REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Nor-Oriental.
Barcelona, dieciocho de enero de dos mil dieciséis
205º y 156º
ASUNTO: BP02-R-2013-000550
Vista la diligencia de fecha 11 de enero de 2016, suscrita por la abogada Norkelis Mercedes Villarroel Carrera, inscrita en el IPSA bajo el n° 201.409, mediante la cual solicita la expedición de copias certificas de todas la actuaciones que cursan en el presente expediente de Apelación, este Tribunal observa que por cuanto las copias que corren insertas en el expediente son simples no pueden ser certificadas por secretaría, por lo tanto, se NIEGA lo solicitado. Y así se decide.
La Juez,
La Secretaria.
Dra. Mirna Mas y Rubí Spósito.
Abog. Josmire Carolina Zurita.
A.A.