribunal el tribunal le pregunta formalmente si tiene algún parentesco o afinidad: no ninguno, tiene Amistad o enemistad manifiesta: no. El tribunal procede a dejar constancia que su declaración se evacua con fundamento en el articulo 89 en la parte infine del encabezamiento de la norma, ya que si bien es cierto que la prueba anticipada es la excepción al principio de inmediación, no menos cierto es que la representación fiscal y e defensor técnico coincidieron en evacuar la testimonial de la victima, lo cual es criterio de este juzgador de escuchar como bien se procede hacer la declaración de la victima. Quien expone. La victima manifestó llanto por lo cual se ordeno retirar nuevamente al acusado. Quien expone: El 24/12 yo estaba e la casa de la señora Juana yo estaba lavando tenia la radio prendida pero como ella había salido para Naricual yo me quede sola en l casa, yo me quede sola en la casa y ella dejo su cuarto abierto y e televisor prendido, yo me metí para en el cuarto apagar e televisor, el hijo de ella estaba afuera trabajando cosas de mecánica, yo me había quedado, de repente yo lo veo el que entra en el cuarto el me agarro por los brazos, y me tiro en la cama, y e se me monto encima, me estaba asfixiando con el peso, yo le decía que no me hiciera nada y le daba y le daba y entonces el abuso de mi, luego el después que me hizo eso yo Sali corriendo, y me metí en un cuarto pero ese cuarto no tenia puerta y me amenaza que no dijera nada, que no le dijera nada ami mama ni a nadie, luego me metí y me encerré en el baño, el reamenazo con hacerle algo ami mama, yo no dije nada, luego el siguió abusando Demi, me daba miedo, y si fuera por mi yo un acá le hubiese dicho nada a mi mama yo no quería que nada malo les pasara a mi mama, mi mama se entero de eso, porque el hermano de el, y mi mama me escucho hablando por teléfono, y ella me dijo que había pasado, y ella me pregunto quien te violo, Migdalis dime, y como ella me dijo que me iba a pegar y yo le dije todo, y luego fuimos para la casa de la señora Juana, y el no quería salir. El le dijo a mi mama y le dijo a mi mama que yo era una regalada, que yo fui la que quiso empezó a maldecir, y luego mi papa dijo eso se va a arreglar por la lay, fuimos a poner la denuncia hasta guamachito, y como no nos atendieron nos fuimos al viñedo, después que e me violo, yo le había dicho a la familia, ellos me dijeron que no le dijera nada a mi mas, luego Arelis Antoita ella me golpeo, en una oportunidad que fui a liceo, me rompió la boca, me aruño, y me mordió, me decía que yo estaba poniendo en contra a su hermano Juan Carlos en contra, me decía la señora Juana que no le dijera nada a m mama, si es por mi yo no hubiera dicho nada, y eso no lo había nadie, eso lo sabe mi mama papa y mas nadie, luego la ultima declaración que di, la muchacha la mujer de Juan Carlos, y una prima le dijo que mejor se fuera, que ella habia inventado cosa que ella se la pasa por el puerto, el año pasado la mujer de Juan Carlos fue al liceo a buscar las notas, mira para acá había venido a buscar tus notas, y ella me dejo como una mentirosa, me dejaron luego con subdirectora, y les explique quien era ella, y ella dijo si le doy las notas me meto en problemas. La hermana de Juan Carlos silva, cuando yo le conste esa broma, el la otra vez estaba atacando a una cuñada, y luego me agarraron y me dijeron que no dijera nada, yo no puedo salir porque ellos me amenazan, mi mama me conseja que debo continuar, que debo salir para adelante, soy de ajos recursos pero voy a estudiar. Ellos también aquí ellos comienzan a decir cosas a uno, por eso nos sentamos lejos, la señora Juana dice bueno aquí va a correr la sangre, ellos cada vez que nosotras pasamos comienzan a decir cosas. Es todo. ACTO SEGUIDO SE LE CEDE LA PALABRA AL FISCAL DEL MINISTERIO PÚBLICO, A LOS FINES DE QUE REALICE LAS PREGUSTAS. Una: En el inicio de la declaro haces referencia a una persona de que te había violado, que había abusado de ti, a quien te refieres?. Respuesta: a Juan Carlos Silva. Otra: que tiempo tienes conociéndolo, quien es el, como lo conociste?. Respuesta: el es hermano de claudio silva que el era mi concubino, solamente lo conocí porque vivía en esa casa pero no se trataban. Otra: que tiempo estuviste viviendo en esa casa?. Respuesta: cuatro meses. Otra: donde esta claudio?. Respuesta: no se, desde ese problema y me fui para mi casa y tengo tiempo que no lo veo a el. Otra: cuando eso ocurrió donde estaba claudio?. Respuesta: el n estaba allí estaba para San Félix. Otra: que hacia el para San Felix?. Respuesta: estaba trabajando, la mama decía que el iba a ver, que iba a venir, y regreso fue en enero. Otra: que tiempo tuviste allí en esa casa sin la compañía de claudio?. Respuesta: tres meses, como yo había tenido relaciones, la mama me decía que el iba a venir, y regreso fue en enero, por el pasaje. Otra: porque te quedaste viviendo allí si el no estaba, porque no te fuiste para tu casa?. Respuesta: yo me quedaba porque el ib a venir, yo reocupada de hacer las cosas de la casa. Otra: háblame de l primera vez que el abuso de ti, y donde?. Respuesta: fue en el cuarto de su mama, esa mañana, allí no había nadie, el estaba en el taller, yo estaba lavando, y el cuarto, estaba el cuarto de la señora, habían carteras, por aquí, había un escaparate, un televisor, ese cuarto tenia puerta, yo tenia un pantalón corto licra, estaba parada viendo la televisión, el entro y me empujo e la cama, y el me agarro y se me tiro encima, el agarro y no se, me estaba abriendo las piernas, el me metió la pierna de el, y el se agarro y el abuso Demi, eso fue rápido, eso algo rápido y cuando el me soltó yo sali corriendo, y Sali pata otro cuarto y luego me encerré en el baño el me amenaza. Otra: que recuerdas, de sus partes intimas, si tenia bellos, si tenia cicatriz?. Respuesta: no pude describir a da porque el solo me puse pantalón de lado, yo no vinada, yo no podía hace nada, yo Salí corriendo cuando el me soltó, y el me amenazo. Y el siguió abusando de mi. Otra: Cuantas veces mas abuso de ti?. Respuesta: tres veces. Otra: como hacia?. Respuesta: el nunca me quitaba la ropa, la ultima vez no me quitaba la ropa, el ponía mi ropa Intima aun lado. Otra: ninguna de esas veces no te percataste de nada en sus partes íntimas?. Respuesta: no. Otra: la ultima vez de haber ocurrido eso, cuando te fuiste para tucas?. Respuesta: después que yo termine de lavar me fui para el asa, el 25 me fui para la casa Demi mama, y yo regrese porque yo tena que cuidar la casa de la señora Juana, el 25/12 mi mama me dijo que por eso no salía. Otra: Por que usted no se lo comunico a sus familiares?. Respuesta: no sabia que decirle a mi mama, no quería decir lo que había pasado, si me hubiese ido de allí quizás no sigue pasando, yo nunca pensé decir nada. Otra: en tu declararon de prueba anticipada, dijiste que te seguían, dejaste de estudias?. Respuesta: deje de ir al curso de farmacia, en el puerto en funda . Otra: los estudios de bachillerato los habías terminado?. Respuesta: si yo empecé el curso en marzo, y como ellas me empezaron a seguir, yo no sabia que habían detenido a Juan Carlos, y trabajaba para paga e curso, luego no pude ir por que ellas me andaban buscando en el mercado con cuchillos, y por eso. Otra: hacías referencia al curso de enfermería?. Respuesta: si al curso de enfermería que estaba haciendo en el 2014. Otra: que hablaste tu con claudio de todo esto?. Respuesta: el no creía en nada, yo quería sacar eso, yo se lo conté, y ellos me dijeron que no le dijera nada a mi mama, y en realidad no le dije nada, ella descubrió porque me escucho hablando por teléfono con claudio. Otra: cuando estabas estudiando bachillerato ya le había abusado de ti?. Respuesta: si estaba empezando 5 año. Otra: a pesar de las amenazas que el te hizo, tu salías para tu liceo y hacías todo normal?. Respuesta: baje las notas. Otra: siempre me iba con un grupo, nunca me iba sola, como ellos iban 7 que estudiaban de allí y conmigo 8, nos íbamos 11. Cesaron las preguntas.. ACTO SEGUIDO SE LE CONCEDE LA PALABRA A LA DEFENSA TECNICA, A LOS FINES DE QUE REALICE LAS PREGUNTAS: Una: diga cuantas veces fue violada y los días en que fue violada por cuanto los expresa en la prueba anticipada, en la denuncia y ante la denuncia ante el Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas ?. Respuesta: cuatro veces, solo recuerdo la fecha del 24 y las otras no se que fecha. Otra: diga si el ciudadano Juan Carlos silva utilizo la violencia la primera vez que presumiblemente abuso de usted, si la agredió?. Respuesta: el no me agredió solo forcejeo. Otra: diga en que parte la agarro, la sostuvo o forcejeo el ciudadano Juan Carlos Silva, cuando la vilo por primera vez?. Respuesta: con el peso fue que me sostuvo, me agarro con las manos, me agarro por las manos para que no le diera golpes, pero el como que ni sentía. Otra: diga la victima como estaba vestida cuando fue violada por primera vez?. Respuesta: pantalón corto de licra y una camisa de manguitas. Otra: diga la victima si el ciudadano Juan Carlos Silva se desnudo para poderla violar?. Respuesta: no. Otra: diga la victima si el ciudadana Juan Carlos silva la desnudo a ella para poderla violar?. Respuesta: no me desnudo. Otra: diga la victima si se percato en el momento que Juan Carlos Silva la penetro?.Respuesta: yo no vi solo sentí, y me dolió porque ya tenia meses que no tenia relaciones. Otra: diga la victima si el ciudadano Juan Carlos Silva le tapo la cara para el momento que usted dice que la violo?. Respuesta: no. Otra: diga la victima de que material estaba hecho el chor y si también cargaba blumer?. Respuesta: era una licra corta, estaba un poco ancha, si tenía blumer. Otra: diga la victima que tipo de blumer tenia, tanga , cachetero, hilo dental?. Respuesta: tanga. Otra: diga la victima donde recibió la entrada del año 2014, donde estuvo el 31/12/2013?. Respuesta: en la casa de mi mama. Otra: diga la victima, que día regreso a la casa de ciudadano Claudio Silva?. Respuesta: el 02 de enero. Otra: diga la victima donde fue y que hizo el 24/12 /2013 en la noche ?. Respuesta: ese día me quede en la casa de la señora Juana, como yo la estaba ayudando a hacer las hayacas, como allí hicieron una reunión luego nos fuimos a acostar. Otra: diga la victima donde estuvo el 27/12/2013, en el día y en la noche?. Respuesta: que recuerde o Salí para ningún lado, estaba donde la señora Juana, yo me la pasaba allí. Otra: Diga la victima si la primea vez que el ciudadano Juan Carlos silva la violo se encintraba bajo los efectos de la droga o de alcohol?. Respuesta: de verdad que no se, no se había tomado, no se, pero una persona para hacer eso, bueno no se. Otra: diga la victima como hizo el ciudadano Juan Carlos silva para penetrarla si ella forcejeaba y mantenía lucha para que el no la tomara?. Respuesta: bueno el es un hombre y tiene mas fuerza que yo, y solo con su peso, y bueno ese hombre encima de mi y así gordito tu me dirás. Otra: diga la victima en que año se gradúo de bachiller?. Respuesta: en el 2014. Otra: que mes fue ?. Respuesta: en e mes de agosto. Otra: diga la victima si después de los actos aberrante cometidos contra ella, como lo es el acto de violación, si continuo teniendo relación con su pareja claudio silva?. Respuesta: si mantuve, en enero cuando el llego, no recuerdo la fecha .Otra: diga la victima que día se fue de el asa de la mama de claudio silva ?. Respuesta: no recuerdo la fecha. Cesaron las preguntas. ACTO SEGUIDO TOMA LA PALABRA EL TRIBUNAL, A LOS FINES DE REALIZAR LAS PREGUSTAS. . una: su llegada ala asa de la madre de claudio silva fue de Motus propio, es decir usted decidió ir para allá, o por el contrario fue una decisión de ambos, o fue una decisión de tus padres quienes te conminaron a mudarte para allá?. Respuesta: cuando ella descubrió que teníamos relaciones sexuales, el me dijo que tenia que irme con el, y yo hable con claudio y el me dijo que me fuera para la casa de sus mama, y el para ese tiempo me estaba haciendo una hematológica porque no me venia el periodo, pero el siempre me decía que venia, que veía, pero no fueron mis padres los que me obligaron. Otra: claudio silva fue tu primor novio?. Respuesta: no, había tenido uno anteriormente, el era el segundo. Otra: como consideras tu esa realmente esa unión con claudio silva, si te amaba, si quería tener una familia?. Respuesta: en verdad no me quería, que su mama decía que el era muy joven para tener una pareja, ella si no estaba de acuerdo ella me tenia que decir, si ella lo mando para San Félix para que no viniera, si ella me dice eso yo me voy para mi casa. Cesaron las preguntas. Seguidamente el Tribunal cede la palabra al representante Fiscal a los fines de que exponga en relación a testigos y Expertos: Ciudadano Juez, el Ministerio Público solicita se cite a los testigos y expertos, por lo que solicito se convoque a una nueva oportunidad, y a quien me comprometo a coadyuvar a la convocatoria del mismo y por cuanto no se encuentra presente órganos prueba solicito que se suspenda el presente debate, para realizar las citaciones correspondientes. Es todo”. Seguidamente la Defensa Confianza manifiesta estar de acuerdo con la solicitud fiscal, y se fije otra oportunidad. Es todo”. Ahora bien una vez escuchado lo manifestado por la representante Fiscal y el Defensor de Confianza en este acto de no prescindir de los testigos y expertos, es por lo que se estima necesario la SUSPENSIÓN del juicio; y en virtud a lo consagrado en el artículo 318, numeral 2, 319 y 340 del Código Orgánico Procesal Penal, instando al Fiscal del Ministerio Público, a fin de hacer comparecer a los testigos y experto al Juicio Oral y Público, se convoca a las partes presentes para el día: MIERCOLES 17 DE FEBRERO DE 2016 A LAS 11:15 DE LA MAÑANA.
En fecha MIERCOLES 17 DE FEBRERO DE 2016, Se constituyo el Tribunal de Juicio del Circuito Judicial Penal con Competencia en Delitos de Violencia Contra la Mujer del Estado Anzoátegui, Asimismo se deja constancia que se encuentran dos testigos en la sala contigua a la que ocupamos, consistente: TESTIGOS FRANCISCO JOSE RODRIGUEZ REYES y ALFREDO IGNACIO AGUACHE. ACTO SEGUIDO ESTE TRIBUNAL DECLARA ABIERTO LA RECEPCIÓN DE LAS PRUEBAS OFERTADAS, dando cumplimiento a lo consagrado en el artículo 336 del Código Orgánico Procesal Penal. Se le solicita al Ciudadano Alguacil, sea traído a la Sala al TESTIGO FRANCISCO JOSE RODRÍGUEZ REYES. El ciudadano juez le toma el juramento de ley y le lee el artículo 242 del Código Penal y manifestó, ser: TESTIGO: FRANCISCO JOSE RODRÍGUEZ REYES, cedula de identidad NO POSEE. Soltero, fecha de nacimiento 06/03/1994, edad. 21 años de edad, De Profesión u oficio. Trabajo en el campo con mi mama, Conoce de vista trato y comunicación al ciudadano JUAN CARLOS SILVA URBANO, a lo que respondió, somos vecinos, tiene Amistad o enemistad manifiesta: no, seguidamente expone: Conozco a Migdalis García, la conocí un día que estábamos bañando un poco echando vaina de alli nos hicimos amistad y yo llegue para la casa de la señora del valle el 03/01/2014 y cuando estábamos sentados hablando ella me dijo que estaba enamorada de el señor Juan Carlos y que se sentía confundida por que estaba con el hermano y que no sabia que hacer y yo le dije ese no es mi problema ustedes son grandes y tienen que arreglar su problema de allí estuve una rato en la tarde y me fui para casa de mi mama. Es todo. ACTO SEGUIDO SE LE CEDE LA PALABRA A LA DEFENSA TECNICA, A LOS FINES DE QUE REALICE LAS PREGUSTAS. en aras de la tutela efectiva consagrada en nuestra carta magna de los derechos constituciones que arropan u protegen al testigo esta defensa aclara que el mencionado testigo no es muy fluido al hablar es del campo y por su situación de portar cedula sale poco pernota y trabaja el campo y ha tenido poco contacto urbano, por eso se le dificulta hacerse entender. Una: Diga el testigo de donde venia la ciudadana Migdalis el 03/01/2014 cuando se topo con usted en la casa de la señora Juana?. Respuesta: venia de la casa de la mama. Otra: diga el testigo cuanto tiempo tiene conociendo al ciudadano Juan Carlos silva de ufff desde que estaba pequeñito, desde que tengo razón?. Respuesta: diga el testigo si tiene conocimiento de que es lo que funciona en la casa de los papas de Juan Carlos Silva. Otra: Un taller donde acomodan carro, de mecánica ?. Respuesta: diga el testigo cuanto tiempo tiene conociendo a la victima Migdalis Garcia . Otra: desde que empezó a vivir con mi primo ?. Respuesta: diga el testigo el porque la victima Migdalis Garcia le comento lo que ya declaro y donde estabas tu. Otra: venia de mi casa a buscar una hayacas para la casa de la señora del valle, cuando llegue en la tarde como yo me la pasaba con ella a echar vaina, que si a bailar y a comer hamburguesa y eso. Cesaron las preguntas. ACTO SEGUIDO SE LE CONCEDE LA PALABRA A LA REPRESENTACIÓN FISCAL, A LOS FINES DE QUE REALICE LAS PREGUNTAS: PRIMERA: Una: que vinculo te une al acusado, que eres de el?. Respuesta: vecino. Otra: en una de tus exposiciones hiciste referencia de que eras primo?. Respuesta: soy primo del otro . Otra: del novio de la victima?. Respuesta: de uno que llaman Carlos miguel, y nos la pasábamos ahí echando broma. Otra: tu conoces a la familia de Juan Carlos?. Respuesta: si. Otra: conoces al hermano de Juan Carlos?. Respuesta: si. Otra: puedes identificarlo?. Respuesta: lo conozco por claudio silva. Otra: que conocimiento tienes tu de la relación de claudia y la victima?. Respuesta: ellos iban para el liceo. Otra: en que tiempo ella vivió allí en la casa de claudio?. Respuesta lo que se es que ella me contó eso el 03/01/2014. Otra: cuando ella te contó eso el 03/01/2014 donde estaba viviendo?. Respuesta ella estaba viviendo en la casa de del valle, en la casa de la mama de Juan Carlos, ella venia de pasar diciembre en la casa de la mama, y ella se vino en la misma camioneta, como eso es un campo. Otra: en ese momento al que haces referencia en el mes de enero de que la victima estaba viendo en la casa de la señora del valle, donde estaba claudio?. Respuesta en San Félix. Otra: como tu te enteras, a través de quien, que Juan Carlos esta preso?. Respuesta: al agarrarlo la voz se corroí . Otra: Juan Carlos y claudio son hermanos de padre y madre?. Respuesta no se decirle, desde que los conozco son hermanos desde que los conocí, de claudio y Juan Carlos soy vecino. Otra: que tiempo tienes conociendo a Migdalis?. Respuesta la conozco desde que empezó de novio con mi vecino. Otra: cuando dices cuando empezó andar con mi vecino de mi novio a quien te refieres?. Respuesta a claudio. Otra: cuando ella tenia esa relación con claudio tenia una relación con el primo tuyo?. Respuesta no. Otra: porque tu tienes precisado, porque te acuerdas bien de ese tres 03/01/2014 que Migdalis hablo contigo y no recuerdas cuanto tiempo tenia viviendo en la casa del acusado?. Respuesta ella tenia meses viviendo allí. Otra: además de eso que te contó Migdalys que mas te contó ella de lo que le pasaba en la casa de la señora del valle?. Respuesta nada. Cesaron las preguntas. EL TRIBUNAL NO VA HA A REALIZAR PREGUNTAS. Se le solicita al Ciudadano Alguacil, sea traído a la Sala al TESTIGO ALFREDO IGNACIO AGUACHE. El ciudadano juez le toma el juramento de ley y le lee el artículo 242 del Código Penal y manifestó y manifestó ser: ALFREDO IGNACIO AGUACHE, cedula de identidad N° 8.263.281. Soltero, fecha de nacimiento 28/06/1970, edad. 45 años de edad, De Profesión u oficio. Comerciante, acto seguido el tribunal el tribunal le pregunta formalmente si tiene algún parentesco o afinidad: el es mi vecino, tiene Amistad o enemistad manifiesta: no tengo enemistad. Quien expone. Yo vengo porque hay una afirmación por allí que el 27/12/2013, digo nosotros, el y otro bandolero, estábamos haciendo mantenimiento a una gandola que el mismo cargaba entonces arrancamos a como a eso de las 11: 00 de la mañana estábamos cambiando unas ballestas y unos sapos, era una gandola Mack, arrancamos a las 07 de la mañana y terminamos como a las 08 o 9 de la noche, en el día lo pasamos a lli luego que terminamos cada quien se fue para su casa. Es todo. ACTO SEGUIDO SE LE CEDE LA PALABRA A LA DEFENSA TECNICA, A LOS FINES DE QUE REALICE LAS PREGUNTAS:. Una: usted acá porque la ciudadana Migdalis Garcia señala al ciudadano Juan Carlos silva señala que el ciudadano Juan Carlos Silva la había violado, y usted afirma que ese día estaban reparando una gandola que el mismo cargaba, día a que hora empezaron los trabajos de reparación de la gandola que dice el testigo?. Respuesta: a eso de las 07:00 de la mañana. Otra: diga el testigo específicamente a que hora ustedes terminaron esos trabajos de reparación de la gandola?. Respuesta: especifico no pero a eso de las 08:00 o 09:00 de la noche. Otra: diga el testigo cuanto tiempo tiene conociendo al señor Juan Carlos Silva?. Respuesta: desde que era un Guárico, pues yo trabaje con su abuelo en una cochinera que tenia, donde vive la mama de el ahorita. Otra: diga el testigo si se acuerda de la marca de la gandola que estaban reparando ese día?. Respuesta: era un Mack. Otra: diga el testigo de que color era la gandola que estaban reparando ese día?. Respuesta: era blanca con rayas azules. Otra: diga el testigo que fue lo que le cambiaron a la gandola, cual fue la reparación que le hicieron?. Respuesta: una ballesta en la parte trasera y unos sapos. Otra: diga el testigo si estuvieron reparando la gandola todo el día o si interrumpieron el trabajo?. Respuesta: se interrumpió para comer, porque allí cuando se trabaja no se entra a la casa, porque la señora se molesta, no tenemos contacto con la casa, el agua la ponemos en una cava o cuando hay cerveza y de allí sacamos y tomamos, a la señora no le gusta que le pasen sucio para adentro. Otra: diga el testigo si conoce a la señorita Migdalis Garcia?. Respuesta: de conocerla la conozco porque vivía allí. Otra: diga el testigo si tiene conocimiento de quien era el novio o pareja de la ciudadana Migdalis García para el tiempo en que reparaban la gandola, si usted conocía a la pareja de Migdalis?. Respuesta: si lo conocía, era el hermano de Juan Carlos, Claudio. Cesaron las preguntas. ACTO SEGUIDO SE LE CEDE LA PALABRA A LA REPRESENTACION FISCAL, A LOS FINES DE QUE REALICE LAS PREGUSTAS. Una: diga usted que tiempo tenía viviendo Migdalis García en esa casa?. Respuesta: específicamente no le se decir. Otra: diga usted si tiene conocimiento de que tiempo tenia Migdalis de relación amorosa con claudio el hermano del acusado?. Respuesta: ellos se enamoraron en el liceo y ella se aprecio de la noche a la mañana allá. Otra: porque usted no tiene una referencia en cuanto a tiempo de la relación de Migdalis con Claudio y del tiempo que estaba viviendo con la señora del valle, pero si tiene fijado el tiempo de reparación de la gandola?. Respuesta: el problema es el siguiente esos muchachos tiene una novia en el liceo y un día tenia una y luego otra, y en realidad no sabia, y con respecto a la gandola es por que a mi me pico una serpiente, y ese dia no podía beber ron. Otra: quienes estaban presentes ese día arreglando la gandola?. Respuesta: estaba Juan Carlos, estaba mi persona, el señor Narciso Guevara, y otro muchacho no recuerdo el nombre a el lo citaron y no vino. Otra: en la casa quienes se encontraban ese día ?. Respuesta: estaba ella sola, la ama del estaba trabajando el papa estaba por fuera. Otra: diga como estaba vestida Migdalis y como estaba vestido Juan Carlos?. Respuesta nosotros cargábamos braga y ella no se como andaba vestida, porque la casa queda lejos del taller. Otra: que tiempo duro la reparación?. Respuesta como de 07 a 08 de la noche, eso mientras recogíamos las herramientas, pero cuando se trata de ese tipo de gandolas. Otra: ese día Juan Carlos ingirió bebidas alcohólicas?. Respuesta si se tomaron una caja de cerveza. Otra: en ese espacio de tiempo llego la adolescente Migdalis a salir de la casa hasta donde estaban ustedes?. Respuesta no. Otra: llego Juan Carlos a pasar a la casa en ese periodo de tiempo quedándose ustedes trabajando, a buscar algo, a ver algo?. Respuesta no, como le dije, no la ma del se molesta. Otra: es decir desde 08 de la mañana hasta las 08 de la noche sin ir a la casa, ?. Respuesta nos paramos fue a comer un espagueti con sardina que llevo el . Otra: Con quien vive Juan Carlos?. Respuesta el estaba con la esposa y los hijos, ese día estábamos arreglando la gandola. Otra: que tanto frecuenta la casa de la mama?. Respuesta siempre, primero pasa por la casa de su mama y luego va a su casa. Otra: como vio percibió usted el trato entre Juan Carlos y la adolescente Migdalis?. Respuesta para mi normal. Otra: por que usted vino a declarar al tribunal quien le pidió que viniera, que aporte estaba en el deber de dar ?. Respuesta uno de los muchachos que citaron no vino, y lo buscamos y no apareció, y yo veo que se esta cometiendo una injusticia. Otra: las veces que Juan Carlos estaba allí en la casa de su mama usted estaba con el?. Respuesta algunas veces, vivimos cerca, o el iba hacer cualquier cosa en su terreno y me invitaba, o si necesitaba matar unos pollos y yo los mato. Otra: usted tiene conocimiento exacto de cual fue la denuncia, cuales fueron los hechos por los cuales fue acusado Juan Carlos por la representación fiscal?. Respuesta si tengo conocimiento por eso digo que es una injusticia, yo no se en que momento la violo. Otra: nos fuimos del taller de 08 a 9 de la Noche ?. Respuesta legamos a eso de las 07 de la mañana. Otra: cuando usted llego ala casa al taller quien estaba presente en ese momento?. Respuesta la gandola que iba a reparar, llegamos los cuatro juntos. Otra: como llegaron los cuatro juntos?. Respuesta el señor narciso busco a los demas muchachios y busco a el y luego a mi y de allí nos fuimos al taller. Otra: porque usted tiene el conocimiento de que solo estaba la adolescente?. Respuesta por que la mama trabaja, el para y el otro hermano. Otra: cual ese hermano ?. Respuesta Jose Carlos. Otra: recuerda el día en que sucedió eso?. Respuesta no recuerdo el día. Otra: recuerda si era un día hábil o fin de semana?. Respuesta no recuerdo. Otra: usted indica que el acusado esta siendo injustamente acusado porque ese día 27 el no pudo haber abusado a la adolescente, a menos que el se haya regresado, usted sabia que además de ese día, a la que hace referencia la victima, ella señala que en otras tres oportunidades fue abusada por Juan Carlos y por que hace referencia a ese día 27?. Respuesta porque el 25 estaba con mi familia, cada quien estaba en familia, y del 29 hasta el 30 como al 02/01 estábamos con la familia. Otra: cuales fechas tiene usted conocimiento de que fueron indicados ?. Respuesta tengo conocimiento del 24 y el primero y el 27. Otra: usted el 24 tuvo contacto o comunicación con Juan Carlos?. Respuesta no, el estaba en su casa y si . Otra: y el primero?. Respuesta tampoco, no me meto allí porque no tengo conocimiento. Otra: su testimonio en tal caso es para dar fe del contacto y lo que hizo el día 27 y lo que hacían todos allí?. Respuesta si señor. Cesaron las preguntas. EL TRIBUNAL NO VA HA A REALIZAR PREGUNTAS. Seguidamente el Tribunal cede la palabra al representante Fiscal a los fines de que exponga en relación a testigos y Expertos: Ciudadano Juez, el Ministerio Público solicita se cite a los testigos y expertos, por lo que solicito se convoque a una nueva oportunidad, y a quien me comprometo a coadyuvar a la convocatoria del mismo y por cuanto no se encuentra presente órganos prueba solicito que se suspenda el presente debate, para realizar las citaciones correspondientes. Es todo”. Seguidamente la Defensa Confianza manifiesta estar de acuerdo con la solicitud fiscal, y se fije otra oportunidad. Es todo”. Ahora bien una vez escuchado lo manifestado por la representante Fiscal y el Defensor de Confianza en este acto de no prescindir de los testigos y expertos, es por lo que se estima necesario la SUSPENSIÓN del juicio; y en virtud a lo consagrado en el artículo 318, numeral 2, 319 y 340 del Código Orgánico Procesal Penal, instando al Fiscal del Ministerio Público, a fin de hacer comparecer a los testigos y experto al Juicio Oral y Público, se convoca a las partes presentes para el día: MIERCOLES 24 DE FEBRERO DE 2016 A LAS 01:30 DE LA TARDE.
En fecha MIERCOLES 24 DE FEBRERO DE 2016, Se constituyo el Tribunal de Juicio del Circuito Judicial Penal con Competencia en Delitos de Violencia Contra la Mujer del Estado Anzoátegui, ACTO SEGUIDO, SE DECLARA EXPRESAMENTE ABIERTO EL DEBATE ORAL Y RESERVADO. Dando cumplimiento a lo consagrado en el artículo 336 del Código Orgánico Procesal Penal. Asimismo se deja constancia que en la sala contigua se encuentra presente UN TESTIGO como órganos de prueba. Verificada la presencia de las partes, el Juez Profesional advirtió a los presentes sobre la importancia y significado del acto, indicando las normas que han de cumplirse durante el desarrollo del mismo. Asimismo se hizo una breve reseña de lo acontecido en las audiencias de fecha 20/01/2016 fecha en la cual se dio inicio al debate. ACTO SEGUIDO ESTE TRIBUNAL DECLARA ABIERTO LA RECEPCIÓN DE LAS PRUEBAS OFERTADAS, dando cumplimiento a lo consagrado en el artículo 336 del Código Orgánico Procesal Penal. Se le solicita al Ciudadano Alguacil, sea traído a la Sala a la TESTIGO JUANA DEL VALLE URBANO REYES. El ciudadano juez le toma el juramento de ley y le lee el artículo 242 del Código Penal y manifestó, ser: TESTIGO: JUANA DEL VALLE URBANO REYES, cedula de identidad 10.387.329. Soltera, fecha de nacimiento 03/02/1966, edad 50 años de edad, De Profesión u oficio. Trabajo como secretaria en la clínica Jesús de Nazaret, acto seguido el tribunal el tribunal le pregunta formalmente si tiene algún parentesco o afinidad con el ciudadano JUAN CARLOS SILVA URBANO, quien manifestó ser la madre. Quien expone: Bueno conocí a Migdalis García, una tarde que regrese de mi trabajo y ella estaba allí en la casa,, le llame la atención porque estaba mi hijo solo y ella era una menor, bueno la acompañe a agarrar carro porque ya era tarde, a los tres días volvió a mi casa otra vez le llame la atención volvió a mi casa siendo que yo no estaba en mi casa, le dije que ella no debía estar en mi casa siendo que yo no estaba allí, no le vi mas la cara hasta que un día vino en el mes de agosto por ahí, que se presento en mi casa como a las tres de la tarde queriendo quedarse en mí casa porque supuestamente ella no conseguía carro para irse yo le pregunte que de donde venia y eso fue un día domingo me contesto que había amanecido en una fiesta en el pueblo de Tavera, yo le dije que en mi casa ella no se podía quedar y conseguí un carro para llevarla hasta su casa, de allí no se donde vive pues la deje en un callejón desde afuera, con los días apareció otra vez en mi casa para la graduación de mi hijo tuvo allí ese día que estábamos celebrando con el muchacho allí, esa misma semana mande a mi hijo Claudio Daniel Silva a Gusipati donde vive su hermano ROMER SILVA, no había visto mas a la muchachita hasta el mes de octubre que ella se presento por allá diciéndome que tenia atraso en el periodo yo la lleve para hacerle un eco para confirmar si la muchacha estaba en realidad embarazada, como le mandaron a hacer un eco transvaginal cuando ella llega a su casa la mama se da cuenta del papelito o la orden que el medico le dio para hacerse el eco transvaginal el otro día ella regreso a mi casa llorando que su mama la había corrido de su casa, yo llamo a su mama y le digo, le pregunto porque había botado a su hija así para la calle, la contesta que me dio fue que ella no la quería en su casa, que si mi hijo claudio se había comido el cambur que se comiera la concha, yo le conteste y le dije que las cosas cosas no eran así , que debíamos hablar, y ella medio que ella no tenia nada que hablar conmigo, que ella no quería saber nada de esa muchacha, yo la recibí en mi casa, ,pues tengo una hija hembra y no me gustaría que a mi hija me le hicieran algo y me la rechazaran. Luego ella estuvo conmigo hasta el mes de enero, yo le día para que inscribiera en el liceo, porque su mama no le quiso dar mas estudio y le dije que la iba ayudar en todo lo que pudiera, y le demostrara a la mama que ella si podía estudiar y si iba echar para lante, le compre útiles uniforme zapatos los dos tipos de zapatos, los deportivos y los colegiales, cada vez que le mandaban hacer trabajo yo sacaba de mi bolsillo, y todos los meses que estuvo nunca le vi la cara ni a su mama ni a su papa, hasta la primera semana de enero que a ella se le presento un dolor de estomago, y allí fue que se presento su papa y su mama porque yo los llame por teléfono porque la muchacha tenia mucho dolor y yo no sabia que hacer. Tuve bastantes problemas, con mi hija, porque quizás sentía celos, me decía que yo le daba mas amor a ella que no era mi hija que a mi hija que yo había parido, por varias veces le llame la atención porque llegaba de trabajar y la conseguía en el cuarto de claudio con varios muchachos de por allí, sobrinos y primos, viendo películas indebidas, mi hija me decía mama abre los ojos porque tu no sabes a quien tienes en tu casa, cuando tu no estas se te escapa para el río con otros muchachos y yo le decía que no hablara así que ella lo que sentía era celos, y ella me repetía lo mismo, ya que yo salía a las 5 de la mañana a trabajar y regresaba a las 4 de la tarde, delante de mi ella era una niña excelente, pero bueno tienen que pasar cosas para uno darse cuenta de quien es realmente, hasta los mismos vecinos me decían, y ella me dacia que era mentira, me lloraba y decía que era mentira, de verdad que hasta lo ultimo tuve los ojos vendados, hasta lo ultimo yo metía las manos al fuego por ella, pero después de lo que me hizo y todo lo que me ha mampuesto en todas partes es puede abrir los ojos de la realidad, ella me hablaba mal de su mama la ponía por el suelo, le decía que era malo, que no debía mal poner a su mama, que eso no lo debía hacer en ninguna parte, creo no tengo nada que decirle después de todo lo que me ha hecho , lo ultimo me mando a amenazar con el muchacho con quien anda, y me mando a decir que cuando mi hijo saliera de la cárcel el se lo iba a echar al pico, conforme ella pide que la acompañen, yo en ningún momento les hago nada, yo volteo para otro lado, pero yo no quiero que le haga mal a mi familia, yo le que le pido es vean que esa niña esta mintiendo, ella y su madre, pero todo se lo dejo a ios, porque con los hijos de dios nadie se mete. Es todo. ACTO SEGUIDO SE LE CEDE LA PALABRA A LA DEFENSA TECNICA, A LOS FINES DE QUE REALICE LAS PREGUNTAS:. Se deja expresa constancia del grado de incomodidad que la ha causado a la señora Juana ante este estrado, de su sentir de sus lagrimas y su pesar, quien mas que ella sabe y le consta la inocencia de su hijo, ya que ella lo que hizo fue rescatar a la victima. Una: diga usted si el mes de diciembre de 2013 la victima Migdalis García vivía con usted ?. Respuesta: si vivía conmigo. Otra: en el mes de enero, recuerda en que fecha regreso a su casa la victima Migdalis Garcia?. Respuesta: Ella regreso como el 2 o 3 de Enero. Otra: usted recuerda si la victima Migdalis Garcia pernocto en su casa el veinticuatro de Diciembre?. Respuesta: si ella pernocto en mi casa conmigo el 24 y el 25 de Diciembre, y en la noche fuimos para Araguita, y yo me la lleve conmigo, estuvimos hasta las 4 de la mañana, incluso fue Juan Carlos, ella bailó hasta que se canso con Juan Carlos . Otra: usted acaba de decir que asistieron el 24 de diciembre a una fiesta a que hora salieron para esa fiesta?. Respuesta: como alas 8 de la noche, como a las 9 por ahí. Otra: si usted se recuerda de las personas, que compartieron con usted y con su familia en esa fiesta las podría nombrar?. Respuesta: voy a nombrar las que se, porque por hay unos que los conozco por sus apodos, Teresa Game, el cabeza de gato, Narciso Guevara, las dos hijas de la señora Teresa Game, no recuerdo como se llama la muchacha, Oscar Vargas, fue Luis Enrique, varias personas de allí que no recuerdo como se llaman, las que recuerdo son las que nombre. Otra: quien mas estaba?. Respuesta: allí nos encontramos con una profesora y su esposa. Otra: quien mas estaba de la familia?. Respuesta: estaba Migdalis, José Carlos, mi otro hijo, y otras personas que no recuerdo los nombres, fuimos en tres carros. Cesaron las preguntas. ACTO SEGUIDO SE LE CEDE LA PALABRA A LA REPRESENTACION FISCAL, A LOS FINES DE QUE REALICE LAS PREGUSTAS. Una: diga usted porque acepto a la adolescente Migdalis en su casa?. Respuesta: porque ella me llego a la casa llorando porque su mama la había corrido, supuestamente porque ella había sostenido relaciones con claudio silva y que supuestamente tenia un atraso. Otra: cuando usted se refiere a claudio, y utiliza el termino menor, era porque era menor de edad?. Respuesta: si era menor de edad. Otra: cuantos años tenia claudio cuando estaba con la victima?. Respuesta: 16 años. Otra: que hacia claudio para ese entonces?. Respuesta: el estudiaba en el mismo liceo, el se gradúo en agosto del 2013 y yo lo mande para Guasipati. Otra: ella se gradúo con el?. Respuesta: ella se gradúo el siguiente año. Otra: por que la fecha de diferencia en el año de graduación, ella estudiaba un año menos que el?. Respuesta: si. Otra: que conocimiento tiene usted, a que tiempo tenia esa relación de claudio y Migdalis?. Respuesta: no se, yo me di cuenta porque yo regresaba del trabajo y la conseguía en mi casa, eso paso como en tres oportunidades. Otra: de que manera, a través de que persona se entera del noviazgo de Claudio y Migdalis ?. Respuesta: por ella misma, ella me dijo usted es mi suegra, yo soy la novia de claudio, por eso yo mande a mi hijo para Guasipati, porque ya había escuchado cosas de la muchacha. Otra: si usted mando a claudio para Guasipati, para separarlos, por esa conducta de la victima, por que continuo dándole abrigo en su casa?. Respuesta: porque soy una madre, y no me gustaría que una hija mía le pase eso, la acepte porque ella dijo que tenia un retraso, y antes de aceptarla en mi casa llame a su mama para hablar con ella y ella lo que me respondió fue, que si claudio se había comido su cambur que se comiera la concha, y ella comenzó a llorar y a llorar y me dio sentimiento la muchacha, no la podía echar a la calle. Otra: usted le llego a comentar a claudio, respecto a su noviazgo con Migdalis, algo, un consejo, que decía el?. Respuesta: si mama yo he estado con ella, le dije hijo tiene un retraso, y el me dijo para esperar dar tiempo. Otra: Que resultado dio ese estudio que le hicieron?. Respuesta: que no estaba embarazada, el medico dijo para hacerle otros exámenes mas profundos para ver porque le faltaba el período. Otra: Por que si el resultado fue negativo, por que siguió dándole abrigo e su casa?. Respuesta: su mama no la quería aceptar en su casa, y como yo vivía sola en mi casa con mi esposo, yo la deje para apoyarla. Otra: porque usted quiso apoyar a esta adolescente estando en conocimiento por comentarios, incluso por su propia hija de la conducta inapropiada de la adolescente?. Respuesta: la conducta de la muchacha fue después de ella estar viviendo en mi casa. Otra: quienes le comentaban respecto al comportamiento de Migdalis?. Respuesta: Arelis, Arianna y carlina silva, incluso me comento y ella había llegado, y ella estaba en el cuarto y estaba Migdalis montada sobre el, sobre Juan Carlos, a y dijo hay cuñada disculpa es que se me había caído algo y lo estaba recogiendo y es allí, que ella me dice que abriera los ojos. Otra: si usted había aceptado a Migdalis y habia asumido un compromiso, por que no le dijo a Claudio que viniera a asumir su responsabilidad?. Respuesta: Claudio era menor de edad, si ella estaba embarazada yo asumía la responsabilidad por mi hijo. Otra: entonces su hijo se burlo de ella?. Respuesta: yo no diría que se burlo de la adolescente y si el no quisiera asumir su responsabilidad, no me hubiese dicho nada, el aun estando por allá le mandaba le mandaba sus realitos. Otra: Que razones le daban a Migdalis de Claudio?. Respuesta: que lo habíamos mandado porque su hermano trabaja en Minerven y le estaba consiguiendo cupo para que entrara. Otra: donde esta claudio, el ha venido para acá?. Respuesta: si el esta aquí, el vino, y definitivamente se quedo, después que ella tenia el dolor fuerte que le dio. Otra: usted declaro que Migdalis paso las navidades con usted, que llego a conversar usted con claudio, que tiempo tenían de novio?. Respuesta: aquí no hable nada con el, fue ella que me llamo suegra, y le llame la atención si ella era una niña. Otra: hablo con su hijo?. Respuesta: si hable con el. Otra: por que la volvió a ver?. Respuesta: ella llegaba a la casa cuando yo estaba en el trabajo. Otra: quien la recibía?. Respuesta: la recibía claudio, claudio estudiaba medio día y luego se iba para la casa. Otra: que tiempo aproximadamente vivo Migdalis en su casa?. Respuesta: desde octubre de 2013 a enero de 2014. Otra: estamos hablando aproximadamente tres meses?. Respuesta: si tres meses. Otra: cual era su rutina?. Respuesta: yo salía de mi casa a las 5 de la mañana y regresaba a las 5 o 6 y media. Otra: Quien quedaba en su casa cuando usted no estaba?. Respuesta: mi esposo y Migdalis. Otra: como usted se entera, por quien se entera de lo acontecido?. Respuesta: me entero por mi esposo, que me dijo que el papa y la mama de Migdalis estaban en la casa que querían hablar con claudio, claudio había llegado, pero no estaba allí. Otra: que le dijo el señor?. Respuesta: ellos fueron a reclamarle porque claudio había corrido a Migdalis de la casa, y el respondió que le preguntara a su hija que era lo que había pasado, y el le dijo pregúntele a su hija cual es la verdad. Otra: cuando usted se entera claudio estaba aquí?. Respuesta: los primeros días ella quiso mal poner a Juan Carlos, y ellos tuvieron unas palabras, y Juan nos sentó en el comedor, y el nos dijo esta pasando que esta muchacha no es la persona que nosotros creemos, esta muchacha se me insinúa, y claudio tiene rose conmigo porque ella le ha llenado la cabeza de cosas. Otra: Claudio se fue para Guasipati en Agosto de 2013 y volvió en Enero del 2014 ?. Respuesta: si . Otra: donde fue esa pelea,?. Respuesta: Migdalis fue a la casa de Arelis a mal ponerme, ella es la posa de José Carlos, le dijo Arelis que el (Jose Carlos) la estaba sonsacando y ella la corrió. Otra: Juan Carlos tiene esposa?. Respuesta: tiene su pareja Ariana Cabrera, tienen diez años viviendo y tienen dos niños. Otra: como es la relación de Migdalis y Ariana?. Respuesta: se llevaban bien hasta que ella empezó con sus cosas. Otra: hubo algún altercado entre ellas?. Respuesta: no . Otra: la victima en alguna oportunidad las denucnio?. Respuesta: ella la denuncio a Arelis y a mi hija ellas y que supuestamente que la iban a agredir. Otra: alguien de su familia ha ido a buscar notas, de Migdalis?. Respuesta: yo fui y le explique a la directora lo que estaba pasando con mi hijo, ya que la mama de migdalis dijo que su hija no siguió estudiando porque la tenemos amenazada con unos malandros de araguita, y yo si fui a buscar una constancia para demostrarle a la señora que su hija si estudio y tengo las fotos hasta de cuando se gradúo. Otra: de que eventos tiene conocimiento de lo que fue denunciado su hijo?. Respuesta: me entero por lo que me han dicho los abogados, por eso es que me entero, y antes por la PTJ, que llevaron unas citaciones, el papa de Migdalis hablo conmigo y nos dijo de que el tenia vergüenza por lo que estaba pasando de que el había hablado con su mujer y su hija, porque el medico le dijo hay no hay violación por ninguna parte, hasta jugo tomo conmigo, dijo que se iba para caracas por vergüenza. Otra: como era su relación con migdalis?. Respuesta: yo la quería como una hija, y todavía le digo a mis hijos que no le guarden rencor esa niña o que esta es falta de amor de sus padres y siempre les digo que volteen para otro lado cuando ella venga. Otra: esos eventos de abuso sexuales que ella denuncio ?. Respuesta: eso y que fue un 24 29 y 01 según lo que me dicen los abogados, como una persona violada puede andar bailando. Otra: el veinticuatro y el 29 estaba en su casa?. Respuesta: si ella fue el 29 a l cumpleaños de mi cuñado. Otra: usted estuvo el 24 en su casa?. Respuesta: si pase todo el día en mi casa, y la cena la hicimos en la casa de mi hija. Otra: y el 29?. Respuesta: lo pase en mi casa, y como me fui para la casa de mi cuñado, que estaba de cumpleaños me la lleve a ella, en mi carro se fue Juan carlos Con la Mujer y los niños. Otra: quienes estaban en su casa?. Respuesta: oscar vargas, carlina silva y mis nietos y migdalis por su puesto, el 24 de diciembre en el día. Otra: Y Juan Carlos estaba allí?. Respuesta: Juan Carlos no vive en mi casa, el vive en Tavera, el paso me pidió la bendición cargaba la cava llena de refrescos para negociarlos y regreso a las 4 o 5 de tarde. Otra: No regreso mas?. Respuesta: el vino otra vez, limpio la cava y regreso a las 8 cuando nos fuimos para fiesta. Otra: y el 29?. Respuesta: el no estuvo en la casa todo el día, estaba trabajando en la gandola, y estando allá llego Juan Carlos con su esposa sus hijos y un sobrino, de allá regresamos en la tarde y Juan se vino en la mañana con su esposa. Otra: y el 1?. Respuesta: lo pase con mis hijos, mis nietos. Otra: usted hace referencia que Migdalis en un tiempo, ella se comporto bien y luego cambio su comportamiento, cuando usted dice ese cambio, a que tipo de conducta se refiere?. Respuesta: bueno delante de mi ella era cariñosa, ella era demás de amorosa, por eso es que mi hija sentía celos, porque yo era mas con ella que con mi hija, pero cuando la regañe porque veían películas pornográficas cambio conmigo. Otra: Con quienes la encontró?. Respuesta: mis primos, mis sobrinos, José Gregorio bravo, unos sobrinos de la mujer, el negrin el mocho, el que declaro la semana pasada, el es primo de un sobrino mío, ellos estaban allí y muchachos que iban a ver películas, y como yo no estaba allí se iban para allá. Otra: Cuantas oportunidades la encontró?. Respuesta: dos veces, la primera vez la regañe a ella, y que mientras estuvieran Allí los muchachos ella no tenia que acercarse al cuarto. Otra: cuando usted salía atrabajar quien cuidaba la casa?. Respuesta: mi esposo el siempre estaba en la casa. Cesaron las preguntas. ACTO SEGUIDO TOMA LA PALABRA EL TRIBUNAL, QUIEN NO VA A REALIZAR. Seguidamente el Tribunal cede la palabra al representante Fiscal a los fines de que exponga en relación a testigos y Expertos: Ciudadano Juez, el Ministerio Público solicita se cite a los testigos y expertos, por lo que solicito se convoque a una nueva oportunidad, y a quien me comprometo a coadyuvar a la convocatoria del mismo y por cuanto no se encuentra presente órganos prueba solicito que se suspenda el presente debate, para realizar las citaciones correspondientes. Es todo”. Seguidamente la Defensa Confianza manifiesta estar de acuerdo con la solicitud fiscal, y se fije otra oportunidad. Es todo”. Ahora bien una vez escuchado lo manifestado por la representante Fiscal y el Defensor de Confianza en este acto de no prescindir de los testigos y expertos, es por lo que se estima necesario la SUSPENSIÓN del juicio; y en virtud a lo consagrado en el artículo 318, numeral 2, 319 y 340 del Código Orgánico Procesal Penal, instando al Fiscal del Ministerio Público, a fin de hacer comparecer a los testigos y experto al Juicio Oral y Público, se convoca a las partes presentes para el día: MIERCOLES 24 DE FEBRERO DE 2016 A LAS 01:30 DE LA TARDE.

