REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Mediación y Sustanciación de Niños, Niñas y Adolescentes del Estado Anzoátegui - Barcelona
Barcelona, veintiuno de diciembre de dos mil dieciséis
206º y 157º
ASUNTO: BP02-J-2016-003419
Sentencia Interlocutoria Con Fuerza Definitiva.
SOLICITANTES: KENDY RAFAEL LEGEL GUANARES Y MAYRA ISABEL HERNANDEZ OCHOA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-17.731.115 y V-14.102.396, respectivamente
ABOGADA ASISTENTE: MARIBEL ALFONZO, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro 139.175
ADOLESCENTE: Se Omite de Conformidad con el artículos 49 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y 65 de la ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente)
MOTIVO: COLOCACION FAMILIAR.
FECHA DE ENTRADA: 08/12/2016.
Visto el escrito presentado por los ciudadanos KENDY RAFAEL LEGEL GUANARES Y MAYRA ISABEL HERNANDEZ OCHOA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-17.731.115 y V-14.102.396, respectivamente, debidamente asistidos en este acto por la Abogada en ejercicio MARIBEL ALFONZO MEDINA, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro 139.175, en donde se encuentra involucrado el adolescente Se Omite de Conformidad con el artículos 49 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y 65 de la ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente) , en consecuencia este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, de la revisión de la presente demanda por COLOCACION FAMILIAR, propuesto por los ciudadanos arriba mencionados e identificados; para decidir observa:
Visto el libelo, y el petitorio de la demanda por COLOCACION FAMILIAR, luego de la revisión se observa que la presente demanda fue planteada como un asunto jurisdicción voluntaria en donde la parte demandante solicita la colocación voluntaria, siendo éste un procedimiento de naturaleza contenciosa y no de jurisdicción voluntaria. En el caso en cuestión los ciudadanos KENDY RAFAEL LEGEL GUANARES Y MAYRA ISABEL HERNANDEZ OCHOA, antes identificados, padres del adolescente Se Omite de Conformidad con el artículos 49 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y 65 de la ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente), solicitan a esta juzgadora se sirva decretar de manera voluntaria la colocación familiar a la tía materna ciudadana NORAIMA JOSEFINA HERNADEZ a favor del adolescente de autos, siendo esta quien tiene la cualidad para intentar el presente procedimiento, tomando en cuenta los artículos 358 y 359 de la Ley Orgánica de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, que establece que la Responsabilidad de Crianza comprende el deber y derecho compartido, igual e irrenunciable del padre y la madre; en consecuencia, éste Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA IMPROCEDENTE, la presente demanda, y ordena dar por terminada la misma. Igualmente se ordena devolver las originales de los documentos acompañados a la demanda dejando copia en su lugar previa confrontación por Secretaría. Y ASI SE DECIDE.
Publíquese, regístrese, déjese, copia certificada en el Tribunal como lo Ordenado el Artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, sede Barcelona. Barcelona, a los veintiuno (21) días del mes de diciembre del año Dos Mil Dieciséis (2016). Años 206º de la Independencia y 157º de la Federación. Y ASI SE DECIDE.
LA JUEZA PROVISORIA
ABG. FARAH MELISSA AZOCAR
EL SECRETARIO ACC
ABOG. JESUS MAITA
FMA/Yoselin Cordova
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