REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Mediación y Sustanciación de Niños, Niñas y Adolescentes del Estado Anzoátegui - Barcelona
Barcelona, siete de diciembre de dos mil dieciséis
206º y 157º
ASUNTO: BH0C-X-2016-000055
Sentencia Interlocutoria.-
Demandante: YENNISA DEL VALLE JIMENEZ NARVAEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-14.439.889.-
Demandado: DYSNEL ROBERT CABELLO FERNANDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-8.338.803.-
Adolescente: Se Omite de Conformidad con el artículos 49 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y 65 de la ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente)
Motivo: EJECUCION DE OBLIGACION DE MANUTENCION.
Vista el acta de fecha 05 de Diciembre de 2015, contentiva de la Audiencia Preliminar en Fase de Ejecución, y el contenido de la misma, en consecuencia este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Sede Barcelona, decreta la ejecución forzosa de la SENTENCIA POR OBLIGACION DE MANUTENCION, de fecha 19/05/2014, presentada por la ciudadana YENNISA DEL VALLE JIMENEZ NARVAEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-14.439.889, debidamente asistida por la Defensora Pública Primera de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de esta circunscripción Judicial, abogada MARIA EUGENIA MURILLO TIMAURY, en contra del ciudadano DYSNEL ROBERT CABELLO FERNANDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-8.338.803, a favor del adolescente Se Omite de Conformidad con el artículos 49 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y 65 de la ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente) ; a tal efecto DECRETA: PRIMERO: EMBARGO EJECUTIVO SOBRE EL SUELDO del demandado, ciudadano DYSNEL ROBERT CABELLO FERNANDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-8.338.803, de las mensualidades acordados en la sentencia dictada en fecha 19/05/2014, sobre los siguientes conceptos 20% del salario mensual, 10% quincenal, 10% Bono Vacacional y 20% de los aguinaldos a favor del adolescente Se Omite de Conformidad con el artículos 49 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y 65 de la ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente) y se proceda a partir de la presente fecha a realizar los descuentos respectivos los cuales deberán ser depositados en la cuenta corriente del Banco del Sur numero 0157-0048-38-0248007053 a nombre de la madre del adolescente ciudadana YENNISA DEL VALLE JIMENEZ NARVAEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-14.439.889. Asimismo se acuerda que los conceptos tales como primas por hijos deberes ser entregados directamente a la madre o depositadas en la cuenta anteriormente mencionada. Líbrese oficio a la Empresa CORPOELEC Oficina Talento Humano de la Empresa Ubicada en la Avenida Gulf, diagonal a la Clínica Municipal, Urbanización Guanire de la Ciudad de Puerto La Cruz del Estado Anzoátegui, a los fines de participarle la presente decisión. Cúmplase.-
LA JUEZ PROVISORIO.
Abg. FARAH MELISSA AZOCAR
EL SECRETARIO, ACC
Abg. JESUS MAITA
En la misma fecha del auto anterior, se cumplió todo lo ordenado en el. Conste.-
EL SECRETARIO, ACC
Abg. JESUS MAITA
FMA/Judimar Salazar.-
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