En fecha MIERCOLES 24 DE FEBRERO DE 2016, Se constituyo el Tribunal de Juicio del Circuito Judicial Penal con Competencia en Delitos de Violencia Contra la Mujer del Estado Anzoátegui, ACTO SEGUIDO, SE DECLARA EXPRESAMENTE ABIERTO EL DEBATE ORAL Y RESERVADO. Dando cumplimiento a lo consagrado en el artículo 336 del Código Orgánico Procesal Penal. Asimismo se deja constancia que en la sala contigua se encuentra presente UN TESTIGO como órganos de prueba. Verificada la presencia de las partes, el Juez Profesional advirtió a los presentes sobre la importancia y significado del acto, indicando las normas que han de cumplirse durante el desarrollo del mismo. Asimismo se hizo una breve reseña de lo acontecido en las audiencias de fecha 20/01/2016 fecha en la cual se dio inicio al debate. ACTO SEGUIDO ESTE TRIBUNAL DECLARA ABIERTO LA RECEPCIÓN DE LAS PRUEBAS OFERTADAS, dando cumplimiento a lo consagrado en el artículo 336 del Código Orgánico Procesal Penal. Se le solicita al Ciudadano Alguacil, sea traído a la Sala a la TESTIGO JUANA DEL VALLE URBANO REYES. El ciudadano juez le toma el juramento de ley y le lee el artículo 242 del Código Penal y manifestó, ser: TESTIGO: ARELIS DEL CARMEN ANTOIMA URRIOLA, cedula de identidad 21.174.203. De estado civil SOLTERA, fecha de nacimiento 23/11/1990, de 25 años de edad, De Profesión u oficio. Ama de casa, acto seguido el tribunal el tribunal le pregunta formalmente si conoce de vista trato o comunicación, o si tiene algún parentesco o afinidad con el ciudadano JUAN CARLOS SILVA URBANO, quien manifestó EL ES HERMANO DE MI PAREJA, EL ES MI CUÑADO. Quien expone: bueno, yo tuve varios problemas con migdalis, incluso discutimos y peleamos también en una oportunidad fui a buscar a mis hijos un domingo, ya yo tenia varios disgustos com mi pareja por migalis, porque ella me envenenaba la cabeza, ella me decía mira puse a José Carlos a que me lavara las pantaletas, me decía siempre puse a José Carlos a cocinar, puse a José Carlos a que me tendiera las blumas, tuve un problema con el me fui para la casa, me fui al hatico, y cuando regrese ella estaba lavando, y ella me llamo y me dijo que necesitaba hablar conmigo, y ella me dijo sabes que estas hablando mucha marisquera de mi, y yo le dije que paso, y ella me dijo sabes que me estas metiendo mucho en chisme, me dijo que yo me había puesto a decir que yo la había visto en el río con un montón de muchachos, y eso es verdad, y se lo dije a mi suegra, como ella era la niña de la casa y mi suegra no creía, yo le dije bueno después no te extrañes, la discusión que tuvimos fue que ella me dijo que si yo volvía a decir algo me iba a caer a cañazo, bueno yo agarre y me fui como mi suegro estaba en el taller acomodando un carro yo me fui el lunes no llegue gasta la cara de la suegra, llegue hasta la casa de mi cuñada, ahí me quede con ella, el día martes si fui donde la suegra como alas 8 de la mañana, ella se estaba alistando que se iba paa el liceo, yo llamo a marido de ella que s claudio, y le dije ahora si vamos ha hablar yo la llame a ella y le dije ve a a que ahora si vamos a hablar, me dijo ya yo lo que tenia que hablar contigo ya lo hale, y ella se maestro y me manoteo, le dije ahora si vamos a hablar, porque ahora si estamos solos los tres, empezamos a discutir y ella me lanzo una cachetada y ella se me lanzo encima y empezamos a pelear. Claudio nos desaparto y nos quedamos tranquilas y vino mi cuñada carla y me levo para su casa, y ella me dice que me iba a denunciar, y le de me denuncia que de todos modos nos van a llevar presa alas dos, el otro día llego la mama de ella y su papa a la casa porque era el cumpleaños de ella, y ese día fue que le llego la citación a Juan Carlos, luego en marzo fue cuando ella me denuncio a mi, porque según y había ido al liceo y desde marzo me estoy presentando aquí, incluso fui al liceo a preguntar, y ellas nos dijeron que ni yo ni mi cuñada fuimos, que ran una muchas de las minas que estudian por ahí en el liceo, ya uno las conoce. Es todo. ACTO SEGUIDO SE LE CEDE LA PALABRA A LA DEFENSA TECNICA, A LOS FINES DE QUE REALICE LAS PREGUNTAS: Una: Porque nace ese rose encontronazo esa disparidad de caracteres entre la victima y usted?. Respuesta: primero de todos los casquillos que ella me fue a meter del marido mío, fue que empezamos a tener problemas, y segundo que ella me insulto porque yo la estaba metiendo en chisme que fue cuando peleamos . Otra: que le decía migdalis de su marido, que le decía?. Respuesta: el le lavaba las pantaletas, que ella lo ponía a cocinar, que el le tendía las pantelates, que el l invitaba a salir que José Carlos le decía que estaba bonita, cosas así me decía. Otra: Cual era la actitud de su esposo con respectó lo la víctima le decía?. Respuesta: yo siempre le Preguntaba que si eso era verdad, y el me decía que allí no pasa nada, esa muchacha es loca, . Otra: llego ver usted a la victima migdalis y su esposo en una actitud sospechosa?. Respuesta: bueno yo Trabaje en la campaña de Guillermo cuando se lanzo a alcalde, yo estaba en un punto rojo, y lego Juan Carlos, y me dijo Arelis que te vallas que José Carlos tiene fiebre, cuando yo llego a la casa de mi suegra, que me bajo de la cava, y entro ella me vio y salio corriendo, cundo entro José Carlos estaba en el cuarto de mi suegra, estaba acostado y ella se le acostó en la cama por la cabecera, cuando yo los vi me Salí de cuarto y empezamos a discutir. Otra: que tiempo tiene conociendo a migdalis?. Respuesta: yo la conozco de toda la vida, porque somos primas la mama de ella es prima hermana de mi mama, ella se la pasa en el hatico, ella se la pasaba con mi sobrinito . Otra: usted recuerda la fecha en que paliaron?. Respuesta: la primera vez que discutimos fue un domingo 12/02 y la vez que peleamos fue un martes 14, porque e cumpleaños de Ariana estaba cerca. . Otra: descríbame la pelea, que se hicieron, que le hizo usted a ella, se agredieron?. Respuesta: cuando me dio la cachetada yo la ale por los cabellos, y yo la mordí, se que la mordí porque claudio fue el que me dijo que había mordido, ella me aruñaba . Otra: usted tiene conocimiento de que tiempo vivo migdalis en la casa de la mama de claudio?. Respuesta: ella llego allá diciéndole a mi suegra que la mama la había corrido, se que cuando ella llego allá yo estaba y ella le dijo que la mama la había corrido, cuando ella llego claudio y no vivía allí. Otra: usted tiene conocimiento cuando regreso claudio a el asa de su mama, día, mes?. Respuesta: no me acuerdo. Otra: quien era la pareja de migdalis?. Respuesta: claudio, mi cuñado menor. Cesaron las preguntas. ACTO SEGUIDO SE LE CEDE LA PALABRA A LA REPRESENTACION FISCAL, A LOS FINES DE QUE REALICE LAS PREGUSTAS. Una: tu haces referencia a que el día en que peleaste con migdalis estaba calina, tu cuñada, cual fue l participación en esa pelea?. Respuesta: en la pela estaban claudio migdalis y yo, ella llego después a desapartarnos y me llevo para su casa. Otra: claudio y migdalis llegaron a vivir juntos de la señora?. Respuesta: un tiempito, porque desde que ella llego fue que empezaron a destaparse los problemas, yo deje de ir para allá después de la pelea. Otra: cuanto tiempo antes de irse claudio?. Respuesta: no me acuerdo, el se fue después que salio del liceo, no recuerdo, no tengo fecha exacta, no recuerdo el día . Otra: cuando migdalis llego a la casa de la señora del valle tu estabas presente ?. Respuesta: yo llegue, si, yo llegue, como ella es prima mía, yo le pregunte, y ella me dijo que se había venido porque la mama la corrió, porque se entero que tengo relaciones con claudio. Otra: desde cuando tuviste conocimiento de la relación de claudio y migdalis?. Respuesta: desde que estaban en el liceo ella siempre iba visitarlo en la casa de mi suegra. Otra: que tiempo tenia esa relación de claudio y migdalis?. Respuesta: cuando yo la veía era por que ella iba para la casa de mi suegra, nunca le pregunte desde cando reempataron, ni nada. Otra: cuantas veces llegaste a ver a migdalis antes de ella mudarse para allá?. Respuesta: bastantes veces. Otra: normalmente a que hora la veías ahí?. Respuesta: ella mañana, al medio día, hacían comida, nos íbamos para e río, hacíamos sopa. Otra: que conocimiento tenían los demás miembros de la familia, por parte de claudio, digo la lámale papa el acusado?. Respuesta: le echaban broma le decían que se parecí mucho a mi, y mi suegra bien éramos fino con ella, la tratábamos todito. Otra: llegaron a compartir antes?. Respuesta: si en la graduación de claudio, nosotros fuimos que l llevamos para el hatico, porque ella quería quedarse, y mi suegra dijo que no y fui yo i mi esposo a llevarla. Otra: cuando fue ese evento de la graduación de claudio?. Respuesta: claudio salio creo que fue en dos mil trece, se que claudio salio un año antes que ella. Otra: cuando ese evento, toda la familia de claudio estaban en conocimientos que ellos eran novios?. Respuesta: si. Otra: como era tu relación con José carlos tu pareja cuando ella llego allí?. Respuesta: todo bien, hasta que ella empezó a meter casquillo. Otra: ustedes vivan juntos?. Respuesta: si nosotros vivíamos juntos. Otra: tu dices que claudio se fue a vivir a la casa un familiar en otro estado, y después regreso a la casa de su mama, estando el viviendo con migdalis, como era la relación de ellos dos con el resto de l familia,?. Respuesta: como vivía a cinco casa de allí, no se. Otra: cuando dices empezaron los problemas, con quienes, entre quienes, y en que momento?. Respuesta: digo de los problemas míos, cuando ella me dijo queme iba caer a coñazo y después que se enteran que ll tuvo relaciones con Juan Carlos fue que llegaron los papas de ella a la asa. Otra: de que te enteraste?. Respuesta: que ella dijo que el la había violado, yo me entere después cuando. Otra: quien te lo contó?. Respuesta: mi cuñada carla y mi esposo, el primero fue mi esposo, y yo le dije a el José Carlos no seria por los golpes que yole di a la chiqui, y los mordiscos, pero ella nunca me denuncio a mi. Otra: usted dice que ella no la denuncia pero también dice que se esta presentando?. Respuesta: ella lo denuncio a el en enero, y a mi me denuncio fue en marzo del mismo año, ella me denuncio fue después. Otra: Juan Carlos el acusad en algún momento llego a contarle algo a usted de que pasaba entre migdalis y el ?. Respuesta: no . Otra: usted tiene trato con la esposa de Juan Carlos?. Respuesta: si. Otra: llego Ariana a contarle algo sobre migdalis y juan carlos?. Respuesta: no. Otra: como era la relación de claudio con su hermano Juan Carlos?. Respuesta: bien siempre han sido unidos toditos . Otra: tiene conocimiento si entre claudio y Juan Carlos llego a existir problemas por migdalis?. Respuesta: no nunca me entre. Otra: con los demas miembros de la familia?.Respuesta: no seno me entere ni me dijeron nada. Otra: porque claudio se va a la casa de un familiar en otro estado?. Respuesta: porque iba a estudiar y a trabajar. Otra: como era la relación de Migdalis con la señora del valle?. Respuesta: buenísima. Otra: serán por celos?. Respuesta: siempre le compraba las cosas era ella, carla le dijo a mi suegra del valle, que ella se la pasaba en el río, y ella en una oportunidad le dijo que ella lo que estaba era celosa porque mi suegra le compraba de todo, y cuando carla le dijo que migdalis se fue para e río, mi suegra no le creyó. Otra: estaban haciendo algo malo?. Respuesta: estaban tomando, un grupo de compañeros estaban tomando en el río, yo se lo comente a carla y ella se lo comento a mi suegra del valle. Otra: usted vio haciendo migdalis algo inapropiado en el rio?. Respuesta: mal no estaban tomados, y un profesor se echo a reír, y ella pego la cabeza de la antena y un profesor. Otra: si no vio algo raro ni inapropiado, cual fue el objetivo o la intención de contarle eso a tu cuñada?. Respuesta: ninguna. Yo se lo conté a modo de chiste, le dije mira la chiqui como que venia rascada del río y pego la cabeza de la antena. Otra: de que genero eran los acompañantes que estas hablando ?. Respuesta: eran hombres y mujeres, eran como ocho personas mas mo menos. Otra: esa ocasión en l que se fueron alo golpes, fue producto de algún reclamo que le haya hecho su cuñada carlina?. Respuesta: mi cuñada calina se lo comento a mi suegra del valle y mi suegra del valle no le creyó, me imagino que mi suegra del valle le comento a migdalis y por eso fue que ella me dijo lo que dijo. Otra: que le dijo carlina a del valle ?. Respuesta: fue eso lo que carlina le dijo del valle, y cuando yo pregunte era eso, me imagine, que habían inventado mas de la cuenta . Otra: tiene usted conocimiento siendo primo de migdalis, tiene usted conocimiento de cómo surgió la relación de migdalis y claudio?. Respuesta: me imagino que fue en el liceo, como estudiaban e el mismo liceo. Otra: antes de esa relación de claudio y migdalis, le conociste otra relación, antes?. Respuesta: después si, no se si era novio pero la vi en una moto con un muchacho, fui a un conjunto en el hatico y la vi. Otra: que concepto tiene usted de migdalis, como la catalogas, antes de la relación con claudio?. Respuesta: en un oportunidad mi mama me dijo, que en el sector el playón y ella entro en la casa e mi mama, y mama le pregunto chiqui que andabas haciendo por ahí, estábamos para el río, y mi mama le dijo recuerda que tu ya tienes marido, por cierto ese Miami mama prepara un arroz con arvejas, recuerdo que después se arman los chisme, mas que todo la veía era para el río. Otra: le conoció otro novio antes de claudio?. Respuesta: no se, no le conocí. Otra: se quedaba hasta altas horas de la noche?. Respuesta: la parte donde voy con mi esposo a bailar es en el hatico, siempre la veía, con una hermana, y otros. Cesaron las preguntas. ACTO SEGUIDO TOMA LA PALABRA EL TRIBUNAL, NO VA A REALIZAR. Cesaron las preguntas. Seguidamente el Tribunal cede la palabra al representante Fiscal a los fines de que exponga en relación a testigos y Expertos: Ciudadano Juez, el Ministerio Público solicita se cite a los testigos y expertos, por lo que solicito se convoque a una nueva oportunidad, y a quien me comprometo a coadyuvar a la convocatoria del mismo y por cuanto no se encuentra presente órganos prueba solicito que se suspenda el presente debate, para realizar las citaciones correspondientes. Es todo”. Seguidamente la Defensa Confianza manifiesta estar de acuerdo con la solicitud fiscal, y se fije otra oportunidad. Es todo”. Ahora bien una vez escuchado lo manifestado por la representante Fiscal y el Defensor de Confianza en este acto de no prescindir de los testigos y expertos, es por lo que se estima necesario la SUSPENSIÓN del juicio; y en virtud a lo consagrado en el artículo 318, numeral 2, 319 y 340 del Código Orgánico Procesal Penal, instando al Fiscal del Ministerio Público, a fin de hacer comparecer a los testigos y experto al Juicio Oral y Público, se convoca a las partes presentes para el día: MARTES 08 DE MARZO DE 2016 A LAS 01:30 DE LA TARDE.
En fecha MARTES 08 DE MARZO DE 2016. Se constituye el Tribunal de Violencia Contra la Mujer, en Función de Juicio, integrado por el Juez Profesional, Dr. JOHNNY RONDON MENESES, y la Secretaria de Sala ABOG. MARIANYS GAMBOA. ACTO SEGUIDO SE DECLARA EXPRESAMENTE ABIERTO EL DEBATE ORAL Y RESERVADO. Dando cumplimiento a lo consagrado en el artículo 336 del Código Orgánico Procesal Penal. Asimismo se deja constancia que en la sala contigua se encuentra presente UN TESTIGO como órganos de prueba. Verificada la presencia de las partes, el Juez Profesional advirtió a los presentes sobre la importancia y significado del acto, indicando las normas que han de cumplirse durante el desarrollo del mismo. Asimismo se hizo una breve reseña de lo acontecido en las audiencias de fecha 20/01/2016 fecha en la cual se dio inicio al debate. ACTO SEGUIDO ESTE TRIBUNAL DECLARA ABIERTO LA RECEPCIÓN DE LAS PRUEBAS OFERTADAS, dando cumplimiento a lo consagrado en el artículo 336 del Código Orgánico Procesal Penal. Se le solicita al Ciudadano Alguacil, sea traído a la Sala a la TESTIGO ARIANA KARELYS CABRERA GARCIA. El ciudadano juez le toma el juramento de ley y le lee el artículo 242 del Código Penal y manifestó, ser: TESTIGO: ARIANA KARELYS CABRERA GARCIA, cedula de identidad 20.633.377. De estado civil SOLTERA, fecha de nacimiento 16/01/1989, de 27 años de edad, De Profesión u oficio. comerciante, acto seguido el tribunal el tribunal le pregunta formalmente si conoce de vista trato o comunicación, o si tiene algún parentesco o afinidad con el ciudadano JUAN CARLOS SILVA URBANO, quien manifestó: ueno vivo con el señor dede hace 11 años atrás lo concidero una persona muy comprometida con dos hijos una persona capaz de asimilar capaz cosa que se le parezca lo considero bastante honesto muy buena gente a veces le llamo la tension por se muy buena gente con la gente cuestion que esta oasando ahorita, yo considero que es una person muy confinzacreo que el ahorita comprende lo que esta pasando, voy a directo lo que esta relacionado con mi persona conocia la ciudadna VICDALY CACIQUE el mes de julio en casa de la señora JUANA DEL VALLE URBANO REYES la conoci por un medio dia junto su novio CLAUDIO SILVA URBANO en una habitación creo que teniendo relacion, el cuarto cortna ventilador girando entro y veo unas personas emuelta en sabanas cuando voy pasando por ese lugar toco la parte de esa puerta y pregunto quien estab alli, no me responde nadie yo salgo me pongo e el porche me siento en eso de 20minutos sale ella y claudio y le pregunto a claudio, clauidio que haces con la puertas abierta y con estos hechos y la chica me responde quien eres tu, yo soy ariana tengo años conociendo esta casa dime quien eres tu por que yo a ti no te conozco ella me dice yo soy la novia de claudio, empezamos a conversar como no tengo confianza con ella le pregunto a claudio que estaba pasando alli, no esta pasando nada ella esmi novia simplemente, luego a los dias fui a trabajar a esa casa estaban ellos alli pero con un gupo de amigos estudiantes, me djeron que estaban haciendo un taller, en el taller que hay en esa casa un taller de mecanica siempre habian dos o tres trabajando pero en la casa muy pocas personas estaban alli, me retiro de hay por que no tia nada que hacer hay, baje al taller hable con los mecanicos y me vine, luego con los dias termina el año escolar 2012- 2013 sale claudio de bachillerato se celebro la fiesta la promocion de graduación estaba la joven alli migdalis, se hizo de noche todos se fueron los que no vivian alli, a eso de 9 de la noche en eso de 9 y media dice la señora del valle, que a que hora se va la niña dela casa que hasta que hora le dan permiso de estar fuera de su casa ella rsponde que no habia problema por que la mama no le pone hora de entrada y salida de la casa, buscaron un carro una caba que estaba hay en ese tiempo la llevaron hasta su casa el muchacho que iba conduciendo JOSE CARLOS SILVA y las señora DEL VALLE la llevaron hasta la comunidad hasta donde vive la comunidad el HATICO queda a media hora de la casa de los señores, al pasar los dias después de la promocion el muchacho claudio lo llama su hermano ROBER JOSE SILVA que trabajaba para MINERVEN e ese tiempo que habia salido una veca y el se la sedia a su hermano para que comenzara a estudiar una carrera, el chico se va en eso de las vacaciones agosto septiembre, se va el chico a estudiar hacer un curso desde ese tiempo no vino mas a la casa de la señora del valle no paso mas diciembre con nosotros, en mes de octubre si no me equivoco del 2013 en eso de las tres dela tarde voy a la caa dela señora del valle y me encuentro a la chica migdalys aquí y le pregunto a la señora del valle desde cuando esa niña esta viviendo aquí se vino a vivir con nosotros por que su mama la corrio de su casa, por que estaba embarazada le digo como su mama que es cristiana vota a su hija de la casa y la señora del valle me dice ya yo la llame y me dijo esta respuesta; que ella se tenia que venir a vivir para ca por que claudio le habia queitado la virginidad que donde se comio su pesscado salao que se vaya a tomar su agua. Después que se formo este problema que no fue virgen para claudio, la señora del valle dice esas palabras que alos dias se comporte bien que el comportamiento de la niña no esta siendo muy debido que se informe ien, habia unos comportamiento muy debido la habian visto varias recesen el rio co una amiga que se llama marianyela Velazquez una compañera de clase por hay esta un rio que le dicen la posa de la olla, se escuchaban rumoresque la chica pasaba hay medio dia después del liceo se iba al rio que quedaba cercade la casa de la compañera de clase MARIANYELA VELAZQUEZ. Despuesno me interese mas en lo de la chica por que ya se estaba tornando a chisme por que la señora DEL VALLE le creia mas a la chica que a nosotros a lo mas allegados a ella, luego de hay empieza las clases en octubre noviembre por alla empieza las clases un poco tarde por ser rural llama a la mama de la chica VIGDALYS COROMOTO CACIQUE le dice que tiene que escribir a la chica por que continuar con el bachillerato 5to año, la señora respondio por telefono que no que ella con esa chica no tenia que ver mas el teléfono estaba en alta voz, como todos estabamos hay en una sala muy pequeña que ella con esa chicano tenia que ver mas por eso de que le fallo, recuerdo que la señora del valle hizo un pote para comprarle uniforme para inscribirla ese año, ella la fue a inscribir se hizo la representante en el liceo la inscribió en el colegio araguita, ya en finales de noviembre hicieron unas palabras en la casa con la chica por cuestiones por que vuelve al rio y se suponía que se fue a vivir alli por que era familia de claudio tenia que comportarse en la navidad fuimos varias fiesta nos olvidamos de los problemas pintamos la casa e la casa de la señora del valle era que nos reuníamos todos los diciembre, recuerdo que tuvimos un festejo el 22/12 como quien dice la comelona cada quien colabora con la mesa, el dia 29 tuvimos una fiesta unos 50 años dorados l localidad desierra maestra puerto la cruz el dia 29 de diciembre la señora cilita urbano cumpleaños del señor RAMON GONZALEZ de alli nos reunimos para celebrar el año nuevo la chica no estaba alli, no por que yo pregunte a ella, la conocían por chiki por cariño y me dijeron que la mandaron a la casa de la mama por que no fue los dias 24, 27 y 28 recuerdo que ella llego el 3 de Nero Lugo dealli regresa claudio daniel el dia 6 de enero ella tenia problema de estruacion ellos empezaron con un chalequeo por que el decia vengo de viaje y la chica con el periodo, si mal no rcuerdo el dia 13 o 12 de enero lo recuerdo por que venia cerca de mi cumpleaños estaba discutiendo migdalys con la señora AELYS URRIOLAS ellas son primas hermanas ellas estaban como discuiendo cuando oy cerca de la casa de carla silva esuche unos gritos tenian unos comentarios alli yo pregunte que estaba pasado por esos gritos me respondieron de que arelys habia discutido con la chiky con la niña migdalys, cuando ella sale, salen lasdos un poco feitas asi como esgreñadas mordidas pregunto que por que habia sido la pelea y como arelys es una persona celosa y me dicen que por que ella le esta sacando moneria ami marido que ella habia dicho de que el mario de arelys le lava las pantaletas la ropano me dijeron mas nada de lo sucedido y yo dije aquí pasa algo mas, desde alli la chica se fue le dijo que desalojara la casa por que habia tenido muchos conflictos ella le dijo me voy mañana por que tengo que hablar con mi mama, como a las 3 o 4 dias cae dia 16 de enero de 2014 dia jueves voy llegando a ea casa a eso delas tres de la tarde estana juan carlos silva, carlos silva y carlina silva en ese momento alli que llegan los padres de la chica con unas palabras alli, entonces hay es que yo me entero lo que estab apsando con el señor juan carlos silva, escuche decir que habia pasado con la niña que llego diciendo a la casa que habia abusado sexualmente de ella, entre tome agua no aguante me asome por la ventana la curiosidad mato al gato como de que estan hablando, carlasilva me agarra y me dice no vayas para alla que eso no es tu problema, y yo le dije ya va que yo escuche algo como abuso sexual que habia abusado de la chica, y me impresiono por la familia de juan carlos, lo ultimo que escuche de esa conversación fue que decia me las vas a pagar decia la señora migadalys y como estaba sentado juan carlos y el señor carlos silva, el papa de la chica manifesto no nos pongamos brutos osotros nos vamos de hay el señor dio la vuelta la chica iba llorando y ya a lo lejos yo le pregunto por que lloras dime, desde alli no la vi mas hasta si no me equivoco después de un año que la vi aquí en el tribunal y el liceo de araguita la encontre en la sala de direccion que estaba de directora la señora gissela, yo la observo y le digo estas palabras hola como estas, ella me reviralos ojos y me dice por que tu me saludas si tu no tienes que saludarme a mi, entre a la direccion le di la espalda ella estaba acompañada de su hermanita menor, yo fui a retirarla boleta Demi sobrina EDIMAR ROMERA estudia 6to grado de educación basica la secretaria me dice no te vayas que Tego que hablar contigo me lo dijo muy seria, me que de por alli omo a los 20 minutos me llamaron para entrar a la direccion, estaba migdalys una maestra de preescolar la secretaria y le digo que paso, y me dice la secretaria tenemos que hablar muy seriamente con usted la chica aquí presente, la esta acusando de que usted vino a buscar documentos de su bachillerato yo le digo a mi por que es lo que le manifiesto a ella, y la chica se voltea con esos ojos rabiosos y me dice tu estas buscando información de mi en el liceo y yo le digo yo vine a buscar información de mi sobrina la secretaria dice por favor siéntense vamos hablar muy claramente yo quiero saber i usted vino a buscar algún tipo información de la señora migadlis y yo le dije que de ningun momento, se tenia itension pero yo no era habia ido la señora del valle por que la mama de la chica fu a una fiscalia de que su niña mas nunc pudo studiar por el drama de una violación, la directora me dice echeme su cuento y yo le explique asi eso paso en casa del valle hay interes en la información, por que si hubo una promoción de bachillerato el 31 de julio del 2014 de la chica migdalis cacique, Marianela velazque, naire alcala, Alfredo larez Antoima, junior atagua y Liliana gallardo esos chicos estudiaron con ella son Demi comunidad son vecinos lo maifiesto aquí por que se supone que habia una investigación habia una declaracion de una victima que ha dicho que a sido abusada sxualmente continua los estudios en l liceo de araguita, me relataron que la señora del valle y yo la amenazamos con una banda los calicas, que ella lo expreso en una declaracion, si ella dice que nosotras la amenazamos por que sigue estudiando si se supone que hay estaba una banda que nosotros la habia contratado especialmente para amenazarla de muerte, de alli no la vi mas, entramos a la direccion entre ella yo me no me fui muy lejos, hay algo que sellama tegnologia ahoritatiene cuenta en Facebook busco y recolecto información sobre un acto de graduación de la señora migdalis y estaba uns fotografias las descargo y alli esta creo que esta plasmado en la causa. Fotografias con varios compañerote clase hay es donde le pongo mas interes al caso y sus compañeros me dice que teia una cuenta por chiki garcia y me dicen si si tiene estoy seguro con los dias segui intentando e el perfil vi una foto de ella como diana garcia y es donde encuentro las fotos ela chica y las descargo en su cuenta en facebook de alli no la e visto hasta aquí que la e visto fuera del tribunal todo. ACTO SEGUIDO SE LE CEDE LA PALABRA A LA DEFENSA TECNICA, A LOS FINES DE QUE REALICE LAS PREGUNTAS: Una: diga el testigo que tiempo tiene viviendo con el seño juan carlos silva. Respuesta: 11 años. Otra: diga el testigo si el momento de esos 11 años juan carlos silva se porto de manera violenta en la parte sexual con usted. Respuesta: no jamas. Otra: recuerda cual fue la actividad que hicieron usted y juan carlos el 24 de diciembre del 2013. Respuesta: si, yo tengo una venta de comida con mi hermana, esos dias se aprovecha para trabajarlos por ser dia feriados, ubiado en el sector tabera naicual calle principal, nos levantamos no se desayuno el me dijo que tenia que hacer un trabajo, y yo le digo para donde tu vas hoy 24 de diciembre el me responde voy a llevarme la caba de mi papa, yo le digo para donde y el me dice tranquila voy a vender unos refrescos que le habian conseguido esos dias de trabajo el se fue a buscar la caba a casa de la mama a eso de 7 y media de la mañana me fui al local y el agarro para la casa de la mama la señora del valle luego vi que se fue por que pita, yo le respondi que si venia al medio dia a comer y me respondio nose, subio a las do de la tarde si mal no recuerda a las dos calgaba do ayudantes uno es mi sobrino ehibermedida y jose guerra, me dijo que iba a casa de la mama a limpiar el camion yo baje al centro a eso de las 3 y media de la tarde me faltaba uno de los regalos de los niños de san nicolas me lo encuentro en la parada san Felipe con el señor narsiso jose guevara, le pregunte que hacia alli si yo lo deje en casa de la mama, y me respondio que estaba cargando unos refrescos en eso de la 7 y media subimos a casa de la señora del valle. La cena empezo a eso de las 10 de la noche yo me regrese a mi casa no me sentia muy bien para el bochinche que estaba cuadrando para la comunidad de araguita, cuando yo regres a mi casa estaba la señora teresa gamez oscar vargas y andaba ella con sus dos hijas nairet y esterlis alcalas de hay me pregute que estaba haciendo alli y me dijo que iba para araguita que iba para la rumba, lo que si vi que era bastante de madruga cuandoo llego a la casa el andaba con la mama y los hermana. Otra: diga el testigo si en esa cena que menciona que se realizo en casa de la señora del valle estaba la victima migdalis. Respuesta: si estaba, yo recuerdo que estuvo alli hasta el 31 en la mañaa todosesos dias de festejo que lo mandan ese dia para la casa de su mama. Otra: donde recibio el año 2014 mencione las personas quien estaban en ese momento si habian cenado, si estab en su casa o en casa dela señora del valle. Respuesta: yo cene alli pero no recibi el año alli si soy sincera no me gusta 24 y 31, estaba la señora del valle carlos silva jose carlos, carlina silva arelys yotros vecinos depor hay cercanos aparte el señor juan carlos. Cesaron las preguntas. ACTO SEGUIDO SE LE CEDE LA PALABRA A LA REPRESENTACION FISCAL, A LOS FINES DE QUE REALICE LAS PREGUSTAS. Una: diga usted cuando claudio silva se va por que surge esa iniciativa de el de irse. Respuesta: el hermano de claudio silva trabajaba e minerve se le presenta la oportunidad de un curso para una veca en ese tiempo como el ya habia termiando el bachillerato se toma la decision de que el vaya hacer esecurso que el hermano le estab brindando de operador. Otra: quien de la familia hace el planteamiento. Respuesta:el hermano por que vio la oportunidad para el la mama y el papa, por que el era menor de edad en ese tiempo. Otra: cual fue el resultado de ese proyecto de ir a ese curso de mandar a claudio para ese curso. Respuesta: este la verdad cuando regreso en enero de las vacaciones que se fu para alla fueron pocos los meses que el chico estuvo por alla, yo me hice una pregunta a que fuiste y viiste si no has terminedo. Luego se la hice a el mijo que tu haces por quei si no has terminado el me respondio vine a darle feliz año a mi mamay si mal no recuerdo que la chica lo llamaba constantemente a que la viiera atender como mujer,hay surge una conversación por parte los padres de claudio que por que de tanta insistencia de que venga claudio de que creo que estoy embaraza, la familia se queda boca abierta dos menores de edad. Otra: usted habla de que se reunieron para discutir y para decidir sobre el proyecto de vida de claudio se reunieron y discutieron algo como familia de claudio. Respuesta: si por su puesto ya no lo dejaron ir mas para alla lo dejaron alli para que trabajara para la chica. Los padres tomaron una decision de dejarlo alli en la casa no dejaron siguer yendo mas a ciudad bolivar guasipati, pero fueron cortos los dias por lo que sucedió con el señor juan carlos silva.Otra: usted hace alusión a una reunion familiar donde se enteran de la deunucia de abuso sexual de la victima en contra del hoy acusado cuando fue eso cuando se do esa reunion indique si claudio estaba alli y cual fue su posición. Respuesta: en la fecha 12 o 13 de enero de 2014 en la reunion el no estaba, se da la reunion por que llega la chica con lo epresentantes lo que estaban en la casa era juan carlos, carlos silva y carlina silva.Otra: por que claudio no estab prsnete en la casa. Repuesta: cuando llego a esa casaya estaba esa reunion alli. Por que no estaba claudio alli no lo se. Los padres de la chica fu que llegaron en la casa estaban juan carlos silva. Carlos silva y carlina silva. Otra; cuando se va migdalis de la casa y en que circunstancia. Respuesta: la chica se va si no falla mi memoria claudio regresa de ciudada bolivar el 6 de enero la chica tiene una discuson con arelys que se agredieron mutuamente las dos estaban golpeadas hasta mordidas. Cuando ella me ve de vez de pedir auxilio hay la agarra claudio, después de la pelea entre ella y arelys ella se va, se va cuando discute con arelys, la señora del valle le dice que se tiene que ir por la debida cicunstancia. Otra: en se momento que posición fija claudio con esa deision de la señora del valle que dijo el que hizo el. Repuesta: el no hizo mucho por que ya estaba al tanto de lo que estaba pasando con el señor juan carlos silva. Otra; cuando usted dice que ya claudio sabia lo que estaba pasando con el señor juan carlos silva aque se refiere. Respuesta: de que ya ella le habia manifestado de que alguien abuso de ella en esa casa, lo que nunca se percato de que ella dicho el cuento a un vecino creo que se llama el muchacho francisco reyes de que le habia dicho que le gustaba, le dijo de que aparte de que le gustaba habian tenido relaciones sexuales, ella le dice a claudio de que la habian violado. Viene este chico y la pone entre tres y dos como que le dice le dices tu o le digo yo ella le dicela version a favor de ella, en la discusión el viene y la separa y ella dice me voy y el no hace nada el se quedo normal, ni la consolo solo cayo y dejara que ella se fuera que fue la discusión que tuvio ella con la señora arelys. Otra; cuando usted tien conocimiento de que claudio ya estaba al tanto de que juan carlos habia abusado de ella. Respuesta: esa información la supe yo el 16 de enero el dia De mi cumple con un regalo de cumpleaños cuando esta los padres de la chica que estaba esa reunion. Yo fui la ultima en enterarme, claudio supo tresdias atrás cuando la chica tuvo la pelea con la señora arelys. Dice el chico jose francisco reyes lo que estab sucediendo agarra y me dice esto esta pasando asi. Juan carlos y migdalis tuvieron relaciones sexuales, yo la puse en tres y dos para que ijera la verdad ella dijo que iba acusar a juan carlos lo iba acusar de violación y alli nadie estuvo en conociendo si no por la dscusion de arely. El muchacho me comunica como sucedieron las cosascomo que quedate tranquila que lo que paso fue esto. Otra: cuando jose francisco le comunciac eso a usted Respuesta: el dia que se fueron los padres de la chica, el 17 de enero de 2014, el me dijo que ya claudio tenia conocimento, ya todo el mundo sabia. Otra: cuando usted se refiere todos ssabian a quien se refiere. Respuesta: a la señora del valle carlina, y jose carlos. Otra: cuando claudio se entera de esos abuso que dice migdalis por lo que señalo a juan carlos, cual fue su reaccion para su hermano cual fue la reaccion de la familia. Respuesta: no lo se por que la ultima en enterarse fui yo. Cuando yo me entero de esos ya todos los sabian remeten contra el, el señor carlos silva la señora del valle el mismo hermano claudio lo digo por que eso fue lo que me comunicaron. por que el que dice todo fue el señor JUAN CARLOS que dice esta chica me esta acusando de esto. Cuando la familia de la chica va y dicen que su hija fue abusada ya todos sabian. Gracias al chico JOSE FRANCISCO REYES es el que aclarece el caso. Otra: que detalle le dio JOSE FRANCISCO REYES. Cuantas veces fueron. Respuesta: la verdad no se por que el no me da los detalles si no que me dce qie lo que dijo ella no era cierto, por que ella habia tenia relaciones con JUAN CARLOS por que le gustaba estaba enamorada de JUAN CARLOS. Otra: Indique usted ya que a manifestado de que tiene información del expediente donde ocurrieron los hechos cuantas veces fueron que dio la victima y que sirvieron para la acusación de la vindicta publica. Respuesta: dice en la causa 358- 2014 por declaracion de la victima o supuesta victima migdalis garcia de que fueron 24 de diciembre 27 diciembre 29 de diciembre y 31 de diciembre en un momento en que ella no estaba alli o primero de enero, 24, 27 29 y 31 el dia 31 no estaba alli el 1 mucho menos regreso el dia 3 de enero Otra: en parte de su declaracion usted indica que la victima fue enviada a la casa de su madre puede ser mas esplicita ella no queria ir o la mandaron. Respuesta; me supongo yo creo que se toma como que todos somos madres y todos queremos estar con nuestros hijos y la señora del valle le dice a ella deque fuera a la casa de su mama a pasar 31 de diciembre digo yo una reconciliación entre madre e hija. Como ella llega diciendo que su mama la voto de la casa y no la quiere inscribir y la señora del valle le dice que vaya a casa de su mama y ella responde que es mejor ir a casa su mama, cosa de que viendo la fecha el 3 de enero si hubo una violación continua a que regresa a casa de la señora del valle. Despues de la supuesta violaciones por la que ella plasma e esas actas. Otra: usted estuvo en ese momento que la señora tuvo esa conversación con migadalis. Respuesta: no alli relativamente estive pero lejos de la conversación. por que el dia 29 estuvimos en la fiesta el dia 30 lo agarramos para hacer las hallacas y el 31 en la mañana es donde le dice la señora del valle que busque de la mama una reconciliación de madre a hija. Otra: cuando usted dice que usted amaneció el 31 a que se refiere que durmió el 30 para el 31 o llegue tempranito el 31. Respuesta: si me quede durmiendo el 30 para el 31. Otra: a que hora fue esa conversación entre del valle y migdalias. Respuesta: seria como a las 8 de la mañana. Otra: usted en su narración indica que se pasaron temprano juan carlos y usted y el le manifesto que iba hacer un trabajo a que hora del 24 salio el acusado a la casa de su mama. Respuesta: 7:00 am Otra:salio aompañado. Respuesta: no, de mi casano. Otra: después que juan carlos sale de su casa ese 24, cuando usted vuelve a tener contacto visual con el. Respuesta: como en eso de los 20 minutos que el baja pita y me dice que se va. Otra: después que usted vuelve a tener ese contacto visual con el cuando lo vuelve haber. Respuesta: como a las 2 de la tarde Otra: cuando juan carlos pita y le dice que se va para donde fue usted. Respuesta: para mi negocio. Otra: que disatancia entre su negocio y la casa dela señora del valle Respuesta; caminando es como veinte minutos y en carro menos de dos minutos. Es como una subida. Otra: que tipo de trabajo hizo juan carlos ese dia. Respuesta: estaba despachando refresco a las localidades cercanas. Otra: usted hizo referencia a que ya en la tarde lo vio en una parada acompañado de un señor que señor era ese. Respuesta: francisco guevara . Otra: como es ese señor describelo es un señor . Respuesta: es un señor mayor de aproximadamente de 55 años alto pelo blaco pero con un entusiasmo bastante energico el señor es bandolero. Otra: si recuerda diga usted como fue su actividad y a que hora salio de su el señor JAUN CARLOS el dia 27 de diciembre. Respuesta: sale en la mañana después de desayunar a buscar la gandola a que hora retorna no lo se, por que de una vez paso para el taller que queda situado en la casa de la señora del valle estaba con el señor Alfredo por que me dice que le suba almuerzo, me pasa un mensaje sube almuerzo que estoy con el señor Alfredo Ignacio. Otra: usted llego a subir el almuerzo. Respuesta: si. Otra: tomando en cuenta que el taller queda en la casa de la señora el valle ese dia 27 cuando usted llevo el almuerzo indique quiene staba en el taller y si llevo a tener contacto visual con alguien mas en la casa. Respuesta: estaba aparte del seño Alfredo dos chicos mas jose enrique y eibermedina un chico que le dicen negrin y de lejos que estaba migdalis. Otra: recuerda como estaba vestida migdalis. Respuesta: no recuerdo, por qu subi solo a llevar el almuerzo salude y baje por que tenia a los niños con una vecina. Otra: informenos usted como fue su dia el dia 29 de diciembre y a que hora salio juan carlos de su casa. Respuesta; en la mañana el salio pero no se para donde por que andaba en caba en la noche estuvimos en un cumpleaños del señor ramon gonzalez. Otra: normalmente y desde que migadis llego a la casa dela señora del valle quien estaba e la casa. Respuesta: normalmente la casa quedaba sola la señora del valle trabajaba, siempre quedaba el señor carlos silva y la hija que vivea poco pasos de la casa. A migdalis le dejaban con carla silva.Otra: cuando la familia entra en concoiemiento de la relacon o el noviazgo entre claudio o migdalis. Respuesta; ni idea, Otra: desde el momento que entra la familia en coniciemitno de esa relacon de cludio y migdali en ese inicio como era la relacion de migdalis y el resto de la familia. Respuesta: bien era bien se la llevaban bien. Por que incluso la señora del valle creia mas en lo que dcia la chica que lo que decia nosotros. Nunca vi como nada stinto era como un cariño que le agarraron ala muchachita. Otra: como era el trato de juan carlos y migdalis. Respuesta: carismatico. Era como hola fea y ella le decia hola cuñadito bromeana entre si. Otra: ademas de esta denuncia hecha por migdalis hubo otra alguna denuncia hecha en contra dentro miembro de la familia, o alguna pelea apratde dela de arelys, Respuesta: tengo entendido de que no. Pero si tengo entendido que carlina tiene una denuncia por parte de la señorita migdalis con arelys y carlina que la fue agreder al liceo de arabito.Otra: usted podria indicarnos cual es el nombre de esa directora cual es el nombre de esa secretaria y la direccion con punto de esa escuela educativa. Respuesta: en ese entonces esta como directora la señora gissela la secretaria no recuerdo estaba una maestra de preescolar el liceo esta situado en naricual sector araguita es liceo y escuela tiene 4 iniciales unidad educativa rural araguita. Otra: en que evento se dio eso que ustd comneto en que mes en que año. Respuesta: eso fue 1 año después del problema de juan calos y migdalia se estaba culminando el año 2015. Otra: diga usted si tiene conocimiento como se enteraron los padres de migdalia. Respuesta: no no lo se viven a media hora de el sector donde ellos habitan per si creo que tengo entendido que les dijo que se fue de la casa por que habian abusado de ella. Cesaron las preguntas. ACTO SEGUIDO TOMA LA PALABRA EL TRIBUNAL, A LOS FINES DE REALIZAR LAS PREGUSTAS. EL TRIBUNAL NO VA A REALIZAR. SEGUIDAMENTE EL TRIBUNAL CEDE LA PALABRA AL REPRESENTANTE FISCAL A LOS FINES DE QUE EXPONGA EN RELACIÓN A TESTIGOS Y EXPERTOS: Ciudadano Juez el Ministerio Público solicita se cite a los testigos y expertos, por lo que solicito se convoque a una nueva oportunidad, y a quien me comprometo a coadyuvar a la convocatoria del mismo y por cuanto no se encuentra presente órganos prueba solicito que se suspenda el presente debate, para realizar las citaciones correspondientes. Es todo”. Seguidamente la Defensa Confianza manifiesta estar de acuerdo con la solicitud fiscal, y se fije otra oportunidad. Es todo”. Ahora bien una vez escuchado lo manifestado por la representante Fiscal y el Defensor de Confianza en este acto de no prescindir de los testigos y expertos, es por lo que se estima necesario la SUSPENSIÓN del juicio; y e n virtud a lo consagrado en el artículo 318, numeral 2, 319 y 340 del Código Orgánico Procesal Penal, instando al Fiscal del Ministerio Público, a fin de hacer comparecer a los testigos y experto al Juicio Oral y Público, se convoca a las partes presentes para el día: MARTES 15 DE MARZO DE 2016 A LAS 01:30 DE LA TARDE.
En fecha MARTES 15 DE MARZO DE 2016, Se constituyo el Tribunal de Juicio del Circuito Judicial Penal con Competencia en Delitos de Violencia Contra la Mujer del Estado Anzoátegui, ACTO SEGUIDO, SE DECLARA EXPRESAMENTE ABIERTO EL DEBATE ORAL Y RESERVADO. ACTO SEGUIDO, SE DECLARA EXPRESAMENTE ABIERTO LA RECEPCIÓN DE LAS PRUEBAS OFERTADAS, dando cumplimiento a lo consagrado en el artículo 336 del Código Orgánico Procesal Penal. Asimismo se deja constancia que en la sala contigua no se encuentran presentes órganos de prueba. Verificada la presencia de las partes, el Juez Profesional advirtió a los presentes sobre la importancia y significado del acto, indicando las normas que han de cumplirse durante el desarrollo del mismo. Asimismo se hizo una breve reseña de lo acontecido en las audiencias de fecha 12/05/2015, fecha en la cual se dio inicio al debate. ACTO SEGUIDO EL TRIBUNAL TOMA LA PALABRA Y EXPONE: SE PROCEDE DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 341 DEL CODIGO ORAGNICO PROCESAL PENAL, SE PROCEDE HACER LA LECTURA DE LAS PRUEBAS DOCUMENTALES, OFERTADAS POR LA REPRESENTACION FISCAL EN LA CUAL SE HACE LA CORRESPONDIENTE LECTURA INTEGRA A LA DOCUMENTAL CONSTANCIA DE RESIDENCIA EMITIDA POR EL CONSEJO COMUNAL LA QUINTA, VIA NARICUAL, LA CUAL SE ENCUENTRA SUSCRITA POR LOS DIRECTIVOS. SEGUIDO SE LE CONCEDE EL DERECHO DE PALABRA AL REPRESENTANTE FISCAL A LOS FINES DE QUE MANIFIESTE SI TIENE ALGUNA OBJESION U OBSERVACION: manifestando que no, tiene objeción alguna. ACTO SEGUIDO SE LE CONCEDE EL DERECHO DE PALABRA A LAS DEFENSAS A LOS FINES DE QUE MANIFIESTE SI TIENE ALGUNA OBJESION U OBSERVACION: manifestando que no tiene objeción. SEGUIDAMENTE EL TRIBUNAL CEDE LA PALABRA AL REPRESENTANTE FISCAL A LOS FINES DE QUE EXPONGA EN RELACIÓN A TESTIGOS Y EXPERTOS: Ciudadano Juez el Ministerio Público solicita se cite a los testigos y expertos, por lo que solicito se convoque a una nueva oportunidad, y a quien me comprometo a coadyuvar a la convocatoria del mismo y por cuanto no se encuentra presente órganos prueba solicito que se suspenda el presente debate, para realizar las citaciones correspondientes. Es todo”. Seguidamente la Defensa Confianza manifiesta estar de acuerdo con la solicitud fiscal, y se fije otra oportunidad. Es todo”. Ahora bien una vez escuchado lo manifestado por la representante Fiscal y el Defensor de Confianza en este acto de no prescindir de los testigos y expertos, es por lo que se estima necesario la SUSPENSIÓN del juicio; y e n virtud a lo consagrado en el artículo 318, numeral 2, 319 y 340 del Código Orgánico Procesal Penal, instando al Fiscal del Ministerio Público, a fin de hacer comparecer a los testigos y experto al Juicio Oral y Público, se convoca a las partes presentes para el día: MARTES 22 DE MARZO DE 2016 A LAS 01:30 DE LA TARDE.
EN FECHA MARTES 22 DE MARZO DE 2016, se encontraba pautado el Acto de Audiencia de Apertura de Juicio de conformidad con el artículo 46 del Código Orgánico Procesal Penal y en dicha fecha no hubo audiencia en este Tribunal De Juicio Del Circuito Judicial Con Competencia El Delito De Violencia Contra La Mujer A Cargo Del DR. JOHNNY RONDON MENESES, en virtud de haberse decretado días no laborables por el Presidente de la Republica los días 21/03/2016, 22/03/2016 y 23/03/2016. Quedando pautada para el día MARTES 29 DE MARZO DEL 2016, A LAS 01:30 HORAS DE LA TARDE.
En fecha MARTES 29 DE MARZO DE 2016, Se constituyo el Tribunal de Juicio del Circuito Judicial Penal con Competencia en Delitos de Violencia Contra la Mujer del Estado Anzoátegui, Asimismo se deja constancia que NO se encuentran testigos en la sala contigua. SE PROCEDE DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 341 DEL CODIGO ORAGNICO PROCESAL PENAL, SE PROCEDE HACER LA LECTURA INTEGRA DE LAS PRUEBAS DOCUMENTALES, OFERTADAS Y ADMITIDA POR EL MINISTERIO PÚBLICO EN LA CUAL SE HACE LA CORRESPONDIENTE LECTURA: SE DA LECTURA INTEGRA A LA DOCUMENTAL CARTA DE BUENA CONDUCTA EMITIDA POR EL CONSEJO COMUNAL LA QUINTA, VIA NARICUAL. SEGUIDO SE LE CONCEDE EL DERECHO DE PALABRA AL REPRESENTANTE FISCAL A LOS FINES DE QUE MANIFIESTE SI TIENE ALGUNA OBJESION U OBSERVACION: manifestando que no, tiene objeción alguna. ACTO SEGUIDO SE LE CONCEDE EL DERECHO DE PALABRA A LAS DEFENSAS A LOS FINES DE QUE MANIFIESTE SI TIENE ALGUNA OBJESION U OBSERVACION: manifestando que no tiene objeción. SEGUIDAMENTE EL TRIBUNAL CEDE LA PALABRA AL REPRESENTANTE FISCAL A LOS FINES DE QUE EXPONGA EN RELACIÓN A TESTIGOS Y EXPERTOS: Ciudadano Juez el Ministerio Público solicita se cite a los testigos y expertos, por lo que solicito se convoque a una nueva oportunidad, y a quien me comprometo a coadyuvar a la convocatoria del mismo y por cuanto no se encuentra presente órganos prueba solicito que se suspenda el presente debate, para realizar las citaciones correspondientes. Es todo”. Seguidamente la Defensa Confianza manifiesta estar de acuerdo con la solicitud fiscal, y se fije otra oportunidad. Es todo”. Ahora bien una vez escuchado lo manifestado por la representante Fiscal y el Defensor de Confianza en este acto de no prescindir de los testigos y expertos, es por lo que se estima necesario la SUSPENSIÓN del juicio; y e n virtud a lo consagrado en el artículo 318, numeral 2, 319 y 340 del Código Orgánico Procesal Penal, instando al Fiscal del Ministerio Público, a fin de hacer comparecer a los testigos y experto al Juicio Oral y Público, se convoca a las partes presentes para el día: MARTES 05 DE ABRIL DE 2016 A LAS 01:30 DE LA TARDE
En fecha MARTES 05 DE ABRIL DE 2016, Se constituyo el Tribunal de Juicio del Circuito Judicial Penal con Competencia en Delitos de Violencia Contra la Mujer del Estado Anzoátegui, Asimismo se deja constancia que NO se encuentran testigos en la sala contigua. SE PROCEDE DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 341 DEL CODIGO ORAGNICO PROCESAL PENAL, SE PROCEDE HACER LA LECTURA INTEGRA DE LAS PRUEBAS DOCUMENTALES, OFERTADAS Y ADMITIDA POR EL MINISTERIO PÚBLICO EN LA CUAL SE HACE LA CORRESPONDIENTE LECTURA: SE DA LECTURA INTEGRA A LA DOCUMENTAL CONSTANCIA DE TRABAJO DEL ACUSADO EMITIDA POR LA EMPRESA PROYECTOS Y CONSTRUCCIONES VICKARSOL C.A. SEGUIDO SE LE CONCEDE EL DERECHO DE PALABRA AL REPRESENTANTE FISCAL A LOS FINES DE QUE MANIFIESTE SI TIENE ALGUNA OBJESION U OBSERVACION: manifestando que no, tiene objeción alguna. ACTO SEGUIDO SE LE CONCEDE EL DERECHO DE PALABRA A LAS DEFENSAS A LOS FINES DE QUE MANIFIESTE SI TIENE ALGUNA OBJESION U OBSERVACION: manifestando que no tiene objeción. SEGUIDAMENTE EL TRIBUNAL CEDE LA PALABRA AL REPRESENTANTE FISCAL A LOS FINES DE QUE EXPONGA EN RELACIÓN A TESTIGOS Y EXPERTOS: Ciudadano Juez el Ministerio Público solicita se cite a los testigos y expertos, por lo que solicito se convoque a una nueva oportunidad, y a quien me comprometo a coadyuvar a la convocatoria del mismo y por cuanto no se encuentra presente órganos prueba solicito que se suspenda el presente debate, para realizar las citaciones correspondientes. Es todo”. Seguidamente la Defensa Confianza manifiesta estar de acuerdo con la solicitud fiscal, y se fije otra oportunidad. Es todo”. Ahora bien una vez escuchado lo manifestado por la representante Fiscal y el Defensor de Confianza en este acto de no prescindir de los testigos y expertos, es por lo que se estima necesario la SUSPENSIÓN del juicio; y e n virtud a lo consagrado en el artículo 318, numeral 2, 319 y 340 del Código Orgánico Procesal Penal, instando al Fiscal del Ministerio Público, a fin de hacer comparecer a los testigos y experto al Juicio Oral y Público, se convoca a las partes presentes para el día: MARTES 12 DE ABRIL DE 2016 A LA 01:30 PM.
En fecha MARTES 12 DE ABRIL DE 2016, Se constituyo el Tribunal de Juicio del Circuito Judicial Penal con Competencia en Delitos de Violencia Contra la Mujer del Estado Anzoátegui, Asimismo se deja constancia que NO se encuentran testigos en la sala contigua. SE PROCEDE DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 341 DEL CODIGO ORAGNICO PROCESAL PENAL, SE PROCEDE HACER LA LECTURA INTEGRA DE LAS PRUEBAS DOCUMENTALES, OFERTADAS Y ADMITIDA POR EL MINISTERIO PÚBLICO EN LA CUAL SE HACE LA CORRESPONDIENTE LECTURA: SE DA LECTURA INTEGRA A LA DOCUMENTAL FIRMAS DE LAS HABITANTES DEL SECTOR LA QUINTA VIA ARAGUITA NARICUAL. SEGUIDO SE LE CONCEDE EL DERECHO DE PALABRA AL REPRESENTANTE FISCAL A LOS FINES DE QUE MANIFIESTE SI TIENE ALGUNA OBJESION U OBSERVACION: manifestando que no, tiene objeción alguna. ACTO SEGUIDO SE LE CONCEDE EL DERECHO DE PALABRA A LAS DEFENSAS A LOS FINES DE QUE MANIFIESTE SI TIENE ALGUNA OBJESION U OBSERVACION: manifestando que no tiene objeción. SEGUIDAMENTE EL TRIBUNAL CEDE LA PALABRA AL REPRESENTANTE FISCAL A LOS FINES DE QUE EXPONGA EN RELACIÓN A TESTIGOS Y EXPERTOS: Ciudadano Juez el Ministerio Público solicita se cite a los testigos y expertos, por lo que solicito se convoque a una nueva oportunidad, y a quien me comprometo a coadyuvar a la convocatoria del mismo y por cuanto no se encuentra presente órganos prueba solicito que se suspenda el presente debate, para realizar las citaciones correspondientes. Es todo”. Seguidamente la Defensa Confianza manifiesta estar de acuerdo con la solicitud fiscal, y se fije otra oportunidad. Es todo”. Ahora bien una vez escuchado lo manifestado por la representante Fiscal y el Defensor de Confianza en este acto de no prescindir de los testigos y expertos, es por lo que se estima necesario la SUSPENSIÓN del juicio; y e n virtud a lo consagrado en el artículo 318, numeral 2, 319 y 340 del Código Orgánico Procesal Penal, instando al Fiscal del Ministerio Público, a fin de hacer comparecer a los testigos y experto al Juicio Oral y Público, se convoca a las partes presentes para el día: MARTES 18 DE ABRIL DE 2016 A LA 02:30 PM.
En fecha MARTES 18 DE ABRIL DEL 2016, se encontraba pautado el Acto de continuación de juicio y en dicha fecha este Tribunal de Violencia contra la Mujer en Función de Juicio de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, A Cargo del Dr. Johnny Rondon Meneses, no tenia despacho en virtud de haberse decretado día no laborable. Quedando pautada para el día LUNES 25 DE ABRIL DEL 2016, A LAS 01:30 PM.
En fecha LUNES 25 DE ABRIL DEL 2016, Se constituyo el Tribunal de Juicio del Circuito Judicial Penal con Competencia en Delitos de Violencia Contra la Mujer del Estado Anzoátegui. Asimismo se deja constancia que se encuentra tres testigos en la sala contigua a la que ocupamos, consistente: CARMEN EDECIA PEREZ MISSEL, LOURANSEL COVA MARCANO y CLAUDIO DANIEL SILVA URBANO. ACTO SEGUIDO ESTE TRIBUNAL DECLARA ABIERTO LA RECEPCIÓN DE LAS PRUEBAS OFERTADAS, dando cumplimiento a lo consagrado en el artículo 336 del Código Orgánico Procesal Penal. Se le solicita al Ciudadano Alguacil, sea traído a la Sala a la TESTIGO CARMEN EDECIA PEREZ MISSEL. El ciudadano juez le toma el juramento de ley y le lee el artículo 242 del Código Penal y manifestó, ser: TESTIGO: CARMEN EDECIA PEREZ MISSEL, titular de la cedula de identidad Nº 12.968.078; de 42 años, de estado civil: SOLTERO, De profesión u oficio abogado, Conoce de vista trato y comunicación al ciudadano JUAN CARLOS SILVA URBANO, a lo que respondió, SI, somos vecinos, seguidamente expone: el día 23/10/2013, me encontraba en el taller del señor Carlos silva haciéndole mantenimiento a mi carro, estaba en el porche cuando de repente se estaciono una camioneta procedente de la parte alta de Araguita, del cual se bajo una muchacha preguntando por claudio, el cual como estaba sola me pare a tocarle la puerta a la dueña de la casa y le dije que estaban buscando a su hijo, luego la muchacha empezó a llorar desesperadamente diciendo que su mama la había botado de la casa y que tenia 8 meses de embarazo, me llamo la atención que una persona con ocho meses de embarazo y le pregunte que le paso y me dijo que su mama la había sacado de la casa le pregunte a la señora Juana y me dijo que no sabia nada , luego fui a preparar un vaso de agua con azúcar, pasado el tiempo la muchacha se calmo y yo pensé que tenia problemas y la señora Juana le pregunto que de donde era ella dijo que era del hattico y dijo que era novia de Claudio, la señora Juana le pidió el numero de teléfono de la mama y ella no la quería dar la señora me pidió la cola para que la llevara a que la mama pero no podía por que le estaban haciendo servicio al carro, en enero del 2014 me encontraba en la plaza de san Felipe y ella me ve y me pide la cola en la vía me voy a parar en que la señora Juana pero ella me dijo que ya no vivía allí y que la dejara en el crucero de araguita que ella ya no estaba con claudio que la dejara que ella conseguía una cola. Es todo. ACTO SEGUIDO SE LE CEDE LA PALABRA A LA DEFENSA TECNICA DR. JUAN OVALLES, A LOS FINES DE QUE REALICE LAS PREGUNTAS: PRIMERA PREGUNTA: diga la testigo por que exactamente se acuerda del día en que la victima llego a la casa de la señora del valle. RESPUESTA: cada ves que se le hace servicio al carro yo lo anoto, por que a beses yo agarro el carro para viajar. OTRA: diga el testigo si sabe el nombre de la joven que llego esa tarde mientras ella estaba allí en el taller. RESPUESTA: para el momento que llego no lo conocía pero como somos vecinos lo conocí se llamaba Migdalis y le decían la chiqui. OTRA: en todo el tiempo que vivió migdalis en la casa de la señora del valle usted como vecina, vio su abdomen abultado en señal de embarazo. RESPUESTA: no, nunca desde que llego hasta que se fue nunca le vi el abdomen abultado. OTRA: la victima enfatizaba que era pareja de quien . RESPUESTA: de claudio. OTRA: quien es claudio. RESPUESTA: el hijo de la señora juana. Es todo. ACTO SEGUIDO SE LE CEDE LA PALABRA AL FISCAL DEL MINISTERIO PÚBLICO, A LOS FINES DE QUE REALICE LAS PREGUSTAS. PRIMERA PREGUNTA: cuando llego la adolescente migdalis a la casa de la señora del valle. RESPUESTA: el 23 de octubre del 2013 aproximadamente entre las 10 y las 11 de la mañana. OTRA: desde cuando usted conoció a migdalis. RESPUESTA: en el momento que llego a la casa de la señora Juana. OTRA: cuando ella llego ese día 23 a que usted hace referencia que llego buscando, a quien llego buscando. RESPUESTA: llego preguntando por claudio el hijo de la señora Juana. OTRA: a quien le pregunto. RESPUESTA: a mi que me encontraba en el frente de la casa. OTRA: frecuentaba en ese entonces la casa de la señora del valle. RESPUESTA: pocas beses, pero como hay había un taller yo llevaba el carro y quedaba cerca de mi casa. OTRA: antes de esa fecha, llego usted a ver o conversar con migdalis. RESPUESTA no. OTRA: llego usted a ver a migdalis antes de esa fecha en la cas de la señora del valle. RESPUESTA: no. OTRA: cuando migdalis llego buscando a claudio el 23 donde estaba claudio. RESPUESTA: se encontraba para guasipati, desde hace bastante tiempo. OTRA: posterior a ese encuentro el 23 de octubre y tratándose de que usted es vecina y que dicho por sus propias palabras frecuentaba la casa cuantas beses mas tuvo encuentros con migdalis en esa casa. RESPUESTA: casi nunca, en pocas oportunidades cuando iba para mi casa me la encontraba en la vía cuando ella iba para una bodega. OTRA: llego usted a compartir en algún tipo de actividad social con los familiares de la señora del valle en esa casa. RESPUESTA: no. OTRA: llego usted a saber por que claudio estaba en guasipata. RESPUESTA: por que, como el frecuenta mi casa, y como el había culminado sus estudios el iba a realizar un curso para allá. OTRA: sabe usted si migdalis llego a vivir en la casa de la señora Juana y que tiempo. RESPUESTA: un buen tiempo, desde diciembre por que yo fui a llevarle unas hallacas a la vecina y ella estaba allí. OTRA: como era la relación de migdalis con el resto de la familia de la señora Juana. RESPUESTA: no le puedo decir por que no compartía con ellos. OTRA: llego usted a saber como era la relación de migdalis y claudio. RESPUESTA: durante el tiempo que ella estaba allí claudio nunca fue allí, el fue como en enero. OTRA: que sabe usted sobre el proceso que se sigue contra Juan Carlos silva. RESPUESTA: para mi fue como un baño de agua fría que me dijeron que y que el la había violado, yo como madre me preocupe, pero si yo en diciembre la vi tan tranquila y en enero que le di la cola también. OTRA: tiene usted conocimiento sobre cuales fueron esos momentos de esos abusos que señalo la victima. RESPUESTA: no, si yo a el no lo conociera no estaría aquí declarando a su favor, si yo lo hubiera visto yo no estaría aquí declarando, ya que ella se merece respeto. Cesaron las preguntas. ACTO SEGUIDO EL TRIBUNAL NO VA AREALIZAR PREGUNTAS. Se solicita al alguacil sea traído a la Sala al TESTIGO: LAURANSEL COVA. El ciudadano juez le toma el juramento de ley y le lee el artículo 242 del Código Penal y manifestó, ser: TESTIGO: LAURANSEL COVA, titular de la cedula de identidad Nº 1.826.461; de 41 años, de estado civil: SOLTERO, De profesión u oficio auxiliar de tienda en el abasto bicentenario, Conoce de vista trato y comunicación al ciudadano JUAN CARLOS SILVA URBANO, a lo que respondió, si, de vista, seguidamente expone: “estoy aquí en calidad de testigo, ya que esta niña estudio con mi hija cuarto y quinto año, en el 2013 cuando estaban comenzando el año escolar entre septiembre y octubre, en dos oportunidades que yo llegue como a las 7 de la noche la encontraba en la casa y a la tercera ves me pregunto que si se podía quedar y yo le dije que no que se tenia que ir para su casa y yo le insistí por que ya yo la había visto en una cosa rara con mi hija, yo notaba que en ves de estudiar se ponían a perder el tiempo y justamente a la hora que yo llegaba y le dije que tenia que hablar con su mama y ella dijo que no que a ella no le importaba si ella dormía en la calle, bueno no supe mas de ella como hasta dentro de un mes que la vi saliendo de un balneario que se llama el playón y le pregunte que hacia a esa hora en la calle y me dijo que estaba amanecía y estaba de fiesta luego le comente a mi hija y le pregunte que sabia de ella y me dijo que ella estaba viviendo en taberas y estaba embarazada, de allí no supe mas de ella hasta que sus padres fueron ese día para allá contando el caso. Es todo” ACTO SEGUIDO SE LE CEDE LA PALABRA A LA DEFENSA TECNICA DR. JUAN OVALLES, A LOS FINES DE QUE REALICE LAS PREGUNTAS: PRIMERA PREGUNTA: diga el testigo si conoce a claudio silva. RESPUESTA: si, el estudio con mi hijo mayor. OTRA: diga el testigo que año de bachillerato estudio la victima con su hija. RESPUESTA: cuarto y quinto año. OTRA: tiene conocimiento si claudio silva estudio en el mismo liceo en que estudiaron la victima y su hija. RESPUESTA: si. OTRA: diga el testigo cuantas beses migdalis garcia le pidió quedarse en su casa. RESPUESTA: en dos oportunidades. OTRA: diga el testigo en cuantas oportunidades vio a migdalis saliendo o entrando al balneario al cual hizo referencia en su narrativa. RESPUESTA: una sola ves, era un fin de semana un domingo. OTRA: diga el testigo si su hija y migdalis se graduaron juntas de bachiller. RESPUESTA si. OTRA: diga el testigo si eran frecuentes lo que vulgarmente se llama rumba, y en cuantas ocasiones vio a migadalis en esas rumbas. RESPUESTA: en una sola oportunidad. OTRA: diga el testigo en que localidad vive. RESPUESTA: lomas de Tavera parroquia naricual. Es todo. ACTO SEGUIDO SE LE CEDE LA PALABRA AL FISCAL DEL MINISTERIO PÚBLICO, A LOS FINES DE QUE REALICE LAS PREGUSTAS. PRIMERA PREGUNTA: como se llama su hija. RESPUESTA: Lauribel Ester Bermúdez Coba. OTRA: como se llama su hijo. RESPUESTA: José Javier Bermúdez Coba. OTRA: viven actualmente con usted. RESPUESTA: si. OTRA: acostumbraba usted a visitar la casa de la señora Juana del Valle. RESPUESTA: no. OTRA: que conocimiento tiene usted sobre la acusación que pesa sobre Juan Carlos Silva. RESPUESTA lo que se es que lo están acusado de que abuso de ella lo que se comento en la casa comunal. OTRA: por que los padres de Juan Carlos Silva fueron a la casa comunal para hablar sobre el caso. RESPUESTA a ver si le podían dar alguna carta de buena conducta, y a pedir consejo y comento lo sucedido a su hijo. Cesaron las preguntas. ACTO SEGUIDO EL TRIBUNAL NO VA HA REALIZAR PREGUNTAS. Es todo. Se solicita al alguacil sea traído a la Sala al TESTIGO: CLAUDIO DANIEL SILVA URBANO. Va a declarar sin juramento por cuanto se encuentra en segundo grado de afinidad ya que es su hermano, manifestó, ser: TESTIGO: CLAUDIO DANIEL SILVA URBANO, titular de la cedula de identidad Nº 26.789.607; de 19 años, de estado civil: SOLTERO, De profesión u oficio ayudante de mecánico, Conoce de vista trato y comunicación al ciudadano JUAN CARLOS SILVA URBANO, a lo que respondió, SI, es mi hermano, seguidamente expone: “yo la conocí a Migdalis en el liceo y de hay tuvimos una relación de novios normales, íbamos a la playa al río, a las casa de los compañeros, de hay tuvimos una relación de 2 meses y cuando me gradúe me fui para el callao a estudiar ya que mi tío Jorge me dijo que me fuera a trabajar y me habían conseguido un cupo en el INCE para estudiar, cuando tenia cono 3 meses aya mi mama me llamo y me dijo que ella se había ido para la casa y que estaba embarazada estando yo aya ella me llamo para pedirme dinero para los útiles ya que su mama le dijo de su parte ya no iba a estudiar y mi mama del Valle la puso a estudiar en la cas, cuando la segunda semana de enero me toco venirme por que migdalis me dijo que me viniera para hacerme cargo del embarazo pero cuando yo llego aquí migdalis tenia el periodo, cuando voy en camino a casa de mi tia me consigo a un muchacho conocido de los dos y me dijo que hablara con ella que ella tenia que decir algo, esa tarde se me paso por alto preguntarle a migdalis que es lo que me iba a decir luego nos fuimos a casa de su mama a pasar el fin de semana, cuando regresamos nos esperaban Carlos silva, Juan urbano, Juan Carlos silva y mi hermana, Juan Carlos viene y nos dice que necesita decirnos algo de ella que nosotros no sabíamos el le empieza a decir que nos dijera la verdad que ella no era la persona que nosotros pensábamos que cuando decía que iba a que su mama ella se iba de rumba que nos dijera lo que les había dicho a francisco que a según ella le dijo que estaba enamorada de el, al día siguiente ella esta discutiendo con arelis y migdalis le dio una cachetada yo las aparte y ella dijo que se iba para su casa, cuando se va para su casa al rato llego el papa a buscar sus cosas yo se lo entregue y en ese momento llego mi mama, después como a los tres días la señora migdalis su mama me llamaba para amenazarme que mi familia iba a pagar por lo que le había hecho a su hija, luego cuando yo estaba en un río con una muchacha ella apareció y me dijo que si me volvía a ver en la calle con una mujer ellas nos iba a matar, luego yo casi no la vi ya que me regrese para guasipata. Es todo”. ACTO SEGUIDO SE LE CEDE LA PALABRA A LA DEFENSA TECNICA DR. JUAN OVALLES, A LOS FINES DE QUE REALICE LAS PREGUNTAS: PRIMERA PREGUNTA: diga el testigo que año de bachillerato estudiaba Migdalis y estudiaba usted cuando se hicieron novios. RESPUESTA: ella estudiaba cuarto año y yo estudiaba quinto. OTRA: diga el testigo que tiempo de relación mantuvo con Migdalis garcía. RESPUESTA: de dos a dos meses y medio, tres meses más o menos. OTRA: diga el testigo si en el trascurso de esa relación mantuvieron relaciones sexuales. RESPUESTA: si. OTRA: recuerda cuantas beses fueron las relaciones sexuales con Migdalis y si recuerda los sitios. RESPUESTA: la cantidad de beses no recuerdo, pero en su casa, en mi casa en dos ocasiones una ves en el rió, pero la mayoría de las beses era en su casa. OTRA: diga el testigo si la primera vez que mantuvo relaciones sexuales con Migdalis garcía ella le comento si era el primer hombre en su vida. RESPUESTA: ella me comento pero yo sabía que no era verdad. OTRA: diga el testigo por que sabia que no era verdad que era el primer hombre en su vida. RESPUESTA: por que uno es hombre y uno sabe a lo que se enfrenta, cuando uno tiene una relación sexual con una mujer uno sabe sui es virgen o no. OTRA: diga el testigo si en el practicar de las relaciones sexuales con Migdalis fueron traumáticas o placenteras. RESPUESTA: placenteras, por que los dos queríamos. OTRA: diga el testigo si Migdalis garcía salio embarazada de el. RESPUESTA: a Juana, mi mama no los dijo pero cuando yo llegue de guasipata ella tenia el periodo y mi mama me dijo que cuatro días antes le habían hecho un eco y no le había salido nada. OTRA: diga el testigo si le enviaba dinero a Migdalis del trabajo que estaba realizando en el callao. RESPUESTA: si. OTRA: diga el testigo por que se sintió comprometido en enviar ese dinero. RESPUESTA: por que ella me había dicho que estaba embarazada y por que ella vivía en la casa y estaba estudiando. OTRA: cuanto tiempo tenia conociendo a Migdalis cuando se hicieron novios. RESPUESTA: la conocía de novio pero de trato como tres semanas antes de empezar a salir. OTRA: diga el testigo si conoce de vista y trato a los padres de Migdalis. RESPUESTA: de vista solamente, por que de trato dos beses con el papa y con la mama como tres beses y no fue intrato de amistad ni nada por el estilo. OTRA: diga el testigo si recuerda que día del mes de enero del 2014 regreso de guasipati a la casa de la señora del valle. RESPUESTA: el día exacto no recuerdo pero se que fue el segundo viernes de enero. Es todo. ACTO SEGUIDO SE LE CEDE LA PALABRA AL FISCAL DEL MINISTERIO PÚBLICO, A LOS FINES DE QUE REALICE LAS PREGUSTAS. PRIMERA PREGUNTA: francisco llego a comunicarle si eso que le había dicho Migdalis y que le pidió a usted que le pidiera que le contare, se lo llego a decir otra persona. RESPUESTA: no. OTRA: usted mantiene amistad y trato con francisco actualmente. RESPUESTA: no, ya que estoy viviendo en otra parte, son pocas las beses que lo veo. OTRA: de esas pocas beses que se han visto usted le ha preguntado que era eso que usted le tenía que preguntar a Migdalis. RESPUESTA: una ves le pregunte y el dijo que ella le había dicho que ella me iba dejar a mi por que ella estaba enamorada de Juan Carlos. OTRA: tu haces referencia en tu relato que el día domingo cuando llegabas de la casa de Migdaslis hubo una reunión de la casa de tu mama y que tu hermano hizo unos señalamientos en contra de Migdalis, cual fue la reacción de ella y que hiciste tu. RESPUESTA: ella lo negó todo, que ella no iba a fiesta ella desmintió todo luego yo le pregunte si era verdad lo que decía Juan Carlos ella se puso a llorar y se encero en el cuarto. OTRA: cual de las dos teorías podemos creer, a que acostumbraba a salir a fiesta o que estaba enamorada de Juan Carlos. RESPUESTA: de que se la pasaba en el río y de ir a fiesta lo puedo creer por que cuando estábamos en el liceo lo hacíamos, y los fines de semana yo la veía en las galleras, y con respecto a lo otro si ella le dijo eso a Francisco fue por algo. OTRA: las veces que Migdalis llego a hablar con tigo por teléfono estando tu en guacipatas, llegaste tu a notar algo extraño en ella, llego a contarte algo. RESPUESTA: nunca, es mas ella me dijo que cuando me venia para acá para estaré aquí con ella que me viniera a trabajar con mi papa. OTRA: quien te presenta a Migdalis. RESPUESTA: un compañero, Endri Agilera. OTRA: cuando tú la conoces a ella, ella estaba comprometida sentimentalmente con alguien. RESPUESTA: no le se decir por que cuando ella salía de clases ella me esperaba o al revés. OTRA: en esos eventos que dices que la llegases a ver en la gallera en que comportamiento la veías a ella. RESPUESTA: siempre la veía con un hermano de ella y unas primas y se ponían a bailar. OTRA: esos meses de relación sentimental como fue Migdalis como pareja. RESPUESTA: en mi cara me respetaba pero siempre teníamos problemas por que una prima de ella me decía a mi que ella se la pasaba con un chamo en una moto, y una ves la pare frente a la prima y ella le dijo que era verdad que lo negara en su cara y Migdalis solo dijo que eso era un chalequeo de la prima. OTRA: llego a contarte Migdalis sobre los hechos que ella denuncio en donde señala a tu hermano. RESPUESTA: no nunca, ni la mama que me llamo lo único que me de4cian es que mi familia y yo íbamos a pagar por lo que le habían hecho. OTRA: como te enteras tu de los hechos por los cuales Migdalis denuncio a tu hermano. RESPUESTA: me entero cuando estaba en guacipata, por que un hermano me contó que una patrulla le llevo una patrulla a llevarle una citación y que la chiqui denuncio a Juan Carlos por violencia, pero de hay estando yo en san Félix trabajando, para unos carnavales que me llamaron y me dijeron que a Juan Carlos lo tenían preso. OTRA: Cuando te vas para guasipata existía una relación con Migdalis. RESPUESTA: Si de novios. OTRA: Esa ida para guasipata ya estaba en ti o te lo impusieron tus padres. RESPUESTA: Ya estaba en mi, desde antes de graduarme, y mi hermano que trabajaba allá me consiguió un cupo en el INCE y yo me fui y estudiaba y trabajaba con mi tío. OTRA: Cuando empieza Migdalis a conocer a tu familia. RESPUESTA: Como al mes de ser novio, por que siempre en grupo del liceo salíamos y en una ida para la casa fue que yo se la presente a todos. OTRA: Quienes estaban cuando tu llevaste la primera ves a Migdalis para la casa. RESPUESTA: Estaba mi papa, mi mama, un sobrino de Upata que se llama Antoni silva, estaba Juan Carlos, estaba su esposa, karelis Antoima que es prima de ella, y estaba un tío, los demás eran compañeros del liceo. OTRA: Tu cuñada ya la conocía. RESPUESTA: Si por que la primera ves que Migdalis fue a mi casa ella estaba allí. OTRA: Luego de eso cuantas beses compartieron con tu familia. RESPUESTA: Varias beses, la mayoría de las beses estaban mi papa y mi mama. OTRA: Como era el trato de tu familia con Migdalis. RESPUESTA: Todo bien, mi papa y mi mama eran pegados con ella, estaban pendientes de ella y preguntaban por ella. OTRA: Lego a quedarse Migdalis en tu casa luego de compartir. RESPUESTA: Una ves que ella se quiso quedar pero mi tío le dijo que no y la fue a llevar. OTRA: El trato de Migdalis con tu cuñada y con la prima. RESPUESTA: Ellas se la pasaban juntas, esto antes de irme a guasipata y con Ariane normal nunca tuvieron discordia. OTRA: Y con tu hermano Juan Carlos. RESPUESTA: Igual que a los otros hermanos míos, normal, fino. Cesaron las preguntas. ACTO SEGUIDO EL TRIBUNAL NO VA AREALIZAR PREGUNTAS. Ahora bien una vez escuchado lo manifestado por la representante Fiscal y el Defensor de Confianza en este acto de no prescindir de los testigos y expertos, es por lo que se estima necesario la SUSPENSIÓN del juicio; y en virtud a lo consagrado en el artículo 318, numeral 2, 319 y 340 del Código Orgánico Procesal Penal, instando al Fiscal del Ministerio Público, a fin de hacer comparecer a los testigos y experto al Juicio Oral y Público, se convoca a las partes presentes para el día: LUNES 02 DE MAYO DE 2016, A LA 01:30 PM.
En fecha LUNES 02 DE MAYO DE 2016, Se constituyo el Tribunal de Juicio del Circuito Judicial Penal con Competencia en Delitos de Violencia Contra la Mujer del Estado Anzoátegui, ACTO SEGUIDO, SE DECLARA EXPRESAMENTE ABIERTO EL DEBATE ORAL Y RESERVADO. ACTO SEGUIDO, SE DECLARA EXPRESAMENTE ABIERTO LA RECEPCIÓN DE LAS PRUEBAS OFERTADAS, dando cumplimiento a lo consagrado en el artículo 336 del Código Orgánico Procesal Penal. Asimismo se deja constancia que en la sala contigua no se encuentran presentes órganos de prueba. Verificada la presencia de las partes, el Juez Profesional advirtió a los presentes sobre la importancia y significado del acto, indicando las normas que han de cumplirse durante el desarrollo del mismo. Asimismo se hizo una breve reseña de lo acontecido en las audiencias de fecha 12/05/2015, fecha en la cual se dio inicio al debate. ACTO SEGUIDO EL TRIBUNAL TOMA LA PALABRA Y EXPONE: SE PROCEDE DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 341 DEL CODIGO ORAGNICO PROCESAL PENAL, SE PROCEDE HACER LA LECTURA DE LAS PRUEBAS DOCUMENTALES, OFERTADAS POR LA REPRESENTACION FISCAL EN LA CUAL SE HACE LA CORRESPONDIENTE LECTURA: SE DA LECTURA INTEGRA A LA DOCUMENTAL DE PRUEBA ANTICIPADA DE LA VICTIMA M. G. C (IDENTIDAD OMITIDA), LA CUAL RIELA INSERTA EN EL FOLIO Nº 149 AL FOLIO Nº 162 DE LA PRIMERA PIEZA. SEGUIDO SE LE CONCEDE EL DERECHO DE PALABRA AL REPRESENTANTE FISCAL A LOS FINES DE QUE MANIFIESTE SI TIENE ALGUNA OBJESION U OBSERVACION: manifestando que no, ACTO SEGUIDO SE LE CONCEDE EL DERECHO DE PALABRA A LAS DEFENSAS A LOS FINES DE QUE MANIFIESTE SI TIENE ALGUNA OBJESION U OBSERVACION: manifestando que no. Seguidamente el Tribunal cede la palabra al representante Fiscal a los fines de que exponga en relación a testigos y Expertos: Ciudadano Juez, el Ministerio Público solicita se cite a los testigos y expertos, por lo que solicito se convoque a una nueva oportunidad, y a quien me comprometo a coadyuvar a la convocatoria del mismo y por cuanto no se encuentra presente órganos prueba solicito que se suspenda el presente debate, para realizar las citaciones correspondientes. Es todo”. Seguidamente la Defensa Confianza manifiesta estar de acuerdo con la solicitud fiscal, y se fije otra oportunidad. Es todo”. Ahora bien una vez escuchado lo manifestado por la representante Fiscal y el Defensor de Confianza en este acto de no prescindir de los testigos y expertos, es por lo que se estima necesario la SUSPENSIÓN del juicio; y en virtud a lo consagrado en el artículo 318, numeral 2, 319 y 340 del Código Orgánico Procesal Penal, instando al Fiscal del Ministerio Público, a fin de hacer comparecer a los testigos y experto al Juicio Oral y Público, se convoca a las partes presentes para el día: LUNES 09 DE MAYO DE 2016, A LA 01:30 PM.
En fecha LUNES 09 DE MAYO DE 2016, Se constituyo el Tribunal de Juicio del Circuito Judicial Penal con Competencia en Delitos de Violencia Contra la Mujer del Estado Anzoátegui, ACTO SEGUIDO, SE DECLARA EXPRESAMENTE ABIERTO EL DEBATE ORAL Y RESERVADO ACORDANDO LA RECEPCIÓN DE LAS PRUEBAS OFERTADAS, dando cumplimiento a lo consagrado en el artículo 336 del Código Orgánico Procesal Penal. Se le solicita al Ciudadano Alguacil, sea traído a la Sala: OSCAR JESUS VARGAS GAME. El ciudadano juez le toma el juramento de ley y le lee el artículo 242 del Código Penal y manifestó, ser: TESTIGO: OSCAR JESUS VARGAS GAME, titular de la cedula de identidad Nº 16.489.975; fecha de nacimiento 17/08/1982, de 33 años, de estado civil: SOLTERO, De profesión u oficio TSU EN QUIMICA, Conoce de vista trato y comunicación al ciudadano JUAN CARLOS SILVA URBANO, a lo que respondió, SI LO CONOZCO, MANTENGO AMISTAD. seguidamente expone: tengo conocimiento respecto a las fechas del 24/12/2013 el día que andábamos trabajando el señor Juan Carlos Silva, el señor Narciso Guevara y Luis Enrique, estuvimos desde la mañana hasta parte de la tarde como hasta las 02 de la tarde, ya estábamos entregando el, luego el se quedo en su casa y yo me fui para la mía, yo acostumbro a hacer una cena navideña, y estaba con mi familia, y el señor con narciso fueron hasta mi casa, también fue Migdali, estaban ellos dos teresa y mi mama teresa y un hermano mío, estuvimos compartiendo como hasta las 10 de la noche y nos fuimos para araguita, el señor narciso estaba en la gandola, y yo en mi carro, alli todo se desarrollo tranquilo, bailamos, nos tomamos unas cervezas, alli estaba Migdalis y bailo conmigo, y los muchachos, y de allí nos regresamos como a la una de la mañana, el día siguiente fuimos a una fiesta familiar, donde estuvo mi esposa, la fiesta fue en la zona de sierra maestra, allí estuvo Juan Carlos con su esposa, y la señora del valle urbano, mi esposa Karina Silva, y Migdalis, nosotros regresamos y el señor Juan Carlos y su esposa quedaron en la reunión. Es todo. ACTO SEGUIDO SE LE CEDE LA PALABRA A LA DEFENSA TECNICA DR. CESAR AUGUSTO, A LOS FINES DE QUE REALICE LAS PREGUNTAS: PRIMERA PREGUNTA: Diga el testigo a que hora salio el señor Juan Carlos silva y las demás personas que vendieron o distribuyeron refresco ese día. RESPUESTA: desde las 7 de la mañana. OTRA: diga el testigo que ruta tomaron para vender esos refrescos. RESPUESTA: la ruta de Naricual, Araguita, Tavera, el mismo sector. OTRA: diga el testigo a que hora terminaron de expender los refrescos. RESPUESTA: a las 02:30. OTRA: diga el testigo en calidad de que fue el a esa venta de refresco, si fue como ayudante o como socio. RESPUESTA: como socio. OTRA: diga el testigo si ese dia almorzó con el ciudadano Juan Carlos Silva. RESPUESTA: si. OTRA: diga el testigo si tiene conocimiento de después de vender los refrescos donde se quedo el ciudadano Juan Carlos Silva. RESPUESTA: en Tavera en la casa de su esposa. OTRA: ese 24 de diciembre a que hora volvió a ver al ciudadano Juan Carlos Silva. RESPUESTA: a las 07:00 de la noche cuando llegaron a mi casa. OTRA: pude usted identificar las personas que llegaron a su casa con el señor Juan Carlos Silva. RESPUESTA: el señor Narciso Guevara, con el solamente. OTRA: cuando la victima Migdalis Garcia llego a su casa ya el señor Juan Carlos estaba allí. RESPUESTA: si estaba allí. OTRA: con quien llego Migdalis García a su casa. RESPUESTA: con del valle urbano. OTRA: después de lacena en su casa, de la cual a narrado, donde se fueron todos los que estaban allí. RESPUESTA: nos fuimos una parte en el carro mío, y los de mas se fueron en la gandola, en la gandola se fueron cuatro personas. OTRA: recuerda el club de la fiesta en araguita. RESPUESTA: el club esta detrás de la iglesia católica de araguita. OTRA: recuerda si habia un conjunto u templete. RESPUESTA: si había un conjunto vallenato. OTRA: hasta que hora estuvieron allí. RESPUESTA: aproximadamente hasta las 2: de la mañana. OTRA: con quien recuerda usted que bailo Migdalis ese día. RESPUESTA: bailo conmigo, con mi hermano, con Juan Carlos y otras personas. OTRA: en ese baile noto a la señora Migdalis triste o estaba disfrutando de la música. RESPUESTA: ella estaba muy alegre. OTRA: el 29/12/2013 es una de las ocasiones que señala la victima que fue abusada sexualmente, uste acaba de narrar que usted estuvo en puerto la cruz, diga donde fue la fiesta. RESPUESTA: es la casa de una hermana de la señora el valle urbano, era la fiesta de niños, Juan Carlos llevo a sus hijos estuvimos como hasta las 7 de la noche. OTRA: en esa fiesta el señor Juan Carlos Silva estaba solo o con su esposa. RESPUESTA: con la esposa. OTRA: la señora Migdalis Garcia con quien fue. RESPUESTA: con la señora del valle urbano. OTRA: hasta que hora estuvieron. RESPUESTA: hasta las 7 de la noche, yo me vine con mi esposa, la señora del valle urbano y Migdalis. OTRA: conoce usted bien los intríngulis por los cuales fue denunciado el ciudadano Juan Carlos Silva. RESPUESTA: si presuntamente por violación. OTRA: conoce o conoció a Migdalis Garcia. RESPUESTA: la conozco pero de mucho trato. OTRA: donde la conoció. RESPUESTA: en la casa de la señora del valle urbano. OTRA: diga al tribunal si el dia 29/12/2013 noto algun acercamiento entre Juan Carlos Silva y la victima Migdalis Garcia, o si observo algún tipo de discusiones o diferencias. RESPUESTA: no, nada, bailaron. Es todo. ACTO SEGUIDO SE LE CEDE LA PALABRA AL FISCAL DEL MINISTERIO PÚBLICO, A LOS FINES DE QUE REALICE LAS PREGUSTAS. PRIMERA PREGUNTA: por que usted vino a declarar. RESPUESTA: porque me citaron y me vi involucrado en los hechos como testigo. OTRA: a que hechos como testigos. RESPUESTA: por la presubnta fecha en que ocurrieron los hechos. OTRA: yo estuve trabajando con el, y yo anduve con el. RESPUESTA: quien le informo los hechos. OTRA: la esposa de el me entrega la citación y me dice que a Juan lo están acusando de violación. RESPUESTA: que información mas precisa tiene sobre esos abusos, cuantos fueron, donde fueron. OTRA: no se, no tengo conocimiento de eso, solamente de que se trata de una violación. RESPUESTA: usted estuvo los días a los que hace referencia con Juan Carlos silva las 24 horas del día. OTRA: no. OTRA: usted manifiesta que tiene información de que esas dos fechas le informaron la hora en que ocurrió eso. RESPUESTA: no. OTRA: que mas tiene aportar en relación a los hechos por los cuales fue acusado Juan Carlos, de abusar. RESPUESTA: si esa persona fue abusada en esa ocasión, me pregunto porque no hablo antes, ella vivía en la casa de la señora del Valle, ella salía para su liceo normal, yo no vi ninguna anomalía. OTRA: como es la señorita Migdalis. RESPUESTA: una adolescente común, pero si le gustaba salir, ella era bochinchera. OTRA: que tiene que ver el hecho de ella sea alegre o bochinchera, con el hecho de haber sido abusada. RESPUESTA: ninguno, pues no tiene que ver nada, solo que usted me pregunta que como era la personalidad de ella. Cesaron las preguntas. ACTO SEGUIDO EL TRIBUNAL NO VA AREALIZAR PREGUNTAS. Ahora bien una vez escuchado lo manifestado por la representante Fiscal y el Defensor de Confianza en este acto de no prescindir de los testigos y expertos, es por lo que se estima necesario la SUSPENSIÓN del juicio; y e n virtud a lo consagrado en el artículo 318, numeral 2, 319 y 340 del Código Orgánico Procesal Penal, instando al Fiscal del Ministerio Público, a fin de hacer comparecer a los testigos y experto al Juicio Oral y Público, se convoca a las partes presentes para el día: MARTES 17 DE MAYO DE 2016, A LA 01:30 PM, a los fines de que tenga lugar la continuación del presente Debate Oral y Reservado.
En fecha MARTES 17 DE MAYO DE 2016, Se constituyo el Tribunal de Juicio del Circuito Judicial Penal con Competencia en Delitos de Violencia Contra la Mujer del Estado Anzoátegui, ACTO SEGUIDO, SE DECLARA EXPRESAMENTE ABIERTO EL DEBATE ORAL Y RESERVADO ACORDANDO LA RECEPCIÓN DE LAS PRUEBAS OFERTADAS, dando cumplimiento a lo consagrado en el artículo 336 del Código Orgánico Procesal Penal. Se le solicita al Ciudadano Alguacil, sea traído a la Sala: TAMARA DEL CARMEN GONZALEZ GUTIERREZ. El ciudadano juez le toma el juramento de ley y le lee el artículo 242 y 245 del Código Orgánico Procesal Penal y manifestó, ser: EXPERTO: Licda. TAMARA DEL CARMEN GONZALEZ GUTIERREZ titular de la cedula de identidad Nº 11.438.274; de 43 años, de estado civil: SOLTERO, De profesión u oficio TRABAJADORA SOCIAL, durante 3 años adscrita al Equipo Interdisciplinario Del Tribunal De Violencia Contra La Mujer Del Estado Anzoátegui. Conoce de vista trato y comunicación al ciudadano JUAN CARLOS SILVA URBANO, a lo que respondió, NO, seguidamente expone: en la evaluación social realizada en abril del 2014 se determino que la victima viene de una familia nuclear padre madre y cuatro hermana, una familia consolidada, con patrones culturales bien acentuados, dentro del cual tiene sus normas valores y creencias, , para el momento de la entrevista la madre de la victima manifestó que su hija siempre ha mantenido buenas conductas dentro del hogar y la escuela, buenas calificaciones, la ayudaba en el hogar, estando en el liceo conoció al imputado claudio en cual tuvieron una relación amorosa y luego se fueron a vivir juntos a la casa de la suegra hecho aceptado por los padres de el, también manifestó que debido a la situación presentada su hija se entero por una conversación de su hija con su pareja de que había sido abusada por su cuñado y del cual el no le creyó, viendo la situación presentada ella como mad5re y con la victima se acercaron a la casa de su cuñado buscando una explicación de lo sucedido, estando presente el señor Juan Carlos desmintió todo de lo de la violación, y como no llegaron a un acuerdo procedieron a denunciar al ciudadano, pasado el tiempo por lo manifestado por la madre, ya que ella nunca manifestó lo de la violación o lo de las amenazas de muerte o que le iba a pasar algo a su familia sui decía algo de lo sucedido, viendo ella el rechazo de la situación de su pareja regreso con su familia donde sintió en apoyo de sus padres y de sus hermanos, hecho tal que por la situación no tubo mas contacto con su pareja y la situación la llevo a desertar del liceo, muchos reacciones en cuanto a la parte emocional, no conciliaba el sueño, se sentía con temor en todo momento, fue agredida en dos oportunidades en el liceo por parte de la familia del ciudadano, ya no podía salir sola, presentaba llanto en todo momento, miedo a salir a la calle. Es todo. ACTO SEGUIDO SE LE CEDE LA PALABRA AL FISCAL DEL MINISTERIO PÚBLICO, A LOS FINES DE QUE REALICE LAS PREGUSTAS. PRIMERA PREGUNTA: en que consiste la evaluación social. RESPUESTA: consiste en realizar entrevista a la representante legal de la victima, de esa evaluación se estudia lo que es el campo familiar, el entorno social, la convivencia intrafamiliar, las normas, los valores, el nivel de educación recibido por dicha persona, la formación y los patrones culturales dentro del hogar, entre otras cosas también están los indicadores que presenta la victima uno le pregunta al representante cual es la conducta de la victima dentro del hogar si ha habido cambios en su comportamiento y si realmente viene de una familia disfuncional o estructurada. OTRA: cuales fueron los resultados de esa evaluación social en cuanto al seno familiar. RESPUESTA: es una familia estructurada, una familia nuclear, recibieron una educación, tienen una religión, es una familia bien constituida. OTRA: cuales son las características de un seno familiar disfuncional. RESPUESTA: es cuando no esta presente el padre, que no tengan normas dentro del hogar que no se cumplan las normas dentro del hogar, ejemplo padres alcohólicos, con problemas de estupefacientes que no estén establecidos como una familia normal consolidada. OTRA: es normal que considerando esas características de familia estructurada esta adolescente se haya salido del hogar para entablar una relación con un hombre siendo aun adolescente. RESPUESTA: según lo suministrado por la madre ellos se hicieron novios y luego decidieron vivir bajo concubinato y los padres lo aceptaron, era para darle su espacio y para que fuera mas serio mas seguro. OTRA: en esa información de la entrevista con la madre salio a relucir que ella haya echado a su hija de la casa por haber tendió relaciones sexuales. RESPUESTA: según lo que leí no, ella se acerco a su mama y le dijo que quería vivir con su novio y estuvieron de acuerdo y tomaron la decisión de irse a la casa de sus padres, no discutieron. Es todo. ACTO SEGUIDO SE LE CEDE LA PALABRA A LA DEFENSA TECNICA DR. CESAR AUGUSTO, A LOS FINES DE QUE REALICE LAS PREGUNTAS: PRIMERA PREGUNTA: en su preámbulo dijo que tenia 10 años de experiencia en la labor social y tres años en el tribunal de violencia, por que se entrevista a la madre y viendo que hay herramientas legales para solicitar ante un tribunal de niño, niña y adolescente que autorice la entrevista a la menor por que no se hizo lo pertinente para entrevistar a la adolescente. RESPUESTA: para su momento se entrevista primero a la madre ya que es una menor de edad, en el departamento entrevistamos a la madre por que es nuestra competencia y la parte psicológica entrevista a la victima, realmente no entrevistamos a la victima por que no es que no sea de nuestra competencia ya que tenemos nuestros reglamentos internos por el cual nos regimos y respetamos el área de los demás. OTRA: es decir el trabajo social llega solo hasta la madre. RESPUESTA: exactamente y es aquí mismo que es lo que solicita el tribunal, por medio de un oficio. OTRA: usted entrevisto a la madre en algún momento le exteriorizo si la victima a le haya exteriorizado sobre los abusos. RESPUESTA: no lo manifestó en el primer momento la madre se entero cuando la victima regreso a su casa y le dijo que había tenido un problema ella se entera por medio de una conversación telefónica de la victima con su pareja y así es que ella se entera. Cesaron las preguntas. ACTO SEGUIDO EL TRIBUNAL TOMA LA PALABRA, A LOS FINES DE al REALIZAR LAS PREGUNTAS: PRIMERA PREGUNTA: dentro del marco de sus competencias y de la profesión ese acto de una adolescente, caso que nos ocupa, de decidir asumir deberes y derechos que tenemos los adultos, ese acto tiene alguna fundamentación, algún basamento, pudiéramos decir nosotros que en un supuesto de que tome esa decisión haya buenas posibilidades de familias bien formadas. RESPUESTA: la reglas en si no están escritas, solo se dio una relación entre un menor y un mayo, si son aceptados por los padres, no hubo una determinación de que no podía por que ella era menor y el era mayor, no midieron eso, si se puede dar una formación , quizás si había algo frágil, en los padres y como ya le habían manifestado que habían tenido relaciones entre ellos por tal razón querían consolidarla, entonces es mejor consolidar al que dirán se puede dar una buena pareja a futuro, ellos decidieron consolidar una pareja poro no con hijos. Es todo. Ahora bien una vez escuchado lo manifestado por la representante Fiscal y el Defensor de Confianza en este acto de no prescindir de los testigos y expertos, es por lo que se estima necesario la SUSPENSIÓN del juicio; y en virtud a lo consagrado en el artículo 318, ordinal 2°, 319 y 340 del Código Orgánico Procesal Penal, instando al Fiscal del Ministerio Público, a fin de hacer comparecer a los testigos y experto al Juicio Oral y Público, se convoca a las partes presentes para el día: MARTES 31 DE MAYO DE 2016, A LA 01:30 PM.
