REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, veintiuno de enero de dos mil dieciséis
205º y 156º
ASUNTO: BP02-L-2015-000514
SENTENCIA
PARTE ACTORA: NESTOR JOSE RODRIGUEZ TURAREN, titular de la Cédula de Identidad Nº 20.360.228. No compareció.
ABOGADO ASISTENTE DE LA PARTE ACTORA: TRINIDAD DEL VALLE MEJIAS SOTO, abogada en ejercicio, inscrita en el Inpreabogado Nº 87.079 . No compareció.
PARTE DEMANDADA: MUNDO CERAMICO CIELO MAR C.A.
APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE DEMANDADA: Los abogados RICARDO BAJARES y ADAELIZABETH GUERRERO , I.P.S.A, Nros. 116.145 y 162.624 respectivamente.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES.
Hoy, veintiuno (21) de enero del 2016, siendo las diez (10:00 a.m.) de la mañana, día y hora fijado para que tenga lugar la apertura de la Audiencia Preliminar, por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES, se deja expresa constancia que solo compareció a la realización de la Audiencia Preliminar, la parte demandada, en la persona de sus apoderados judiciales, según poder que riela a los auto, abogados RICARDO BAJARES y ADAELIZABETH GUERRERO, I.P.S.A, Nros. 116.145 y 162.624 respectivamente. Por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 156 ° y 205°.
El Juez
Abg. Angel Parra Gutiérrez
La representación empresarial y sus apoderados.
La Secretaria
Abg. Yirali Quijada Carrasco.
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado siendo las 10:20 a.m. Conste.
La Secretaria
Abg. Yirali Quijada Carrasco.
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