REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Nor-Oriental.
Barcelona, once de enero de dos mil dieciséis
205º y 156º
ASUNTO: BP02-N-2015-000280
Vista la demanda que inmediatamente precede y revisados todos los recaudos, se ADMITE la misma cuanto ha lugar en derecho. Se acuerda de conformidad con el artículo 99 de la Ley de Estatuto de la Función Pública, emplazar al ciudadano Director del Consejo Disciplinario del Cuerpo de Policía Nacional Bolivariana, a los fines de que comparezca ante este Tribunal, a dar contestación a la demanda intentada por el ciudadano Julián José Bastardo Camauta, titular de la Cedula de Identidad Nº 24.577.968, asistido por el Abogado Reimundo Mejías La Rosa, inscrito en el IPSA bajo el Nº 116.029, dentro de los quince (15) días de despacho siguientes, los cuales comenzarán a computarse una vez que conste en autos las resultas de la citación de la Procuraduría General de la República y haya transcurrido el lapso de noventa (90) días de suspensión, previsto en el artículo 96 de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, mas dos (2) días que se le conceden como termino de la distancia. De igual forma, se ordena solicitar al Presidente del Consejo antes mencionado, el expediente administrativo relacionado con la presente causa, para que lo envíe dentro de los dos (2) días de despacho siguientes a dicha solicitud. Igualmente se acuerda que se comisione al Tribunal Distribuidor de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Área Metropolitana de Caracas. Así mismo se designa como correo especial al abogado Reimundo Mejias La Rosa a los fines de que consigne y retire la comisión en el Tribunal Comisionado. Compúlsese por Secretaría copia certificada del libelo de la demanda y sus anexos, a los fines del emplazamiento respectivo.
La Juez,
La Secretaria Acc.,
Dra. Mirna Mas y Rubí Spósito.
Abog. Josmire Carolina Zurita.
A.A
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