En FECHA MARTES 31 DE MAYO DE 2016 , siendo la oportunidad fijada para que tenga lugar el acto de Continuación de Juicio Oral y Publico, en la causa seguida al imputado JUAN CARLOS SILVA URBANO, por estar incurso en uno de los delitos contra las buenas costumbres y el buen orden de las familias, específicamente el delito de VIOLENCIA SEXUAL y VIOLENCIA PSICOLOGICA EN GRADO DE CONTINUIDAD, tipificado en el artículo 43 Y 39 de la Ley Orgánica de sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la adolescente M.G. Se omiten los nombres de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños Niñas y Adolescente. Se constituyó este Tribunal de Juicio del Circuito Judicial con Competencia en Delitos de Violencia Contra la Mujer del Estado Anzoátegui, a cargo del juez DR. JOHNNY RONDON MENESES, quine se encuentra acompañado de la Secretaria de Sala del Tribunal Abg. ANTHEA RIVAS, quien previa solicitud de la ciudadana Jueza deja constancia que se encuentran presentes en la sala de audiencia: LA DEFENSOR DE CONFIANZA DR: CESAR AUGUSTO HERNANDEZ. EL IMPUTADO JUAN CARLOS SILVA URBANO, el FISCAL 16º DEL MINISTERIO PÚBLICO DRA. INGRID VARGAS; NO ENCONTRANDOSE: LA REPRESENTANTE DE LA VICTIMA LEGAL MIGDALIS GARCIA. En virtud de no encontrarse presente en la sala de audiencia ningún medio de prueba es por lo que se acuerda diferir el acto de Continuación de Juicio Oral y Público para el día LUNES 06 JUNIO DE 2016 A LAS 11:30 DE LA MAÑANA.
En fecha LUNES 06 JUNIO DE 2016, Se constituyo el Tribunal de Juicio del Circuito Judicial Penal con Competencia en Delitos de Violencia Contra la Mujer del Estado Anzoátegui, ACTO SEGUIDO, SE DECLARA EXPRESAMENTE ABIERTO EL DEBATE ORAL Y RESERVADO ACORDANDO LA RECEPCIÓN DE LAS PRUEBAS OFERTADAS, dando cumplimiento a lo consagrado en el artículo 336 del Código Orgánico Procesal Penal. Se le solicita al Ciudadano Alguacil, sea traído a la Sala: YAGUARATTY RICHARD. El ciudadano juez le toma el juramento de ley y le lee el artículo 242 y 245 del Código Orgánico Procesal Penal y manifestó, ser: EXPERTO: YAGUARATTY RICHARD, titular de la cedula de identidad Nº 18.766.418; de 28 años, de estado civil: SOLTERO, De profesión u oficio funcionario del CICPC, durante dos años y siete meses Conoce de vista trato y comunicación al ciudadano JUAN CARLOS SILVA URBANO, a lo que respondió, NO, seguidamente se le dan a la vista la inspección técnica al sitio del suceso y seguidamente expone: “inspección N° 00402 expediente K-14-0072-00328 de fecha 30/01/2014, siendo las 10:30 de la mañana se constituyo una comisión del CICPC al mando de los funcionarios detective Jean Peres y Jorge Moreno, hacia la vía de naricual calle principal casa sin numero Barcelona estado Anzoátegui donde se procede a realizar la siguiente inspección, el lugar a inspeccionar por sus características tratase de un sitio de los denominados cerrados correspondientes a una vivienda unifamiliar con su fachada orientada en sentido oeste protegida en sus laterales por paredes elaboradas a base de bloques de cemento revestida con pintura color blanco, presentando como medio de acceso una puesta tipo batiente elaborada en metal revestida en pintura color blanco con sistema de seguridad a base de cilindro y llave metálica al ser inspeccionada no presenta violencia al trasponer se observa superficie de piso de cemento pulido paredes elaboradas a base de bloques de cemento revestida con pintura color amarillo, y techo de lamina de acero Lynn la cual esta constituida en su interior por tres habitaciones, una cocina, una sala de baño y mobiliario idóneo del lugar, continuando con la respectiva inspección técnica los funcionaros se encargan de realizar una búsqueda minuciosa en busca de algún objeto de interés criminalístico no pudiendo recolectar ninguno para momento de realizar la respectiva inspección técnica se constato temperatura ambiental fresca e iluminación artificial y firma el funcionario Jorge Moreno. Es todo. ACTO SEGUIDO SE LE CEDE LA PALABRA AL FISCAL DEL MINISTERIO PÚBLICO, A LOS FINES DE QUE REALICE LAS PREGUSTAS: PRIMERA PREGUNTA: cual es su profesión actualmente en la institución. RESPUESTA técnico. OTRA: Esta adscrito a que división. RESPUESTA: estoy adscrito al área técnica. OTRA: en que consiste la función de un experto técnico. RESPUESTA: la función de un experto técnico o las funciones en dicha institución consisten en abordar los sitios del suceso de cada averiguación que se apertura durante una guardia y cubrir aquellas o aquellos casos que apertura otros organismos policiales asimismo realizar experticias de reconocimiento técnico legal a las evidencias colectadas o que guarden relación con algún caso en particular asimismo realizar experticia de regulación prudencial y avalúo real. OTRA: como se selecciona al experto para llevar a cabo esta labor. RESPUESTA: eso depende de el grupo de guardia al que el funcionario este adscrito a lo que se refiere a las causas aperturazas durante el despacho. OTRA: quien participa en esta inspección técnica. RESPUESTA: participa el investigador y el técnico. OTRA a que se aboca el investigador. RESPUESTA: se aboca a indagar o a investigar los casos que se apertura ese día de guardia. OTRA: en cuanto a esta inspección técnica en particular de que tipo de inspección estamos hablando. RESPUESTA: a un sitio cerrado. OTRA: por que esa terminología del cerrado que se debe. RESPUESTA: por cuanto es un inmueble y se encuentra prácticamente cerrado y no interfiere el medio ambiente. OTRA: de que dejaron constancia los funcionarios en esta inspección. RESPUESTA: de cómo se encontraba el lugar al momento de ellos abordar. OTRA existe algún señalamiento en dicha inspección de haber colectado o no algún tipo de evidencia de interés criminalístico. RESPUESTA: el funcionario deja constancia de haber hecho una búsqueda minusio0sa y de no haber encontrado ninguna prueba de interés criminalístico. Es todo. ACTO SEGUIDO SE LE CEDE LA PALABRA A LA DEFENSA TECNICA DR. JUAN OVALLES, A LOS FINES DE QUE REALICE LAS PREGUNTAS: PRIMERA PREGUNTA: usted acaba de decir en su relato de que los funcionarios practicantes de esa inspección no encontraron evidencia alguna de interés criminalístico y el ciudadano que yo represento, el acusado, es acusado actualmente por el delito de violencia sexual continuada, si el funcionario deja constancia de que no encontró evidencia de internes criminalístico a que se refiere con lo que dice allí con el tipo de delito que se le acusa a Juan Carlo Silva. EL FISCAL TOMA LA PALABRA Y ESTABLECE: OBJECIÓN CIUDADANO JUEZ EN VIRTUD DE QUE EL FUNCIONARIO EXPERTO QUE ESTA DEPONIENDO EN ESTA SALA SI BIEN ES CIERTO TIENE TODOS LOS MEDIOS PARA ATESTIGUAR EN CONDICIÓN DE EXPERTO EN RAZÓN DE LA PREPARACIÓN QUE EL TIENE, NO DEJA DE SER MENOS CIERTO QUE LO HACE EN CONDICIÓN DE EXPERTO SUSTITUTO, COMO SEGUNDO PUNTO EL DEFENSOR ESTA SOLICITANDO AL EXPERTO QUE HAGA UNA INTERPRETACIÓN SUBJETIVA SOBRE QUE PENSARON LOS FUNCIONAROS QUE REALIZARON LA INFECCIÓN CON RELACIÓN A LOS RESULTADO Y EL DELITO ACUSADO A SU REPRESENTADO, MAL PUEDE EL EXPERTO ASEVERAR O NEGAR CONCLUSIÓN ALGUNA EN ESES SENTIDO. EL TRIBUNAL VA A DECLARAR CON LUGAR LA OBJECIÓN PLATEADA POR EL FISCAL DEL MINISTERIO PUBLICO, INSTA A LA DEFENSA A REFORMULAR LA PREGUNTA. OTRA: usted acaba de decir que los funcionarios actuantes establecieron que no encontraron evidencia, cuando el funcionario dice eso a que se refiere. RESPUESTA: a que no colecto nada en el sitio. OTRA usted acaba de decir que la inspección fue practicada en un sitio cerrado, y el fiscal le pregunto por que cerrado y usted contesto por que no hay contacto con el medio ambiente, las zona donde esta ubicada la casa, vía Naricual, sector Tabera es una zona muy rural, tiene algo que ver eso. RESPUESTA: no le podría explicar si el medio externo afecta dicho sitio cerrado por cuanto solo estoy de experto sustituto y no lo realice. Es todo. ACTO SEGUIDO EL TRIBUNALNO VA A REALIZAR PREGUNTAS. Ciudadano Juez el Ministerio Público solicita se cite a los testigos y expertos, por lo que solicito se convoque a una nueva oportunidad, y a quien me comprometo a coadyuvar a la convocatoria del mismo y por cuanto no se encuentra presente órganos prueba solicito que se suspenda el presente debate, para realizar las citaciones correspondientes. Es todo”. Seguidamente los Defensores de Confianza manifiestan estar de acuerdo con la solicitud fiscal, y se fije otra oportunidad. Es todo”. Ahora bien una vez escuchado lo manifestado por la representante Fiscal y el Defensor de Confianza en este acto de no prescindir de los testigos y expertos, es por lo que se estima necesario la SUSPENSIÓN del juicio; y en virtud a lo consagrado en el artículo 318, ordinal 2°, 319 y 340 del Código Orgánico Procesal Penal, instando al Fiscal del Ministerio Público, a fin de hacer comparecer a los testigos y experto al Juicio Oral y Público, se convoca a las partes presentes para el día: MIERCOLES 15 DE JUNIO DE 2016, A LA 01:30 PM.
En fecha MIERCOLES 15 DE JUNIO DE 2016, por cuanto en fecha 15-06-2016 a la; se encontraba pautado a la 1:30 horas de la tarde acto de Juicio Oral en la presente causa y VIRTUD DE INSTRUCCIONES DE LA COMISION DE GENERO DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA QUIEN RESUELVE LABORAR HASTA LA 1:00 HORAS DE LA TARDE EN LA OPORTUNIDAD DE CONTRIBUIR CON EL DECRETO PRESIDENCIAL DE AHORRO ENERGETICO; es por lo que este Tribunal de Juicio del Circuito Judicial con Competencia en Delitos de Violencia Contra la Mujer del Estado Anzoátegui, acuerda fijar nueva oportunidad para la celebración del acto señalado para el día VIERNES 17 DE JUNIO DE DE 2016 A LAS 09:30 HORAS DE LA MAÑANA.
En fecha VIERNES 17 DE JUNIO DE DE 2016, Se constituyo el Tribunal de Juicio del Circuito Judicial Penal con Competencia en Delitos de Violencia Contra la Mujer del Estado Anzoátegui, ACTO SEGUIDO, SE DECLARA EXPRESAMENTE ABIERTO EL DEBATE ORAL Y RESERVADO ACORDANDO LA RECEPCIÓN DE LAS PRUEBAS OFERTADAS, dando cumplimiento a lo consagrado en el artículo 336 del Código Orgánico Procesal Penal. Se le solicita al Ciudadano Alguacil, sea traído a la Sala: JOSE MANUEL GUZMAN BOLIVAR. El ciudadano juez le toma el juramento de ley y le lee el artículo 242 y 245 del Código Orgánico Procesal Penal y manifestó, ser: EXPERTO: JOSE MANUEL GUZMAN BOLIVAR, titular de la cedula de identidad Nº 16.063.848; de 33 años, de estado civil: soltero, De profesión u oficio MEDICO PATOLOGO, adscrito al CICPC, con 6 años de experiencia Acto seguido el tribunal le pregunta de manera formal, lo siguiente: Conoce de vista, trato o comunicación al ciudadano JUAN CARLOS SILVA URBANO?, a lo que respondió, NO. reconocimiento practicado en fecha de 15 de enero de 2014 a la lesiona victima en el examen ginecológico se encontró ruptura antigua de himen Es todo. ACTO SEGUIDO SE LE CEDE LA PALABRA AL FISCAL DEL MINISTERIO PÚBLICO, A LOS FINES DE QUE REALICE LAS PREGUSTAS: PRIMERA PREGUNTA: Esa especificación de himen, a que se refiere? RESPUESTA: El himen es una membrana elástica que se encuentra recubriendo el introito vaginal. SEGUNDA PREGUNTA: Donde se encuentra la membrana himenial. RESPUESTA: En el introito vaginal. TERCERA PREGUNTA : A que se refiere con defloracion antigua. RESPUESTA : se produce cuando la introduccion del pene o algún otro objeto que lesione la membrana himenial. CUARTA PREGUNTA: Es posible determinar en este caso en particular cuando se dio ese rompimiento de esa membrana himenial. RESPUESTA: hablamos que es Antiga cuando hablamos de mas de 10 días y reciente menos de 10 días. Es todo. ACTO SEGUIDO SE LE CEDE LA PALABRA A LA DEFENSA TECNICA DR. CESAR AUGUSTO HERNANDEZ, A LOS FINES DE QUE REALICE LAS PREGUNTAS: PRIMERA PREGUNTA: Con relación a lo que usted acaba de leer en la experticia medico legal es posible determinar si una persona fue violada o no. RESPUESTA: A lo que ahi se refiere es que hay una ruptura antigua de himen por cuanto no es posible determinar un traumatismo resiente .ES TODO ACTO SEGUIDO EL TRIBUNAL NO VA AREALIZAR PREGUNTAS.SEGUIDAMENTE EL TRIBUNAL CEDE LA PALABRA A LA REPRESENTANTE FISCAL A LOS FINES DE QUE EXPONGA EN RELACIÓN A TESTIGOS Y EXPERTOS: Ciudadano Juez el Ministerio Público solicita se cite a los testigos y expertos, por lo que solicito se convoque a una nueva oportunidad, y a quien me comprometo a coadyuvar a la convocatoria del mismo y por cuanto no se encuentra presente órganos prueba solicito que se suspenda el presente debate, para realizar las citaciones correspondientes. Es todo”. Seguidamente los Defensores de Confianza manifiestan estar de acuerdo con la solicitud fiscal, y se fije otra oportunidad. Es todo”. Ahora bien una vez escuchado lo manifestado por la representante Fiscal y el Defensor de Confianza en este acto de no prescindir de los testigos y expertos, es por lo que se estima necesario la SUSPENSIÓN del juicio; y en virtud a lo consagrado en el artículo 318, ordinal 2°, 319 y 340 del Código Orgánico Procesal Penal, instando al Fiscal del Ministerio Público, a fin de hacer comparecer a los testigos y experto al Juicio Oral y Público, se convoca a las partes presentes para el día: MIERCOLES 22 DE JUNIO DE 2016, A LA 10:30 AM.
En fecha MIERCOLES 22 DE JUNIO DE 2016, Se constituyo el Tribunal de Juicio del Circuito Judicial Penal con Competencia en Delitos de Violencia Contra la Mujer del Estado Anzoátegui, Verificada la presencia de las partes, el Juez Profesional advirtió a los presentes sobre la importancia y significado del acto, indicando las normas que han de cumplirse durante el desarrollo del debate oral. Asimismo el ciudadano Juez Procede a realizar una breve reseña de los actos realizados en los cuales se da continuación al debate. Acto seguido solicita el derecho de palabra la defensa de confianza DR. CESAR AUGUSTO HERNANDEZ, Quien Manifiesta: Ciudadano juez solicito se le otorgue el derecho de palabra a mí representado, toda vez que el mismo me ha manifestado que desea declarar. Oída la intervención de la defensa confianza, es por lo que este Tribunal procede a imponer al Acusado JUAN CARLOS SILVA URBANO, de los hechos objeto de este proceso y en los que se fundamenta la acusación fiscal; tal y como lo consagra el articulo 330 del Código Orgánico Procesal Penal, así como el articulo 49 ordinal 5° de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, a los fines de que manifieste el acusado si desea rendir declaración en este acto. Seguidamente se procede a tomar los datos del acusado JUAN CARLOS SILVA URBANO; TITULAR DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD N° V-17.237.489; DE NACIONALIDAD VENEZOLANO; ESTADO CIVIL: SOLTERO; DE 32 AÑOS DE EDAD; PROFESIÓN U OFICIO: CHOFER; FECHA DE NACIMIENTO: 09/09/1983; LUGAR DE NACIMIENTO: UPATA, ESTADO BOLIVAR; HIJO DE LOS CIUDADANOS: CARLOS SILVA (V) Y JUANA URBADO (V); CON RESIDENCIA EN VIA NARICUAL SECTOR TABERA ESTADO ANZOATEGUI; TELÉFONO: NO POSEE.. Manifestando el acusado que: “ lo que puedo declarar es de mi caso sucedido que en ningún momento yo abuse de ella ni hubo maltrato tampoco solamente la corrí de la casa por lo que estaba sucediendo, ella prácticamente esta enamorada de mi, éramos muy unidos como cuñados pero de repente le di mucha confianza y ella abuso de esa confianza, que le puedo decir nunca nunca nunca nunca le hice algo a ella. Es todo. ACTO SEGUIDO SE LE OTORGA EL DERECHO DE PALABRA AL MINISTERIO PUBLICO, A LOS FINES DE QUE REALICE PREGUNTAS AL ACUSADO: PRIMERA PREGUNTA: CUANDO USTED D SE REFIERE A ELLA COMO LA PERSONA QUE ABUSO DE SUS CONFIANZA Y QUE ESTABA ENAMORA DE USTED A QUIEN SE REFIERE: RESPUESTA : bueno yo la conocí por la chica por nombre completo incluso se me olvida no se decirle como se llama la llamaba la chiqui siempre le decíamos así. OTRA: QUE TIEMPO TENIA USTE D CONOCIENDO A LA CHIQUI: RESPUESTA: la fecha actual no sabría decirle desde que ella se mudo a la casa y hubo el problema donde ella llego llorándole a mi mama y yo no estaba ahí me entere fue por ellos no me la paso mucho a la casa por que me la paso viajando, cuando llegada de viaje la veía ahí y mi hermana me decía mi nueva cuñada. De ahí normal. OTRA: CUANDO USTED HACE REFERENCIA A QUE LA CHIQUI LLEGO LLORÁNDOLE A SU MAMA A QUE SITUACIÓN SE REFIERE DE A QUE SE REFIERE USTED. RESPUESTA: por lo que me dijo mi hermana carla me dijo que la chiqui había llegado llorando por que su mama la había corrido de su casa por que estaba empatada con mi hermano Claudio Daniel y ella no quería tener esas responsabilidad en su casa es decir la mama de la chiqui y otras cosa como que la mama no la quería que la corrió y cosas personales mías no solo de mi hermano. OTRA: DONDE ESTABA SU HERMANO CLAUDIO EN ESE MOMENTO QUE ELLA LLEGA A LA CASA: RESPUESTA: no sabría decirle donde esta de verdad como ya le dije me la paso viajando y cuando llegue me entere de eso no sabría si estaba o no solo que ella había hablado con mi mama. OTRA: QUE TIEMPO DURO LA CHIQUI VIVIENDO EN LA CASA DE SU MAMA: RESPUESTA: podría decirle como cuatro cinco meses no se el tiempo en que llego pero si recuerdo el día que se fue que fue el día en que hice la reunión creo que fue en enero la fecha no la recuerdo exactamente que fue cuando mi hermano claudio llego de Guayana. OTRA: COMO ERA LA RELACIÓN DE LA CHIQUI CON EL ENTORNO FAMILIAR ESPECIFIQUE CON CADA UNO DE LOS MIEMBROS DE SU FAMILIA: RESPUESTA: con todos José Carlos que es el tercero de mis hermanos con carla mi hermana con mi cuñada la esposa de José Carlos carelis con mi esposa Ariana cabrera con mi padre Carlos silva y mi madre Juana urbano y mi perdona Juan Carlos silva eras bien de maravilla desde el principio que ella llego conmigo agarro mas confianza que fue en el trayecto de diciembre que podía tener uno o dos días libres y fue una oportunidad que íbamos a fiesta familiares que en el fue una casa de mi tía y una que hubo en el barrio por ahí, y como yo soy el líder es un decir por que soy el que reúno a la familia para reunirnos me escuchan todos en la familia desde ahí de ese problema dejo de tratarme ella quiso tener relaciones conmigo y yo no quise no estuvimos juntos. OTRA: USTED HACE REFERENCIA A QUE EN DICIEMBRE FUE DONDE SE ABRIÓ MAS EL TRATO ENTRE USTED Y LA CHIQUI POR UNO DÍAS LIBRES CUANTOS DÍAS LIBRES TUVO Y EN QUE FECHA FUERON ESOS DÍAS LIBRES. Respuesta: como le repito no se de eso muy malo para eso y días libres nosotros los gandoleros ahora que se abrió nuevamente trabajar los fines de semana por que antes no se podía y ahora podemos circular a veces no salían viajes se dañaban las maquinas esos son los días libres que teníamos ya que estábamos accidentados y uno la agarraba del media odia para adelante y me iba a visitar a mi mama un rato a mi familia hablábamos con todo. OTRA: POR QUE USTED INDICA O ASEVERA QUE LA CHIQUI ESTABA ENAMORADA DE USTED: RESPUESTA: por la forma que ella me trataba se pegaba mucho a mi el día de los bailes bailaba mucho conmigo la vez que ella quiso tener relaciones conmigo a eso de la 1 de la tarde ella entro al cuatro y yo le dije que uno era hombre y uno se le para vulgarmente se lo dije y ella dijo no me importa, seguimos conversando con referente a la novela y ella me confiesa que estaba enamorada de una persona pero no me dijo que era yo directamente que opinión le daba de eso y le dije que si ella estaba viviendo con mi hermano claudio y como el estaba por allá y ella por aquí y yo le dije que si ella se había enamorado de otra perdona tenia todo el derecho de hacerlo mas yo sospechaba que era de mi de quien estaba enamorada ya que atendía las veces que yo iba a casa de mi mama a veces me hacia la comida me atendía. OTRA: RECUERDA USTED LA FECHA O EL DÍA DE ESOS HECHOS QUE ACABA USTED NARRAR: RESPUESTA: yo no recuerdo el día lo si se es que mi hermana estaba lavando casa de mi mama yo le cargue la lavadora de ella por que mi mama se le había dañado la lavadora y la cargue a casa de mi mama y ella aprovecho y lavo en la casa fue al cuarto un rato nada mas por que yo no me la paso mucho ahí. Entre al cuarto estaba la tele prendida y ella entro solo fue un rato nada mas no fue que pasamos todo el día, no se decirle cual es la fecha. OTRA: A CUAL CUARTO SE REFIRE: RESPUESTA: el tercer cuarto, el ultimo cuarto. OTRA: QUIEN DORMÍA EN ESA CUARTO: RESPUESTA: mi mama y mi papa. OTRA: ESE DÍA QUIENES ESTABAN EN LA CASA: RESPUESTA: la chiqui y mi hermana yo estaba de raticos que llegaba. OTRA: ACOSTUMBRABA USTED A IR A LA CASA DE SU MADRE DESDE QUE LA CHIQUI EMPEZÓ VIVIR AHÍ. RESPUESTA: no mucho. OTRA: CUANTAS VECES FRECUENTABA LA CASA DE SU MADRE A LA SEMANA DESDE QUE LA CHIQUI EMPEZÓ A VIVIR AHÍ: RESPUESTA: decirle los domingo como le explique anteriormente todos los días trabajo y eso son oportunidades que se me presentan de raticos es decir se me dañaba el carro subía y bajaba nuevamente. OTRA: FRECUENTABA USTED LA CASA DE SU MADRE PARA REALIZAR ALGÚN TIPO DE TRABAJO: RESPUESTA: si a veces. OTRA: QUE TIPO DE TRABAJO: RESPUESTA: mecánica a la gandola creo que lo hice por dos oportunidades nada mas. OTRA: RECUERDA USTED SI COMPARTIÓ EL DÍA 24 DE DICIEMBRE DE 2013 A LAS CASA DE SU MADRE Y QUE HIZO. RESPUESTA: si estaba libre imagino que si, como le digo siempre ando en la calle, el mas mínimo descuido que tengo en la compañía paso por ahí, nunca ando desactivado como dicen por ahí. OTRA: CON QUIEN REALIZABA ESE TIPO DE TRABAJO DE MECÁNICA A QUE HACE REFERENCIA: RESPUESTA: la vez que lo hice por dos oportunidades una ve fue con un compañero de trabajo mío se llama narciso Guevara un señor mayor y los ayudantes eran dos chamo de ahí del pueblo no recuerdo su nombre a uno le dicen Negrin y al otro no me recuerdo su nombre. El carro que arregle es a el de narciso Guevara un compañero de trabajo. OTRA: ESE DÍA AL QUE USTED HACE REFERENCIA QUE LA CHIQUI LE HABLO DE QUE LE GUSTABA OTRA PERSONA DE QUE PENSABA USTED Y SE LE INSINÚO COMO ESTABA VESTIDA ELLA Y COMO ESTABA VESTIDO USTED. Respuesta: yo siempre ando en blue jeans y botas de seguridad de trabajo y ella creo que cargaba un short y camisa no se decirle ni que color. OTRA: USTED HACE REFERENCIA A QUE HIZO UNA REUNIÓN PARA CORRERLA A LA CHIQUI. RECUERDA QUE DÍA FUE ESA REUNIÓN QUIENES ESTABAN PRESENTES Y DE QUE CONVERSARON. RESPUESTA: presentes estaban mi hermana carla claudio Daniel Carlos silva mi padre Juana urbano la chiqui y yo Juan Carlos silva y de que conversamos fue de eso de lo que ella le había dicho al primo mío Jesús enrique no recuerdo bien su nombre y hubo rumores de mi hermanos claudio que mi primo Jesús enrique le había dicho que ella estaba enamorada de mi y esas cosa que habían dicho, yo reuní mi familia para aclarar la situación e incluso le pregunte a ella lo que ella me había dicho en el cuarto y ella dijo que ella no tenia nada de mi y yo le dije que lo dijera frente a todos siempre lo negó se puso a llorar y fue cuando mi hermano le dijo esto es lo que estaba pasando que la chiqui le confeso a mi primo que estaba enamorada de mi ella llorando dijo muchas cosa. OTRA: QUE COSAS DIJO: RESPUESTA: ella me llamo embustero que yo estaba inventando cosas sobre ella y yo lo q le dije es q yo no quería tener a mi hermano ahí como carbón de nadie por lo que ella se decía por ahí que ella se perdía eso era lo que la gente decía por eso hice la reunión, luego vino su mama su papa en una camioneta a recoger sus cosas. OTRA. DURANTE ESE TIEMPO EN QUE LA CHIQUI ESTUVO VIVIENDO AHÍ EN ESO 5 O 4 MESES SU HERMANO CLAUDIO LLEGO A VIVIR CON ELLA EN ESE TIEMPO EN SU CASA. RESPUESTA: no que yo recuerde. OTRA: USTED HIZO REFERENCIA A QUE EN VARIAS OPORTUNIDADES SE ESCUCHABA RUMORES DE QUE LA CHIQUI ESTABA ENAMORADA DE USTED INCLUSO SE LE METIÓ EN SU CUARTO DONDE SE LE INSINÚO POR QUE ESPERO A ESTE DÍA DE ESE MES DE ENERO QUE SU HERMANO ESTUVIERA AHÍ PARA HABLAR SOBRE ESE COMPORTAMIENTO DE LA CHIQUI TOMARA ESA DECISIÓN Y SE FUERA Y NO LO HIZO EN ESE MOMENTO EN QUE ELLA SE LE INSINÚO Y POR QUE NO LE IMPORTO EN ESE MOMENTO QUE SU HERMANO FUERA CABRON COMO USTED MISMO DIJO. RESPUESTA: si me importo mi hermano no estaba ahí y como familia usted le viene una cuñada a decirle algo y usted piensa como le digo a mi hermano que mi cuñada quiere tener algo conmigo quiere tener relacione conmigo, primero y principal al que primero que le va a creer es a ella por que si ellos tiene relaciones y son parejas al yo decirle eso que había pasado el inmediatamente se pondría molesto conmigo ella no se que le podría decir , deje correr el tiempo para ver si eso se pasaba pero no fue así. Mas bien ella le confiesa el primo mío que le dicen el mocho que ella estaba enamorada de mi. Incluso mi herma carla ella supo de lo q ella había hecho conmigo y lo dejamos hasta ahí para no tener problemas con mi familia. Otra: Cuantas veces llego estará sola con la chiqui en los cuatros de la casa, cuantas veces ella se le insinúa montándole la pierna. RESPUESTA: solos nunca esa oportunidad como le explique fue ratico entre al cuarto me recosté a ver televisión nunca estábamos solos mis hermanas estaba ahí fue cuestión de minutos. OTRA: CUANTAS VECES LA CHIQUI ESTABA A SOLAS CON USTED LE LLEGO A MONTAR LA PIERNA Y SE LE INSINÚO, CUANTAS VECES O SOLO FUE ESE SOLO EVENTO. RESPUESTA: solo nunca estábamos en la casa y lo de la pierna solo una vez y de insinuarse solo esa vez. OTRA: SI LO OCURRIÓ UNA SOLA VEZ POR QUE ESPERO HASTA EL MEE DE ENERO Y DECIDE HACER LA REUNIÓN AFRONTARLA O SACARA A RELUCIR ALGO QUE SOLO PASO UNA VEZ QUE USTED MISMO Y SU HERMANA CARLA DECIDIERON DEJAR ESO ASÍ. Respuesta: espere el tiempo para no tener problemas familiares deje las cosas así como estaban pero como ella fue para donde mi primo a decirle que estaba enamorada de mi y bueno fue ahí cuando decidí hacer la reunión para enero cuando vino mi hermano para acabar con eso de una buena vez para que no hubieran mas rumores. OTRA: USTED DIJO TAMBIÉN QUE SI UNA CUÑADA QUISIERA TENER ALGO CON UNO UNA RELACIÓN Y EL HERMANO SE ENTERABA LO MAS PROBABLE ES QUE LE CREYERA A LA MUJER Y ENEMISTARA COMO LO ES SU CASO LO QUE LE TOCO VIVIR, HUBO PROBLEMAS ENTRE SU HERMANO Y USTED ESE DÍA EL LE CREYÓ A ELLA Y NO A USTED, DISCUTIERON, RESPUESTA: entre mi hermano y yo nunca hubo problema s ni ha habido ese día no discutimos solo tratamos de aclarar las cosas y lo q le dije fue que ve a ver q haces con ellas por que ella miente pero entre ellos no se ni que se dijeron. OTRA: EN QUE ESTABA MINTIENDO LA CHIQUI. Respuesta: en lo que confeso lo que sentía por mi, yo le dije di lo q le dijiste a mi primo lo q me dijiste en el cuarto ella lo negó lo negó y lo siguió negando. OTRA: LA CHIQUI LE LLEGO A SEÑALAR A REPROCHAR QUE USTED HABÍA ABUSADO SEXUALMENTE DE ELLA. RESPUESTA: no incluso cuando sus padre fueron a buscar la ropa sus familiares tampoco me dijeron nada ella y mi hermana recogieron sus cosas y ella se fue ella lo dijo fue días después con sus padre y dijo que me iba a denunciar me lo dijo fue su mama no me lo dijo ella directamente, yo le dije anda denunciarme en donde sea y me presentó no tengo problemas con nadie, que me iban a denunciar por violador. Otra: por que si usted sabia que la chiqui era la pareja de sus hermano cuando estuvieron en el cuarto que ella le monto la pierna que se le insinuaron usted le siguió la corriente al decirle yo soy un hombre y sabes que eso se para por que no la respeto, por que no la hizo respetar. RESPUESTA: bueno a ella la tratábamos como de la familia ahora en relación con mi hermanó no entendíamos esa relación y de cortarla hasta ahí como usted dice ella me monto la pierna yo le dije que yo era hombre y eso se paraba ella dijo q no le importaba y eso quedo así normal. OTRA: ESTE PRIMO QUE NO RECUERDA EL NOMBRE Y AL QUE USTED DICE LA CHIQUI LE CONFESO QUE ESTABA ENAMORA D E USTE ES PRIMO DE QUIEN: RESPUESTA : es primo por que se criaron junto en la casa ,mi mama Juan y la mama de el uno le dice prima lo conocen a ellos desde chamito desde que claudio Daniel mi hermano se juntaba con el desde carajitos desde ahí uno le dicen primo son vecinos de en frente mi abuelo tenia una cochinera y ellos se la pasaba ahí le dicen el mocho no recuerdo su nombre. OTRA: A QUIEN LE CONTÓ EL QUE LA CHIQUI LE HABÍA DICHO ESO. RESPUESTA: a claudio Daniel. No más preguntas. ACTO SEGUIDO SE LE OTORGA EL DERECHO DE PALABRA A LA DEFENSA TECNICA DR. CESAR AUGUSTO HERNANDEZ, A LOS FINES DE QUE REALICE PREGUNTAS AL ACUSADO: PRIMERA: USTED SABE POR QUE ESTA AHORITA EN ESTA SALA. RESPUESTA: por la denuncia que ella me hizo de presunta violación. OTRA: USTED TENIA CONOCIMIENTO LE HABÍAN DICHO O DE ALGUNA MANERA SE ENTERO QUE LO IBAN A DENUNCIAR POR VIOLACIÓN. RESPUESTA: si cuando ella fue a la casa con sus padres. OTRA: QUE PASO EN ESE MOMENTO: RESPUESTA: ella llego con su mama y su papa pasaron al frente mi papa le saco las sillas y la mama fue la que empezó hablar de que ella me va a denunciar y mi papa le pregunta por que y sus mama dice que por violación. OTRA: CUANTO TIEMPO TIENE DETENIDO: RESPUESTA: 1 año y 4 meses. Otra. ESE DÍA QUE USTED HIZO MENCIÓN DONDE LA VICTIMA LE MONTO LA PIERNA USTED LA TOCO. RESPUESTA: no. OTRA: USTED LE HALO EL PELO CON FUERZA. RESPUESTA: no. OTRA: USTED FORCEJEO CON ELLA. RESPUESTA: en ningún momento. OTRA: USTED LA GOLPEO. RESPUESTA: jamás he golpeado a una mujer. OTRA. ESE TIEMPO DE SUS DETENCIÓN COMO LO DESCRIBE MALO BUENO DESASTROSO: respuesta: nadie quiere estar preso primera vez en mi vida que estoy preso le diría que es malo por parte de ella pero a veces dios tiene un propósito para uno lo pienso de mi manera lo digo por que si me tiene ahí estos días es por algo, por que me podría pasar en la calle un accidente que se yo, es malo por que estoy pagando algo que no hice. PALABRA A LA DEFENSA TECNICA DR. CESAR AUGUSTO HERNANDEZ, A LOS FINES DE ratifica ante este tribunal de juicio , la revisión de la medida en contra del ciudadano JUAN CARLOS SILVA URBANO ya que hasta este juicio oral y reservado no hay indicio ni prueba alguna documental testimonial o técnica que demuestre la responsabilidad del acusado ene le delito de violación continuada la defensa solicita al tribunal se le otorgue una medida menos gravosa que sea bajo presentación para que lo que queda y resta del juicio sea confrontado por el ciudadano en libertad visto que sus derechos humanos légales y persónale se han sido violentados es todo. EL TRIBUNAL SE REFIERE AL ACUSADO A LOS FINES DE QUE REALICE PREGUNTAS: PRIMERA PREGUNTA: que edad tiene actualmente. RESPUESTA: 32 años. OTRA: CUANTAS PAREJAS HA TENIDO USTED DE FORMA ESTABLE QUE HAYAN VIVIDO EN CONCUBINATO, MATRIMONIO HAYA TENIDO HIJO O NO CON ESA PERSONA: respuesta: 1 sola. Otra: EN MEDICINA LEGAL HABLAMOS DE ALGUNAS PARAFILIAS HAY DOCTRINARIOS QUIENES HACEN ALGUNAS CLASIFICACIONES COMO POR EJEMPLO TÍPICAS Y ATÍPICAS ES DECIR COMUNES O NO COMUNES PARTIENDO DE LA PREMISA DE QUE TODOS LOS SERES HUMANOS TENEMOS DESVIACIONES SEXUALES LA DIFERENCIA RADICA EN QUE LAS COMUNES ES DECIR LAS TÍPICAS SON PRACTICADAS ENTRE ADULTOS , NO CERCENAN DERECHOS A TERCEROS Y ESE ACTO QUE SE REALIZA NO ENCUADRA EN NINGÚN TIPO PENAL POR QUE INCLUSO ES TOLERADO POR LA SOCIEDAD, EXISTE UNA PARAFILIA CONOCIDA COMO VOGERISMOS ES QUE LAS PERSONAS LES GUSTA MIRAR OBSERVAR SOBRE TODO CUANDO SE REALIZA EL ACTO SEXUAL, EL TRIBUNAL LE PREGUNTA, SE CONSIDERA USTED VOYERISTA. RESPUESTA: si. OTRA: CONVENZA E ESTE JUZGADOR DE LO YA MANIFESTADO POR USTED, COMO HIZO SU PERSONA PARA QUE EN UNA SITUACIÓN DESCRITA POR SU PERSONA Y QUE SE PUEDE INFERIR QUE ES UN ACTO DE SEDUCCIÓN COMO HIZO USTED PARA NEGARSE O PARA FRENARSE, DE NO MANTENER UNA RELACIÓN SEXUAL CON LA VICTIMA. RESPUESTA: le soy sincero siempre ando con dios y yo digo que fue el que evito eso por que entro mi hermana nos vio ahí y lo que hice fue pararme, fue dios quien evito que pasara algo peor, si no hubiese pasado mi hermana hubiésemos tenido una relación como dicen tenido sexo peo no hubo nada gracias a dios. OTRA: POR QUE USTED CONSIDERA QUE LA VICTIMA DE ESTA CAUSA PROCEDIÓ A DENUNCIARLO DE TAL MANERA. RESPUESTA: no se por que lo hizo ella de verdad será por venganza por que la corrimos de la casa digo yo que puede ser por eso por que de verdad que yo no se. SEGUIDAMENTE EL TRIBUNAL PASA A DECIDIR EN CUANTO A LA SOLICITUD PALNTEADA POR LA DEFENSA TECNICA: Este tribunal pues traerá a colación la sentencia N° 1055 de fecha 31 de mayo de 2005 de la sala constitucional de criterio vinculante de la cual se desprende dentro de otras cosas “ en efecto, la solicitud de revisión de la medida de coerción personal tiene como objetivo un análisis , por parte del juez, de verificar si las causas que motivaron el decreto de las mismas, han variado” en ese sentido considera quien aquí se pronuncia que lo mas ajustado a derechos es declara SIN LUGAR la solicitud planteada por la defensa técnica el día de hoy. Máximo cuando estamos a punto pues de culminar este debate oral y reservado y con esto quiero de claro este juzgador que no esta valorando ninguna prueba judicializada por cuanto de ello se desprendería una causal de reacusación en ese sentido se advierte la necesidad de mantener la medida privativa judicial preventiva de libertad toda vez pues que se encuentran incólume los supuestos del articulo 236 de nuestro código orgánico procesal penal es todo.
Ahora bien una vez escuchado lo manifestado por la representante Fiscal y el Defensor de Confianza en este acto de no prescindir de los testigos y expertos, es por lo que se estima necesario la SUSPENSIÓN del juicio; y e n virtud a lo consagrado en el artículo 318, numeral 2, 319 y 340 del Código Orgánico Procesal Penal, instando al Fiscal del Ministerio Público, a fin de hacer comparecer a los testigos y experto al Juicio Oral y Público, se convoca a las partes presentes para el día: MARTES 28 DE JUNIO DE 2016, A LA 1:30 PM, a los fines de que tenga lugar la continuación del presente Debate Oral y Reservado.
En fecha MARTES 28 DE JUNIO DE 2016, Se constituyo el Tribunal de Juicio del Circuito Judicial Penal con Competencia en Delitos de Violencia Contra la Mujer del Estado Anzoátegui, ACTO SEGUIDO, SE DECLARA EXPRESAMENTE ABIERTO EL DEBATE ORAL Y RESERVADO ACORDANDO LA RECEPCIÓN DE LAS PRUEBAS OFERTADAS, dando cumplimiento a lo consagrado en el artículo 336 del Código Orgánico Procesal Penal. Se le solicita al Ciudadano Alguacil, sea traído a la Sala: EVA DEL MORAL DANIZ. El ciudadano juez le toma el juramento de ley y le lee el artículo 242 y 245 del Código Orgánico Procesal Penal y manifestó, ser: EXPERTO: LICDA. EVA DEL MORAL DANIZ, titular de la cedula de identidad Nº 17.178.424; de 29 años, de estado civil: casada, De profesión u oficio –psicólogo, adscrito al Equipo técnico sección penal adolescente, con 9 años de experiencia. Acto seguido el tribunal le pregunta de manera formal, lo siguiente: Conoce de vista, trato o comunicación al ciudadano JUAN CARLOS SILVA URBANO?, a lo que respondió, NO, tiene algún lazo de afinidad con alguno de ellos, quien manifestó NO, seguidamente expone: el informe psicológico de la psicóloga Isaura rojas basado en los métodos de evaluación psicológica como entrevistas, tes de la figura bajo la lluvia inventario de depresión Beck y la escala de trastorno de estrés pos traumático dieron como resultado la presencia de indicadores relacionados a estado depresivos y rasgos característicos de trastornos por estrés pos traumáticos asociados a una acción de abuso sexual a su integridad física teniendo un efecto de aislamiento temor culpa vergüenza con cambios en su apetitos y en sus hábitos del sueños. Es todo. ACTO SEGUIDO SE LE CEDE LA PALABRA AL FISCAL DEL MINISTERIO PÚBLICO, A LOS FINES DE QUE REALICE LAS PREGUSTAS: Pregunta: en que consiste la evaluación psicológica como esta concebida en este sistema? Respuesta: la evaluación psicológica consiste en el conjunto de herramientas que aplica el experto del área para evaluar el área emocional conductual intelectual socio familiar y si es de importancia en un caso evaluar el área educativa laboral esto se hace por medio de pruebas psicológicas observación directa en tes las pruebas psicológicas tenemos las pruebas cualitativas proyecctivas y las cuantitativas que son las escala de medición como en este caso especifico la escala de trastornos de estrés postraumáticos y el inventario de tes de depresión de Beck y la de trastornos pos traumáticos son pruebas cuantitativas y la prueba de tes bajo la persona bajo la lluvia es una prueba cualitativa. Pregunta: bajo que parámetros o patrón determina el experto el profesional que tipo de batería a aplicar en los casos, tomando como ejemplo este? Respuesta: deacuerdo a la expresión inicial del experto sobre la victima sobre los rasgos visibles como lo son postura corporal tono de vos contacto visual edad del paciente evaluado motivo de consulta todos estos son indicadores que permiten a un experto elegir una batería de prueba espesita por paciente. Pregunta: este tipo de batería o prueba se aplican en que tipo de hechos y en que tipos de victimas comúnmente? Respuesta: el dibujo de la persona bajo la lluvia se aplica usualmente en paciente con inteligencia promedio no se aplica en niños y Mide la personalidad del evaluado la escala de trastornos de estrés postraumáticos al igual que el inventario depresión de Beck se aplican en paciente que han tenido eventos desencadenantes de estos trastornos. Pregunta: de acuerdo a su experiencia y en razón de ese informe integral tomando en consideración el tipo de victima que se especifica en ese informe y en los hechos narrados por ella usted considera esta batería a la cual fue puesta en practica para evaluar a esta victima completa o requeriría otro tipo de prueba complementaria de tes? Respuesta: yo de verdad que considero que la colega Isaura rojas Eligio una batería de prueba psicológica completa tomando en cuenta los dos tipos de evaluación psicológicas mencionado anteriormente esto aunado a la entrevista clínica y a la discusión del equipo multidisciplinario dieron como resultado un informe bastante completo. Pregunta: deacuerdo a esa respuesta dada por la victima que dejo plasmado la psicólogo o que apreció con respecto a la personalidad y la reacción de ella a esa experiencia traumática que fue sometida a estudio? Respuesta: en cuanto a la personalidad de la victima al momento de la evaluación cuenta con características relacionadas a un estado depresivo por tristeza y desanimo recurrente perdida de interés por actividades que consideraba placenteras anteriormente y un cambio aparente que altera su área académica familiar y social presentando desesperanza y temor continuo a desesperanza es una sensación que se puede dar en el ser humano donde se siente que no hay salida del problema que se esta viviendo. Y al recordar el hecho denunciado presenta sufrimiento de malestar psicológico intenso ante cualquier estimulo que se lo recuerden mostrando esfuerzos continuos para reprimir la angustia y continuar su vida normalmente. Pregunta: estos comportamientos o estos aspectos que dio como mensaje la victima ella manifestó en algún momento el porque de ellos a que experiencia o hechos venían asociados en su vida? Respuesta: tanto en la victima como la representante legal como la conclusión del área psicológica asocian estos comportamientos al trastorno de estrés pos traumáticos y trastornos depresivos que se presenta luego del hecho denunciado. Pregunta: como determinar de manera certera que esa conducta esas características o mensaje que dio como repuesta la victima están asociados a esos hechos denunciados y no obedecen a una conducta mal criada con disgusto o reproche como venganza hacia la persona que denuncio? Respuesta: el psicólogo no se queda solamente con el relato de la victima para ello se aplican esta pruebas estandarizadas con normas de aplicación con coeficiente de confiabilidad altos para determina si un paciente miente al momento de la entrevista esto se comprueba a la veracidad con la aplicación de la batería de prueba psicológica y en esta caso la respuesta emocional de la adolescente ante los estímulos que le recuerden el evento traumático vivido son congruente con su relato lo que dice es congruente con su reacción emocional visible y con los resultados de las pruebas psicológicas. Pregunta: posibilidades de emociones fingidas o manipulación de parte de la victima con relación a esas respuesta? Respuesta: emociones fingidas e visto casos pero manipulación de la batería de prueba psicológica en pleno. Pregunta: existe una unión sana natural por llamarlo de alguna manera una conexión reciproca entre las emociones de esta victima y las batería s aplicadas? Respuesta: según el informe psicológico hay congruencia. ACTO SEGUIDO SE LE CEDE LA PALABRA A LA DEFENSA TECNICA, A LOS FINES DE QUE REALICE LAS PREGUSTAS: Pregunta: una persona enamorada si la victima del delito tipo que le practicaron el psicológico se hubiese enamorado hubiese sufrido el mismo estrés pos traumáticos con las mismas consecuencias emocionales? Respuesta: tendría que hacer una evaluación en la paciente para conocer mas lo que es el constructor del amor para saber que es amor para ella sin embargo los seres nos caracterizamos gracias a nuestra diferencias individuales dicho esto se podría decir desde el área psicológica que es posible que haya tenido las misma repuesta en trastorno pero no sucede en cien por ciento de los casos. Es Todo ACTO SEGUIDO EL TRIBUNAL TOMA LA PALABRA, A LOS FINES DE REALIZAR LAS PREGUNTAS: Pregunta: de su narrativa como interprete del informe encontró un efecto de aislamiento, temor, culpa y llama poderosamente la atención a este juzgador el ultimo de ello vergüenza ilustre a este juzgador por lo menos en dos situaciones que pudieran darse pues esos efectos distintos si los conoce por supuesto a un caso de violencia sexual? Respuesta: el conjunto de rasgo son característicos de la violencia sexual o psicológicos en el manual diagnósticos de trastornos psicológicos y psicriaticos y en Venezuela el ministerio de salud nos permite realizar diagnósticos por medio del ice-10 donde estos rasgos en conjunto se encuentran en los trastornos antes mencionados y puede ocurrir la presencia en unos de estos en el trastorno pos traumáticos. ACTO SEGUIDO SE LE CEDE LA PALABRA NUEVAMENTE AL FISCAL DEL MINISTERIO PÚBLICO, A LOS FINES DE QUE REALICE UN NUEVO PLANTEAMIENTO: Ciudadano juez esta representación fiscal quiere hacer la siguiente solicitud conforme a lo dispuesto en el art. 342 mediante el cual se faculta a la representaciones del ministerio publico querellantes defensores o incluso el mismo juez sin que con ello este ultimo incurra en subrogarse la acusación propias de las partes en el sentido de manera excepcional por las razones de hecho que de seguidas expondré se admitan como nueva prueba el testimonio de la ciudadana VIGDALIS COROMOTO CASIQUE madre de la victima directa y que deacuerdo a los datos aportados por la misma en la fase de investigación puede ser ubicada através del numero telefónico que cursa en el expediente considera este representante de la vindicta publica que si bien es cierto la misma estuvo planamente identificada desde el principio de este proceso y fue consecuente y acompañante de la victima directa en este caso que es su hija no deja de ser menos cierto que este fiscal del ministerio publico no considero oportuno en ese entonces promover a dicha ciudadana como testigo por cuanto no se veía como una persona en conocimiento de algunas circunstancia o hechos de importancia con respecto a los hechos que hoy esta siendo debatidos ante este tribunal ahora bien no es si no hasta escuchar el testimonio de la victima directa VIGDALIS COROMOTO CASIQUE e incluso hasta testigos de la defensa quienes manifestaron que esta ciudadana esta en conocimiento de ciertas circunstancias y que quedaron expuesta y en el aire en las distintas audiencias en las que fue mencionadas considerando este fiscal del ministerio publico y con apego a lo previsto en el numeral primero trece y veintidós de la ley adjetiva procesal penal relativos al debido proceso finalidad del proceso y en caso de ser acordado por este ciudadano juez la apresicioacion de este testimonio en aras de garantizar el fin ultimo en todo proceso que no es otro que la búsqueda de la verdad es importante no solo para este representante de la vindicta publica sino también para la defensa y el mismo juez determinar en que circunstancia esta ciudadana tubo conocimiento de estos hechos y que tipo de reproches o intercambios de palabras tubo con algunos familiares del hoy acusado es de allí a mi criterio la utilidad necesidad y pertinencia de este testimonio. Es todo. ACTO SEGUIDO SE LE CEDE LA PALABRA A LA DEFENSA TECNICA NUEVAMENTE DR. CESAR AUGUSTO HERNANDEZ, A LOS FINES DE SABER SI SE OPONE ONO A ESTE PLANTAMIENTO: la defensa no se opone considera que dicho testimonio es útil necesario y complementario de algunas razones de testigos que ya han declarado es todo. ACTO SEGUIDO EL TRIBUNAL TOMA LA PALABRA y declara con lugar la solicitud planteada por el representante del ministerio publico en admitir como nueva prueba la declaración de la ciudadana VIGDALIS COROMOTO CASIQUE por considerar que es útil necesaria y pertinente por las razones ya verbalizadas por la representación del ministerio publico. Es todo. Ahora bien una vez escuchado lo manifestado por la representante Fiscal y el Defensor de Confianza en este acto de no prescindir de los testigos y expertos, es por lo que se estima necesario la SUSPENSIÓN del juicio; y en virtud a lo consagrado en el artículo 318, ordinal 2°, 319 y 340 del Código Orgánico Procesal Penal, instando al Fiscal del Ministerio Público, a fin de hacer comparecer a los testigos y experto al Juicio Oral y Público, se convoca a las partes presentes para el día: MIERCOLES 06 DE JULIO DE 2016, A LA 11:30 AM.
En fecha MIERCOLES 06 DE JULIO DE 2016, Se constituyo el Tribunal de Juicio del Circuito Judicial Penal con Competencia en Delitos de Violencia Contra la Mujer del Estado Anzoátegui, Asimismo se deja constancia que se encuentra un testigo en la sala contigua a la que ocupamos, consistente: TESTIGO ODALYS MARIA RODRIGUEZ GUILARTE. ACTO SEGUIDO ESTE TRIBUNAL DECLARA ABIERTO LA RECEPCIÓN DE LAS PRUEBAS OFERTADAS, dando cumplimiento a lo consagrado en el artículo 336 del Código Orgánico Procesal Penal. Se le solicita al Ciudadano Alguacil, sea traído a la Sala la ciudadana VIGDALIS COROMOTO CASIQUE. El ciudadano juez le hace del conocimiento que su declaración se hará sin juramento por mantener un vinculo consanguíneo dentro del cuarto grado y manifestó, ser: TESTIGO: VIGDALIS COROMOTO CASIQUE venezolana, portadora de la cedula de identidad Nº V-13.163.880, edad 39 años, profesión u oficio costurera en su condición de victima indirecta, Conoce de vista trato y comunicación al ciudadano JUAN CARLOS SILVA URBANO, a lo que respondió, de vista nada mas, tiene algún lazo de afinidad con alguno de ellos, quien manifestó NO, seguidamente expone: el señor Juan Carlos es denunciado por mi hija por que abuso de ella, nosotras fuimos hasta viñedo a poner la denuncia, me dijeron que fuera a la fiscalía a preguntar por esa denuncia que se había hecho, voy a al fiscalía menor me dijeron que el expediente no había llegado, pasaron alrededor de 15 días o mas y me mandaron al CICPC, allí mi hija formulo una nueva denuncia, y bueno, eh, le tomaron las declaraciones, y de allí pasamos nuevamente a fiscalía superior, todo eso se hizo porque mi hija acusa al señor Juan Carlos silva, de abuso sexual, ella me dice que el 24 de diciembre 2013, abuso de ella por primera vez, y bueno, ella no me lo dijo en ese momento ella me lo dijo el 15 de enero, ella llego golpeada y rasguñada, llego llorando, le pregunte que había pasado, y me dijo que una prima d ella la había golpeado, ella lloraba y lloraba y le pregunte y eso fue lo que ella me dijo, al día siguiente yo no estaba conforme con lo que ella me dijo porque yo veía que lloraba mucho, luego yo le di mi teléfono y le dije que llamara a su actual pareja que era con quien ella vivía, el teléfono lo tenia en altavoz, cuando ella estaba conversando con el, escuche que el la gritaba, yo le quite el teléfono y le dije que porque el la gritaba y ella seguía llorando, el me dijo que le preguntara a el que era lo que había pasado, yo le dije que me dijera el que era lo que había pasado, el porque migdalis había llegado rasguñada y golpeada, el me dijo que no me lo iba a decir que se lo preguntara a ella, luego yo le tranque el teléfono y le dije a ella que ,e dijera que era lo que había pasado, ella se subió en una nevera que estaba allí acostada y siguió llorando, y le dije me dices la verdad por las buenas o por las malas, porque esto no puede ser así nada mas te pegaron y ya, allí ella me contó todo lo que había pasado. Cuando ella me contó todo eso fuimos hasta tabera, donde vivía con claudio en casa de la suegra de ella, allí estaba Juan Carlos el papa, claudia, cuando nosotras llegamos, allí fue donde conocí a Juan Carlos, y yo me dirigí a el, y la dije que era lo que estaba pasando, por lo que me había dicho mi hija, el se levanto de la silla, y le dijo a mi hija cuanta cosa se le atravesó, desde maldita para arriba, la insulto, y allí nosotros salimos y le dije que esas palabras que el había dicho se las iba a tragar, y el papa de el de Juan Carlos, le dijo Juan Carlos cállate, si te metiste en problemas yo no voy a meter mi mano por ti, y de allí nos retiramos. Es todo. ACTO SEGUIDO SE LE CEDE LA PALABRA AL FISCAL DEL MINISTERIO PÚBLICO, A LOS FINES DE QUE REALICE LAS PREGUSTAS: PRIMERA PREGUNTA: como empieza la relación de su hija migdalis y claudio? RESPUESTA: ella estudiaba en el liceo de araguita, cuando llevo a claudio a la casa y me lo presento como novio, y siempre iba a ala casa y me comenzaron a decir que ella iba a tabara a visitarlo, y yo le dije que no me gustaba que ella fuera a tabera, ella me dijo por que? Yo le dije por que tu no conoces a esa familia. Pero luego me dijeron que ella seguía yendo hasta tabera, y yo le dije que no fuera. OTRA: cuando usted tiene conocimiento, de que migdalis su hija y claudio, tenían ya relaciones sexuales, eran pareja, cuando se entero? RESPUESTA: ella nunca me dijo que ella llego a tener relaciones con el. PRIMERA PREGUNTA: como usted asimilo o se tomo, la relación de noviazgo de su hija migdalis y claudio? RESPUESTA: yo la acepte, como el iba a la casa y la visitaba allá.-OTRA: por que migdalis se va a vivir a la casa de claudio, como fue ese proceso? RESPUESTA: ella de repente tomo la decisión de irse y ya, después que se fue, ella me dijo que se iba porque ya ella había tenido relación con el.- PRIMERA PREGUNTA: mas o menos que tiempo transcurrió del momento en que migdalis se fue a vivir a casa de claudio y ella le comunico a usted que se había ido por tener relación con claudio? RESPUESTA: como a la semana.- OTRA: cuando migdalis se va de su casa a vivir a casa de claudio, hubo algún tipo de pelea entre usted y ella, quedaron molestas por esa decisión? RESPUESTA: no quede molesta con ella, ni tuvimos ningún conflicto, lo que le dije fue que había tomado una mala decisión porque ella estaba estudiando, y la deje tranquila.- PRIMERA PREGUNTA: con que frecuencia después que migdalis se va a vivir a la casa de claudio, ustedes se comunicaban? RESPUESTA: ella subía para el hatico los fines de semana, y hablábamos por teléfono.- OTRA: el día que migdalis se va para la casa de claudio a vivir, a usted la llego a llamar o la llego a visitar la madre de claudio, para saber porque usted había permitido el porque migdalis se había ido a vivir a su casa.RESPUESTA: la señora Juana si me llamo, y repregunto, yo le dije, señora yo no se,. Ella tomo esa decisión. PRIMERA PREGUNTA: que hay de cierto, en que usted, voto a migdalis de su casa por la relación que tenia ella con claudio, por supuestamente estar embarazada? RESPUESTA: no en ningún momento la vote de mi casa.- OTRA: supo usted, que migdalis supuestamente manifestó, en casa de claudio, a la mama de este y a su familia, que se había ido a vivir para allá, porque estaba embarazada, y al usted enterarse la boto por eso, porque usted no podía aceptar que ella estuviera embarazada, y no tener una relación normal, como dios manda. RESPUESTA: no nunca escuche que estaba embarazada, no supe nada de eso y porque la iva a correr, nunca me entere de algo así. OTRA: después que migdalis vuelve a su casa, de que manera exactamente usted se entera de que Juan Carlos había abusado de ella, trate de recordar como usted se entero de todo esto? RESPUESTA: como ya dije ella me lo dijo ese 16 de enero del 2014, ella me lo dijo a mi porque prácticamente yo la obligue a que me lo dijera, por la manera en que ella lloraba, que no era normal, y allí ella me contó todo lo que le había sucedido. PRIMERA PREGUNTA: puede usted ser mas especifica con respecto a todo lo que le sucedió? RESPUESTA: ella me dijo que lo que le había sucedido, que Juan Carlos había abusado de ella, yo le pregunte que si había sido ese día antes o cuando había sido, ella me dijo que fue el 24 de diciembre, en el día, que la suegra había salido a comprar unos ingredientes para las hallacas, y ella estaba lavando, cuando Juan Carlos se le acerco, en el cuarto de la señora Juana, y allí el la zumbó en la cama se le monto encima, ella dice que con el, peso d e el la estaba como asfixiando, ella me contó que el hacia a besarla, y ella lo mordió en el labio, ella me dice que tenia un pantaloncito corto d esos que estiran, y el no le quito el pantalón sino que se lo quito por una de la mangas del pantalón, ella gritaba pero el le tapo la boca, después de hacer lo que el hizo ella se fue corriendo para el baño, y allí cuando ella se encerró en el baño, el y que comenzó a tocarle la puerta y decirle que no dijera nada, y que la amenazaba fue lo que ella me dijo, yo le pregunté que porque ella no se fue para la casa y me contó, ella me dijo que no podía, no sabia como hacerlo, no sabia como decirme lo que le había pasado, y no me dijo tampoco que habían sido varias veces, en ese momento no me lo dijo, yo me entere de que habían sido varias veces, cuando ella puso la denuncia en el CICPC. OTRA: usted es casada tiene pareja, y su pareja es el padre biológico de migdalis? RESPUESTA: si. OTRA: como se llama su esposo? RESPUESTA: ANEL GARCÍA ATAGUA. PRIMERA PREGUNTA: por que en todo este proceso, desde el momento en que se inicio, su esposo no a sido visto, no las a acompañado, no exigió a que se hiciera justicia, por a estado como ajeno a todo esto? RESPUESTA: en ese entonces cuando sucedió eso, el no estaba aquí en Anzoátegui, estaba trabajando en caracas, el venia siempre pero el trabajo finalizo el año pasado, y el vino con ella aquí, dos veces nada mas, por que como siempre estaba trabajando. OTRA: usted dice que termino el trabajo el año pasado? RESPUESTA: terminó allá y continuo aquí.- PREGUNTA: cuando usted fue a la casa de la señora Juana, a reclamar lo que había pasado con migdalis, quienes estaban allí presente, que recuerde usted, quienes escucharon la conversación? Respuesta: estaba Juan Carlos, claudio, el papa de claudio, y una hermana de claudio, migdalis y el papa de migdalis. PREGUNTA: como fue esa conversación que hubo allí, de parte de ustedes, quien hablo de ustedes, a quien le reclamo, profiliero amenazas, como fue? RESPUESTA: yo hable primero con Juan Carlos, si el estaba alterado, por lo que mi hija me había dicho, hay fue cuando yo le dije que era lo que había pasado con migdalis que ella lo acusaba, Juan Carlos se levanto de la silla rápidamente, y le dijo a mi hija que era una mentirosa, allí comenzaron los insultos de parte de el, de Juan Carlos, mi esposo le dijo que el era un hombre de pocas palabras, y si había que ir a la ley, entonces íbamos a poner la denuncia, el se lo dijo clamadamente, yo si le dije a Juan Carlos, que se iba a tragar sus palabras, y de allí nos fuimos. PRIMERA PREGUNTA: llego a intervenir algún familiar de Juan Carlos? RESPUESTA: no. OTRA: ya para retirarse llegaron a decirle algo, algunos de ellos los familiares de Juan Carlos? RESPUESTA: cuando íbamos saliendo de la casa Juan Carlos dijo insultos, eso fue todo.- PRIMERA PREGUNTA: después que ponen esa denuncia se inicia el proceso de investigación, citaciones, incluso ya estado detenido, se presento alguna situación de conflictividad entre la familia de Juan Carlos y la de usted, de alguna situación, que allá tenido conocimiento usted? RESPUESTA: si comenzaron los conflictos cuado detuvieron a Juan Carlos.- OTRA: podría especificar, que tipos de conflictos y con quien? RESPUESTA un día la amenazaron en el liceo, por ARELIS ANTOIMA, y carlina creo que se llama la hermana de Juan Carlos, me entere porque me mandaron algunos mensajes, que a migdalis la querían agredir en el liceo de araguita, con un cuchillo, así me dijeron, después ella dice que estaba en el mercado de P.L.C , y dos mujeres la andaban buscando, lo supe porque me lo dijo un señor que tiene una camioneta que trabaja en el mercado, ella se tubo que ir de allí asustada porque a ella la andaban buscando, otro día esta en un conjunto que había en el hatico, estaba con mi hijo mayor, y allí llego un muchacho que no recuerdo el nombre en estos momentos, y le dijo que tenia que hablar con ella, pero que se fuera con el hacia una parte que estaba oscura, ella le dijo que no, que lo que le iba a decir que se lo dijera allí, el le dijo a ella que quitara la denuncia porque no respondía de lo que le pasara a ella, por que Juan Carlos era su primo, en otra oportunidad, la señora esposa de Juan Carlos, fue hasta el hatico, buscando a migdalis, pero ella llego en el sector de arriba no llego donde nosotras vivimos y encontró a una de mis sobrinas, y le dijo que la buscara porque ella iva a reventarla, mi sobrina le dijo que porque buscaba a migdalis, que problema tenia ella con migdalis, y ella le dijo que migdalis era una mentirosa y ella había hecho que metieran preso a su esposo, pero mi sobrina que no sabia lo que estaba pasando, le dijo que se fuera del hatico, por que ella no tenia porque buscar a migdalis así allí, y en otra ocasión la señora Indira, se monto en una camioneta de sacar pasajero hacia el hatico, y iba preguntando por ella en la camioneta donde iba mi hija, pero Indira no la conocía, y le pregunto a una chica que iba en la camioneta si ella conocía a migdalis, que ella la andaba buscando para golpearla y cada vez que la encuentran todavía le dicen cosas, la insultan, etc.- PRIMERA PREGUNTA: tiene usted conocimiento si por alguna de esas situaciones de amenazas y persecuciones, a habido alguna otra investigación o proceso penal, en contra de algunas de esas persona? RESPUESTA: si se hizo una denuncia, por la amenaza en el liceo. OTRA: actualmente cual es la situación de migdalis, como lleva esto? RESPUESTA: se lo a tomado agresivamente, se a vuelto muy agresiva.- PRIMERA PREGUNTA: usted conoce a FRANCISCO JOSE RODRIGUES REYES? RESPUESTA: no.-OTRA: cuantos novios antes de claudio usted le conoció a migdalis? RESPUESTA uno solo.- PRIMERA PREGUNTA: recuerda el nombre de el? RESPUESTA: no recuerdo. OTRA: cuantas veces, antes de que migdalis iniciara su relación con claudio, ella llego a mentirle? RESPUESTA: en realidad nunca.- PRIMERA PREGUNTA: migdalis en ocasiones, o de manera constante, a tratado de manipularla a usted, a su papa.- RESPUESTA: no nunca.-OTRA: díganos como era la personalidad, el comportamiento de migdalis después de irse para donde Juan Carlos? RESPUESTA para mi era alegre, y de salir no así de llegar de madrugada nunca se lo llegue a permitir, una vez me pidió permiso para donde una amiga a una fiesta en tabera, pero de llegar borracha de salir y llegar de madrugada , no se lo e permitido.- PRIMERA PREGUNTA: en el tiempo en que ella estuvo viviendo en la casa de claudio, usted se entero de que ella salía, que fuera al río que salía a fiesta con la familia de claudio, que la Allan visto bailando? RESPUESTA: no nunca me han dicho nada de esto, si me dijeron una vez, que fue a una fiesta con la señora Juana a donde una tía de claudio en puerto la cruz pero no recuerdo como se llama exactamente.-OTRA: migdalis es extrovertida, coqueta usted la vio coqueteándole a alguien o se vestía muy insinuante? RESPUESTA: insinuante no, siempre uso faldas, blusas muy tapadas, así se vestía antes de irse para donde claudio, iba a la iglesia en ese entonces.-- PRIMERA PREGUNTA: su hija migdalis llego en algún momento ya sabido todo esto, si antes de haber tenido relaciones con claudio, llego a estar con algún otro hombre? RESPUESTA: yo le pregunte y me dijo que con el único que había tenido relación había sido con claudio.- OTRA: llego a comentarle sobre que en algún momento ella llego a pensar o a sospechar de que estaba embrazada de claudio en algún momento. RESPUESTA: no nunca me dijo nada de esto. PRIMERA PREGUNTA: usted al inicio de su exposición, cuando hace referencia a la manera de cómo logro sacarle la información a migdalis, usted dice que le presto su teléfono y ella corvesaba con claudio y tenia el altavoz activado, y que el la insultaba y la trataba muy mal, que recuerda usted exactamente de lo que el le decía? RESPUESTA: le decía, que porque ella había inventado eso de su hermano, y ella le decía que no era mentira lo que ella esta diciendo, y le decía que por favor le creyera que el le estaba diciendo la verdad, y el le decía que no le creía la verdad, y el le decía que no le creía.- es todo. ACTO SEGUIDO SE LE CEDE LA PALABRA A LA DEFENSA TECNICA, CESAR AUGUSTO HERNANDEZ, A LOS FINES DE QUE REALICE LAS PREGUSTAS: PRIMERA PREGUNTA: porque en ese momento migdalis, le cuenta de una sola vez y no le cuenta de las otras veces que Juan Carlos abuso de ella? RESPUESTA: cuando yo me entere en el CICPC, por la declaración que ella dio, que había sido varias veces, yo le pregunte a ella por que no me lo había dicho, y me dijo que no podía decírmelo. OTRA: si nunca le permitió a migdalis, amanecer en fiestas o llegar borracha a su casa, porque con 17 años le permitió irse a vivir con su novio de la manera como lo hizo? RESPUESTA: yo no se lo permití, ella solita se fue sin que yo lo supiera.- PRIMERA PREGUNTA: usted sabia señora, que cuando migdalis se fue a la casa de claudio, este ya no esta allí? RESPUESTA: no sabia que el no estaba allí. OTRA: usted acaba de decir que mientras migdalis vivía donde la señora Juana, se comunicaban vía telefónica y que migdalis subía hasta el hatico, por que usted nunca bajo donde la señora Juana a ver la situación de su hija? RESPUESTA: simplemente no me ocupe de eso, como ella después de que ella se fue no se ocupo de eso.- PRIMERA PREGUNTA: quien inscribe a migdalis para que comenzara a cursar 5to año de bachillerato, y quien le compraba todo lo que necesitaba, ropa, útiles, etc.- RESPUESTA: yo la inscribí, y el papa se ocupo de lo demás.- OTRA: porque no fue a buscar a su hija a la casa de la señora Juana, si no vivía con claudio, si claudio no pernotaba allí, estaba en guasipati? RESPUESTA: primero porque no sabia que el no estaba allí, y cuando ya finalizaban las clases le dije que se fuera para mi casa, si claudio se había ido si me dijo después que claudio se había ido, yo le dije vente para la casa, por que ya las clases ya habían terminado, el fin de año, ella me dijo, mami lo que pasa es que yo, ayudo a la señora Juana, a lavar, a cocinar, la ayudo en la casa por que ella trabaja.- PRIMERA PREGUNTA: en ese sentido, de sus palabras, visto que claudio no estaba, migdalis prefirió estar donde la señora Juana quedarse con la señora Juana, que estar en casa con usted? RESPUESTA: por lo visto si prefirió quedarse con la señora Juana.- OTRA: cuando migdalis se va de su casa, para usted como madre, quien se fue la niña, o la mujer? RESPUESTA: para mi se fue la niña, porque era una niña.- PRIMERA PREGUNTA: usted cree que Juan Carlos silva, abuso sexualmente, de su hija, esta cien por ciento convencida de eso? OBJECION: la defensa esta formulando una interrogante a la testigo, utilizando en el buen sentido de la palabra, la religión, o creencia en dios, que practica la testigo, lo cual constituye una dificultad, pues de llevarse el testigo de lo estrictamente religioso, pudiera caer la misma, en un reproche interno, pues dice, el señor en sus palabra, que no debemos juzgar para ser juzgado, aunado a ello, la testigo, tiene una condición de referencial, no esta deponiendo en condición de experto y que si pudiese determinar con certeza, si el acusado en relación de algún resultado técnico-científico, estuvo en el sitio o si fue autor del hecho, otra seria la situación si la interrogante versara sobre si ella esta convencida, o siente que su hija le a dicho la verdad, porque incluso y lo a manifestado acá en todo su relato, ni siquiera puede tener una percepción de que tipo de persona es el acusado por tanto no lo conocía sino hasta el día que fue a hacer el reclamo, por lo que su hija le había dicho que este le había hecho.- EL TRIBUNAL DECLARA CON LUGAR LA OBJECION PLANTEADA POR LA REPRESENTACION FISCAL, PORQUE CIERTAMENTE EN LOS TERMINOS PLANTEADOS, LA PREGUNTA A CRITERIO DE QUIEN AQUÍ SE PRONUNCIA ES CAPCIOSA,.- LA DEFENSA PIDE DERECHO A REPLICA PARA ACLARAR, no estoy condenando a la testigo, por cuanto mi pregunta no la subsume en hechos relativos al pecado, del abuso sexual, directamente a ella, somos todos discípulos de cristo, portadores de su energía y de su palabra.- PRIMERA PREGUNTA: tiene usted como madre la percepción según lo que hablo con su hija migdalis ese día cuando se entero, y que posterior se entera en el CICPC, de que migdalis este, o le haya dicho a usted la verdad sobre el abuso sexual del cual denuncio a Juan Carlos silva.- RESPUESTA: por como me lo dijo y por cuantas veces se lo pregunte, porque no estoy ni para juzgar ni para acusar, pero con todo el corazón de madre, yo si le creí a mi hija.- OTRA: cuanto tiempo paso desde que migdalis se fue a vivir donde la señora Juana, hasta el momento o el día, en que usted le dijo, las clases terminaron, vente para la casa? RESPUESTA: la verdad no recuerdo.- PRIMERA PREGUNTA: que grado esta cursando migdalis cuando ella le dijo eso, cuarto o quinto año? RESPUESTA: ya estaba cursando el 5to año.- OTRA: cuando a usted le dijo eso ya estaban terminando las clases? RESPUESTA: si ya habían terminado.- PRIMERA PREGUNTA: ella se gradúo de bachiller en que año? RESPUESTA: 2014 OTRA: es decir en julio 2014? RESPUESTA: no recuerdo.- Es Todo ACTO SEGUIDO EL TRIBUNAL NO VA A REALIZAR PREGUNTAS. SEGUIDAMENTE EL TRIBUNAL CEDE LA PALABRA A LA REPRESENTANTE FISCAL A LOS FINES DE QUE EXPONGA EN RELACIÓN A TESTIGOS Y EXPERTOS: Ciudadano Juez el Ministerio Público solicita se cite a los testigos y expertos, por lo que solicito se convoque a una nueva oportunidad, y a quien me comprometo a coadyuvar a la convocatoria del mismo y por cuanto no se encuentra presente órganos prueba solicito que se suspenda el presente debate, para realizar las citaciones correspondientes. Es todo”. Seguidamente los Defensores de Confianza manifiestan estar de acuerdo con la solicitud fiscal y se fije otra oportunidad. Es todo”. Ahora bien una vez escuchado lo manifestado por la representante Fiscal y el Defensor de Confianza en este acto de no prescindir de los testigos y expertos, es por lo que se estima necesario la SUSPENSIÓN del juicio; y en virtud a lo consagrado en el artículo 318, ordinal 2°, 319 y 340 del Código Orgánico Procesal Penal, instando al Fiscal del Ministerio Público, a fin de hacer comparecer a los testigos y experto al Juicio Oral y Público, se convoca a las partes presentes para el día: MIERCOLES 13 DE JULIO DE 2016, A LA 09:30 AM.
En fecha MIERCOLES 13 DE JULIO DE 2016, Se constituyo el Tribunal de Juicio del Circuito Judicial Penal con Competencia en Delitos de Violencia Contra la Mujer del Estado Anzoátegui, DECLARANDO EXPRESAMENTE ABIERTO EL DEBATE ORAL Y RESERVADO ACTO SEGUIDO, SE DECLARA EXPRESAMENTE ABIERTO LA RECEPCION DE LAS PRUEBAS OFERTADAS, dando cumplimiento a lo consagrado en el artículo 336 del Código Orgánico Procesal Penal. Haciendo el conocimiento este juzgador que aun falta por evacuar las testimoniales de DECLARANDO EXPRESAMENTE ABIERTO EL DEBATE ORAL Y RESERVADO ACTO SEGUIDO, SE DECLARA EXPRESAMNENTE ABIERTO LA RECEPCION DE LAS PRUEBAS OFERTADAS, dando cumplimiento a lo consagrado en el artículo 336 del Código Orgánico Procesal Penal. Se le solicita al Ciudadano Alguacil, sea traído a la Sala al EXPERTO: DETECTIVE JEAN PEREZ, manifestando el Alguacil que no se encuentran presentes. Se hace constar que el Ministerio Público no prescinde de la testimonial. Se le solicita al Ciudadano Alguacil, sea traído a la Sala al TESTIGO: JOSE ENRRIQUE GUERRA manifestando el Alguacil que no se encuentran presentes. Se hace constar que el Ministerio Público no prescinde de la testimonial. Se solicita al alguacil sea traído a la Sala al TESTIGO: NARCISO JOSE GEVAR manifestando el Alguacil que no se encuentran presentes. Se hace constar que el Ministerio Público no prescinde de la testimonial. Se solicita al alguacil sea traído a la Sala al TESTIGO: JOSE CAMPO manifestando el Alguacil que no se encuentran presentes. Se hace constar que el Ministerio Público no prescinde de la testimonial. Se le solicita al Ciudadano Alguacil, sea traído a la Sala al TESTIGO: TERESA DE JESUS GAMES VARGAS manifestando el Alguacil que no se encuentran presentes. Se hace constar que el Ministerio Público no prescinde de la testimonial. ACTO SEGUIDO SE LE CONCEDE EL DERECHO DE PALABRA A LA REPRESENTAION FISCAL PARA QUE HAGA PRONUNCIAMIENTO DE LAS MISMAS expuso: esta representación fiscal prescinde de tales medios probatorios. ACTO SEGUIDO SE LE CONCEDE EL DERECHO DE PALABRA A LA DEFENSA TECNICA PARA QUE HAGA PRONUNCIAMIENTO DE LAS MISMAS expuso: esta defensa prescinde de tales medio probatorios. EN CONCECUENCIA SE CIERRA LA RECEPCION DE LAS PRUEBAS. ACTO SEGUIDO SE LE CEDE LA PALABRA AL FISCAL DEL MINISTERIO PÚBLICO, A LOS FINES DE QUE HAGA SUS CONCLUSIONES. Una vez concluido la etapa de evacuación de pruebas y ya estando en las conclusiones sobre los aspectos jurídicos que dieron resultados en este juicio esta representación fiscal pasa a dar sus conclusiones en los siguientes términos, este proceso penal que quedo signado bajo la nomenclatura bp01-s-2014-358 y contra del hoy acusado JUAN CARLOS SILVA se retrotrae en unos hechos que fueron denunciados en fecha 30/01/2014 por ante el cicp sub delegación Barcelona denuncia esta interpuesta por la victima por la adolescente migdalia garcia quien manifestó entre otras cosas ante el funcionario receptor de dicha denuncia que los hechos en los que ella considera a sido victima ocurrieron en una vivienda de un sector la quinta itabera via naricual en el asa d la señora Juana urbano donde se encontraba ivindo la victima desde aproximadamente desde el mes de octubre del 2013 toda vez que ella tenia una relación amorosa con el ciudadano claudio silva urbano hijo de la señora Juana y que producto e esa relación por un retraso menstrual ella pensó o creyó que haber quedado embarazada por lo que se presento en dicha vivienda y le manifestó a la señora Juana que ella no podía quedarse en su casa ya que estaba embarazada riendo el caso que el ciudadano claudio silva se había ido a estudiar y a trabajar al estado bolivar la señora Juana urbano acepto a la victima y la acogió en su asa siguen en su narración la victima indicando que por el corto tiempo que llego a vivir en dicha vivienda llego a tener una relación muy cordial afectiva de respeto y cariño con la señora juana hurbano que de hecho siempre la llego a tratar con mucha consideración y ella lego a prestarle mucho apoyo a la señora Juana e lo quehaceres del hogar y así mismo llego a tener una relación no tan afectuosa como con la señora Juana pero si de tolerancia y respeto con el resto de la familia no indo hasta el mes de diciembre cuando empieza su sufrimiento, especifica incluso que la violencia y los traumas que padeció se circunscriben a hechos que ocurrieron los días 24, 27 y 29 de diciembre de ese año 2013 e incluso india que la ultima vez fue el primero de enero de 2014. hechos estos que consistieron en ejercer de manera violenta hacia su persona un acto sexual no deseado siendo constreñida y violentada para ser consumado lo que le ocasiono de manera indudable una afectación psicológica como suele ocurrir en estos tipos de hechos y que como autor de dichos hechos o opciones señalo en ese momento de la denuncia como en todos el proceso que se inicio antes el órgano jurisdiccional al hoy acusado JUAN CARLOS SILVA como autor y responsable de los hechos e incluso a pesar de haber sido declarada en la modalidad de prueba anticipada y que este representante fiscal considero necesario traer nuevamente a la victima ante el juez de juicio a los fines de que todos apreciáramos en razón del principio de inmediación su testimonio su verdad de los hechos que la misma fuera interrogada para así tener una visión o apreciación verdaderamente real de los hechos que ella manifiesta y expuso n su denuncia logrando obtener como resultado que la misma fuese conteste y mantuviese esos señalamientos y de manera consecuente en cuanto a la autoria por parte del ciudadano juan carlos silva, ciudadano juez en fecha 20 de enero dimos inicio a este juicio escuchando por su puesto como lo dispone la norma los términos en que este representante legal entablo la acusación fiscal así como también se pudo escuchar los argumentos y técnicas de defensa del defensor de confianza como también tuvimos la oportunidad de que escuchar del testimonio del acusado una vez impuesto este del precepto constitucional institución esta, de la cual hizo uso conforme a derecho SINDO interrogado ante por mi persona como l defensor de confianza, ya abierto el debate iniciado por lógica jurídica la etapa de evacuaron de medios probatorios dentro de las fechas fijadas para la continuación se fue convocado a las partes para el dia 27 de enero de 2016, momento en el cual se hizo lectura a una documental la cual consistió en la cedula de identidad para posteriormente en una nueva fecha convocada 10 de fecha de 2016, tuvimos la oportunidad de escuchar el testimonio de la victima, un testimonio cargado y a pesar de haber trascurrido mas años. Luego de haber ocurrido los hechos ese temor se sufrimiento ese dolor y vergüenza que padeció la victima al momento de ocurrido los hechos aun persistían al momento de escucha r de nuevo su declaración en a pesar d haber sido sometida a situaciones de acoso amenaza por parte del familiares del acusado en reiteraras oportunidades tuvo la humildad el sentimiento de agradecimiento aun hacia la ciudadana Juana urbano a quien siguió reconociendo como una buna mujer y que siempre la trato con consideración incluso como una hija mas manifestó también que ya en el mes de enero de 2014. viviendo ya en la casa de su madre no podía evitar el metimiento de culpa el sufrimiento que la hogaba en pena siendo su madre migdalis testigo de esa situación n lo que en reiterares oportunidades su madre migdalis le pedía explicaciones del por que de sus llantos del por que de su sufrimiento no es hasta cuando su madre la señora migdalis escucha una conversación telefónica entre su hija migdalis y claudio silva quien era su pareja y hermano del hoy acusado cuando la señora migdalis entra en cuenta o en conocimiento de que su hija había sido victima de una violencia sexual y psicológica por parte de juan carlos silva urbano el acusado, y quien es hermano de claudio silva posteriormente en fecha 17 de febrero comparecieron por antes esta sala de juicio, los testigo francisco jose reyes y Ignacio guache siendo mas relevante el testimonio del ciudadano francisco jose Rodríguez reyes pues digo que fue mas relevante, por cuanto manifestó que supuestamente la victima migdalis garcia en momentos que se encontraba en el rio le confeso a este que se sentía confundida que al parecer gustaba de otra persona que no sabia que hacer a lo q uste le respondió que ese no era su problema y que no tenia que por que contarle que eso no era problema de el, posteriormente en fecha 24 de febrero de 2016 tuvimos la oportunidad de escuchar l testimonio de Juana reyes, quien es la madre del hoy acusado y que por su puesto, vino abogar por el mismo mas sin embargo hay algunos aspecto que considere importante como el hecho de que manifestara que los motivos por los cuales se ve confiada aceptar a migdalia su casa padeció a dos circunstancias especiales una de ellas que la adolescente le manifestó que estaba embarazada de su hijo claudio y que el otro aspecto relevante era el hecho de que la madre de la victima es decir la señora migdalia había corrido su hija de la casa, justamente por ese embarazo que la señora Juana llego a llamar por teléfono a la señora migdalia pidiendole que enteriera la situación que no era correcto la decisión de votar a su hija a lo que le contesto la señora migdalis que ya eso no era problema de ella y que si su hijo claudio se comió el cambur que también se comiera la concha, luego continuamos con los testimonios de la defensa del dia 24 de marzo de 2016 ese día se escucho el testimonio de la ciudadana arelys del carmen Antoita quien es cuñada del hoy acusado y que por su puesto también vino abogar por el, sin llegar a narrar ninguna situación de hecho o derecho relevante que pudiera desvirtuar la acusación fiscal en contra del acusado mas allá que de sus señalamientos había a unas conducta inapropiada por parte de la victima migdalis por pasársela en el rio acompañada en el ro con puros hombres y otras situaciones de reclamos que tanto ella como otras mueres del entorno familiar del acusado le reclamaba a la señora Juana por las consideraciones y el trato especial que esta le daba a la adolescente migdalis garcia pero, a una pregunta en concierta realizada por este representante de la testigo que consistió si tenia conocimiento sobre que la victima hubiese estado teniendo relaciones sexuales emborrachándose con oros hombres manifestó que no que solo no l parcial que tuviese saliendo para el río y que debía estar mas e su casa es decir donde la señora Juana ya que todo munda sabia que ra la mujer de claudio en fecha 8 de marzo depuso ante esta sala Ariana cabrera quien es la esposa del acusado obviamente bogando por el mismo y comienza en lo que considera este representante de la fiscalia a pretender desprestigiar la presencia de la victima atribuyéndole ciertas conductas inapropiadas como si supiéramos ante un juicio de reproche o cuestionamiento hacia la victima no siendo nada de esto relevante pero si el hecho de que este testigo allá puesto palabras o hecho en la boca o el testimonio del testigo francisco Rodríguez que como ya explique indio declamación el 17 d febrero de 2016 y fue tajante ya al final de su declaración e afirmar que cuando la victima le manifestó que se encontraba confundida desde el punto de vista sentimental por que l gustaba otra persona este fue enfático n decirle que no tenia nada que contarle a l, y que esa no era su problema en ningún momento de su exposición manifestó este testigo q el le haya confiando algún miembro de la familia del acusado o al acusado que la victima, gustaba de ora persona mas aun cuando manifestó esta testigo que en una reunión por llamarlo de alguna manera que se suscito el testigo francisco reyes allá desmentido a la víctima migdalia exponiéndola ante todos los demás y echándole en cara que ella le había contado no que le gustara otra persona si no algo mas directo que esta persona era el hoy acusado continuamos el 21 de marzo momento e el cual se evacuo la constancia de residenciamientras el 29 de marzo as actas de buena conducta y el 12 de abril las firmas de los habitantes del sector donde vive el acusado como soporte de que es una persona apreciada en el sector y de buen comportamiento y el 25 de abril se escucho el testimonio de la testigo carmen Pérez y a laura cova, quienes son aligados a la familia por supuesto abogando por el hoy acusado. Posteriormente llegamos al testimonio de claudio silva quien otras cosas reconoció que efectivamente tuvo una relacion sentimental con la victima que tuvieron e varias oportunidades relaciones sexuales pero en diferencia a lo manifestado por su cuñadas a repuesta hechas por esta representación fiscal, describió a la victima como una muchacha alegre que l gustaba bailar le gustaba la fiesta pero nunca llego a observar un comportamiento inapropiado que sintiera una ofensa a su honor de hombre que la conducta de migdalis lo haya expuesto antes los demás que jamás llego a percibir que le fuera infiel también hizo mención que su hermano juan carlos silva la confronto refiriéndonos a migdalis refiriéndonos al testigo francisco a quien supuestamente también le dijo que migdalis le había manifestado que gustaba de el escuchamos también otros testimonios que en realidad no aportan nada en el sentido de desvirtuar los hechos por los cuales es acusado juan carlos silva para caer en lo que fue la deposición de la psicólogo experto va de morales quien si bien es cierto no podía afirmar su apreciación cuanto al lenguaje corporal de la victima al momento de ser evaluado pues no fu el experto que la evalúo pero si pudimos apreciar la confiabilidad o seguridad de los resultados de esa evaluación psicológica indicadnos dicha experto entre otras cosas que por las circunstancia particulares del hecho y el tipo de victima que fue evaluada la batería d evaluaron a su criterio es la mas completa e idónea que sus resultados son confiables y no sujetos a manipulaciones, era imposible o poco viable que la victima hubiese fingido y al mismo tiempo lograr manipular esos resultados que son este tipo de pacientes y en relación a los hechos que vivió pudiese llegar a fingir algún mensaje alguna señar incluso hasta fantasear pero jamás puedes lograr como conclusión un resultado distinto al que corresponde en relación de la batería y los test aplicados, y que aunque ella no fue quien la evalúo. Es evidente que por las conclusiones de dicha evaluaron el lenguaje corporal que se percibió en la victima se corresponde con los resultados que dio através de la batería aplicada esto también indico es producto de que los mensajes que trasmite la persona evaluada no son programado o no pueden ser evaluados controlados toda vez que vienen en gran parte del sub. conciente que pudiera darse el aso, de que esos resultados fueran manipulados solo e este caso que la victima fuese una psicólogo y conocida de la materia que no es el caso, finalmente a los medios de testigos considero esta representación fiscal necesario traer a la representante de la victima migdali quien efectiva fu convocada por el ciudadano juez y ya estando aquí en el tribunal su testimonio no se diferencio nada a lo que habia expuesto su hija migdalis en condición de victima esto en cuanto a las circunstancias que su hija retorno a su casa es decir bajo un estado depresivo de tristeza y que por mas ella trato de ocultar a su madre, su madre no se convencía de que no pasaba nada o que su conducta se decía a una situación de conflicto de pareja su corazón le decía que algo mas le había pasado a su hija y que no fue si no hasta la conversación telefónica que escucho entre ella y claudio que entra en conocimiento de lo que verdaderamente estaba ocurriendo es cuado deciden tanto ella como su esposo y victima ir hasta la casa de la familia silva urbano. Donde tiene unas palabras de confrontación con el hoy acusado quien fu agresivo y no verbal profiriéndoles groserías y otras palabra ofensivas, a lo que ella solo le reputo que lo que su hija le había contado era verdad de que este la había abusado sexualmente el tendría que pagarlas. a preguntas formuladas por la fiscalía, respondió que ella no conocía a juan carlos silva si no hasta ese dia , que incluso en el intercambio de palabras en unas de esas oportunidades que este estaba dirigiendo de manera grosera hacia la señora migdalia su propio padre le dijo qu se cayara. Pero las preguntas mas interesantes y mas aun la respuesta que dio la testigo se trato cuando se le insto a contestar sobre las circunstancias por las cuales ella permitió o bajo que circunstancia se fue su hija de su casa a lo que indico que esa fue una decisión que tomo su hija y que aunque ella no tuvo de acuerdo la respeto que en ningún momento ella corrió a su hija de la casa, es mas jamás llego a tener conocimiento de que ella se hubiese ido por presumir estar embarazada de esas circunstancia o situación esta entrando en inociemitno ese mismo día que rindió declaración a este juez y que jamás estuvo desconectada o ajena a la responsabilidad de madre con su hija como tampoco lo hizo su padre siguieron apoyándola en cuanto sus estudios como también aprovecho la oportunidad para denunciar o hacer del conocimiento al tribunal de por lo menos cuatros situaciones de violencia de persecución y amenaza de las que ha sido su hija por parte de los familiares de juan arlos silva incluso hasta el momento de rendir declaración persistía esa situación testimonio este que por supuesto se contra pone a todo lo dicho o manifestado en parte por los testimonios dados por la señora juana familiares y algunos testigos promovidos por la defensa y a favor del acusado, el exigió y le pidió el abogado defensor que dijera ante este tribunal con el corazón si ella consideraba que juan arlos silva era responsable de los hechos por los cuales lo señalaba su hija migdalia a lo que esta le manifesto que apesar de su religión y que no esta llamada a juzgar desde su coraon de madre y como ser humano ella creia e su hija y esta segura de que lo que ella denuncio y por lo que hace responsable al acusado asi ocurrio en este sentido ciudadano valiendo eso un análisis de cada una de la exposiciones y apreciación de toda la comunidad de prueba evacuada ante toda la parte desde el inicio del presente jucio hasta este momento considera quien aquí expone que esta plenamente demostrado la culpabilidad del acusado por lo que solicito conforme a derecho el mismo sea declarado culpable y sea sentenciado a la pena que diera lugar. ACTO SEGUIDO SE LE CEDE LA PALABRA A LA DEFENSA TECNICA, CESAR AUGUSTO HERNANDEZ, doctor la defensa le solicita a este tribunal que establezca una nueva oportunidad para establecer las conclusiones por cuanto desde e punto de vista físico anímico no estoy en capacidad para hacerlo hoy dejando en cuenta que traj todo el material para hacerlo pero vengo llegando de maturín, y quiero hacer un buen funcionamiento. Y que usted escoja un día. SEGUIDAMENTE EL TRIBUNAL LE CONCEDE EL DERECHO DE PALABRA AL REPRESENTANTE DEL MINISTERIO PUBLICO A LOS FINES SI TIENE ALGUNA OBJECION el cual expone no, la vindicta publica no tiene alguna objeción. Ahora bien una vez escuchado lo manifestado por la representante Fiscal y el Defensor de Confianza est tribunal acuerda SUSPENDER del juicio; y e n virtud a lo consagrado en el artículo 318, numeral 2, 319 y 340 del Código Orgánico Procesal Penal, instando al Fiscal del Ministerio Público, a fin de hacer comparecer a los testigos y experto al Juicio Oral y Público, se convoca a las partes presentes para el día: JUEVES 14 DE JULIO DE 2016, A LA 10:30 AM

