REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
En su Nombre
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL OCTAVO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SIMÓN BOLÍVAR, DIEGO BAUTISTA URBANEJA, JUAN ANTONIO SOTILLO
Y GUANTA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ANZOÁTEGUI.
Puerto la Cruz, 02 de agosto del 2016.
206º y 157º

Exp. Nro. BP02-S-2016-001112

En cumplimiento a lo establecido en el artículo 243 del Código de Procedimiento Civil, se identifican como partes:

SOLICITANTE: Ciudadana JOSEFINA DE JESÚS SABINO de GARCIA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-8.306.092.

De cujus: Ciudadanos ANA TERESA GUERRERO de SABINO (†) y GUILLERMO SABINO MORENO (†), venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nro(s). V-3.851.140 y V-561.072, respectivamente.

Abogado Asistente: Ciudadano Larry Aquias, cédula de identidad Nro. 8.283.486 e inscrito en el Inpre-abogado bajo Nro. 63.374.

MOTIVO: DECLARACIÓN DE ÚNICOS y UNIVERSALES HEREDEROS


SÍNTESIS DE LA SOLICITUD

Encabeza el presente expediente la solicitud formulada por LA SOLICITANTE, asistida de abogado, para que este Tribunal se sirva tomar declaraciones a los ciudadanos que en calidad de testigo presentará, a los efectos de que sean interrogados a tenor de los particulares que señala relacionados con su solicitud y previo cumplimiento de las formalidades de Ley, se le declare como única causahabiente de los ciudadanos ANA TERESA GUERRERO de SABINO (†) y GUILLERMO SABINO MORENO (†),–todos supra identificados-.

Previo cumplimiento de la Resolución Administrativa Nro. 2014-0009 del 12/03/2014 sobre Distribución de Causas emanada del Tribunal Supremo de Justicia en Sala Plena, correspondió su conocimiento a este Tribunal, admitiéndose el día 14 de julio del 2016.

Consignó como anexos al memorial presentado y copias certificadas que cursan en autos: ACTAS DE DEFUNCIÓN: Nro. 758, asentada en fecha 14/04/2016 por ante el Registro Civil de la parroquia San Cristóbal, municipio Bolívar del estado Anzoátegui, correspondiente a la ciudadana ANA TERESA GUERRERO de SABINO (†), quien falleció el día 19/11/1999; Nro. 239, asentada en fecha 24/03/2016 por ante el Registro Civil de la parroquia Puerto La Cruz, municipio Juan Antonio Sotillo del estado Anzoátegui, correspondiente al ciudadano GUILLERMO SABINO MORENO (†), quien falleció el día 23/03/2016; ACTA DE NACIMIENTO: Nro. 1016, asentada en fecha 27/10/1962, por ante la Prefectura del distrito Freites del estado Anzoátegui, correspondiente a la ciudadana “JOSEFINA DE JESÚS”, quien nació el día 15/09/1962; ACTA DE MATRIMONIO: Nro. 18, de fecha 07/12/1961, asentada por ante el Juzgado del distrito Freites del estado Anzoátegui, correspondiente a los ciudadanos GUILLERMO SABINO MORENO y ANA TERESA GUERRERO FERMIN y copias fotostáticas de los documentos de cédulas de identidad de los ciudadanos mencionados anteriormente.

CONSIDERACIONES PARA DECIDIR:

En cuanto a los documentales presentados: acta de defunción, acta de nacimiento y acta de matrimonio se aprecian de conformidad con el artículo 1357 del Código Civil.

En cuanto a las testimoniales de los ciudadanos: RONALD ALEXANDER RODRÍGUEZ y PASTOR ALEXIS GARCÍA REYES, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-20.764.792 y V-3.672.365, respectivamente, se aprecian de conformidad con los artículos 509 y 508 del Código de Procedimiento Civil. En cuanto a ello, evacuadas las referidas testimoniales bajo juramento, en fecha 28 de julio del 2016, fueron contestes al deponer que: conocieron de vista, trato y comunicación a los ciudadanos Ana Teresa Guerrero de Sabino y Guillermo Sabino Moreno; que la ciudadana Ana Teresa Guerrero de Sabino falleció ab-intestato el día 19 de noviembre de 1999, de 57 años a consecuencia Metástasis en médula ósea, cáncer de mama terminal e igualmente el ciudadano GUILLERMO SABINO MORENO, falleció ab-intestato el día 23 de marzo de 2016, de 90 años a consecuencia de Cardiopatía Hipertensiva y dilatación del ventrículo izquierdo; que la ciudadana JOSEFINA DE JESÚS SABINO de GARCÍA era hija única y su única y universal heredera.-

En consecuencia de los documentos públicos presentados y las testimoniales evacuadas, ha quedado demostrada la filiación existente entre la ciudadana Josefina de Jesús Sabino de García con el carácter de hija respecto a los de cujus ciudadanos ANA TERESA GUERRERO de SABINO y GUILLERMO SABINO MORENO (†). Así se establece.


DECISIÓN:
Por todos los razonamientos de hecho y de derecho antes expuestos, este TRIBUNAL OCTAVO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SIMÓN BOLIVAR, DIEGO BAUTISTA URBANEJA, JUAN ANTONIO SOTILLO Y GUANTA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ANZOÁTEGUI de conformidad con el artículo 253 de la Carta Magna, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por ministerio del artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara como ÚNICOS y UNIVERSALES HEREDEROS de los ciudadanos ANA TERESA GUERRERO de SABINO (†) y GUILLERMO SABINO MORENO (†) a la ciudadana JOSEFINA DE JESÚS SABINO DE GARCÍA, con el carácter de hija, todos identificadas ut-supra, quedando en todo caso a salvo los derechos de terceros y las presentes actuaciones como título para Perpetua Memoria. Así se decide.

Se ordena expedir cuatro (4) juegos de copias certificadas de la presente decisión al ciudadano SOLICITANTE.

De conformidad con los artículos 247 y 248 del Código de Procedimiento Civil y 72 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, en concordancia con lo establecido en el artículo 1384 del Código Civil, publíquese, regístrese y déjese copia certificada de esta decisión. Dada, firmada, sellada, en la SALA DE DESPACHO DEL TRIBUNAL OCTAVO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SIMÓN BOLIVAR, DIEGO BAUTISTA URBANEJA, JUAN ANTONIO SOTILLO Y GUANTA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ANZOÁTEGUI. En Puerto la Cruz, 02 de agosto del 2016. Años 206º de Independencia y 157º de Federación.


ABG. GLORIA SILVA ALEXIS
JUEZ del Tribunal Octavo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Simon Bolívar, Diego Bautista Urbaneja, Juan Antonio Sotillo y Guanta
de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui

Abg. José Ramón Quijada Tousaint.
Secretario Acc.,

En esta misma fecha de hoy y siendo las 11:00 a. m., se publicó la anterior sentencia y se cumplió con lo dispuesto por el Tribunal. Conste.


Abg. José Ramón Quijada Tousaint.
Secretario Acc.,
Solicitud Nro. BP02-S-2016-001112
Únicos y Universales Herederos
GSA/yt.