REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Simón Bolívar, Diego Bautista Urbaneja, Juan Antonio Sotillo y Guanta de la Circunscripción del Edo. Anzoátegui
Barcelona, nueve de diciembre de dos mil dieciséis
206º y 157º
ASUNTO: BP02-V-2016-000488
Visto el anterior Desistimiento, suscrito por la parte demandante, en el juicio por INTIMACION DE HONORARIOS PROFESIONALES, incoada por el ciudadano: CLAUDIO ELISANDRO FRISOLI MOUSSAWER, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-4.494.937, inscrito en el I.P.S.A., bajo el Nº 17.420, actuando en este acto en nombre, contra Sociedad Mercantil INVERSIONES 2020 MERCURIO, C.A, en la persona de su representante legal ciudadano MAHMOUD FAKHIRDIN CHARANI, venezolano, mayor de edad, titular de cédula de identidad N° 29.776.456. El Tribunal administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA dicho Desistimiento en los términos y condiciones en que fue suscrito por ellos de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del código de procedimiento Civil, en consecuencia, se da por terminado el presente juicio y se ordena el archivo del expediente.-
EL JUEZ
ABG. JOSE JESUS RAMIREZ.-
EL SECRETARIO,
ABG. OSWALDO FERNÁNDEZ.-
JJR/Dayana
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