En fecha JUEVES 14 DE JULIO DE 2016, Se constituyo el Tribunal de Juicio del Circuito Judicial Penal con Competencia en Delitos de Violencia Contra la Mujer del Estado Anzoátegui como Tribunal Profesional, Acto seguido pasa el ciudadano juez a advertir a las partes sobre la importancia del debate oral y, asimismo realizar un breve recuento de los acontecimientos de la audiencia en la que se dio inicio al debate oral y reservado 20/01/2016. SEGUIDAMENTE EL CIUDADANO JUEZ DECLARA EXPRESAMENTE ABIERTO EL DEBATE ORAL Y RESERVADO. ACTO SEGUIDO EL TRIBUNAL LE CEDE LA PALABRA A LOS DR. CESAR AUGUSTO HERNANDEZ A LOS FINES DE EXPONGA SUS CONCLUSIONES.
ACTO SEGUIDO SE LE CEDE EL DERECHO DE PALABRA AL REPRESENTANTE DEL MINISTERIO PÚBLICO, A LOS FINES DE QUE EJERZA EL DERECHO A REPLICA:
ACTO SEGUIDO SE LE CEDE EL DERECHO DE PALABRA AL DEFENSOR DE CONFIANZA DR. CESAR AUGUSTO HERNANDEZ, A LOS FINES DE QUE EJERZA EL DERECHO A REPLICA.
ACTO SEGUIDO EN VIRTUD DE NO ENCONTRARSE PRESENTE LA VICTIMA, SE DIRIGE AL ACUSADO.
ACTO SEGUIDO EL CIUDADANO JUEZ TOMA LA PALABRA A LOS FINES DE IMPONER AL ACUSADO JUAN CARLOS SILVA URBANO, del Precepto Constitucional previsto en el artículo 49 numeral 5 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y del contenido de los artículos 133 y 134 ambos del Código Orgánico Procesal Penal. Y le pregunta si desea agregar algo, manifestando el mismo que: si, “le digo que solo dios sabe quien dice la verdad y el juzgara porque por la verdad seremos libres eso es todo”.
SE DECLARA EL CIERRE DEL DEBATE ORAL Y RESERVADO DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 343 DEL CÓDIGO ORGÁNICO PROCESAL PENAL.
IV
DETERMINACIÓN PRECISA Y CIRCUNSTANCIADA DE LOS HECHOS QUE EL TRIBUNAL ESTIMA ACREDITADOS.

