N° DE EXPEDIENTE: BP12-L-2015-000198
PARTE ACTORA: DIEGO ROBERTO PORTILLO MAITAN
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: Abg. FERNANDO ALVAREZ
PARTE DEMANDADA: MULTISERVICIOS DEL SUR C.A.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: Abg. RACHID MARTINEZ
MOTIVO: DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES Y ACCIDENTE DE TRABAJO

PROLONGACIÓN DE LA AUDIENCIA PRELIMINAR
A las 10:30 a.m. del día de hábil de hoy, 18 de enero de 2016, siendo la oportunidad previamente fijada para la prolongación de la audiencia preliminar; en la demanda que DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES y ACCIDENTE DE TRABAJO que intentó el ciudadano DIEGO ROBERTO PORTILLO MAITAN, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-6.620.236; en contra de la demandada MULTISERVICIOS DEL SUR C.A.. Se deja constancia de la única comparecencia, de la demandada MULTISERVICIOS DEL SUR C.A., a través de su apoderado abg. RACHID MARTINEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 10.923. Este tribunal deja constancia que no compareció ni por sí ni por medio de apoderado alguno, la parte actora; a pesar del llamado del Alguacil del Circuito en las puertas del tribunal a la hora fijada, es decir a las 10:30 a.m., por lo que, de conformidad con el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE LA PRESENTE DECISIÓN. El tribunal expide dos (2) ejemplares adicionales a la parte compareciente. Año 205 º y 156º
La Jueza Provisoria,


Abg. MARINES SULBARAN MILLAN

Por la demandada,
La Secretaria,


Abg. MARY JOSEFINA CORDOVA MEDINA
En la misma fecha se dictó la sentencia en forma oral, se publicó a las 10:40 a.m. y se registró en el copiador respectivo. Conste. La Secretaria,




CSDTPyVV
MSM/MJCM/msm
BP12-L-2015-000198