Presenciado por este juzgador el juicio oral y reservado, a tenor de lo previsto en el artículo 110 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, se impone proceder al análisis del acervo probatorio evacuado
en la aludida audiencia, conforme a las reglas de los artículos 83 de la mencionada ley, artículo 8, numeral 3 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, haciendo la debida comparación y concordancia de la integridad de los medios aportados al proceso en la audiencia respectiva, conforme a las reglas de la lógica, los conocimientos científicos y las máximas de experiencia o experiencia común, en tal sentido tenemos que quedó suficientemente acreditado los hechos siguientes:

“…yo me quede sola en l casa, yo me quede sola en la casa y ella dejo su cuarto abierto y e televisor prendido, yo me metí para en el cuarto apagar e televisor, el hijo de ella estaba afuera trabajando cosas de mecánica, yo me había quedado, de repente yo lo veo el que entra en el cuarto el me agarro por los brazos, y me tiro en la cama, y e se me monto encima, me estaba asfixiando con el peso, yo le decía que no me hiciera nada y le daba y le daba y entonces el abuso de mi, luego el después que me hizo eso yo Sali corriendo, y me metí en un cuarto pero ese cuarto no tenia puerta y me amenaza que no dijera nada, que no le dijera nada ami mama ni a nadie, luego me metí y me encerré en el baño, el reamenazo con hacerle algo ami mama, yo no dije nada, luego el siguió abusando Demi, me daba miedo, y si fuera por mi yo un acá le hubiese dicho nada a mi mama yo no quería que nada malo les pasara a mi mama, mi mama se entero de eso, porque el hermano de el, y mi mama me escucho hablando por teléfono, y ella me dijo que había pasado, y ella me pregunto quien te violo, Migdalis dime …”
Tales hechos han quedado demostrados con las pruebas que a continuación pasa a valorar este Tribunal en la forma siguiente:

VICTIMA: MIGDALIS DEL CARMEN GARCIA CASIQUE, acto seguido el tribunal el tribunal le pregunta formalmente si tiene algún parentesco o afinidad: no ninguno, tiene Amistad o enemistad manifiesta: no. Seguidamente expone: El 24/12 yo estaba e la casa de la señora Juana yo estaba lavando tenia la radio prendida pero como ella había salido para Naricual yo me quede sola en l casa, yo me quede sola en la casa y ella dejo su cuarto abierto y e televisor prendido, yo me metí para en el cuarto apagar e televisor, el hijo de ella estaba afuera trabajando cosas de mecánica, yo me había quedado, de repente yo lo veo el que entra en el cuarto el me agarro por los brazos, y me tiro en la cama, y e se me monto encima, me estaba asfixiando con el peso, yo le decía que no me hiciera nada y le daba y le daba y entonces el abuso de mi, luego el después que me hizo eso yo Sali corriendo, y me metí en un cuarto pero ese cuarto no tenia puerta y me amenaza que no dijera nada, que no le dijera nada ami mama ni a nadie, luego me metí y me encerré en el baño, el reamenazo con hacerle algo ami mama, yo no dije nada, luego el siguió abusando Demi, me daba miedo, y si fuera por mi yo un acá le hubiese dicho nada a mi mama yo no quería que nada malo les pasara a mi mama, mi mama se entero de eso, porque el hermano de el, y mi mama me escucho hablando por teléfono, y ella me dijo que había pasado, y ella me pregunto quien te violo, Migdalis dime, y como ella me dijo que me iba a pegar y yo le dije todo, y luego fuimos para la casa de la señora Juana, y el no quería salir. El le dijo a mi mama y le dijo a mi mama que yo era una regalada, que yo fui la que quiso empezó a maldecir, y luego mi papa dijo eso se va a arreglar por la lay, fuimos a poner la denuncia hasta guamachito, y como no nos atendieron nos fuimos al viñedo, después que e me violo, yo le había dicho a la familia, ellos me dijeron que no le dijera nada a mi mas, luego Arelis Antoita ella me golpeo, en una oportunidad que fui a liceo, me rompió la boca, me aruño, y me mordió, me decía que yo estaba poniendo en contra a su hermano Juan Carlos en contra, me decía la señora Juana que no le dijera nada a m mama, si es por mi yo no hubiera dicho nada, y eso no lo había nadie, eso lo sabe mi mama papa y mas nadie, luego la ultima declaración que di, la muchacha la mujer de Juan Carlos, y una prima le dijo que mejor se fuera, que ella habia inventado cosa que ella se la pasa por el puerto, el año pasado la mujer de Juan Carlos fue al liceo a buscar las notas, mira para acá había venido a buscar tus notas, y ella me dejo como una mentirosa, me dejaron luego con subdirectora, y les explique quien era ella, y ella dijo si le doy las notas me meto en problemas. La hermana de Juan Carlos silva, cuando yo le conste esa broma, el la otra vez estaba atacando a una cuñada, y luego me agarraron y me dijeron que no dijera nada, yo no puedo salir porque ellos me amenazan, mi mama me conseja que debo continuar, que debo salir para adelante, soy de ajos recursos pero voy a estudiar. Ellos también aquí ellos comienzan a decir cosas a uno, por eso nos sentamos lejos, la señora Juana dice bueno aquí va a correr la sangre, ellos cada vez que nosotras pasamos comienzan a decir cosas. Es todo. Quien a preguntas respondió: Una: En el inicio de la declaro haces referencia a una persona de que te había violado, que había abusado de ti, a quien te refieres?. Respuesta: a Juan Carlos Silva. Otra: que tiempo tienes conociéndolo, quien es el, como lo conociste?. Respuesta: el es hermano de claudio silva que el era mi concubino, solamente lo conocí porque vivía en esa casa pero no se trataban. Otra: que tiempo estuviste viviendo en esa casa?. Respuesta: cuatro meses. Otra: donde esta claudio?. Respuesta: no se, desde ese problema y me fui para mi casa y tengo tiempo que no lo veo a el. Otra: cuando eso ocurrió donde estaba claudio?. Respuesta: el n (SIC) estaba allí estaba para San Félix. Otra: que hacia el para San Félix?. Respuesta: estaba trabajando, la mama (SIC) decía que el iba a ver, que iba a venir, y regreso fue en enero. Otra: que tiempo tuviste allí en esa casa sin la compañía de claudio?. Respuesta: tres meses, como yo había tenido relaciones, la mama (SIC) me decía que el iba a venir, y regreso fue en enero, por el pasaje. Otra: porque te quedaste viviendo allí si el no estaba, porque no te fuiste para tu casa?. Respuesta: yo me quedaba porque el iba venir, yo reocupada (SIC) de hacer las cosas de la casa. Otra: háblame de l primera vez que el abuso de ti, y donde?. Respuesta: fue en el cuarto de su mama, esa mañana, allí no había nadie, el estaba en el taller, yo estaba lavando, y el cuarto, estaba el cuarto de la señora, habían carteras, por aquí, había un escaparate, un televisor, ese cuarto tenia puerta, yo tenia un pantalón corto licra, estaba parada viendo la televisión, el entro y me empujo e (SIC) la cama, y el me agarro y se me tiro encima, el agarro y no se, me estaba abriendo las piernas, el me metió la pierna de el, y el se agarro y el abuso Demi, eso fue rápido, eso algo rápido y cuando el me soltó yo sali corriendo, y Sali pata (SIC) otro cuarto y luego me encerré en el baño el me amenaza. Otra: que recuerdas, de sus partes intimas, si tenia bellos, si tenia cicatriz?. Respuesta: no pude describir a da porque el solo me puse (SIC) pantalón de lado, yo no vinada (SIC) yo no podía hace nada, yo Salí corriendo cuando el me soltó, y el me amenazo. Y el siguió abusando de mi. Otra: Cuantas veces mas abuso de ti?. Respuesta: tres veces. Otra: como hacia?. Respuesta: el nunca me quitaba la ropa, la ultima vez no me quitaba la ropa, el ponía mi ropa Intima aun lado. Otra: ninguna de esas veces no te percataste de nada en sus partes íntimas?. Respuesta: no. Otra: la ultima vez de haber ocurrido eso, cuando te fuiste para tucas?. Respuesta: después que yo termine de lavar me fui para el asa, el 25 me fui para la casa Demi mama, y yo regrese porque yo tena que cuidar la casa de la señora Juana, el 25/12 mi mama me dijo que por eso no salía. Otra: Por que usted no se lo comunico a sus familiares?. Respuesta: no sabia que decirle a mi mama, no quería decir lo que había pasado, si me hubiese ido de allí quizás no sigue pasando, yo nunca pensé decir nada. Otra: en tu declararon de prueba anticipada, dijiste que te seguían, dejaste de estudias?. Respuesta: deje de ir al curso de farmacia, en el puerto en funda . Otra: los estudios de bachillerato los habías terminado?. Respuesta: si yo empecé el curso en marzo, y como ellas me empezaron a seguir, yo no sabia que habían detenido a Juan Carlos, y trabajaba para paga e curso, luego no pude ir por que ellas me andaban buscando en el mercado con cuchillos, y por eso. Otra: hacías referencia al curso de enfermería?. Respuesta: si al curso de enfermería que estaba haciendo en el 2014. Otra: que hablaste tu con claudio de todo esto?. Respuesta: el no creía en nada, yo quería sacar eso, yo se lo conté, y ellos me dijeron que no le dijera nada a mi mama, y en realidad no le dije nada, ella descubrió porque me escucho hablando por teléfono con claudio. Otra: cuando estabas estudiando bachillerato ya le había abusado de ti?. Respuesta: si estaba empezando 5 año. Otra: a pesar de las amenazas que el te hizo, tu salías para tu liceo y hacías todo normal?. Respuesta: baje las notas. Otra: siempre me iba con un grupo, nunca me iba sola, como ellos iban 7 que estudiaban de allí y conmigo 8, nos íbamos 11. Cesaron las preguntas.(…) Una: diga cuantas veces fue violada y los días en que fue violada por cuanto los expresa en la prueba anticipada, en la denuncia y ante la denuncia ante el Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas ?. Respuesta: cuatro veces, solo recuerdo la fecha del 24 y las otras no se que fecha. Otra: diga si el ciudadano Juan Carlos silva utilizo la violencia la primera vez que presumiblemente abuso de usted, si la agredió?. Respuesta: el no me agredió solo forcejeo. Otra: diga en que parte la agarro, la sostuvo o forcejeo el ciudadano Juan Carlos Silva, cuando la vilo por primera vez?. Respuesta: con el peso fue que me sostuvo, me agarro con las manos, me agarro por las manos para que no le diera golpes, pero el como que ni sentía. Otra: diga la victima como estaba vestida cuando fue violada por primera vez?. Respuesta: pantalón corto de licra y una camisa de manguitas. Otra: diga la victima si el ciudadano Juan Carlos Silva se desnudo para poderla violar?. Respuesta: no. Otra: diga la victima si el ciudadana Juan Carlos silva la desnudo a ella para poderla violar?. Respuesta: no me desnudo. Otra: diga la victima si se percato en el momento que Juan Carlos Silva la penetro?.Respuesta: yo no vi solo sentí, y me dolió porque ya tenia meses que no tenia relaciones. Otra: diga la victima si el ciudadano Juan Carlos Silva le tapo la cara para el momento que usted dice que la violo?. Respuesta: no. Otra: diga la victima de que material estaba hecho el chor y si también cargaba blumer?. Respuesta: era una licra corta, estaba un poco ancha, si tenía blumer. Otra: diga la victima que tipo de blumer tenia, tanga , cachetero, hilo dental?. Respuesta: tanga. Otra: diga la victima donde recibió la entrada del año 2014, donde estuvo el 31/12/2013?. Respuesta: en la casa de mi mama. Otra: diga la victima, que día regreso a la casa de ciudadano Claudio Silva?. Respuesta: el 02 de enero. Otra: diga la victima donde fue y que hizo el 24/12 /2013 en la noche ?. Respuesta: ese día me quede en la casa de la señora Juana, como yo la estaba ayudando a hacer las hayacas, como allí hicieron una reunión luego nos fuimos a acostar. Otra: diga la victima donde estuvo el 27/12/2013, en el día y en la noche?. Respuesta: que recuerde o Salí para ningún lado, estaba donde la señora Juana, yo me la pasaba allí. Otra: Diga la victima si la primea vez que el ciudadano Juan Carlos silva la violo se encintraba bajo los efectos de la droga o de alcohol?. Respuesta: de verdad que no se, no se había tomado, no se, pero una persona para hacer eso, bueno no se. Otra: diga la victima como hizo el ciudadano Juan Carlos silva para penetrarla si ella forcejeaba y mantenía lucha para que el no la tomara?. Respuesta: bueno el es un hombre y tiene mas fuerza que yo, y solo con su peso, y bueno ese hombre encima de mi y así gordito tu me dirás. Otra: diga la victima en que año se gradúo de bachiller?. Respuesta: en el 2014. Otra: que mes fue ?. Respuesta: en e mes de agosto. Otra: diga la victima si después de los actos aberrante cometidos contra ella, como lo es el acto de violación, si continuo teniendo relación con su pareja claudio silva?. Respuesta: si mantuve, en enero cuando el llego, no recuerdo la fecha .Otra: diga la victima que día se fue de el asa de la mama de claudio silva ?. Respuesta: no recuerdo la fecha. Cesaron las preguntas.(…) una: su llegada ala asa de la madre de claudio silva fue de Motus propio, es decir usted decidió ir para allá, o por el contrario fue una decisión de ambos, o fue una decisión de tus padres quienes te conminaron a mudarte para allá?. Respuesta: cuando ella descubrió que teníamos relaciones sexuales, el me dijo que tenia que irme con el, y yo hable con claudio y el me dijo que me fuera para la casa de sus mama, y el para ese tiempo me estaba haciendo una hematológica porque no me venia el periodo, pero el siempre me decía que venia, que veía, pero no fueron mis padres los que me obligaron. Otra: claudio silva fue tu primor novio?. Respuesta: no, había tenido uno anteriormente, el era el segundo. Otra: como consideras tu esa realmente esa unión con claudio silva, si te amaba, si quería tener una familia?. Respuesta: en verdad no me quería, que su mama decía que el era muy joven para tener una pareja, ella si no estaba de acuerdo ella me tenia que decir, si ella lo mando para San Félix para que no viniera, si ella me dice eso yo me voy para mi casa. Cesaron las preguntas.
Este juzgador le da pleno valor probatorio al testimonio rendido por la Victima, quien de manera certera, lógica y coherente narro a este tribunal las circunstancias de modo, lugar y tiempo que dan cuenta de la ocurrencia de los hechos y de la conducta desplegada por el acusado al momento de cometer el hecho punible; al aprovechar que la victima se encontraba en el lugar donde ocurrieron los hechos, generando la convicción en este juzgador sobre la veracidad de los hechos aportados de acuerdo a los criterios de valoración, al verificarse que el testimonio se encuentra acompañado de lo que en doctrina se conoce como “corroboraciones periféricas” al encontrarse avalado por circunstancias externas, vale decir, por las narraciones efectuadas por el testigo referencial (VIGDALIS COROMOTO CACIQUE), quienes se ajustan a una línea uniforme en cuanto al dicho de la cual se extrae una base sólida y homogénea, denotándose la presencia de la credibilidad que al testimonio le otorgan los especialistas y experto (EVA DEL MORAL, JOSE MANUEL GUZMAN BOLIVAR y TAMARA DEL CARMEN GONZALEZ GUTIERREZ) que comparecieron al debate, denotándose igualmente persistencia en la incriminación al analizar el dicho de la víctima, no solo en Audiencia Oral y Reservada sino también a través del Acta de Entrevista en calidad de Prueba anticipada y adminicularlo con la deposición de los testigos anteriormente enunciados y demás expertos y cuyas deposiciones serán valorados en líneas siguientes, teniendo en consecuencia virtualidad el testimonio de la víctima por lo que se le otorga pleno valor probatorio.

EXPERTO EVA DEL MORAL DANIZ titular de la cedula de identidad Nº 17.178.424; de 29 años, de estado civil: casada, De profesión u oficio –psicólogo, adscrito al Equipo técnico sección penal adolescente, con 9 años de experiencia. Acto seguido el tribunal le pregunta de manera formal, lo siguiente: Conoce de vista, trato o comunicación al ciudadano JUAN CARLOS SILVA URBANO?, a lo que respondió, NO, tiene algún lazo de afinidad con alguno de ellos, quien manifestó NO, seguidamente expone: el informe psicológico de la psicóloga Isaura rojas basado en los métodos de evaluación psicológica como entrevistas, tes de la figura bajo la lluvia inventario de depresión Beck y la escala de trastorno de estrés pos traumático dieron como resultado la presencia de indicadores relacionados a estado depresivos y rasgos característicos de trastornos por estrés pos traumáticos asociados a una acción de abuso sexual a su integridad física teniendo un efecto de aislamiento temor culpa vergüenza con cambios en su apetitos y en sus hábitos del sueños. Es todo. Quien a preguntas respondió: Pregunta: en que consiste la evaluación psicológica como esta concebida en este sistema? Respuesta: la evaluación psicológica consiste en el conjunto de herramientas que aplica el experto del área para evaluar el área emocional conductual intelectual socio familiar y si es de importancia en un caso evaluar el área educativa laboral esto se hace por medio de pruebas psicológicas observación directa en tes las pruebas psicológicas tenemos las pruebas cualitativas proyecctivas y las cuantitativas que son las escala de medición como en este caso especifico la escala de trastornos de estrés postraumáticos y el inventario de tes de depresión de Beck y la de trastornos pos traumáticos son pruebas cuantitativas y la prueba de tes bajo la persona bajo la lluvia es una prueba cualitativa. Pregunta: bajo que parámetros o patrón determina el experto el profesional que tipo de batería a aplicar en los casos, tomando como ejemplo este? Respuesta: deacuerdo a la expresión inicial del experto sobre la victima sobre los rasgos visibles como lo son postura corporal tono de vos contacto visual edad del paciente evaluado motivo de consulta todos estos son indicadores que permiten a un experto elegir una batería de prueba espesita por paciente. Pregunta: este tipo de batería o prueba se aplican en que tipo de hechos y en que tipos de victimas comúnmente? Respuesta: el dibujo de la persona bajo la lluvia se aplica usualmente en paciente con inteligencia promedio no se aplica en niños y Mide la personalidad del evaluado la escala de trastornos de estrés postraumáticos al igual que el inventario depresión de Beck se aplican en paciente que han tenido eventos desencadenantes de estos trastornos. Pregunta: de acuerdo a su experiencia y en razón de ese informe integral tomando en consideración el tipo de victima que se especifica en ese informe y en los hechos narrados por ella usted considera esta batería a la cual fue puesta en practica para evaluar a esta victima completa o requeriría otro tipo de prueba complementaria de tes? Respuesta: yo de verdad que considero que la colega Isaura rojas Eligio una batería de prueba psicológica completa tomando en cuenta los dos tipos de evaluación psicológicas mencionado anteriormente esto aunado a la entrevista clínica y a la discusión del equipo multidisciplinario dieron como resultado un informe bastante completo. Pregunta: deacuerdo a esa respuesta dada por la victima que dejo plasmado la psicólogo o que apreció con respecto a la personalidad y la reacción de ella a esa experiencia traumática que fue sometida a estudio? Respuesta: en cuanto a la personalidad de la victima al momento de la evaluación cuenta con características relacionadas a un estado depresivo por tristeza y desanimo recurrente perdida de interés por actividades que consideraba placenteras anteriormente y un cambio aparente que altera su área académica familiar y social presentando desesperanza y temor continuo a desesperanza es una sensación que se puede dar en el ser humano donde se siente que no hay salida del problema que se esta viviendo. Y al recordar el hecho denunciado presenta sufrimiento de malestar psicológico intenso ante cualquier estimulo que se lo recuerden mostrando esfuerzos continuos para reprimir la angustia y continuar su vida normalmente. Pregunta: estos comportamientos o estos aspectos que dio como mensaje la victima ella manifestó en algún momento el porque de ellos a que experiencia o hechos venían asociados en su vida? Respuesta: tanto en la victima como la representante legal como la conclusión del área psicológica asocian estos comportamientos al trastorno de estrés pos traumáticos y trastornos depresivos que se presenta luego del hecho denunciado. Pregunta: como determinar de manera certera que esa conducta esas características o mensaje que dio como repuesta la victima están asociados a esos hechos denunciados y no obedecen a una conducta mal criada con disgusto o reproche como venganza hacia la persona que denuncio? Respuesta: el psicólogo no se queda solamente con el relato de la victima para ello se aplican esta pruebas estandarizadas con normas de aplicación con coeficiente de confiabilidad altos para determina si un paciente miente al momento de la entrevista esto se comprueba a la veracidad con la aplicación de la batería de prueba psicológica y en esta caso la respuesta emocional de la adolescente ante los estímulos que le recuerden el evento traumático vivido son congruente con su relato lo que dice es congruente con su reacción emocional visible y con los resultados de las pruebas psicológicas. Pregunta: posibilidades de emociones fingidas o manipulación de parte de la victima con relación a esas respuesta? Respuesta: emociones fingidas e visto casos pero manipulación de la batería de prueba psicológica en pleno. Pregunta: existe una unión sana natural por llamarlo de alguna manera una conexión reciproca entre las emociones de esta victima y las batería s aplicadas? Respuesta: según el informe psicológico hay congruencia.(…) Pregunta: una persona enamorada si la victima del delito tipo que le practicaron el psicológico se hubiese enamorado hubiese sufrido el mismo estrés pos traumáticos con las mismas consecuencias emocionales? Respuesta: tendría que hacer una evaluación en la paciente para conocer mas lo que es el constructor del amor para saber que es amor para ella sin embargo los seres nos caracterizamos gracias a nuestra diferencias individuales dicho esto se podría decir desde el área psicológica que es posible que haya tenido las misma repuesta en trastorno pero no sucede en cien por ciento de los casos.(…) Pregunta: de su narrativa como interprete del informe encontró un efecto de aislamiento, temor, culpa y llama poderosamente la atención a este juzgador el ultimo de ello vergüenza ilustre a este juzgador por lo menos en dos situaciones que pudieran darse pues esos efectos distintos si los conoce por supuesto a un caso de violencia sexual? Respuesta: el conjunto de rasgo son característicos de la violencia sexual o psicológicos en el manual diagnósticos de trastornos psicológicos y psicriaticos y en Venezuela el ministerio de salud nos permite realizar diagnósticos por medio del ice-10 donde estos rasgos en conjunto se encuentran en los trastornos antes mencionados y puede ocurrir la presencia en unos de estos en el trastorno pos traumáticos.
La presente documental es valorada por este tribunal de acuerdo a los criterios de valoración contenidos en el artículo 22 del Código Orgánico Procesal Penal, al haber sido incorporada al debate con total apego a las disposiciones contenidas en la norma, teniendo plena validez por ser considera una prueba de carácter autónomo que se basta por sí misma y al haber comparecido al juicio oral como experto sustituto verificándose la total congruencia entre los fundamentos alegados en el debate y las conclusiones de la Experto; creando la convicción en este juzgador sobre la certeza del contenido de la misma, prueba está con la cual se demostró a través conocimientos científicos el nexo causal entre la conducta desplegada por el acusado y el resultado dañoso que ocasiono ese accionar en la victima, concluyendo la experto que reacción depresiva , ansiedad generalizada y estrés post traumático existiendo consonancia entre los hallazgos explanados y las conclusiones arribadas por la experto TAMARA GONZALEZ GUTIERREZ.

TESTIGO: VIGDALIS COROMOTO CASIQUE venezolana, portadora de la cedula de identidad Nº V- 13.163.880, edad 39 años, profesión u oficio costurera en su condición de victima indirecta: Conoce de vista, trato o comunicación al ciudadano JUAN CARLOS SILVA URBANO?, a lo que respondió, NO, de vista nada mas, tiene algún lazo de afinidad con alguno de ellos, quien manifestó NO, seguidamente expone. “ el señor Juan Carlos es denunciado por mi hija por que abuso de ella, nosotras fuimos hasta viñedo a poner la denuncia, me dijeron que fuera a la fiscalía a preguntar por esa denuncia que se había hecho, voy a al fiscalía menor me dijeron que el expediente no había llegado, pasaron alrededor de 15 días o mas y me mandaron al CICPC, allí mi hija formulo una nueva denuncia, y bueno, eh, le tomaron las declaraciones, y de allí pasamos nuevamente a fiscalía superior, todo eso se hizo porque mi hija acusa al señor Juan Carlos silva, de abuso sexual, ella me dice que el 24 de diciembre 2013, abuso de ella por primera vez, y bueno, ella no me lo dijo en ese momento ella me lo dijo el 15 de enero, ella llego golpeada y rasguñada, llego llorando, le pregunte que había pasado, y me dijo que una prima d ella la había golpeado, ella lloraba y lloraba y le pregunte y eso fue lo que ella me dijo, al día siguiente yo no estaba conforme con lo que ella me dijo porque yo veía que lloraba mucho, luego yo le di mi teléfono y le dije que llamara a su actual pareja que era con quien ella vivía, el teléfono lo tenia en altavoz, cuando ella estaba conversando con el, escuche que el la gritaba, yo le quite el teléfono y le dije que porque el la gritaba y ella seguía llorando, el me dijo que le preguntara a el que era lo que había pasado, yo le dije que me dijera el que era lo que había pasado, el porque migdalis había llegado rasguñada y golpeada, el me dijo que no me lo iba a decir que se lo preguntara a ella, luego yo le tranque el teléfono y le dije a ella que ,e dijera que era lo que había pasado, ella se subió en una nevera que estaba allí acostada y siguió llorando, y le dije me dices la verdad por las buenas o por las malas, porque esto no puede ser así nada mas te pegaron y ya, allí ella me contó todo lo que había pasado. Cuando ella me contó todo eso fuimos hasta tabera, donde vivía con claudio en casa de la suegra de ella, allí estaba Juan Carlos el papa, claudia, cuando nosotras llegamos, allí fue donde conocí a Juan Carlos, y yo me dirigí a el, y la dije que era lo que estaba pasando, por lo que me había dicho mi hija, el se levanto de la silla, y le dijo a mi hija cuanta cosa se le atravesó, desde maldita para arriba, la insulto, y allí nosotros salimos y le dije que esas palabras que el había dicho se las iba a tragar, y el papa de el de Juan Carlos, le dijo Juan Carlos cállate, si te metiste en problemas yo no voy a meter mi mano por ti, y de allí nos retiramos. Es todo. Quien a preguntas respondió: PRIMERA PREGUNTA: como empieza la relación de su hija migdalis y claudio? RESPUESTA: ella estudiaba en el liceo de araguita, cuando llevo a claudio a la casa y me lo presento como novio, y siempre iba a ala casa y me comenzaron a decir que ella iba a tabara a visitarlo, y yo le dije que no me gustaba que ella fuera a tabera, ella me dijo por que? Yo le dije por que tu no conoces a esa familia. Pero luego me dijeron que ella seguía yendo hasta tabera, y yo le dije que no fuera. OTRA: cuando usted tiene conocimiento, de que migdalis su hija y claudio, tenían ya relaciones sexuales, eran pareja, cuando se entero? RESPUESTA: ella nunca me dijo que ella llego a tener relaciones con el. PRIMERA PREGUNTA: como usted asimilo o se tomo, la relación de noviazgo de su hija migdalis y claudio? RESPUESTA: yo la acepte, como el iba a la casa y la visitaba allá.-OTRA: por que migdalis se va a vivir a la casa de claudio, como fue ese proceso? RESPUESTA: ella de repente tomo la decisión de irse y ya, después que se fue, ella me dijo que se iba porque ya ella había tenido relación con el.- PRIMERA PREGUNTA: mas o menos que tiempo transcurrió del momento en que migdalis se fue a vivir a casa de claudio y ella le comunico a usted que se había ido por tener relación con claudio? RESPUESTA: como a la semana.- OTRA: cuando migdalis se va de su casa a vivir a casa de claudio, hubo algún tipo de pelea entre usted y ella, quedaron molestas por esa decisión? RESPUESTA: no quede molesta con ella, ni tuvimos ningún conflicto, lo que le dije fue que había tomado una mala decisión porque ella estaba estudiando, y la deje tranquila.- PRIMERA PREGUNTA: con que frecuencia después que migdalis se va a vivir a la casa de claudio, ustedes se comunicaban? RESPUESTA: ella subía para el hatico los fines de semana, y hablábamos por teléfono.- OTRA: el día que migdalis se va para la casa de claudio a vivir, a usted la llego a llamar o la llego a visitar la madre de claudio, para saber porque usted había permitido el porque migdalis se había ido a vivir a su casa. RESPUESTA: la señora Juana si me llamo, y repregunto, yo le dije, señora yo no se,. Ella tomo esa decisión. PRIMERA PREGUNTA: que hay de cierto, en que usted, voto a migdalis de su casa por la relación que tenia ella con claudio, por supuestamente estar embarazada? RESPUESTA: no en ningún momento la vote de mi casa.- OTRA: supo usted, que migdalis supuestamente manifestó, en casa de claudio, a la mama de este y a su familia, que se había ido a vivir para allá, porque estaba embarazada, y al usted enterarse la boto por eso, porque usted no podía aceptar que ella estuviera embarazada, y no tener una relación normal, como dios manda. RESPUESTA: no nunca escuche que estaba embarazada, no supe nada de eso y porque la iva a correr, nunca me entere de algo así. OTRA: después que migdalis vuelve a su casa, de que manera exactamente usted se entera de que Juan Carlos había abusado de ella, trate de recordar como usted se entero de todo esto? RESPUESTA: como ya dije ella me lo dijo ese 16 de enero del 2014, ella me lo dijo a mi porque prácticamente yo la obligue a que me lo dijera, por la manera en que ella lloraba, que no era normal, y allí ella me contó todo lo que le había sucedido. PRIMERA PREGUNTA: puede usted ser mas especifica con respecto a todo lo que le sucedió? RESPUESTA: ella me dijo que lo que le había sucedido, que Juan Carlos había abusado de ella, yo le pregunte que si había sido ese día antes o cuando había sido, ella me dijo que fue el 24 de diciembre, en el día, que la suegra había salido a comprar unos ingredientes para las hallacas, y ella estaba lavando, cuando Juan Carlos se le acerco, en el cuarto de la señora Juana, y allí el la zumbó en la cama se le monto encima, ella dice que con el, peso d e el la estaba como asfixiando, ella me contó que el hacia a besarla, y ella lo mordió en el labio, ella me dice que tenia un pantaloncito corto d esos que estiran, y el no le quito el pantalón sino que se lo quito por una de la mangas del pantalón, ella gritaba pero el le tapo la boca, después de hacer lo que el hizo ella se fue corriendo para el baño, y allí cuando ella se encerró en el baño, el y que comenzó a tocarle la puerta y decirle que no dijera nada, y que la amenazaba fue lo que ella me dijo, yo le pregunté que porque ella no se fue para la casa y me contó, ella me dijo que no podía, no sabia como hacerlo, no sabia como decirme lo que le había pasado, y no me dijo tampoco que habían sido varias veces, en ese momento no me lo dijo, yo me entere de que habían sido varias veces, cuando ella puso la denuncia en el CICPC. OTRA: usted es casada tiene pareja, y su pareja es el padre biológico de migdalis? RESPUESTA: si. OTRA: como se llama su esposo? RESPUESTA: ANEL GARCÍA ATAGUA. PRIMERA PREGUNTA: por que en todo este proceso, desde el momento en que se inicio, su esposo no a sido visto, no las a acompañado, no exigió a que se hiciera justicia, por a estado como ajeno a todo esto? RESPUESTA: en ese entonces cuando sucedió eso, el no estaba aquí en Anzoátegui, estaba trabajando en caracas, el venia siempre pero el trabajo finalizo el año pasado, y el vino con ella aquí, dos veces nada mas, por que como siempre estaba trabajando. OTRA: usted dice que termino el trabajo el año pasado? RESPUESTA: terminó allá y continuo aquí.- PREGUNTA: cuando usted fue a la casa de la señora Juana, a reclamar lo que había pasado con migdalis, quienes estaban allí presente, que recuerde usted, quienes escucharon la conversación? Respuesta: estaba Juan Carlos, claudio, el papa de claudio, y una hermana de claudio, migdalis y el papa de migdalis. PREGUNTA: como fue esa conversación que hubo allí, de parte de ustedes, quien hablo de ustedes, a quien le reclamo, profiliero amenazas, como fue? RESPUESTA: yo hable primero con Juan Carlos, si el estaba alterado, por lo que mi hija me había dicho, hay fue cuando yo le dije que era lo que había pasado con migdalis que ella lo acusaba, Juan Carlos se levanto de la silla rápidamente, y le dijo a mi hija que era una mentirosa, allí comenzaron los insultos de parte de el, de Juan Carlos, mi esposo le dijo que el era un hombre de pocas palabras, y si había que ir a la ley, entonces íbamos a poner la denuncia, el se lo dijo clamadamente, yo si le dije a Juan Carlos, que se iba a tragar sus palabras, y de allí nos fuimos. PRIMERA PREGUNTA: llego a intervenir algún familiar de Juan Carlos? RESPUESTA: no. OTRA: ya para retirarse llegaron a decirle algo, algunos de ellos los familiares de Juan Carlos? RESPUESTA: cuando íbamos saliendo de la casa Juan Carlos dijo insultos, eso fue todo.- PRIMERA PREGUNTA: después que ponen esa denuncia se inicia el proceso de investigación, citaciones, incluso ya estado detenido, se presento alguna situación de conflictividad entre la familia de Juan Carlos y la de usted, de alguna situación, que allá tenido conocimiento usted? RESPUESTA: si comenzaron los conflictos cuado detuvieron a Juan Carlos.- OTRA: podría especificar, que tipos de conflictos y con quien? RESPUESTA un día la amenazaron en el liceo, por ARELIS ANTOIMA, y carlina creo que se llama la hermana de Juan Carlos, me entere porque me mandaron algunos mensajes, que a migdalis la querían agredir en el liceo de araguita, con un cuchillo, así me dijeron, después ella dice que estaba en el mercado de P.L.C , y dos mujeres la andaban buscando, lo supe porque me lo dijo un señor que tiene una camioneta que trabaja en el mercado, ella se tubo que ir de allí asustada porque a ella la andaban buscando, otro día esta en un conjunto que había en el hatico, estaba con mi hijo mayor, y allí llego un muchacho que no recuerdo el nombre en estos momentos, y le dijo que tenia que hablar con ella, pero que se fuera con el hacia una parte que estaba oscura, ella le dijo que no, que lo que le iba a decir que se lo dijera allí, el le dijo a ella que quitara la denuncia porque no respondía de lo que le pasara a ella, por que Juan Carlos era su primo, en otra oportunidad, la señora esposa de Juan Carlos, fue hasta el hatico, buscando a migdalis, pero ella llego en el sector de arriba no llego donde nosotras vivimos y encontró a una de mis sobrinas, y le dijo que la buscara porque ella iva a reventarla, mi sobrina le dijo que porque buscaba a migdalis, que problema tenia ella con migdalis, y ella le dijo que migdalis era una mentirosa y ella había hecho que metieran preso a su esposo, pero mi sobrina que no sabia lo que estaba pasando, le dijo que se fuera del hatico, por que ella no tenia porque buscar a migdalis así allí, y en otra ocasión la señora Indira, se monto en una camioneta de sacar pasajero hacia el hatico, y iba preguntando por ella en la camioneta donde iba mi hija, pero Indira no la conocía, y le pregunto a una chica que iba en la camioneta si ella conocía a migdalis, que ella la andaba buscando para golpearla y cada vez que la encuentran todavía le dicen cosas, la insultan, etc.- PRIMERA PREGUNTA: tiene usted conocimiento si por alguna de esas situaciones de amenazas y persecuciones, a habido alguna otra investigación o proceso penal, en contra de algunas de esas persona? RESPUESTA: si se hizo una denuncia, por la amenaza en el liceo. OTRA: actualmente cual es la situación de migdalis, como lleva esto? RESPUESTA: se lo a tomado agresivamente, se a vuelto muy agresiva.- PRIMERA PREGUNTA: usted conoce a FRANCISCO JOSE RODRIGUES REYES? RESPUESTA: no.- OTRA: cuantos novios antes de claudio usted le conoció a migdalis? RESPUESTA uno solo.- PRIMERA PREGUNTA: recuerda el nombre de el? RESPUESTA: no recuerdo. OTRA: cuantas veces, antes de que migdalis iniciara su relación con claudio, ella llego a mentirle? RESPUESTA: en realidad nunca.- PRIMERA PREGUNTA: migdalis en ocasiones, o de manera constante, a tratado de manipularla a usted, a su papa.- RESPUESTA: no nunca.-OTRA: díganos como era la personalidad, el comportamiento de migdalis después de irse para donde Juan Carlos? RESPUESTA para mi era alegre, y de salir no así de llegar de madrugada nunca se lo llegue a permitir, una vez me pidió permiso para donde una amiga a una fiesta en tabera, pero de llegar borracha de salir y llegar de madrugada , no se lo e permitido.- PRIMERA PREGUNTA: en el tiempo en que ella estuvo viviendo en la casa de claudio, usted se entero de que ella salía, que fuera al río que salía a fiesta con la familia de claudio, que la Allan visto bailando? RESPUESTA: no nunca me han dicho nada de esto, si me dijeron una vez, que fue a una fiesta con la señora Juana a donde una tía de claudio en puerto la cruz pero no recuerdo como se llama exactamente.-OTRA: migdalis es extrovertida, coqueta usted la vio coqueteándole a alguien o se vestía muy insinuante? RESPUESTA: insinuante no, siempre uso faldas, blusas muy tapadas, así se vestía antes de irse para donde claudio, iba a la iglesia en ese entonces.-- PRIMERA PREGUNTA: su hija migdalis llego en algún momento ya sabido todo esto, si antes de haber tenido relaciones con claudio, llego a estar con algún otro hombre? RESPUESTA: yo le pregunte y me dijo que con el único que había tenido relación había sido con claudio.- OTRA: llego a comentarle sobre que en algún momento ella llego a pensar o a sospechar de que estaba embrazada de claudio en algún momento.- RESPUESTA: no nunca me dijo nada de esto. PRIMERA PREGUNTA: usted al inicio de su exposición, cuando hace referencia a la manera de cómo logro sacarle la información a migdalis, usted dice que le presto su teléfono y ella corvesaba con claudio y tenia el altavoz activado, y que el la insultaba y la trataba muy mal, que recuerda usted exactamente de lo que el le decía? RESPUESTA: le decía, que porque ella había inventado eso de su hermano, y ella le decía que no era mentira lo que ella esta diciendo, y le decía que por favor le creyera que el le estaba diciendo la verdad, y el le decía que no le creía la verdad, y el le decía que no le creía.- es todo.(…) PRIMERA PREGUNTA: porque en ese momento migdalis, le cuenta de una sola vez y no le cuenta de las otras veces que Juan Carlos abuso de ella? RESPUESTA: cuando yo me entere en el CICPC, por la declaración que ella dio, que había sido varias veces, yo le pregunte a ella por que no me lo había dicho, y me dijo que no podía decírmelo. OTRA: si nunca le permitió a migdalis, amanecer en fiestas o llegar borracha a su casa, porque con 17 años le permitió irse a vivir con su novio de la manera como lo hizo? RESPUESTA: yo no se lo permití, ella solita se fue sin que yo lo supiera.- PRIMERA PREGUNTA: usted sabia señora, que cuando migdalis se fue a la casa de claudio, este ya no esta allí? RESPUESTA: no sabia que el no estaba allí.- OTRA: usted acaba de decir que mientras migdalis vivía donde la señora Juana, se comunicaban vía telefónica y que migdalis subía hasta el hatico, por que usted nunca bajo donde la señora Juana a ver la situación de su hija? RESPUESTA: simplemente no me ocupe de eso, como ella después de que ella se fue no se ocupo de eso.- PRIMERA PREGUNTA: quien inscribe a migdalis para que comenzara a cursar 5to año de bachillerato, y quien le compraba todo lo que necesitaba, ropa, útiles, etc.- RESPUESTA: yo la inscribí, y el papa se ocupo de lo demás.- OTRA: porque no fue a buscar a su hija a la casa de la señora Juana, si no vivía con claudio, si claudio no pernotaba allí, estaba en guasipati? RESPUESTA: primero porque no sabia que el no estaba allí, y cuando ya finalizaban las clases le dije que se fuera para mi casa, si claudio se había ido si me dijo después que claudio se había ido, yo le dije vente para la casa, por que ya las clases ya habían terminado, el fin de año, ella me dijo, mami lo que pasa es que yo, ayudo a la señora Juana, a lavar, a cocinar, la ayudo en la casa por que ella trabaja.- PRIMERA PREGUNTA: en ese sentido, de sus palabras, visto que claudio no estaba, migdalis prefirió estar donde la señora Juana quedarse con la señora Juana, que estar en casa con usted? RESPUESTA: por lo visto si prefirió quedarse con la señora Juana.- OTRA: cuando migdalis se va de su casa, para usted como madre, quien se fue la niña, o la mujer? RESPUESTA: para mi se fue la niña, porque era una niña.- PRIMERA PREGUNTA: usted cree que Juan Carlos silva, abuso sexualmente, de su hija, esta cien por ciento convencida de eso?
OBJECION: la defensa esta formulando una interrogante a la testigo, utilizando en el buen sentido de la palabra, la religión, o creencia en dios, que practica la testigo, lo cual constituye una dificultad, pues de llevarse el testigo de lo estrictamente religioso, pudiera caer la misma, en un reproche interno, pues dice, el señor en sus palabra, que no debemos juzgar para ser juzgado, aunado a ello, la testigo, tiene una condición de referencial, no esta deponiendo en condición de experto y que si pudiese determinar con certeza, si el acusado en relación de algún resultado técnico-científico, estuvo en el sitio o si fue autor del hecho, otra seria la situación si la interrogante versara sobre si ella esta convencida, o siente que su hija le a dicho la verdad, porque incluso y lo a manifestado acá en todo su relato, ni siquiera puede tener una percepción de que tipo de persona es el acusado por tanto no lo conocía sino hasta el día que fue a hacer el reclamo, por lo que su hija le había dicho que este le había hecho.- EL TRIBUNAL DECLARA CON LUGAR LA OBJECION PLANTEADA POR LA REPRESENTACION FISCAL, PORQUE CIERTAMENTE EN LOS TERMINOS PLANTEADOS, LA PREGUNTA A CRITERIO DE QUIEN AQUÍ SE PRONUNCIA ES CAPCIOSA,.- LA DEFENSA PIDE DERECHO A REPLICA PARA ACLARAR, no estoy condenando a la testigo, por cuanto mi pregunta no la subsume en hechos relativos al pecado, del abuso sexual, directamente a ella, somos todos discípulos de cristo, portadores de su energía y de su palabra.- PRIMERA PREGUNTA: tiene usted como madre la percepción según lo que hablo con su hija migdalis ese día cuando se entero, y que posterior se entera en el CICPC, de que migdalis este, o le haya dicho a usted la verdad sobre el abuso sexual del cual denuncio a Juan Carlos silva.- RESPUESTA: por como me lo dijo y por cuantas veces se lo pregunte, porque no estoy ni para juzgar ni para acusar, pero con todo el corazón de madre, yo si le creí a mi hija.- OTRA: cuanto tiempo paso desde que migdalis se fue a vivir donde la señora Juana, hasta el momento o el día, en que usted le dijo, las clases terminaron, vente para la casa? RESPUESTA: la verdad no recuerdo.- PRIMERA PREGUNTA: que grado esta cursando migdalis cuando ella le dijo eso, cuarto o quinto año? RESPUESTA: ya estaba cursando el 5to año.- OTRA: cuando a usted le dijo eso ya estaban terminando las clases? RESPUESTA: si ya habían terminado.- PRIMERA PREGUNTA: ella se gradúo de bachiller en que año? RESPUESTA: 2014 OTRA: es decir en julio 2014? RESPUESTA: no recuerdo.- Es Todo.
Este juzgador le da valor probatoria a la deposición rendida al tratarse de una Testigo referencial quien da cuenta de cómo fue descubierta la Violencia sexual, delito este que al analizar y comparar la testimonial de las Expertos TAMARA GONZALEZ y EVA DEL MORAL DANIZ quien de manera lógica y coherente señalaron la congruencia en ese particular. En ese mismo orden de ideas su actitud corporal fue totalmente congruente con lo manifestado en sala de audiencia.

EXPERTO: JOSE MANUEL GUZMAN BOLIVAR, titular de la cedula de identidad Nº 16.063.848; de 33 años, de estado civil: soltero, De profesión u oficio –MEDICO PATOLOGO, adscrito al CICPC, con 6 años de experiencia. Acto seguido el tribunal le pregunta de manera formal, lo siguiente: Conoce de vista, trato o comunicación al ciudadano JUAN CARLOS SILVA URBANO?, a lo que respondió, NO, tiene algún lazo de afinidad con alguno de ellos, quien manifestó NO, seguidamente expone: reconocimiento practicado en fecha de 15 de enero de 2014 a la lesiona victima en el examen ginecológico se encontró ruptura antigua de himen Es todo. Quien a preguntas respondió: PRIMERA PREGUNTA: Esa especificación de himen, a que se refiere? RESPUESTA: El himen es una membrana elástica que se encuentra recubriendo el introito vaginal. SEGUNDA PREGUNTA: Donde se encuentra la membrana himenial. RESPUESTA: En el introito vaginal. TERCERA PREGUNTA : A que se refiere con defloracion antigua. RESPUESTA : se produce cuando la introduccion del pene o algún otro objeto que lesione la membrana himenial. CUARTA PREGUNTA: Es posible determinar en este caso en particular cuando se dio ese rompimiento de esa membrana himenial. RESPUESTA: hablamos que es Antiga cuando hablamos de mas de 10 días y reciente menos de 10 días. Es todo. (…)PRIMERA PREGUNTA: Con relación a lo que usted acaba de leer en la experticia medico legal es posible determinar si una persona fue violada o no. RESPUESTA: A lo que ahi se refiere es que hay una ruptura antigua de himen por cuanto no es posible determinar un traumatismo resiente .ES TODO.
Con respecto a esta testimonial la misma es valorada por este juzgador especializado, toda vez que de lo expresado en sala de audiencia por el Experto Medico Forense es totalmente congruente con lo manifestado por la victima ya que al ser evaluadas se encontró desfloración positiva antigua ya que la misma es una joven sexualmente activa y mantenía relaciones sexuales con el hermano del hoy sentenciado y de ello puede inferir al desprenderse de la declaración que esta al manifestar que ya había tenido relaciones sexuales con CLAUDIO SILVA URBANO. Asimismo esto es conteste con lo manifestado por la madre de la victima ciudadana VIGDALIS COROMOTO CASIQUE, quien igualmente hizo del conocimiento que su hija de motu propio le manifestó que tomo la decisión de irse y ya, después que se fue, ella le dijo que se había ido porque ya ella había tenido relación con CLAUDIO SILVA URBANO. Aunado al hecho que al momento de realizar el Reconocimiento Medico Vaginal ya había transcurrido mucho tiempo para colectar evidencia físicas de fluidos corporales o en todo caso verificar s del abuso sexual se había producido algún enrojecimiento en su zona perivulvar.

TESTIGO: TAMARA DEL CARMEN GONZALEZ GUTIERREZ titular de la cedula de identidad Nº 11.438.274; de 43 años, de estado civil: SOLTERO, De profesión u oficio TRABAJADORA SOCIAL, durante 3 años adscrita al Equipo Interdisciplinario Del Tribunal De Violencia Contra La Mujer Del Estado Anzoátegui Conoce de vista trato y comunicación al ciudadano JUAN CARLOS SILVA URBANO, a lo que respondió, NO, seguidamente expone: “en la evaluación social realizada en abril del 2014 se determino que la victima viene de una familia nuclear padre madre y cuatro hermana, una familia consolidada, con patrones culturales bien acentuados, dentro del cual tiene sus normas valores y creencias, , para el momento de la entrevista la madre de la victima manifestó que su hija siempre ha mantenido buenas conductas dentro del hogar y la escuela, buenas calificaciones, la ayudaba en el hogar, estando en el liceo conoció al imputado claudio en cual tuvieron una relación amorosa y luego se fueron a vivir juntos a la casa de la suegra hecho aceptado por los padres de el, también manifestó que debido a la situación presentada su hija se entero por una conversación de su hija con su pareja de que había sido abusada por su cuñado y del cual el no le creyó, viendo la situación presentada ella como mad5re y con la victima se acercaron a la casa de su cuñado buscando una explicación de lo sucedido, estando presente el señor Juan Carlos desmintió todo de lo de la violación, y como no llegaron a un acuerdo procedieron a denunciar al ciudadano, pasado el tiempo por lo manifestado por la madre, ya que ella nunca manifestó lo de la violación o lo de las amenazas de muerte o que le iba a pasar algo a su familia sui decía algo de lo sucedido, viendo ella el rechazo de la situación de su pareja regreso con su familia donde sintió en apoyo de sus padres y de sus hermanos, hecho tal que por la situación no tubo mas contacto con su pareja y la situación la llevo a desertar del liceo, muchos reacciones en cuanto a la parte emocional, no conciliaba el sueño, se sentía con temor en todo momento, fue agredida en dos oportunidades en el liceo por parte de la familia del ciudadano, ya no podía salir sola, presentaba llanto en todo momento, miedo a salir a la calle. Es todo. Quien a preguntas respondió: PRIMERA PREGUNTA: en que consiste la evaluación social. RESPUESTA: consiste en realizar entrevista a la representante legal de la victima, de esa evaluación se estudia lo que es el campo familiar, el entorno social, la convivencia intrafamiliar, las normas, los valores, el nivel de educación recibido por dicha persona, la formación y los patrones culturales dentro del hogar, entre otras cosas también están los indicadores que presenta la victima uno le pregunta al representante cual es la conducta de la victima dentro del hogar si ha habido cambios en su comportamiento y si realmente viene de una familia disfuncional o estructurada. OTRA: cuales fueron los resultados de esa evaluación social en cuanto al seno familiar. RESPUESTA: es una familia estructurada, una familia nuclear, recibieron una educación, tienen una religión, es una familia bien constituida. OTRA: cuales son las características de un seno familiar disfuncional. RESPUESTA: es cuando no esta presente el padre, que no tengan normas dentro del hogar que no se cumplan las normas dentro del hogar, ejemplo padres alcohólicos, con problemas de estupefacientes que no estén establecidos como una familia normal consolidada. OTRA: es normal que considerando esas características de familia estructurada esta adolescente se haya salido del hogar para entablar una relación con un hombre siendo aun adolescente. RESPUESTA: según lo suministrado por la madre ellos se hicieron novios y luego decidieron vivir bajo concubinato y los padres lo aceptaron, era para darle su espacio y para que fuera mas serio mas seguro. OTRA: en esa información de la entrevista con la madre salio a relucir que ella haya echado a su hija de la casa por haber tendió relaciones sexuales. RESPUESTA: según lo que leí no, ella se acerco a su mama y le dijo que quería vivir con su novio y estuvieron de acuerdo y tomaron la decisión de irse a la casa de sus padres, no discutieron. Es todo. (…)PRIMERA PREGUNTA: en su preámbulo dijo que tenia 10 años de experiencia en la labor social y tres años en el tribunal de violencia, por que se entrevista a la madre y viendo que hay herramientas legales para solicitar ante un tribunal de niño, niña y adolescente que autorice la entrevista a la menor por que no se hizo lo pertinente para entrevistar a la adolescente. RESPUESTA: para su momento se entrevista primero a la madre ya que es una menor de edad, en el departamento entrevistamos a la madre por que es nuestra competencia y la parte psicológica entrevista a la victima, realmente no entrevistamos a la victima por que no es que no sea de nuestra competencia ya que tenemos nuestros reglamentos internos por el cual nos regimos y respetamos el área de los demás. OTRA: es decir el trabajo social llega solo hasta la madre. RESPUESTA: exactamente y es aquí mismo que es lo que solicita el tribunal, por medio de un oficio. OTRA: usted entrevisto a la madre en algún momento le exteriorizo si la victima a le haya exteriorizado sobre los abusos. RESPUESTA: no lo manifestó en el primer momento la madre se entero cuando la victima regreso a su casa y le dijo que había tenido un problema ella se entera por medio de una conversación telefónica de la victima con su pareja y así es que ella se entera. Cesaron las preguntas. (…)PRIMERA PREGUNTA: dentro del marco de sus competencias y de la profesión ese acto de una adolescente, caso que nos ocupa, de decidir asumir deberes y derechos que tenemos los adultos, ese acto tiene alguna fundamentación, algún basamento, pudiéramos decir nosotros que en un supuesto de que tome esa decisión haya buenas posibilidades de familias bien formadas. RESPUESTA: la reglas en si no están escritas, solo se dio una relación entre un menor y un mayo, si son aceptados por los padres, no hubo una determinación de que no podía por que ella era menor y el era mayor, no midieron eso, si se puede dar una formación , quizás si había algo frágil, en los padres y como ya le habían manifestado que habían tenido relaciones entre ellos por tal razón querían consolidarla, entonces es mejor consolidar al que dirán se puede dar una buena pareja a futuro, ellos decidieron consolidar una pareja poro no con hijos. Es todo.
Con respecto a esta testimonial la misma es valorada por este juzgador especializado, por cuanto del trabajo realizado por la experto se logro tener total congruencia con lo expresado por el experto Lic. en Psicología EVA DEL MORAL, en el sentido que también se constato el padecimiento de la victima M. DC.G.C evaluada por esta especialista quien tenia miedo afecciones de lo que a ella le sucedió, dificultades para dormir, sensación de vergüenza al hablar de los hechos, los cuales son conteste con los dichos de las victimas.

EXPERTO: YAGUARATTY RICHARD, titular de la cedula de identidad Nº 18.766.418; de 28 años, de estado civil: SOLTERO, De profesión u oficio funcionario del CICPC, durante dos años y siete meses, Conoce de vista trato y comunicación al ciudadano JUAN CARLOS SILVA URBANO, a lo que respondió, NO, seguidamente se le dan a la vista la inspección técnica al sitio del suceso y seguidamente expone: “inspección N° 00402 expediente K-14-0072-00328 de fecha 30/01/2014, siendo las 10:30 de la mañana se constituyo una comisión del CICPC al mando de los funcionarios detective Jean Peres y Jorge Moreno, hacia la vía de naricual calle principal casa sin numero Barcelona estado Anzoátegui donde se procede a realizar la siguiente inspección, el lugar a inspeccionar por sus características tratase de un sitio de los denominados cerrados correspondientes a una vivienda unifamiliar con su fachada orientada en sentido oeste protegida en sus laterales por paredes elaboradas a base de bloques de cemento revestida con pintura color blanco, presentando como medio de acceso una puesta tipo batiente elaborada en metal revestida en pintura color blanco con sistema de seguridad a base de cilindro y llave metálica al ser inspeccionada no presenta violencia al trasponer se observa superficie de piso de cemento pulido paredes elaboradas a base de bloques de cemento revestida con pintura color amarillo, y techo de lamina de acero Lynn la cual esta constituida en su interior por tres habitaciones, una cocina, una sala de baño y mobiliario idóneo del lugar, continuando con la respectiva inspección técnica los funcionaros se encargan de realizar una búsqueda minuciosa en busca de algún objeto de interés criminalístico no pudiendo recolectar ninguno para momento de realizar la respectiva inspección técnica se constato temperatura ambiental fresca e iluminación artificial y firma el funcionario Jorge Moreno. Es todo. Quien a preguntas respondió: PRIMERA PREGUNTA: cual es su profesión actualmente en la institución. RESPUESTA técnico. OTRA: Esta adscrito a que división. RESPUESTA: estoy adscrito al área técnica. OTRA: en que consiste la función de un experto técnico. RESPUESTA: la función de un experto técnico o las funciones en dicha institución consisten en abordar los sitios del suceso de cada averiguación que se apertura durante una guardia y cubrir aquellas o aquellos casos que apertura otros organismos policiales asimismo realizar experticias de reconocimiento técnico legal a las evidencias colectadas o que guarden relación con algún caso en particular asimismo realizar experticia de regulación prudencial y avalúo real. OTRA: como se selecciona al experto para llevar a cabo esta labor. RESPUESTA: eso depende de el grupo de guardia al que el funcionario este adscrito a lo que se refiere a las causas aperturazas durante el despacho. OTRA: quien participa en esta inspección técnica. RESPUESTA: participa el investigador y el técnico. OTRA a que se aboca el investigador. RESPUESTA: se aboca a indagar o a investigar los casos que se apertura ese día de guardia. OTRA: en cuanto a esta inspección técnica en particular de que tipo de inspección estamos hablando. RESPUESTA: a un sitio cerrado. OTRA: por que esa terminología del cerrado que se debe. RESPUESTA: por cuanto es un inmueble y se encuentra prácticamente cerrado y no interfiere el medio ambiente. OTRA: de que dejaron constancia los funcionarios en esta inspección. RESPUESTA: de cómo se encontraba el lugar al momento de ellos abordar. OTRA existe algún señalamiento en dicha inspección de haber colectado o no algún tipo de evidencia de interés criminalístico. RESPUESTA: el funcionario deja constancia de haber hecho una búsqueda minusio0sa y de no haber encontrado ninguna prueba de interés criminalístico. Es todo. (…)PRIMERA PREGUNTA: usted acaba de decir en su relato de que los funcionarios practicantes de esa inspección no encontraron evidencia alguna de interés criminalístico y el ciudadano que yo represento, el acusado, es acusado actualmente por el delito de violencia sexual continuada, si el funcionario deja constancia de que no encontró evidencia de internes criminalístico a que se refiere con lo que dice allí con el tipo de delito que se le acusa a Juan Carlo Silva. EL FISCAL TOMA LA PALABRA Y ESTABLECE: OBJECIÓN CIUDADANO JUEZ EN VIRTUD DE QUE EL FUNCIONARIO EXPERTO QUE ESTA DEPONIENDO EN ESTA SALA SI BIEN ES CIERTO TIENE TODOS LOS MEDIOS PARA ATESTIGUAR EN CONDICIÓN DE EXPERTO EN RAZÓN DE LA PREPARACIÓN QUE EL TIENE, NO DEJA DE SER MENOS CIERTO QUE LO HACE EN CONDICIÓN DE EXPERTO SUSTITUTO, COMO SEGUNDO PUNTO EL DEFENSOR ESTA SOLICITANDO AL EXPERTO QUE HAGA UNA INTERPRETACIÓN SUBJETIVA SOBRE QUE PENSARON LOS FUNCIONAROS QUE REALIZARON LA INFECCIÓN CON RELACIÓN A LOS RESULTADO Y EL DELITO ACUSADO A SU REPRESENTADO, MAL PUEDE EL EXPERTO ASEVERAR O NEGAR CONCLUSIÓN ALGUNA EN ESES SENTIDO. EL TRIBUNAL VA A DECLARAR CON LUGAR LA OBJECIÓN PLANTEADA POR EL FISCAL DEL MINISTERIO PUBLICO, INSTA A LA DEFENSA A REFORMULAR LA PREGUNTA. OTRA: usted acaba de decir que los funcionarios actuantes establecieron que no encontraron evidencia, cuando el funcionario dice eso a que se refiere. RESPUESTA: a que no colecto nada en el sitio. OTRA usted acaba de decir que la inspección fue practicada en un sitio cerrado, y el fiscal le pregunto por que cerrado y usted contesto por que no hay contacto con el medio ambiente, las zona donde esta ubicada la casa, vía Naricual, sector Tabera es una zona muy rural, tiene algo que ver eso. RESPUESTA: no le podría explicar si el medio externo afecta dicho sitio cerrado por cuanto solo estoy de experto sustituto y no lo realice. Es todo.
Con respecto a esta testimonial la misma es valorada por este juzgador especializado, manifestó la experto; haber realizado la Inspección técnica al sitio del suceso lo cual es congruente con lo señalado por la victima directa y por la madre de esta al señalar que el lugar donde se cometió el hecho punible es uno de los sitios del suceso de los denominados cerrados, tratándose específicamente de una vivienda unifamiliar. Aunado al hecho que se corrobora de manera lógica y depuesto por el experto la existencia de habitaciones y una sala de baño.

EN CUANTO A LAS PRUEBAS DOCUMENTALES EVACUADAS MEDIANTE SU LECTURA O EXHIBICIÓN.

ACTA DE ENTREVISTA EN CALIDAD DE PRUEBA ANTICIPADA.
Quedando demostrado las circunstancias de modo, tiempo y lugar de cómo se cometió el hecho punible en contra de la victima M. DC.G.C, toda vez que mediante esta documental que es la excepción al Principio de Oralidad este Juzgador le da todo el Valor Probatorio ya que fue realizado de conformidad con el articulo 289 y Evacuada en su oportunidad correspondiente.
Documental esta que puede ser contrastada con las declaraciones rendidas por los Expertos y testigos referenciales de estos acontecimientos que dan cuenta de la materialidad del delito y de la responsabilidad penal del acusado en el mismo. Así a preguntas formuladas a la victima M. DC.G.C con respecto a este particular respondió: “…Otra: háblame de l primera vez que el abuso de ti, y donde?. Respuesta: fue en el cuarto de su mama (SIC), esa mañana, allí no había nadie, el estaba en el taller, yo estaba lavando, y el cuarto, estaba el cuarto de la señora (SIC), habían carteras, por aquí, había un escaparate, un televisor, ese cuarto tenia puerta, yo tenia un pantalón corto licra, estaba parada viendo la televisión, el entro y me empujo e la cama, y el me agarro y se me tiro encima, el agarro y no se, me estaba abriendo las piernas, el me metió la pierna de el, y el se agarro y el abuso Demi, eso fue rápido, eso algo rápido y cuando el me soltó yo sali corriendo, y Sali pata (SIC) otro cuarto y luego me encerré en el baño el me amenaza…”
CEDULA DE IDENTIDAD DE LA VICTIMA.
Con respecto a esta documental la misma es valorada por este juzgador especializado, al desprenderse que efectivamente la Victima M. DC.G.C era una adolescente para el momento de cometerse el hecho punible, lo cual se convierte en una agravante genérica.

La declaración del ACUSADO es valorado como un medio para su defensa.

Determinada la valoración probatoria de cada órgano incorporado al debate oral y reservado, considera quien se pronuncia que han quedado suficientemente acreditados los hechos atribuidos al acusado a través de la adminiculación y concatenación de las pruebas, así en relación las testifícales y documentales a las que este tribunal les otorga pleno valor probatorio, quedando en consecuencia demostrado la autoría del acusado ciudadano JUAN CARLOS SILVA URBANO en la comisión de los delitos de VIOLENCIA SEXUAL (Vía Natura) previsto y sancionado en el artículo 43 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a Vivir una Vida Libre de Violencia en contra de la Victima M. DC.G.C, asi como del delito de VIOLENCIA PSICOLOGICA previsto y sancionado en el artículo 39 EJUSDEM lo cual será explanado en su extenso en el capitulo subsiguiente.

Prueba incorporadas y no valoradas.

TESTIMONIAL: FRANCISCO JOSE RODRIGUEZ REYES.
Así nos encontramos que este testigo en una conducta de tergiversar el dicho de victima con en el enfoque o del argumento de desprestigiar es decir hacerla ver como una joven que miente que fue con una idea clara hasta esa casa que era una joven manipuladora e irrespetuosa y con una conducta inapropiada.

TESTIMONIAL: ALFREDO IGNACIO AGUACHE.
El juzgador no valora dicha prueba por cuanto no aporto nada al proceso, mas allá de querer ubicar al hoy condenado en un sitio donde siempre estuvo a la vista de otras personas y en ese sentido hacer caer en error a este Juzgador.
TESTIMONIAL: JUANA DEL VALLE URBANO.
El juzgador no valora dicha prueba por cuanto no aporto nada al proceso, mas allá de parte de ese enfoque o de argumento de estos testigos de desprestigiar a la victima es decir hacerla ver como una joven que miente que era una joven manipuladora e irrespetuosa y con una conducta inapropiada poco decente para una mujer mas aun teniendo ya pareja. Su testimonio no fue nada congruente con su actitud corporal apreciado gracias al Principio de inmediación
TESTIMONIAL: ARELIS DEL CARMEN ANTOIMA URRIOLA.
El juzgador no valora dicha prueba por cuanto no aporto nada al proceso, maxime cuando su declaración no fue útil ni pertinente, teniendo el mismo enfoque o de argumento de desprestigiar a la victima es decir hacerla ver como una joven que miente que era una joven manipuladora e irrespetuosa.
TESTIMONIAL: ARIANA KARELYS CABRERA GARCIA.
El juzgador no valora dicha prueba por cuanto no aporto nada al proceso, ya que la misma se encargó de desprestigiar a la victima y crear unas circunstancias que tergiversen realmente lo ocurrido.
TESTIMONIAL: CARMEN EDECIA PEREZ MISSEL.
El juzgador no valora dicha prueba por cuanto no aporto nada al proceso, por cuanto su testimonio no fue en nada con los hechos objetos del proceso penal aunado al hecho que también hizo lo propio en desprestigiar a la victima.
TESTIMONIAL: LOURANSEL COVA MARCANO.
El juzgador no valora dicha prueba por cuanto no aporto nada al proceso, mas allá de desprestigiar a la victima.
TESTIMONIAL: CLAUDIO DANIEL SILVA URBANO.
El juzgador no valora dicha prueba por cuanto no aporto nada al proceso, aunado al hecho que su actitud corporal no fue en nada congruente con su testimonio impertinente con los hechos ventilados en sala de audiencia.
TESTIMONIAL: OSCAR JESUS VARGAS GAME.
El juzgador no valora dicha prueba por cuanto no aporto nada al proceso, además de no ser útil, necesario ni pertinente al igual que las demás pruebas testimoniales promovidas por la defensa. Y ASI SE DECIDE.

En relación a las siguiente Documentales:
Documental: CONSTANCIA DE RESIDENCIA DEL ACUSADO.
Documental: CARTA DE BUENA CONDUCTA.
Documental: CONSTANCIA DE TRABAJO.
Documental: FIRMAS EMITIDAS POR LOS HABITANTES DE ARAGUITA.
Con respectos a estas Documentales No fueron Valoradas y en consecuencia desestimadas con fundamento a los Principios Generales de las Pruebas entre los que se pueden traer a colación; el Principio de Congruencia, de la carga de la Prueba y el Principio de Control de la Prueba.
Ahora bien este Tribunal procede a analizar esos fundamentos de hecho dentro de lo que es el derecho así:

V
DE LOS FUNDAMENTOS DE HECHO Y DE DERECHO.
La Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, persigue erradicar la violencia generada contra las mujeres, como efecto de la discriminación y subordinación en razón del sexo, como también suprimir los paradigmas tradicionales en la materia de violencia de género.
La Violencia contra la Mujer, se refiere a todo acto sexista que tenga o pueda tener como resultado un daño o sufrimiento físico, sexual, psicológico, emocional, laboral, económico o patrimonial; la coacción o la privación arbitraria de la libertad, así como la amenaza de ejecutar tales actos, tanto si se producen en el ámbito público como en el privado.
Los delitos de género, son totalmente diferentes a cualquier otro delito regulado en el Código Penal o leyes especiales. Son delitos especiales propios, porque contiene circunstancias especiales que caracterizan la conducta del autor, las cuales están establecidas en la ley como parte del tipo penal, y en el marco de las relaciones desiguales de poder entre hombres y mujeres; en el ejercicio de poder de género contra la mujer; manifestación de control y dominio contra la mujer; por discriminación contra la mujer; repercusiones en acceso, disponibilidad de los bienes materiales de la mujer, que el género masculino actúe contra la víctima por su condición de mujer, estos tipos penales tienes referencia a circunstancias calificativas y específicas en referencia al marco general de las relaciones de poder, que las hace parte del tipo penal.
En este sentido, en sentencia N° 265, de fecha 13/07/2010, la Sala de Casación Penal de este Máximo Tribunal señaló:
“Al respecto, la Sala observa que efectivamente, la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en su artículo 1º, establece como objeto de dicha ley, lo siguiente: “La presente Ley tiene por objeto garantizar y promover el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia, creando condiciones para prevenir, atender, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en cualquiera de sus manifestaciones y ámbitos, impulsando cambios en los patrones socioculturales que sostienen la desigualdad de género y las relaciones de poder sobre las mujeres, para favorecer la construcción de una sociedad justa, democrática, participativa, paritaria y protagónica”.
Todas las disposiciones adoptadas por el legislador, en el marco de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, tienen como fundamento de su desenvolvimiento, lo que el legislador ha denominado violencia de género, considerando el mayor desvalor de esta violencia en tanto que afecta a la igualdad, a la libertad, a la dignidad y a la seguridad de las mujeres en el ámbito social, sólo y exclusivamente y ello por imperativo legal establecido en el artículo 14 de esa Ley cuando el hecho comprende todo acto sexista o conducta inadecuada que tenga o pueda tener como resultado un daño o sufrimiento físico, sexual, psicológico, emocional, laboral, económico o patrimonial; la coacción o la privación arbitraria de la libertad, así como la amenaza de ejecutar tales actos.
Con las pruebas obtenidas durante el debate oral y reservado y su apreciación según la sana critica, observando las reglas de la lógica, conocimientos científicos, máximas de experiencia y verificada su obtención por medio lícito bajo estricta observancia de las disposiciones establecidas, conforme a las reglas de los artículos 80 de la mencionada ley, considera este Juzgador que quedó suficientemente acreditado el hecho objeto del proceso y la responsabilidad del acusado en los mismo, al haberse verificado que el encausado de manera intencional ejecuto actos de Abusos sexuales conminando a la victima a acceder a un acto sexual no deseado, lo cual se extrajo del propio testimonio de la victima quien refirió en Audiencia oral y Reservada “….me tiro en la cama, y e (SIC) se me monto encima, me estaba asfixiando con el peso, yo le decía que no me hiciera nada y le daba y le daba y entonces el abuso de mi, luego el después que me hizo eso yo Sali corriendo, y me metí en un cuarto pero ese cuarto no tenia puerta y me amenaza que no dijera nada, que no le dijera nada ami mama ni a nadie, luego me metí y me encerré en el baño, el reamenazo (SIC) con hacerle algo ami mama ….”. Y en Acta de Entrevista en Calidad de Prueba Anticipada “….me distraje viendo una película cuando de repente entra el y me agarra a la fuerza, yo le dije que me soltara y el no me quería soltar, yo le lloraba que me soltaba y me estaba agarrando y ahí no había nadie, yo estaba gritando y le decía que le iba a decir a la mama y que si yo decía que le iba a pasar algo a mi familia y el abuso de mi y después yo Sali corriendo y el salio corrido detrás de mi y me encerré en el baño y el me pedía que abriera la puerta y yo no la quise abrir y me amenazaba que si yo decía algo que le iba a pasar algo a mi familia y yo tenia miedo y no dije nada ni a mi mama….”

Establecido lo anterior, al encontramos frente acciones dolosas ejecutadas a través de actos violentos, en primer lugar analizar el delito de VIOLENCIA SEXUAL previsto y sancionado en el articulo 43 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, el cual es definido por la propia Ley a la cual se hizo referencia, como toda conducta que amenace o vulnere el Derecho de la Mujer a decidir voluntaria y libremente su sexualidad, comprendiendo esta no solo el acto sexual, sino toda forma de contacto o acceso sexual, genital o no genital, tales como actos lascivos violentos, acceso carnal violento o la violación propiamente dicha.
La violencia sexual hace referencia a toda conducta que amenace o vulnere el Derecho de la Mujer a decidir voluntaria y libremente su sexualidad, la violencia sexual se sustenta a fin de conseguir la materialización de una aberración sexual por parte del sujeto activo, socavando no solamente la autoestima de la víctima; sino también su estado físico.

La definición que tradicionalmente se acepta para, la Violencia Sexual “…está referida al acceso carnal, es decir penetración del pene en la cavidad vaginal o ano-rectal por medio de violencias o amenazas”. La lesión de la violencia sexual es debida a la intimidación en la víctima que cercena su voluntad de decidir con quien mantener relación sexual.

Para diferenciar el delito de violencia sexual de otros delitos de lesiones, e incluso del delito de acto carnal con victima especialmente vulnerable, debe tenerse en cuenta la capacidad de decidir con quien mantener un acto sexual, que este sea realizado entre adultos, que sea con su consentimiento y que no viole disposiciones legales de orden público, por ello para entender consumado el delito de violencia sexual, el sujeto activo debe haber realizado conductas, ejercidas en contra de la voluntad; de la victima que hayan ocasionado en ésta un daño físico (penetración del pene en la cavidad vaginal con rompimiento de la membrana himeneal o en todo caso cuando ya exista una desfloración antigua, en contra de su voluntad; penetración en contra de su voluntad en el ano-recto con ampliación o rompimiento de los pliegues anales y/o penetración en contra de su voluntad del pene vía oral de la victima), lo que trae como consecuencia una disminución de la autoestima o perturbado su sano desarrollo, como en efecto ocurrió en el caso sub examine, en el cual quedo probado que la víctima presentó de acuerdo a diagnóstico de la experto sustituto EVA DEL MORAL DANIZ, quien manifestó “los métodos de evaluación psicológica como entrevistas, tes (SIC) de la figura bajo la lluvia inventario de depresión Beck y la escala de trastorno de estrés pos traumático dieron como resultado la presencia de indicadores relacionados a estado depresivos y rasgos característicos de trastornos por estrés pos traumáticos asociados a una acción de abuso sexual a su integridad física teniendo un efecto de aislamiento temor culpa vergüenza con cambios en su apetitos y en sus hábitos del sueños”, que sin lugar a dudas fueron totalmente congruente con el dicho de la victima porque efectivamente ésta manifestó haber sido violentada sexualmente vía Natura. De igual manera ese testimonio fue totalmente congruente con la declaración de la experto TAMARA DEL CARMEN GONZALEZ quien manifestó entre otras cosas “ procedieron a denunciar al ciudadano, pasado el tiempo por lo manifestado por la madre, ya que ella nunca manifestó lo de la violación o lo de las amenazas de muerte o que le iba a pasar algo a su familia sui (SIC) decía algo de lo sucedido, viendo ella el rechazo de la situación de su pareja regreso con su familia donde sintió en apoyo de sus padres y de sus hermanos, hecho tal que por la situación no tubo mas contacto con su pareja y la situación la llevo a desertar del liceo, muchos reacciones en cuanto a la parte emocional, no conciliaba el sueño, se sentía con temor en todo momento” evidenciado indicadores significativos hacia la vivencia de un trauma de índole sexual donde se pudo apreciar los síntomas como anhedonia, trastorno del sueño, tristeza, fenómenos de rememoración, se torno llorosa ansiosa, afectividad razonante hacia el polo de la tristeza y angustia, atención, los cuales fueron reflejados el diagnóstico emitido por de la Psicóloga Up Supra. En ese mismo orden de ideas la madre de la victima ciudadana VIGDALIS COROMOTO CASIQUE manifestó “ella me dijo que lo que le había sucedido, que Juan Carlos había abusado de ella, yo le pregunte que si había sido ese día antes o cuando había sido, ella me dijo que fue el 24 de diciembre, en el día, que la suegra había salido a comprar unos ingredientes para las hallacas, y ella estaba lavando, cuando Juan Carlos se le acerco, en el cuarto de la señora Juana, y allí el la zumbó en la cama se le monto encima, ella dice que con el, peso d e el la estaba como asfixiando, ella me contó que el hacia a besarla, y ella lo mordió en el labio, ella me dice que tenia un pantaloncito corto d esos que estiran, y el no le quito el pantalón sino que se lo quito por una de la mangas del pantalón, ella gritaba pero el le tapo la boca, después de hacer lo que el hizo ella se fue corriendo para el baño, y allí cuando ella se encerró en el baño, el y que comenzó a tocarle la puerta y decirle que no dijera nada, y que la amenazaba fue lo que ella me dijo” lo que corrobora el dicho de la victima y lo manifestado por los expertos antes mencionados por ser totalmente congruente con los hechos ventilados en sala de audiencia y comprobándose la materialidad y consecuente culpabilidad del acusado ciudadano JUAN CARLOS SILVA URBANO. Y así se decide.
Surge la convicción para este juzgador al analizar, comparar y adminicular en primer lugar de la víctima la adolescente M.DC.G.C. (IDENTIDAD OMITIDA)personas directamente ofendidas por el delito quien de manera, coherente, verosímil y lógica señalan al tribunal haber sido objeto de la Violencia Sexual bajo el empleo de amenazas específicas ejecutadas por el acusado, indicando al tribunal que el mismo a través de anuncios verbales le indicaba “….me tiro en la cama, y e (SIC) se me monto encima, me estaba asfixiando con el peso, yo le decía que no me hiciera nada y le daba y le daba y entonces el abuso de mi, luego el después que me hizo eso yo Sali corriendo, y me metí en un cuarto pero ese cuarto no tenia puerta y me amenaza que no dijera nada, que no le dijera nada ami mama ni a nadie, luego me metí y me encerré en el baño, el reamenazo (SIC) con hacerle algo ami mama ….”.. Y todo esto ocurrió en cuando la adolescente se había quedado sola en la casa donde convivía con la ciudadana JUANA DEL VALLE URBANO REYES madre de su ex pareja y madre del hoy condenado; CLAUDIO DANIEL SILVA URBANO y JUAN CARLOS SILVA URBANO respectivamente.
Demostrado como ha quedado el tipo penal para el caso en concreto se demostró la concurrencia con el Delito de Violencia sexual contenida en el artículo 43 de la Norma Especial que regula la materia, toda vez, que de los testimonios rendidos por la víctima, los expertos y los testigos referenciales se ha logrado establecer que los actos eran ejecutados en contra de la voluntad de la adolescente M.DC.G.C. (IDENTIDAD OMITIDA). Y Así se decide.
En relación al delito de VIOLENCIA PSICOLÓGICA, previsto y sancionado en el articulo 39 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, el cual es definido por la Organización Panamericana de la Salud, como toda acción u omisión directa o indirecta destinada a degradar o controlar las acciones, comportamientos, creencias decisiones de otras personas por medio de intimidación, manipulación, amenaza, humillación, aislamiento o cualquier otra conducta que produzca perturbación emocional, alteración psicológica o disminución del autoestima, autodeterminación y desarrollo integral de la mujer o el familiar agredido.
La violencia psicológica hace referencia a cualquier acto o conducta intencionada que produce desvalorización o sufrimiento de la victima o agresión contra ella, la violencia psíquica se sustenta a fin de conseguir el control, minando la autoestima de la víctima.

Según MARTOS RUBIO, la Violencia Psicológica “…está referida al conjunto heterogéneo de comportamientos, en los cuales se produce una forma de agresión psicológica y un perjuicio intencional a la víctima, que no implica necesariamente el uso de la fuerza física”. La lesión en el maltrato psicológico es debida al desgaste en la víctima que la deja incapacitada para defenderse.

Para diferenciar el delito de violencia psicológica de otros delitos de lesiones, e incluso del delito de amenazas, debe tenerse en cuenta la habitualidad de la conducta y la gravedad de la lesión producida en la víctima, por ello para entender consumado el delito de violencia psicológica, el sujeto activo debe haber realizado conductas, ejercidas habitualmente que hayan ocasionado en la víctima un daño emocional (psicológico), una disminución de la autoestima o perturbado su sano desarrollo, como en efecto ocurrió en el caso sub examine, en el cual quedo probado que la víctima presento de acuerdo a diagnóstico de la Experto Sustituto EVA DEL MORAL DANIZ que se encontro como resultado la presencia de indicadores relacionados a estado depresivos y rasgos característicos de trastornos por estrés pos traumáticos asociados a una acción de abuso sexual a su integridad física teniendo un efecto de aislamiento temor culpa vergüenza con cambios en su apetitos y en sus hábitos del sueños, lo cual coincide con el diagnóstico emitido por la Trabajadora Social TAMARA DEL CARMEN GONZALEZ GUTIERREZ quien dejo claro que a la victima la situación la llevo a desertar del liceo, muchas reacciones en cuanto a la parte emocional, no conciliaba el sueño, se sentía con temor en todo momento, siendo manifestado en el debate por la TESTIGO VIGDALIS COROMOTO CASIQUE, que había evidenciado que su hija había lo que hacia era solo llorar y llorar.

Las evaluaciones psicológicas dan cuenta de las repercusiones psicológicas que el trauma ha generado; complementándose esta prueba con la declaración rendida por la propia victima quien manifestó “luego el siguió abusando Demi (SIC), me daba miedo, y si fuera por mi yo un acá (SIC) le hubiese dicho nada a mi mama (SIC) yo no quería que nada malo les pasara a mi mama (SIC).”

Siendo evaluado por este juzgador, la congruencia emocional, al momento de relatar la víctima lo sucedido lo cual concuerda igualmente al resultado de las evaluaciones periciales a las cuales fue sometida, ya que no se observaron estereotipos intelectualizados, el relato fue consistente, lo cual otorga validez y fiabilidad al testimonio, comprobándose la materialidad y consecuente culpabilidad del acusado JUAN CARLOS SILVA URBANO en el delito. Y así se decide.

PENALIDAD

Habiendo quedado demostrada la responsabilidad penal del ciudadano JUAN CARLOS SILVA URBANO; plenamente identificado en autos, de la comisión de los delitos de VIOLENCIA SEXUAL y VIOLENCIA PSICOLOGICA, previstos y sancionados en los artículos 43 en su tercer aparte y 39 respectivamente de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a Vivir una Vida Libre de Violencia, en contra de la Adolescente M. D C. G.C. (IDENTIDAD OMITIDA) este Tribunal pasa a realizar el cómputo de la pena aplicable en el presente caso: El delito de VIOLENCIA SEXUAL prevé una pena corporal de quince (15) a veinte (20) años de prisión, siendo el término medio de diecisiete (17) años y seis (06) meses de Prisión. Partiendo este juzgador del termino medio, tomando en consideración el merito de las circunstancias agravantes, tales como la alevosía, haber sido ejecutado cuando la victima se encontraba sola, aunado al hecho de que dicho delito se cometió bajo el empleo de amenazas. En consecuencia tenemos como sub total la pena de diecisiete (17) años y seis (06) meses de Prisión. En cuanto al delito de VIOLENCIA PSICOLOGICA prevé una pena corporal de seis (06) a dieciocho (18) meses de prisión, siendo el término medio de Doce (12) meses de Prisión. Partiendo este juzgador del termino medio, tomando en consideración el merito de las circunstancias. Siendo el término medio Doce (12) meses de Prisión y en aplicación al artículo 88 del Código Penal Venezolano siendo la mitad; seis (06) meses de Prisión. Siendo la pena total aplicable de DIECIOCHO AÑOS (18) AÑOS DE PRISION.

DEL DERECHO DE LA VICTIMA

Este Juzgador, considera que una vez que ha sido demostrado el hecho punible y la culpabilidad del acusado de autos, siendo condenado el mismo por la comisión de los delitos de VIOLENCIA SEXUAL y VIOLENCIA PSICOLOGICA, previstos y sancionados en los artículos 43 en su tercer aparte y 39 respectivamente de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a Vivir una Vida Libre de Violencia, en contra de la Adolescente M. D C. G.C. (IDENTIDAD OMITIDA)se exhorta a Representación Fiscal, a los fines de que la victima en la presente causa, se le garantice el derecho a los servicios sociales de atención, de protección, de apoyo y acogida recuperación integral, conforme a lo dispuesto en los numerales 3 y 4 del artículo 4 y el artículo 5 ambos de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. Y Así se decide.

DISPOSITIVA

Este Tribunal de Juicio del Circuito Judicial con competencia en delitos de Violencia Contra la Mujer del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: PRIMERO: Declara CULPABLE al ciudadano JUAN CARLOS SILVA URBANO; TITULAR DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD N° V-17.237.489; DE NACIONALIDAD VENEZOLANO; ESTADO CIVIL: SOLTERO; DE 31 AÑOS DE EDAD; PROFESIÓN U OFICIO: CHOFER; FECHA DE NACIMIENTO: 09/09/1983; LUGAR DE NACIMIENTO: UPATA, ESTADO BOLIVAR; HIJO DE LOS CIUDADANOS: CARLOS SILVA (V) Y JUANA URBADO (V); CON RESIDENCIA EN VIA NARICUAL SECTOR TABERA - ESTADO ANZOATEGUI; TELÉFONO: NO POSEE, por la comisión de los delitos de VIOLENCIA SEXUAL y VIOLENCIA PSICOLOGICA, previstos y sancionados en los artículos 43 en su tercer aparte y 39 respectivamente de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a Vivir una Vida Libre de Violencia, en contra de la Adolescente M. D C. G.C. (IDENTIDAD OMITIDA).
SEGUNDO: Se le condena a cumplir la pena de DIECIOCHO AÑOS (18) AÑOS DE PRISION.
TERCERO: Se ordena como sitio de Reclusión el Centro Penitenciario Agroproductivo de Barcelona Edo. Anzoátegui, con las seguridades del caso y en atención al artículo 72 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a Vivir una Vida Libre de Violencia hasta tanto el Tribunal de Ejecución decida el sitio en el cual cumplirá definitivamente la pena impuesta.
CUARTO: Condena al ciudadano JUAN CARLOS SILVA URBANO, plenamente identificado en autos, a sufrir la pena accesoria a que se contrae el artículo 69, numeral 2 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, como lo es la inhabilitación política mientras dure la pena.
QUINTO: De conformidad con lo establecido en el artículo 70 en concordancia con el artículo 20 numerales 1 y 6, ambos de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, deberá participar obligatoriamente en los programas a implementar de orientación, atención y prevención correspondientes, dirigido a modificar su conducta violenta y evitar que pueda reincidir en ella; mientra cumpla condena, a través de talleres que recibirá en la Dirección General de Prevención del Delito (Unidad Técnica de Apoyo Penitenciario) de Barcelona Edo. Anzoátegui.
SEXTO: Se exime del pago de las costas procesales al ciudadano JUAN CARLOS SILVA URBANO, contempladas en el artículo 254 del Código Orgánico Procesal Penal por remisión de lo establecido en el artículo 67 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en virtud de la gratuidad de la justicia establecido en el artículo 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
Dada, firmada y sellada en el Tribunal Primero de Juicio del Circuito Judicial con Competencia en Delitos de violencia Contra la Mujer de Barcelona, Estado Anzoátegui.
En Barcelona, a los nueve (09) días del mes de Agosto del año dos mil dieciséis (2016). Años 206° de la Independencia y 157° de la Federación.


JUEZ PRIMERO DE JUICIO VCM
Abg. JOHNNY RONDÓN MENESES.
SECRETARIO DE SALA
Abg. JONATHAN GONZALEZ.